En la Sección DATOS DE CONVOCATORIA: Muestras, se indica: Para las pruebas de carga de las baterías, el oferente deberá suministrar un rack de carga y cinco (5) baterías adicionales, las cuales deberán estar descargadas a los efectos de la prueba.
Se solicita a la convocante modificar este requerimiento, aceptando el suministro de un rack de carga y una cantidad de baterías adicionales igual a la cantidad de puertos de carga disponibles en el rack de carga. Favor aclarar si la presentación de estos componentes (Rack de carga y baterías adicionales) deberán presentarse con las muestras al momento de presentación de la oferta.
En la Sección DATOS DE CONVOCATORIA: Muestras, se indica: Para las pruebas de carga de las baterías, el oferente deberá suministrar un rack de carga y cinco (5) baterías adicionales, las cuales deberán estar descargadas a los efectos de la prueba.
Se solicita a la convocante modificar este requerimiento, aceptando el suministro de un rack de carga y una cantidad de baterías adicionales igual a la cantidad de puertos de carga disponibles en el rack de carga. Favor aclarar si la presentación de estos componentes (Rack de carga y baterías adicionales) deberán presentarse con las muestras al momento de presentación de la oferta.
No será aceptada una cantidad de baterías distinta a las ya establecidas en el PBC. Se aclara además que, el rack de carga de batería y las baterías adicionales, forman parte de las muestras del sistema requerido, por lo cual deberán ser presentadas según lo establece el PBC.
82
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: 2. Experiencia previa en la provisión o arrendamiento de máquinas de votación de, cuanto menos, cuarenta por ciento (40%) del total de cantidades requeridas, a ser demostrada a través de certificados expedidos por el órgano electoral contratante. A fin de considerar la experiencia, el certificado deberá contener un detalle de los servicios que incluyeron dicha provisión o arrendamiento. Dicho porcentaje corresponderá a la sumatoria de las cantidades de máquinas indicadas en los respectivos certificados presentados. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia.
Para promover la libre competencia en la presente licitación, y garantizar condiciones equitativas para todos los oferentes, se solicita a la convocante modificar dicho requerimiento y permitir que la experiencia solicitada pueda ser cumplida por un proveedor del consorcio o del oferente principal, quienes deben mantener entre sí, un contrato vigente y formal, de provisión de servicios durante el tiempo requerido en el llamado.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: 2. Experiencia previa en la provisión o arrendamiento de máquinas de votación de, cuanto menos, cuarenta por ciento (40%) del total de cantidades requeridas, a ser demostrada a través de certificados expedidos por el órgano electoral contratante. A fin de considerar la experiencia, el certificado deberá contener un detalle de los servicios que incluyeron dicha provisión o arrendamiento. Dicho porcentaje corresponderá a la sumatoria de las cantidades de máquinas indicadas en los respectivos certificados presentados. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia.
Para promover la libre competencia en la presente licitación, y garantizar condiciones equitativas para todos los oferentes, se solicita a la convocante modificar dicho requerimiento y permitir que la experiencia solicitada pueda ser cumplida por un proveedor del consorcio o del oferente principal, quienes deben mantener entre sí, un contrato vigente y formal, de provisión de servicios durante el tiempo requerido en el llamado.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
En este sentido, si bien la indicación "En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia" resulta claramente comprensible, se aclara cuando se advierta dicha indicación se deberá entender que si uno de los miembros del consorcio cumple a cabalidad con el requisito en cuestión, no se requerirá que los demás miembros cumplan el requisito.
Se recomienda a los interesados y potenciales oferentes la lectura íntegra de las bases y condiciones de la convocatoria a fin de confeccionar de forma adecuada sus ofertas.
83
DATOS DE LA CONVOCATORIA
En la Sección DATOS DE CONVOCATORIA: Autorización del Fabricante, se indica: Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: El oferente o uno de los miembros del Consorcio oferente deberá acreditar ser fabricante de la Máquina de Votación ofertada. A tales efectos, se entenderá por fabricante de la MV la empresa que, de manera directa o a través de instalaciones de terceros bajo su control o contratados por ella, realiza el diseño, ensamblaje final, prueba y control de calidad de las máquinas objeto de la licitación, siendo la titular originaria de los derechos sobre el diseño.
El oferente o uno de los miembros del consorcio deberán acreditar o declarar bajo fe de juramento ser fabricante o propietario del código fuente, y demás documentación del software de la MV.
Esta cláusula en particular es muy restrictiva para la participación de empresas, dado que por ejemplo si solicitaran la compra de impresoras Hewlett Packard, implicaría que Hewlett Packard debería formar parte del consorcio y no podría hacerlo ningún representante local. ¿Si una empresa tiene la representación del fabricante y es distribuidor autorizado de las máquinas para Paraguay y las mismas cumplen con todos los requisitos técnicos solicitados en el presente pliego, puede participar de la licitación? Se solicita a la Convocante adecuar las condiciones para que las empresas que tengan representaciones y autorizaciones de empresas fabricantes extranjeras puedan participar.
En la Sección DATOS DE CONVOCATORIA: Autorización del Fabricante, se indica: Los ítems a los cuales se le requerirá Autorización del Fabricante son los indicados a continuación: El oferente o uno de los miembros del Consorcio oferente deberá acreditar ser fabricante de la Máquina de Votación ofertada. A tales efectos, se entenderá por fabricante de la MV la empresa que, de manera directa o a través de instalaciones de terceros bajo su control o contratados por ella, realiza el diseño, ensamblaje final, prueba y control de calidad de las máquinas objeto de la licitación, siendo la titular originaria de los derechos sobre el diseño.
El oferente o uno de los miembros del consorcio deberán acreditar o declarar bajo fe de juramento ser fabricante o propietario del código fuente, y demás documentación del software de la MV.
Esta cláusula en particular es muy restrictiva para la participación de empresas, dado que por ejemplo si solicitaran la compra de impresoras Hewlett Packard, implicaría que Hewlett Packard debería formar parte del consorcio y no podría hacerlo ningún representante local. ¿Si una empresa tiene la representación del fabricante y es distribuidor autorizado de las máquinas para Paraguay y las mismas cumplen con todos los requisitos técnicos solicitados en el presente pliego, puede participar de la licitación? Se solicita a la Convocante adecuar las condiciones para que las empresas que tengan representaciones y autorizaciones de empresas fabricantes extranjeras puedan participar.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
En relación a los requisitos de ser fabricante de la Máquina de Votación Electrónica y el titular de los derechos de propiedad intelectual del código fuente de los softwares de la misma, se aclara que dichos requisitos resultan pertinentes y necesarios, en virtud a que la Justicia Electoral precisa que el proveedor, responda de manera inmediata en la prestación de servicios de diagnóstico y reparación, soporte técnico, actualizaciones de softwares, y desafíos técnicos con la efectividad necesaria, sin contratiempos y mitigando las posibles limitaciones que pudieran surgir si el proveedor es un intermediario, lo cual queda garantizado cuando el proveedor es fabricante y propietario del código fuente.
Así también, la intervención de meros agentes autorizados, constituye un potencial riesgo de ralentizar sustancialmente el desarrollo eficaz y eficiente de todas las actividades que deberán ser llevadas a cabo en el marco del proceso licitatorio y posteriormente durante la ejecución contractual, perdiéndose así de vista el fin último perseguido por la presente contratación, y consecuentemente frustrándose la satisfacción de la necesidad emergente de la Institución.
Con el presente requisito se mitiga completamente el riesgo que el proveedor sea solo un intermediario cuya representación o vínculo con la fábrica puede quebrarse por múltiples razones y motivos. Además, debemos recordar que el llamado no solo comprende el arrendamiento de máquinas, existen requerimientos de servicios que solo las empresas especializadas en fabricación y provisión de soluciones tecnológicas están en condiciones de prestar con la calidad y eficiencia que las elecciones lo requieren.
Asimismo, es menester mencionar que, la Justicia Electoral ya ha realizado procedimientos de contratación destinados al arrendamiento de máquinas de votación electrónica, donde siempre ha sido requisito que el proveedor sea fabricante de los bienes y propietario de las patentes de invención de la máquina de votación y del software que utiliza, lo cual en su momento nos ha asegurado una ejecución contractual exitosa y sin mayores desafíos.
84
MUESTRAS
En relación con las muestras a ser presentadas con la oferta, se solicita a la convocante aclarar, si a los efectos de realizar las pruebas de voto de personas disminuidas en sus capacidades visuales, el oferente deberá presentar los kits de votación asistida para cada una de las 5 (cinco) muestras solicitadas junto con la oferta.
En relación con las muestras a ser presentadas con la oferta, se solicita a la convocante aclarar, si a los efectos de realizar las pruebas de voto de personas disminuidas en sus capacidades visuales, el oferente deberá presentar los kits de votación asistida para cada una de las 5 (cinco) muestras solicitadas junto con la oferta.
Se aclara que, el oferente deberá presentar un (01) kit de votación asistida, para su utilización en una de las MV solicitadas junto con la oferta.
85
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: 6. Experiencia en procesos electorales en el Continente Americano, al menos dos (02) en los últimos diez (10) años, certificado satisfactoriamente por el Órgano Electoral Contratante. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia. Entiéndase por ‘satisfactoriamente’, que no se evidencie ningún tipo de inconveniente imputable al oferente durante la ejecución contractual.
Esta solicitud de experiencias es altamente restrictiva, por lo que se solicita a la convocante se modifique el requerimiento de manera a que sean aceptadas experiencias aportadas por un proveedor del consorcio o del oferente principal que tenga un contrato formalizado de prestación de servicios.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: 6. Experiencia en procesos electorales en el Continente Americano, al menos dos (02) en los últimos diez (10) años, certificado satisfactoriamente por el Órgano Electoral Contratante. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia. Entiéndase por ‘satisfactoriamente’, que no se evidencie ningún tipo de inconveniente imputable al oferente durante la ejecución contractual.
Esta solicitud de experiencias es altamente restrictiva, por lo que se solicita a la convocante se modifique el requerimiento de manera a que sean aceptadas experiencias aportadas por un proveedor del consorcio o del oferente principal que tenga un contrato formalizado de prestación de servicios.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
En este sentido, si bien la indicación "En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia" resulta claramente comprensible, se aclara cuando se advierta dicha indicación se deberá entender que si uno de los miembros del consorcio cumple a cabalidad con el requisito en cuestión, no se requerirá que los demás miembros cumplan el requisito.
Se recomienda a los interesados y potenciales oferentes la lectura íntegra de las bases y condiciones de la convocatoria a fin de confeccionar de forma adecuada sus ofertas.
86
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: El oferente deberá contar con, al menos, 4 (cuatro) certificados que avalen que el mismo ha realizado capacitaciones y logística referentes al uso del sistema ofertado al personal técnico del Órgano Electoral Contratante y a quienes tuvieron a su cargo la capacitación a electores, para cargos públicos. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia.
Dado que la logística está a cargo de la convocante, no se explica la solicitud de este requerimiento, el cual restringe la participación de más oferentes. Solicitamos que este sea eliminado, o en su defecto, modificado y se aprueben experiencias de capacitaciones al personal técnico del órgano electoral contratante y a quienes tuvieron a su cargo la capacitación de electores para cargos públicos; aportadas por un proveedor del consorcio o del oferente principal que mantenga un contrato formalizado de prestación de servicios.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: El oferente deberá contar con, al menos, 4 (cuatro) certificados que avalen que el mismo ha realizado capacitaciones y logística referentes al uso del sistema ofertado al personal técnico del Órgano Electoral Contratante y a quienes tuvieron a su cargo la capacitación a electores, para cargos públicos. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia.
Dado que la logística está a cargo de la convocante, no se explica la solicitud de este requerimiento, el cual restringe la participación de más oferentes. Solicitamos que este sea eliminado, o en su defecto, modificado y se aprueben experiencias de capacitaciones al personal técnico del órgano electoral contratante y a quienes tuvieron a su cargo la capacitación de electores para cargos públicos; aportadas por un proveedor del consorcio o del oferente principal que mantenga un contrato formalizado de prestación de servicios.
Bien ha transcripto el interesado "referentes al uso del sistema ofertado al personal técnico del Órgano Electoral Contratante y a quienes tuvieron a su cargo la capacitación a electores, para cargos públicos. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia", por lo que se aclara que los términos "capacitaciones y logística" hacen referencia a la transmisión de conocimientos y la organización de las actividades tendientes a las capacitaciones, no así a la logística en el marco del traslado de MV a todo el territorio nacional.
Así también, si bien la indicación "En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia" resulta claramente comprensible, se aclara cuando se advierta dicha indicación se deberá entender que si uno de los miembros del consorcio cumple a cabalidad con el requisito en cuestión, no se requerirá que los demás miembros cumplan el requisito.
87
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: Experiencia en elaboración de Software de votación y escrutinio para cargos públicos según los requerimientos y procedimientos entregados por el Órgano Electoral Contratante, será demostrado a través de, al menos, un certificado expedido por el órgano electoral correspondiente. El Oferente deberá demostrar que el software ha sido usado con resultados satisfactorios en procesos electorales. No será considerada la experiencia adquirida con la utilización de tecnología DRE (Direct Record Electronic), entendiéndose por tal a todo sistema denominado Óptico o de Escaneo de boletines que guarde en sus dispositivos de almacenamiento el resultado de la lectura o interpretación que efectúe de los mismos. Será considerado equipo DRE, en la medida que: a. La lectura e interpretación automática de boletines, solo es una forma de ingreso de datos (al igual que un teclado, pantalla táctil, mouse) cuya acción final es el registro de resultados en los dispositivos de almacenamiento interno; b. Aloje en su repositorio de papeletas en forma secuencial el procesamiento de éstos, pues atenta contra el secreto del voto en la medida que se tenga el orden de votación de los electores; c. No realice el escrutinio en forma pública y fiscalizada; d. Requiera la asignación específica de la máquina a la mesa receptora de votación en su módulo de emisión de sufragio; e. No disponga de asignación específica de la máquina a la mesa receptora de votación en su módulo de escrutinio. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia.
Una vez más, se está limitando la participación, favoreciendo que solo una empresa pueda competir. Esta solicitud de experiencias resulta excesivamente restrictiva y parece estar redactada específicamente para que solo una empresa pueda cumplir con ella: MSA.
Dado que el tribunal realiza una exhaustiva prueba de un día de los sistemas y las máquinas y dado que en el anterior proceso la empresa MSA fue descalificada queda claro que esta exigencia no garantiza que el sistema funcione, ni que las máquinas funcionen, se solicita a la convocante modificar el requerimiento y permitir lo siguiente: Experiencia en elaboración de Software de votación y escrutinio o transmisión de resultados, de al menos 4 en los últimos 8 años y que la misma pueda ser aportada por un proveedor del consorcio o del oferente principal que tenga un contrato formalizado de prestación de servicios.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: Experiencia en elaboración de Software de votación y escrutinio para cargos públicos según los requerimientos y procedimientos entregados por el Órgano Electoral Contratante, será demostrado a través de, al menos, un certificado expedido por el órgano electoral correspondiente. El Oferente deberá demostrar que el software ha sido usado con resultados satisfactorios en procesos electorales. No será considerada la experiencia adquirida con la utilización de tecnología DRE (Direct Record Electronic), entendiéndose por tal a todo sistema denominado Óptico o de Escaneo de boletines que guarde en sus dispositivos de almacenamiento el resultado de la lectura o interpretación que efectúe de los mismos. Será considerado equipo DRE, en la medida que: a. La lectura e interpretación automática de boletines, solo es una forma de ingreso de datos (al igual que un teclado, pantalla táctil, mouse) cuya acción final es el registro de resultados en los dispositivos de almacenamiento interno; b. Aloje en su repositorio de papeletas en forma secuencial el procesamiento de éstos, pues atenta contra el secreto del voto en la medida que se tenga el orden de votación de los electores; c. No realice el escrutinio en forma pública y fiscalizada; d. Requiera la asignación específica de la máquina a la mesa receptora de votación en su módulo de emisión de sufragio; e. No disponga de asignación específica de la máquina a la mesa receptora de votación en su módulo de escrutinio. En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia.
Una vez más, se está limitando la participación, favoreciendo que solo una empresa pueda competir. Esta solicitud de experiencias resulta excesivamente restrictiva y parece estar redactada específicamente para que solo una empresa pueda cumplir con ella: MSA.
Dado que el tribunal realiza una exhaustiva prueba de un día de los sistemas y las máquinas y dado que en el anterior proceso la empresa MSA fue descalificada queda claro que esta exigencia no garantiza que el sistema funcione, ni que las máquinas funcionen, se solicita a la convocante modificar el requerimiento y permitir lo siguiente: Experiencia en elaboración de Software de votación y escrutinio o transmisión de resultados, de al menos 4 en los últimos 8 años y que la misma pueda ser aportada por un proveedor del consorcio o del oferente principal que tenga un contrato formalizado de prestación de servicios.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
Así también, si bien la indicación "En caso de Consorcios, al menos uno de los miembros deberá acreditar la experiencia" resulta claramente comprensible, se aclara que cuando se advierta dicha indicación se deberá entender que si uno de los miembros del consorcio cumple a cabalidad con el requisito en cuestión, no se requerirá que los demás miembros cumplan el requisito.
88
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: Se entenderá por prototipo de MV, la primera versión del equipo o del bien que se fabrica, como un invento que sirve de modelo para fabricar otras iguales, o molde original con el que se fabrican otros dispositivos, sin que haya sido utilizada o probada en procesos electorales. La unión de partes ya probadas en elecciones anteriores en una nueva configuración cuyo proceso o sistema de funcionamiento no ha sido utilizado constituye un prototipo, a los efectos del presente proceso.
Nuevamente la convocante sigue restringiendo la participación para que pueda participar un sólo oferente, esta solicitud de experiencias es altamente restrictiva y está escrita solo para ser cumplida por una empresa: MSA
Dado que el tribunal realiza una exhaustiva prueba de un día de los sistemas y las máquinas, y dado que en el anterior proceso la empresa MSA fue descalificada queda claro que esta exigencia no garantiza que el sistema funcione ni que las máquinas funcionen, por lo cual se sugiere al tribunal que permita la participación de empresas que poseen máquinas diseñadas para cumplir con lo requerido en el pliego de bases y condiciones. Dado que, en la licitación para compra, no estaba esta cláusula, no se entiende por qué ahora se incorpora dado que restringe la libre competencia y le deja al tribunal una única opción para elegir: MSA.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Experiencia Requerida, se indica: Se entenderá por prototipo de MV, la primera versión del equipo o del bien que se fabrica, como un invento que sirve de modelo para fabricar otras iguales, o molde original con el que se fabrican otros dispositivos, sin que haya sido utilizada o probada en procesos electorales. La unión de partes ya probadas en elecciones anteriores en una nueva configuración cuyo proceso o sistema de funcionamiento no ha sido utilizado constituye un prototipo, a los efectos del presente proceso.
Nuevamente la convocante sigue restringiendo la participación para que pueda participar un sólo oferente, esta solicitud de experiencias es altamente restrictiva y está escrita solo para ser cumplida por una empresa: MSA
Dado que el tribunal realiza una exhaustiva prueba de un día de los sistemas y las máquinas, y dado que en el anterior proceso la empresa MSA fue descalificada queda claro que esta exigencia no garantiza que el sistema funcione ni que las máquinas funcionen, por lo cual se sugiere al tribunal que permita la participación de empresas que poseen máquinas diseñadas para cumplir con lo requerido en el pliego de bases y condiciones. Dado que, en la licitación para compra, no estaba esta cláusula, no se entiende por qué ahora se incorpora dado que restringe la libre competencia y le deja al tribunal una única opción para elegir: MSA.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
Se recomienda a los interesados y potenciales oferentes la observancia exclusiva de las bases concursales correspondientes a esta convocatoria con ID N° 476.307 a fin de confeccionar adecuadamente sus ofertas.
89
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica, se indica:
Capacitador electoral Senior
Mínimo cinco (5) años de experiencia en dictado de capacitaciones. Participación en el diseño, desarrollo e implementación de programas de formación y materiales didácticos para equipos electorales, así como en el dictado de capacitaciones en al menos dos (2) proyectos de implementación de la tecnología ofertada.
Este pedido es restrictivo porque se sigue insistiendo con la experiencia en proyectos de implementación de la tecnología ofertada. Se solicita al Tribunal la eliminación de este perfil. Se solicita al tribunal habilitar la posibilidad de subcontratar recursos.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica, se indica:
Capacitador electoral Senior
Mínimo cinco (5) años de experiencia en dictado de capacitaciones. Participación en el diseño, desarrollo e implementación de programas de formación y materiales didácticos para equipos electorales, así como en el dictado de capacitaciones en al menos dos (2) proyectos de implementación de la tecnología ofertada.
Este pedido es restrictivo porque se sigue insistiendo con la experiencia en proyectos de implementación de la tecnología ofertada. Se solicita al Tribunal la eliminación de este perfil. Se solicita al tribunal habilitar la posibilidad de subcontratar recursos.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
Resulta importante señalar que las bases y condiciones del presente proceso licitatorio no admite la subcontratación, en ninguna de sus etapas. Se reitera a los potenciales oferentes e interesados el alto grado de especialización que requiere la prestación de los servicios solicitados, así como los altos intereses nacionales que se encuentran afectados a la contratación, conforme se ha expuesto en el exordio, por lo que la experiencia específica exigida para los personales técnicos afectados a la contratación asegura que los mismos dominen los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias relacionadas a la tecnología ofertada. Con ello, se garantiza la eficacia, eficiencia y desempeño exitoso en la ejecución de sus funciones específicas.
90
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica, se indica:
Líder de Soporte Técnico Hardware
Mínimo cinco (5) años de experiencia en desarrollo de hardware. Experiencia como líder de soporte técnico hardware o similar en al menos tres (3) proyectos de implementación de la tecnología ofertada.
Nuevamente se restringe la competencia y la participación de las empresas al sujetar todas las experiencias a poseer 3 proyectos de implementación de la tecnología ofertada y al solicitar un líder de soporte técnico con experiencia en Desarrollo de Hardware. No se entiende que puede aportar un desarrollador de Hardware si el mismo ya está desarrollado, lo que se necesita es soporte técnico y para esto todos deben estar altamente capacitados. Se le solicita al Tribunal la eliminación de esta solicitud en pos de la libre competencia dado que toda la tecnología será testeada en la prueba exhaustiva que realiza el Tribunal durante un día completo.
26-10-2025
30-10-2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica
En la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACION: Capacidad Técnica, se indica:
Líder de Soporte Técnico Hardware
Mínimo cinco (5) años de experiencia en desarrollo de hardware. Experiencia como líder de soporte técnico hardware o similar en al menos tres (3) proyectos de implementación de la tecnología ofertada.
Nuevamente se restringe la competencia y la participación de las empresas al sujetar todas las experiencias a poseer 3 proyectos de implementación de la tecnología ofertada y al solicitar un líder de soporte técnico con experiencia en Desarrollo de Hardware. No se entiende que puede aportar un desarrollador de Hardware si el mismo ya está desarrollado, lo que se necesita es soporte técnico y para esto todos deben estar altamente capacitados. Se le solicita al Tribunal la eliminación de esta solicitud en pos de la libre competencia dado que toda la tecnología será testeada en la prueba exhaustiva que realiza el Tribunal durante un día completo.
Se recuerda a los potenciales oferentes que el presente procedimiento tiene su fundamento en la necesidad de resguardar la democracia representativa, participativa y pluralista. En este sentido, el procedimiento se desarrolla en cumplimiento del deber constitucional conferido a la Justicia Electoral como organismo especializado en materia electoral de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 273° de la Carta Magna, como así también, en cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 6318/2019.
Asimismo, se hace constar que tanto los criterios de evaluación como las especificaciones técnicas han sido definidos en estricta observancia de los principios rectores que rigen las contrataciones públicas y de las experiencias exitosas que esta Institución ha acumulado en la implementación del voto electrónico mediante el arrendamiento de Máquinas de Votación Electrónica. Todo ello con el propósito de garantizar las condiciones más favorables de contratación para el Estado Paraguayo y asegurar la ejecución exitosa de los Comicios Municipales previstos para el Ejercicio Fiscal 2026.
Se reitera a los potenciales oferentes e interesados el alto grado de especialización que requiere la prestación de los servicios solicitados, así como los altos intereses nacionales que se encuentran afectados a la contratación, conforme se ha expuesto en el exordio, por lo que la experiencia específica exigida para los personales técnicos afectados a la contratación asegura que los mismos dominen los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias relacionadas a la tecnología ofertada. Con ello, se garantiza la eficacia, eficiencia y desempeño exitoso en la ejecución de sus funciones específicas.