Con el objetivo de realizar un análisis exhaustivo del alcance de los servicios y elaborar una propuesta técnica más completa, solicitamos una extensión del plazo de presentación de ofertas de 30 días.
Con el objetivo de realizar un análisis exhaustivo del alcance de los servicios y elaborar una propuesta técnica más completa, solicitamos una extensión del plazo de presentación de ofertas de 30 días.
Se solicita aclaración respecto a los criterios de asignación de puntaje para el personal “Ingeniero Civil (Puntaje Máximo del Perfil: 8 puntos)”, específicamente en el apartado “Experiencia Específica (Puntaje Máximo: 5 puntos)”.
Según el cuadro de evaluación, se otorga 1 punto en el ítem “Experiencia Específica (EE)” y, adicionalmente, 1 punto por cada año de experiencia específica extra, hasta un máximo de dos (2) puntos. De esta forma, la suma máxima alcanzable por experiencia específica sería de 3 puntos, y no de 5 como se indica.
En consecuencia, entendemos que podría tratarse de un error y que la distribución máxima de puntos correspondería a:
Formación Académica: Maestría 2 puntos; Especializaciones 0,75 puntos; Diplomados 0,25 puntos.
Experiencia Específica: 3 puntos.
Total máximo posible: 6 puntos, y no 8 como figura al inicio.
Agradecemos se confirme si esta interpretación es correcta o, en su defecto, se precise la forma de alcanzar los 8 puntos indicados.
Se solicita aclaración respecto a los criterios de asignación de puntaje para el personal “Ingeniero Civil (Puntaje Máximo del Perfil: 8 puntos)”, específicamente en el apartado “Experiencia Específica (Puntaje Máximo: 5 puntos)”.
Según el cuadro de evaluación, se otorga 1 punto en el ítem “Experiencia Específica (EE)” y, adicionalmente, 1 punto por cada año de experiencia específica extra, hasta un máximo de dos (2) puntos. De esta forma, la suma máxima alcanzable por experiencia específica sería de 3 puntos, y no de 5 como se indica.
En consecuencia, entendemos que podría tratarse de un error y que la distribución máxima de puntos correspondería a:
el criterio ha sido modificado mediante la Adenda N° 1 publicada en el SICP.
13
Experiencia Especifica Ingeniero Electromecanico
Se solicita aclaración respecto a los criterios de asignación de puntaje para el perfil “Especialista Electromecánico (Experiencia Específica – Puntaje Máximo: 5 puntos)”.
El documento indica:
“Experiencia Específica (EE): deberá contar con al menos 5 años de experiencia específica como Residente de Fiscalización de Instalaciones Eléctricas/Señales Débiles o cargos superiores relacionados a la especialidad solicitada en obras civiles de características similares descritas en el apartado Observaciones Generales – Capacidad en materia de personal. 1 punto.
Por cada año de experiencia específica adicional se puntuará con 1 punto hasta un máximo de 2 puntos.
Adicionalmente, se valorará la siguiente experiencia: Experiencia como Fiscal Residente en Instalaciones Eléctricas/Señales Débiles en al menos un (1) Centro Hospitalario y/o Establecimientos de Salud Públicos o Privados con una superficie mínima de 2.500 m², 1 punto por cada experiencia declarada, hasta un máximo de 3 puntos.”
De esta descripción se desprende que podría alcanzarse:
Experiencia Específica (EE): 1 punto base + 2 puntos adicionales = 3 puntos.
Experiencia adicional en centros de salud: hasta 3 puntos.
Lo anterior daría un total potencial de 6 puntos, y no de 5 puntos como se indica como máximo en el encabezado del apartado.
Se agradecerá confirmar si esta interpretación es correcta o, en su caso, precisar la forma en que se debe computar la puntuación para ajustarse al máximo de 5 puntos establecido.
Se solicita aclaración respecto a los criterios de asignación de puntaje para el perfil “Especialista Electromecánico (Experiencia Específica – Puntaje Máximo: 5 puntos)”.
El documento indica:
“Experiencia Específica (EE): deberá contar con al menos 5 años de experiencia específica como Residente de Fiscalización de Instalaciones Eléctricas/Señales Débiles o cargos superiores relacionados a la especialidad solicitada en obras civiles de características similares descritas en el apartado Observaciones Generales – Capacidad en materia de personal. 1 punto.
Por cada año de experiencia específica adicional se puntuará con 1 punto hasta un máximo de 2 puntos.
Adicionalmente, se valorará la siguiente experiencia: Experiencia como Fiscal Residente en Instalaciones Eléctricas/Señales Débiles en al menos un (1) Centro Hospitalario y/o Establecimientos de Salud Públicos o Privados con una superficie mínima de 2.500 m², 1 punto por cada experiencia declarada, hasta un máximo de 3 puntos.”
De esta descripción se desprende que podría alcanzarse:
Experiencia Específica (EE): 1 punto base + 2 puntos adicionales = 3 puntos.
Experiencia adicional en centros de salud: hasta 3 puntos.
Lo anterior daría un total potencial de 6 puntos, y no de 5 puntos como se indica como máximo en el encabezado del apartado.
Se agradecerá confirmar si esta interpretación es correcta o, en su caso, precisar la forma en que se debe computar la puntuación para ajustarse al máximo de 5 puntos establecido.
el criterio ha sido modificado mediante la Adenda N° 1 publicada en el SICP.
14
Calificacion de Especialsita de Instalaciones Sanitarias
Se solicita aclaración respecto a los criterios de asignación de puntaje para el perfil “Especialista de Instalaciones Sanitarias (Puntaje Máximo: 7 puntos)”.
El pliego indica:
Formación Académica: hasta 3 puntos distribuidos como Maestría 2 puntos, Especializaciones 0,75 puntos, Diplomados 0,25 puntos.
Experiencia (máx. 5 puntos):
– Experiencia general: cumple/no cumple.
– Experiencia Específica (EE): deberá contar con al menos 5 años de experiencia específica como Residente de Fiscalización de Instalaciones Sanitarias y/o Gerencia de Proyectos BIM y/o Tratamiento de Aguas y/o Mecánica de Fluidos e Hidráulica en obras civiles de características similares descritas en el apartado Observaciones Generales – Capacidad en materia de personal: 1 punto.
Por cada año de experiencia específica adicional se puntuará con 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos.
Adicionalmente, se valorará la siguiente experiencia: Experiencia como Fiscal Residente y/o supervisor en Instalaciones Sanitarias en al menos un (1) Centro Hospitalario y/o Establecimientos de Salud Públicos o Privados con una superficie mínima de 2.500 m², 1 punto por cada experiencia declarada, hasta un máximo de 3 puntos.
De esta descripción se desprende que podría entenderse:
Formación Académica: hasta 3 puntos (2 por Maestría + 0,75 por Especializaciones + 0,25 por Diplomados).
Experiencia Específica: 1 punto base + 2 puntos adicionales por años de experiencia + hasta 3 puntos por experiencias en centros de salud = hasta 6 puntos.
Lo anterior arroja un total potencial de 9 puntos, aun cuando el documento fija un máximo de 7 puntos. Incluso si la Experiencia Específica se considerara con tope de 5 puntos, la suma total (Formación Académica 3 + Experiencia 5) sumaria 8 puntos, igualmente superior a los 7 puntos anunciados.
Por ello solicitamos:
Confirmar la forma de calcular la puntuación y el máximo aplicable.
Precisar qué tipos de cargos o funciones se considerarán válidos para acreditar la Experiencia Específica, ya que se mencionan especialidades poco habituales (p. ej., Gerencia de Proyectos BIM, Tratamiento de Aguas, Mecánica de Fluidos e Hidráulica).
18-09-2025
02-10-2025
Calificacion de Especialsita de Instalaciones Sanitarias
Se solicita aclaración respecto a los criterios de asignación de puntaje para el perfil “Especialista de Instalaciones Sanitarias (Puntaje Máximo: 7 puntos)”.
El pliego indica:
Formación Académica: hasta 3 puntos distribuidos como Maestría 2 puntos, Especializaciones 0,75 puntos, Diplomados 0,25 puntos.
Experiencia (máx. 5 puntos):
– Experiencia general: cumple/no cumple.
– Experiencia Específica (EE): deberá contar con al menos 5 años de experiencia específica como Residente de Fiscalización de Instalaciones Sanitarias y/o Gerencia de Proyectos BIM y/o Tratamiento de Aguas y/o Mecánica de Fluidos e Hidráulica en obras civiles de características similares descritas en el apartado Observaciones Generales – Capacidad en materia de personal: 1 punto.
Por cada año de experiencia específica adicional se puntuará con 1 punto, hasta un máximo de 2 puntos.
Adicionalmente, se valorará la siguiente experiencia: Experiencia como Fiscal Residente y/o supervisor en Instalaciones Sanitarias en al menos un (1) Centro Hospitalario y/o Establecimientos de Salud Públicos o Privados con una superficie mínima de 2.500 m², 1 punto por cada experiencia declarada, hasta un máximo de 3 puntos.
De esta descripción se desprende que podría entenderse:
Formación Académica: hasta 3 puntos (2 por Maestría + 0,75 por Especializaciones + 0,25 por Diplomados).
Experiencia Específica: 1 punto base + 2 puntos adicionales por años de experiencia + hasta 3 puntos por experiencias en centros de salud = hasta 6 puntos.
Lo anterior arroja un total potencial de 9 puntos, aun cuando el documento fija un máximo de 7 puntos. Incluso si la Experiencia Específica se considerara con tope de 5 puntos, la suma total (Formación Académica 3 + Experiencia 5) sumaria 8 puntos, igualmente superior a los 7 puntos anunciados.
Por ello solicitamos:
Confirmar la forma de calcular la puntuación y el máximo aplicable.
Precisar qué tipos de cargos o funciones se considerarán válidos para acreditar la Experiencia Específica, ya que se mencionan especialidades poco habituales (p. ej., Gerencia de Proyectos BIM, Tratamiento de Aguas, Mecánica de Fluidos e Hidráulica).
Remitirse al PBC en la sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN", en el apartado "Requisitos Documentales para la Evaluación de las Condiciones de Participación", en el cuadro se encuentran descritos los formularios de oferta que deberán ser presentados.
16
Definición de Folio 142 correcto
Se verifican dos versiones del folio 142, con diferente contenido en cuanto al texto bajo el título Método de Evaluación. Se solicita la definición del que es correcto y la eliminación del incorrecto.
Se verifican dos versiones del folio 142, con diferente contenido en cuanto al texto bajo el título Método de Evaluación. Se solicita la definición del que es correcto y la eliminación del incorrecto.
el punto ha sido corregido mediante Adenda N° 1 publicada en el SICP
17
Certificado de Producto y Empleo Nacional
Si bien en el folio 141 se indica que el Certificado de Producto y Empleo Nacional no aplica, en los Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación se determina (folio 139) en el punto 5. Certificado de Producto y empleo Nacional emitido por el MIC, en formato físico, solo en caso de imposibilidad de certificación electrónica. Se solicita aclarar la pertinencia de su presentación.
Si bien en el folio 141 se indica que el Certificado de Producto y Empleo Nacional no aplica, en los Requisitos Documentales para la evaluación de las condiciones de participación se determina (folio 139) en el punto 5. Certificado de Producto y empleo Nacional emitido por el MIC, en formato físico, solo en caso de imposibilidad de certificación electrónica. Se solicita aclarar la pertinencia de su presentación.
el punto ha sido modificado mediante la Adenda N° 1.
18
Inconsistencia Puntaje Experiencia Específica ítem b.
Respecto al criterio de evaluación de la Experiencia Específica, ítem b, donde dice que el Puntaje Máximo será de 16 puntos, pero indica cantidad de instalaciones para ser considerados, indicando 10 para 5 puntos, 13 para 5 puntos y 16 para 6 puntos, se solicita aclarar su manera de consideración porque de la manera definida no es posible obtener el puntaje total.
21-09-2025
02-10-2025
Inconsistencia Puntaje Experiencia Específica ítem b.
Respecto al criterio de evaluación de la Experiencia Específica, ítem b, donde dice que el Puntaje Máximo será de 16 puntos, pero indica cantidad de instalaciones para ser considerados, indicando 10 para 5 puntos, 13 para 5 puntos y 16 para 6 puntos, se solicita aclarar su manera de consideración porque de la manera definida no es posible obtener el puntaje total.
el criterio ha sido modificado mediante la Adenda N° 1
19
Páginas Faltantes
Se solicita adjuntar las páginas faltantes correspondientes a los folios 67 a 28, así como las correspondientes a los folios 23 a 1, que no fueron incluidas en el PBC, conforme se verifica con la revisión de los folios.
Se solicita adjuntar las páginas faltantes correspondientes a los folios 67 a 28, así como las correspondientes a los folios 23 a 1, que no fueron incluidas en el PBC, conforme se verifica con la revisión de los folios.
Los folios 67 al 28 corresponden a los "FORMULARIOS" los cuales fueron cargados en formato editable, los folios 23 al 7 corresponden a las "ESPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES, SOCIALES Y DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL", los folios 6 al 3 corresponden al "DICTAMEN TÉCNICO" el cual fue cargado en la pagina de la DNCP, los folios 2 al 1 corresponden al "FORMULARIO SNIP y ANEXO" los cuales fueron cargados en la página de la DNCP. En cuanto a las "ESPECIFICACIONES TECNICAS AMBIENTALES, SOCIALES Y DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL", remitirse a la Adenda No. 1.
20
Numerales faltantes en Formulario N° 12.1
En el Formulario N° 12.1 Resumen de Precios, faltan los numerales 1.12 a 1.14. Se solicita completar la información faltante