Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
41 Riesgo de Seguridad por el Uso de DVD para la Carga de Software El pliego habilita el uso de Dispositivos de Almacenamiento (DA) como DVD para la carga del software en las máquinas de votación. Se tiene conocimiento de que, en procesos electorales anteriores en Paraguay, se reportó la sustracción de múltiples de estos DVD. Permitir nuevamente el uso de un medio físico tan fácilmente copiable y vulnerable genera un riesgo inaceptable para la seguridad de futuras elecciones, ya que software malicioso podría ser introducido en el sistema. Las mejores prácticas internacionales y la tecnología moderna dictan el uso de memorias de última generación con custodia segura y mecanismos de encriptación robustos. Se solicita a la Convocante que prohíba explícitamente el uso de DVD y exija que todo el software sea cargado a través de dispositivos de memoria segura (como pendrives o tarjetas SD encriptadas), con un estricto protocolo de custodia y verificación de integridad (hash), para eliminar esta conocida vulnerabilidad. 24-10-2025 30-10-2025
42 Riesgo de Seguridad por el Uso de Baterías con "Hot Swap" y Antecedentes de Incendios. El pliego actual permite el uso de dos baterías con "hot swap" (cambio en caliente), revirtiendo la exigencia de una sola batería de 12 horas de duración que se estableció en la licitación de compra cancelada. Este cambio es llamativo, dado el antecedente público de incendios en un galpón del Tribunal Electoral y en otro galpón privado, donde se almacenaban precisamente las máquinas del proveedor incumbente, que utilizan este sistema de doble batería. Se ha sugerido técnicamente que la funcionalidad de "hot swap" podría haber sido un factor contribuyente al generar cortocircuitos. Si la máquina no almacena votos y una batería puede ser reemplazada si falla, no existe una justificación operativa para la complejidad y el riesgo añadido de un sistema de cambio en caliente. Parece que la seguridad no es la prioridad. Se solicita a la Convocante que presente el informe técnico de peritaje sobre los incendios mencionados y que justifique, a la luz de esos antecedentes, por qué se ha decidido volver a aceptar una tecnología con potenciales riesgos de seguridad, en lugar de mantener el requisito de una sola batería de larga duración, que es tecnológicamente más simple, moderna y segura. 24-10-2025 30-10-2025
43 Incongruencia en la Estructura de Consorcios y la Exigencia de Propiedad Intelectual. El pliego, tal como está redactado, exige que la empresa fabricante del software y del hardware forme parte del consorcio y que, además, sea dueña de la propiedad intelectual. Esta estructura es extremadamente cerrada y perjudicial para las empresas paraguayas, ya que imposibilita que una firma local con la representación oficial de un fabricante de hardware y software extranjero pueda competir. Es casi imposible que una empresa internacional como Hewlett Packard, por poner un ejemplo, ceda la propiedad intelectual de sus impresoras y software a un representante local para participar en una licitación. Este requisito no busca garantizar la capacidad técnica, sino que parece diseñado para favorecer a la única estructura de consorcio que ya opera de esta manera en el país. Se solicita a la Convocante que modifique esta cláusula, permitiendo que empresas paraguayas que tengan la representación certificada y el respaldo técnico del fabricante de hardware y software puedan participar, sin exigir la cesión de la propiedad intelectual ni la participación obligatoria del fabricante en el consorcio, fomentando así la competencia y la participación de la industria nacional. 24-10-2025 30-10-2025
44 Solicitud de Exigencia de Máquinas Nuevas y Certificadas para Garantizar la Seguridad y Confiabilidad del Proceso Electoral. El Pliego de Bases y Condiciones no solicita explícitamente que las máquinas a ser arrendadas sean nuevas, lo que abre la posibilidad de que se oferte tecnología antigua, con componentes desgastados, sin certificaciones de seguridad vigentes y potencialmente insegura. Un proceso electoral de tal importancia no puede depender de hardware obsoleto. La utilización de componentes nuevos, como procesadores modernos e impresoras de última generación, garantiza un voto más rápido, preciso y actas de escrutinio legibles, mientras que las máquinas nuevas aseguran la trazabilidad completa del fabricante de cada parte, facilitando auditorías integrales. Se solicita a la Convocante que modifique el pliego para exigir que las máquinas de votación ofertadas sean nuevas, sin uso previo, y que cuenten con las certificaciones de seguridad y calidad correspondientes a su año de fabricación. Esto asegurará que el Estado paraguayo arriende una solución tecnológica moderna, confiable y segura, en lugar de una que podría comprometer la integridad y eficiencia del proceso electoral. 24-10-2025 30-10-2025
45 Falta de Claridad sobre la Auditoría de Chips de Proveedores No Divulgados. El pliego especifica que los componentes de la máquina relativos a la ciberseguridad no deben estar en listas de proveedores prohibidos, lo cual es correcto. Sin embargo, el documento de análisis señala que esto se hace con un fin restrictivo para favorecer a una empresa que utiliza un chip que almacena información y que no puede ser auditado previamente a la elección. Esta falta de transparencia sobre componentes críticos es una vulnerabilidad inaceptable. Se solicita a la Convocante que exija a todos los oferentes la divulgación completa de los fabricantes y modelos de todos los componentes de hardware críticos, especialmente los microcontroladores y chips de memoria (como los chips de las boletas), y que se establezca un mecanismo de auditoría física y lógica de dichos componentes por parte de terceros independientes antes de la firma del contrato. ¿Cómo garantizará el TSJE que un chip que no puede ser auditado no contiene funcionalidades ocultas o "puertas traseras"? La seguridad por oscuridad no es seguridad. 24-10-2025 30-10-2025
46 Ponderación de Referencias y Experiencia Exclusivamente en Paraguay. El pliego, al exigir experiencia en 2 o 3 procesos electorales con la "tecnología propuesta", implica que una empresa con vasta experiencia electoral internacional que haya desarrollado una máquina específicamente adaptada a los requerimientos de la ley paraguaya no podría competir, ya que, por definición, no tendría experiencia previa con esa nueva máquina. Esta condición crea una paradoja que beneficia exclusivamente a la empresa que ya ha operado en Paraguay, pues es la única cuya "tecnología propuesta" ya fue utilizada en el país. Esto desincentiva la innovación y la adaptación de soluciones de clase mundial al mercado paraguayo. Se solicita a la Convocante que aclare si la experiencia con tecnologías similares en otros países será considerada válida, o si el pliego está efectivamente cerrado a cualquier competidor que no sea el incumbente, y que modifique este requisito para valorar la experiencia electoral general y la calidad de la propuesta tecnológica, en lugar de la repetición de una tecnología ya existente. 24-10-2025 30-10-2025
47 Plazo de Entrega de 3.300 Máquinas en 15 Días El pliego exige la entrega de una cantidad significativa de máquinas (3.300 unidades, que es una cifra diferente al 20% mencionado en otro apartado) en un plazo de solo 15 días desde la firma del contrato. Es de conocimiento general en la industria que los plazos estándar para fabricar, ensamblar, probar y despachar un volumen tan grande de equipos especializados oscilan entre 60 y 90 días. El plazo de 15 días es logísticamente irrealizable para cualquier empresa que no tenga ya dicho volumen de máquinas almacenado en el territorio nacional. Dado que el cronograma electoral permite un tiempo suficiente para una planificación y entrega adecuadas, este requisito de entrega acelerada no responde a una necesidad real del proceso, sino que funciona como una barrera de entrada insuperable para la competencia. Se solicita a la Convocante que justifique la necesidad operativa de este plazo y, en su defecto, lo reemplace por un cronograma de entregas gradual y realista, acorde con los tiempos de producción y logística de la industria, garantizando así la libre concurrencia. 24-10-2025 30-10-2025
48 Solicitud de Aclaración sobre Contradicción Manifiesta en la Metodología de Almacenamiento y su Impacto en la Capacidad Real del Depósito. En seguimiento a la visita técnica obligatoria realizada en fecha 24 de octubre de 2025, y conforme a las declaraciones de los funcionarios del TSJE registradas por los presentes, se solicita a la Convocante aclarar una contradicción fundamental que invalida la base logística del llamado. Durante la visita, los funcionarios afirmaron explícitamente que, para el presente contrato, no se permitirá la instalación de racks para el almacenamiento de las máquinas de votación, debiendo todo el equipamiento ser resguardado "a nivel del piso". Sin embargo, en la misma instancia, se reconoció que los cálculos de capacidad máxima del depósito, utilizados como referencia en procesos anteriores y para estimar el espacio disponible, se basaron en una logística que sí contemplaba la utilización de racks para el apilamiento vertical. Al prohibir el uso de racks, la capacidad de almacenamiento útil de los depósitos del TSJE se reduce de manera drástica y sustancial. Esta reducción artificial del espacio disponible parece ser la única justificación para el requisito del pliego que obliga al oferente a proveer un depósito externo. Por lo tanto, se solicita a la Convocante que: 1) Confirme formalmente por escrito que está prohibida la instalación de racks por parte del adjudicatario. 2) Publique una nueva ficha técnica con el cálculo oficial de la capacidad real de almacenamiento de sus depósitos, considerando únicamente el espacio disponible a nivel del piso. 3) Justifique técnicamente cómo este nuevo cálculo de capacidad hace necesario el requisito de un depósito externo y cómo dicha exigencia, que beneficia directamente al único proveedor con infraestructura preexistente, se condice con los principios de igualdad y libre competencia. 24-10-2025 30-10-2025
49 Solicitud de Aclaración sobre la Inclusión de la Empresa Fabricante en el Consorcio. El pliego establece que la empresa fabricante del software y del hardware debe formar parte del consorcio, lo cual es una condición extremadamente restrictiva y casi imposible de cumplir para la mayoría de las empresas paraguayas que deseen competir. Este requisito impide que una empresa local, actuando como representante o integrador, pueda formar un consorcio con otras firmas locales para luego subcontratar o presentar la autorización de un fabricante internacional. Obliga a que el fabricante extranjero se involucre directamente en la conformación de un consorcio local, un proceso burocrático y legal complejo que desincentiva la participación. Esta estructura parece diseñada para favorecer al único consorcio que ya opera de esta manera en el país. Se solicita a la Convocante que elimine el requisito de que el fabricante deba formar parte del consorcio, y en su lugar permita que el consorcio esté conformado por empresas locales que acrediten tener la representación oficial, el respaldo técnico y la autorización del fabricante para la provisión de los equipos y servicios, fomentando así la competencia y la participación de la industria paraguaya. 24-10-2025 30-10-2025
50 Contradicción entre la "Premura" del Llamado y el Plazo de Entrega Real de la Infraestructura de Depósitos. En la visita técnica, se informó que el plazo de entrega final de la obra de los nuevos depósitos por parte de la empresa constructora es a "finales de diciembre". Esta información contradice directamente la justificación de "premura impostergable" utilizada por la Convocante para recurrir a la modalidad de Contratación por Vía de la Excepción y establecer un plazo de apenas 16 días para la presentación de ofertas. Si la infraestructura principal para el resguardo de las máquinas no estará plenamente disponible hasta dentro de dos meses, no se comprende cuál es la urgencia real para adjudicar el contrato en los primeros días de noviembre, sacrificando con ello la posibilidad de un proceso más competitivo con plazos adecuados. Se solicita a la Convocante que explique esta incongruencia y justifique cómo se alinea la urgencia declarada del llamado con el cronograma real de disponibilidad de su propia infraestructura, ya que la situación actual sugiere que existía tiempo suficiente para haber realizado una Licitación Pública Nacional o Internacional con plazos que garantizaran una mayor concurrencia. 24-10-2025 30-10-2025
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