En la consulta número 5 consultamos: Para el perfil de Gerente de Proyectos, en lo que respecta a la experiencia general, se solicita aclaración respecto a la asignación de puntaje correspondiente a los diez (10) años mínimos exigidos, dado que el criterio establecido en el PBC únicamente contempla el otorgamiento de puntaje por los años adicionales, sin precisar el puntaje base aplicable al cumplimiento del requisito mínimo
La respuesta de la convocante fue: Se aclara que no existe un puntaje para el cumplimiento del requisito mínimo; pero si se otorgará puntajes adicionales para cada año adicional de experiencia que sobrepase el requisito mínimo, tal cual lo expresa el pliego del SP. Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de SP..
Según la lógica de la convocante, Si un oferente cuenta con personal que CUMPLA con los requisitos mínimos (10 años en éste caso) pero si éste no tiene los años adicionales de experiencia, su curriculum sumará CERO puntos?. Osea, Cumpliendo al 100 % con los requisitos mínimos, el oferente se expone a descalificación por no contar con años de experiencia adicionales?
La respuesta de la convocante carece de total sentido lógico e intenta más bien responder de una manera absurda ante un grosero error en el PBC para que éste no tenga que ser adendado y no regrese a MITIC. Solicitamos a la convocante SUBSANE el error de no asignar puntaje al mínimo requerido.
En la consulta número 5 consultamos: Para el perfil de Gerente de Proyectos, en lo que respecta a la experiencia general, se solicita aclaración respecto a la asignación de puntaje correspondiente a los diez (10) años mínimos exigidos, dado que el criterio establecido en el PBC únicamente contempla el otorgamiento de puntaje por los años adicionales, sin precisar el puntaje base aplicable al cumplimiento del requisito mínimo
La respuesta de la convocante fue: Se aclara que no existe un puntaje para el cumplimiento del requisito mínimo; pero si se otorgará puntajes adicionales para cada año adicional de experiencia que sobrepase el requisito mínimo, tal cual lo expresa el pliego del SP. Favor remitirse a lo establecido en el Pliego de SP..
Según la lógica de la convocante, Si un oferente cuenta con personal que CUMPLA con los requisitos mínimos (10 años en éste caso) pero si éste no tiene los años adicionales de experiencia, su curriculum sumará CERO puntos?. Osea, Cumpliendo al 100 % con los requisitos mínimos, el oferente se expone a descalificación por no contar con años de experiencia adicionales?
La respuesta de la convocante carece de total sentido lógico e intenta más bien responder de una manera absurda ante un grosero error en el PBC para que éste no tenga que ser adendado y no regrese a MITIC. Solicitamos a la convocante SUBSANE el error de no asignar puntaje al mínimo requerido.
Se aclara que los Términos de Referencia han sido elaborados con el acompañamiento, validación y revisión técnica del MITIC, en su carácter de órgano rector en la materia, y han contado asimismo con la revisión y conformidad del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
En tal contexto, el Pliego garantiza un proceso transparente, competitivo y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, por lo que se ratifica su validez y se remite a lo establecido en el mismo y a la naturaleza del servicio que se desea contratar bajo la modalidad de Software Factory objeto de contratación.
Favor remitirse a lo indicado en el pliego de SP.
52
AÑOS DE EXPERIENCIA PERFILES
Según la convocante, para la lograr el 100 % de los puntos en los perfiles, este debe computar su experiencia desde la obtención del título universitario.
Tomemos como ejemplo el perfil de líder de proyectos. Para obtener la totalidad del puntaje asignado a la experiencia general, el perfil experto propuesto deberá acreditar 16 años de experiencia profesional computados a A PARTIR DEL TITULO universitario (10 años base más adicionales).
Señores del IPTA, esto es un requerimiento absurdo a más no poder. 5 años de carrera más 16 años de experiencia, en total 21 años de formación profesional?
Seamos serios por favor y modifiquen mediante una adenda Eliminando el requerimiento para TODOS los perfiles la exigencia de computo de la experiencia desde la obtención del título Y el computo de los años adicionales sin la base mínima de 10 años. Realmente carece de sentido.
Según la convocante, para la lograr el 100 % de los puntos en los perfiles, este debe computar su experiencia desde la obtención del título universitario.
Tomemos como ejemplo el perfil de líder de proyectos. Para obtener la totalidad del puntaje asignado a la experiencia general, el perfil experto propuesto deberá acreditar 16 años de experiencia profesional computados a A PARTIR DEL TITULO universitario (10 años base más adicionales).
Señores del IPTA, esto es un requerimiento absurdo a más no poder. 5 años de carrera más 16 años de experiencia, en total 21 años de formación profesional?
Seamos serios por favor y modifiquen mediante una adenda Eliminando el requerimiento para TODOS los perfiles la exigencia de computo de la experiencia desde la obtención del título Y el computo de los años adicionales sin la base mínima de 10 años. Realmente carece de sentido.
Se aclara que los Términos de Referencia han sido elaborados con el acompañamiento, validación y revisión técnica del MITIC, en su carácter de órgano rector en la materia, y han contado asimismo con la revisión y conformidad del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
En tal contexto, el Pliego garantiza un proceso transparente, competitivo y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, por lo que se ratifica su validez y se remite a lo establecido en el mismo y a la naturaleza del servicio que se desea contratar bajo la modalidad de Software Factory objeto de contratación.
Favor remitirse a lo indicado en el pliego de SP
53
TITULO UNIVERSITARIO Y AÑOS DE EXPERIENCIA
Solicitamos a la convocante que las experiencias generales y específicas exigidas para cada perfil, se solicita que el cómputo de las mismas NO se restrinja exclusivamente a aquellas adquiridas con posterioridad a la obtención del título académico. No entendemos qué es lo que busca evaluar la convocante con éste requerimiento, el grado académico o la capacidad de técnica de los recursos.
Haber obtenido el título universitario con posterioridad no invalida los años de experiencia que el recurso adquirió antes de éste. Entonces, según la lógica de la convocante, un Ingeniero en sistemas con conocimientos DEMOSTRABLES con documentos, conocimientos y cursos de especialización REALES, son desmeritados por el hecho de que fueron anteriores al título universitario. Realmente no tiene sentido.
Solicitamos a la convocante que las experiencias generales y específicas exigidas para cada perfil, se solicita que el cómputo de las mismas NO se restrinja exclusivamente a aquellas adquiridas con posterioridad a la obtención del título académico. No entendemos qué es lo que busca evaluar la convocante con éste requerimiento, el grado académico o la capacidad de técnica de los recursos.
Haber obtenido el título universitario con posterioridad no invalida los años de experiencia que el recurso adquirió antes de éste. Entonces, según la lógica de la convocante, un Ingeniero en sistemas con conocimientos DEMOSTRABLES con documentos, conocimientos y cursos de especialización REALES, son desmeritados por el hecho de que fueron anteriores al título universitario. Realmente no tiene sentido.
Se aclara que los Términos de Referencia han sido elaborados con el acompañamiento, validación y revisión técnica del MITIC, en su carácter de órgano rector en la materia, y han contado asimismo con la revisión y conformidad del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
En tal contexto, el Pliego garantiza un proceso transparente, competitivo y en igualdad de condiciones para todos los oferentes, por lo que se ratifica su validez y se remite a lo establecido en el mismo y a la naturaleza del servicio que se desea contratar bajo la modalidad de Software Factory objeto de contratación.
Favor remitirse a lo indicado en el pliego de SP
54
ADENDA 2
Se observa que en fecha 26 de enero la convocante adendó las Especificaciones técnicas del perfil de desarrollador Backend. Se solicita aclaración con respecto a como quedó la autorización del MITIC. Esta adenda cuenta con el visto bueno del órgano RECTOR?
Se observa que en fecha 26 de enero la convocante adendó las Especificaciones técnicas del perfil de desarrollador Backend. Se solicita aclaración con respecto a como quedó la autorización del MITIC. Esta adenda cuenta con el visto bueno del órgano RECTOR?
Favor remitirse a lo indicado en el pliego de SP y su adenda.
55
Documentación respaldatoria
Solicitamos se precise si los documentos respaldatorios de experiencia (contratos, facturas, certificados laborales, constancias de prestación de servicios) deberán indicar explícitamente:
tecnologías utilizadas,
rol desempeñado,
duración del proyecto,
o si bastará con que dicha información se encuentre detallada en el CV bajo declaración jurada.
Solicitamos se precise si los documentos respaldatorios de experiencia (contratos, facturas, certificados laborales, constancias de prestación de servicios) deberán indicar explícitamente:
tecnologías utilizadas,
rol desempeñado,
duración del proyecto,
o si bastará con que dicha información se encuentre detallada en el CV bajo declaración jurada.
Conforme lo indica el pliego de SP, se podrá presentar toda documentación que avale la experiencia declarada en el CV de los consultores que la firma consultora proponga.
56
Tecnologías acumulativas en un mismo proyecto
Solicitamos se confirme si un mismo proyecto podrá ser computado para múltiples criterios de experiencia específica (por ejemplo: JWT, REST, MVC, bases de datos, Git, Linux), siempre que dichas tecnologías hayan sido utilizadas efectivamente en el proyecto.
Solicitamos se confirme si un mismo proyecto podrá ser computado para múltiples criterios de experiencia específica (por ejemplo: JWT, REST, MVC, bases de datos, Git, Linux), siempre que dichas tecnologías hayan sido utilizadas efectivamente en el proyecto.
Se podrá considerar la Experiencia Específica, en dicha situación
57
Criterio de Evaluación General y Especifica
Solicitamos se aclare si una misma experiencia laboral o proyecto podrá ser computada simultáneamente para la Experiencia General y la Experiencia Específica, siempre que cumpla con los requisitos definidos para ambos criterios, o si deberá imputarse a un único ítem de evaluación.
Solicitamos se aclare si una misma experiencia laboral o proyecto podrá ser computada simultáneamente para la Experiencia General y la Experiencia Específica, siempre que cumpla con los requisitos definidos para ambos criterios, o si deberá imputarse a un único ítem de evaluación.
Se podrá considerar las Experiencias, siempre que cumpla con los requisitos definidos para ambos criterios, indicados en el pliego de SP
58
Evaluación de la Experiencia
Considerando que varios criterios de experiencia específica requieren tecnologías distintas, solicitamos se confirme si un mismo proyecto podrá ser considerado para más de un criterio tecnológico (por ejemplo: REST, MVC, bases de datos, frameworks, CI/CD)
Considerando que varios criterios de experiencia específica requieren tecnologías distintas, solicitamos se confirme si un mismo proyecto podrá ser considerado para más de un criterio tecnológico (por ejemplo: REST, MVC, bases de datos, frameworks, CI/CD)
Solicitamos se aclare si la firma del CV en carácter de declaración jurada tendrá el mismo valor probatorio que los documentos contractuales, en caso de que estos últimos no detallen explícitamente todas las tecnologías o metodologías utilizadas.
Solicitamos se aclare si la firma del CV en carácter de declaración jurada tendrá el mismo valor probatorio que los documentos contractuales, en caso de que estos últimos no detallen explícitamente todas las tecnologías o metodologías utilizadas.
Conforme lo indica el pliego de SP, se podrá presentar toda documentación que avale la experiencia declarada en el CV de los consultores que la firma consultora proponga.
60
Especificaciones Técnicas
En relaciona con el documento de Planilla de Precios Referenciales publicado en los documentos de referencia del Llamado obrantes el portal SICP, se solicita a la Convocante poner a disposición de los oferentes de la Lista de Corta los documentos de EE.TT. indicados a las empresas HORUS, CDS, Freelancers y CEI Consultores para que las mismas proveean de la cotización referencial del proyecto. Entendemos que dichas EE.TT. podrían contener información útil adicional a los TDRs y que ayudarían a los oferentes de la Lista Corta para el planteamiento y redacción de propuestas esperadas en el marco de la SDP del Llamado actual.
En relaciona con el documento de Planilla de Precios Referenciales publicado en los documentos de referencia del Llamado obrantes el portal SICP, se solicita a la Convocante poner a disposición de los oferentes de la Lista de Corta los documentos de EE.TT. indicados a las empresas HORUS, CDS, Freelancers y CEI Consultores para que las mismas proveean de la cotización referencial del proyecto. Entendemos que dichas EE.TT. podrían contener información útil adicional a los TDRs y que ayudarían a los oferentes de la Lista Corta para el planteamiento y redacción de propuestas esperadas en el marco de la SDP del Llamado actual.