En donde dice: Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se
deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que
serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque
Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento
del artículo a entregar.
Favor modificar a: Los MEDICAMENTOS CON VENCIMIENTOS MENOR A 15 MESES, con Autorización y carta de compromisos de canje y con vencimientos menor a 12 meses. Carta de compromiso y Póliza.
En donde dice: Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la DGGIES, se
deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de Lote, que
serán entregados un original en la Oficina de Contrato y Garantías de la DGGIES y el duplicado en el Parque
Sanitario que corresponda. La validez de dicha póliza deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha del vencimiento
del artículo a entregar.
Favor modificar a: Los MEDICAMENTOS CON VENCIMIENTOS MENOR A 15 MESES, con Autorización y carta de compromisos de canje y con vencimientos menor a 12 meses. Carta de compromiso y Póliza.
Favor ajustarse al PBC debido a que el mismo fue elaborado en base a las necesidades técnicas requeridas por los servicios dependientes del MSPbS.-
2
Forma y condiciones de pago
Donde dice: 2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la
presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo,
deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación. Solicitamos encarecidamente a la CONVOCANTE, que arbitre para que este punto se concrete. LA CONVOCANTE, no realiza los desembolsos como se estable en el PBC, generando esto, gastos extraordinarios e innecesarios al Oferente.
Donde dice: 2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la
presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo,
deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación. Solicitamos encarecidamente a la CONVOCANTE, que arbitre para que este punto se concrete. LA CONVOCANTE, no realiza los desembolsos como se estable en el PBC, generando esto, gastos extraordinarios e innecesarios al Oferente.
Favor canalizar por la Dirección correspondiente.-
3
Anticipo de Pago.
en el PBC, no se contempla el anticipo. SOLICITAMOS a la Convocantes, prever el adelanto de pago (ANTICIPO) de hasta un 40%, a fin de que el Oferente tenga soportes económicos para aguardar próximos pagos, que en ocasiones tardan hasta 365 días.
en el PBC, no se contempla el anticipo. SOLICITAMOS a la Convocantes, prever el adelanto de pago (ANTICIPO) de hasta un 40%, a fin de que el Oferente tenga soportes económicos para aguardar próximos pagos, que en ocasiones tardan hasta 365 días.
En la Pag. 8, se lee: Abastecimiento Simultáneo PARA TODOS LOS LOTES, sin embargo en la planilla de precios desde el lote 29 en adelante, se observa que dice: Abastecimiento simultáneo NO.. favor verificar y corregir.
En la Pag. 8, se lee: Abastecimiento Simultáneo PARA TODOS LOS LOTES, sin embargo en la planilla de precios desde el lote 29 en adelante, se observa que dice: Abastecimiento simultáneo NO.. favor verificar y corregir.
Para el caso de medicamentos importados y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. En lo que respecta a la experiencia de este último (el
fabricante extranjero), dicha experiencia podrá ser igualmente acreditada con una declaración jurada del titular del registro sanitario en la cual se indique claramente que el mismo cumple con dichos porcentajes. A la Convocante: Este pedido no corresponde, puesto que el Oferente que participar del llamado, es el único responsable de la provisión, NO EL FABRICANTE EXTRANJERO, por lo que, existe un CONTRATO de representación y/o Distribución entre el Fabricante Extranjero y el representante Local.
Para el caso de medicamentos importados y que el oferente no sea el fabricante y/o el titular del registro sanitario de los medicamentos, dicha experiencia deberá estar igualmente acreditada por el oferente, por el titular del registro sanitario y el fabricante del producto que se oferta. En lo que respecta a la experiencia de este último (el
fabricante extranjero), dicha experiencia podrá ser igualmente acreditada con una declaración jurada del titular del registro sanitario en la cual se indique claramente que el mismo cumple con dichos porcentajes. A la Convocante: Este pedido no corresponde, puesto que el Oferente que participar del llamado, es el único responsable de la provisión, NO EL FABRICANTE EXTRANJERO, por lo que, existe un CONTRATO de representación y/o Distribución entre el Fabricante Extranjero y el representante Local.
Solicitamos amablemente verificar la concentración, según PBC: Fosfato de
antazolina 0,5% + Clorhidrato de
tetrazolina 0,04%.
La concentración correcta existente en el mercado es de: Antazolina fosfato 0,05%, tetrazolina HCl 0,04%
Solicitamos amablemente verificar la concentración, según PBC: Fosfato de
antazolina 0,5% + Clorhidrato de
tetrazolina 0,04%.
La concentración correcta existente en el mercado es de: Antazolina fosfato 0,05%, tetrazolina HCl 0,04%
Solicitamos amablemente a la convocante verificar el modelo de planilla de datos Garantizados. Teniendo en cuenta que este llamado es por LOTE, la muestra en la sección de formularios detalla ITEM.
Solicitamos amablemente a la convocante verificar el modelo de planilla de datos Garantizados. Teniendo en cuenta que este llamado es por LOTE, la muestra en la sección de formularios detalla ITEM.
Demostrar la experiencia en PROVISION DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de venta por un monto equivalente al 25% como minimo del monto ofertado en la presente licitación, en promedio en los años 2019.2020.2021, favor incluir FACTURACIONES DE VENTAS Y/O CONTRATOS EJECUTADOS
Demostrar la experiencia en PROVISION DE MEDICAMENTOS, con facturaciones de venta por un monto equivalente al 25% como minimo del monto ofertado en la presente licitación, en promedio en los años 2019.2020.2021, favor incluir FACTURACIONES DE VENTAS Y/O CONTRATOS EJECUTADOS
En cuanto al criterio de experiencia, solicitamos a la Convocante considerar la experiencia adquirida en el ejercicio fiscal 2022, considerando que este ya se encuentra cerrado. Además, solicitamos considerar la posibilidad de aceptar la presentación de contratos ejecutados para la acreditación del criterio
En cuanto al criterio de experiencia, solicitamos a la Convocante considerar la experiencia adquirida en el ejercicio fiscal 2022, considerando que este ya se encuentra cerrado. Además, solicitamos considerar la posibilidad de aceptar la presentación de contratos ejecutados para la acreditación del criterio
Al verificar la planilla de ítems a cotizar se verifica que para los lotes 8 y 17, la Convocante pretende adquirir el mismo principio activo y exactamente la misma concentración del producto en particular para cada caso; pero ha establecido precios referenciales distintos para cada tipo de presentación (ampolla / vial). Solicitamos aclarar si efectivamente los proveedores interesados en cotizar estos lotes deben cotizar ambos ítems y el motivo por el cual se realiza la diferenciación en cuanto al precio referencial y la presentación a adquirir. Considerando que esta diferencia (ampolla/vial) no afecta la indicación medica, uso, administración, tratamiento, calidad y seguridad del producto.
Al verificar la planilla de ítems a cotizar se verifica que para los lotes 8 y 17, la Convocante pretende adquirir el mismo principio activo y exactamente la misma concentración del producto en particular para cada caso; pero ha establecido precios referenciales distintos para cada tipo de presentación (ampolla / vial). Solicitamos aclarar si efectivamente los proveedores interesados en cotizar estos lotes deben cotizar ambos ítems y el motivo por el cual se realiza la diferenciación en cuanto al precio referencial y la presentación a adquirir. Considerando que esta diferencia (ampolla/vial) no afecta la indicación medica, uso, administración, tratamiento, calidad y seguridad del producto.