El sistema dice Fecha de Presentación de Ofertas Electrónicas. Puede la convocante contestar en forma desarrollada si requiere algun documento fisico. Ante la distorsiòn de fechas puede la convocante aclarar
La etapa de carga de propuestas cuando inicia
La etapa de la competencia cuando inicia
La presentación de oferta electronica cuando inicia y cuando concluye
La apartura de oferta electronica cuando se realiza
Favor no contestar remirise al portal, ni remitirse a tal o cual resolucion. Se necesita una respesuta concreta en virtud a la importancia del llamado
El sistema dice Fecha de Presentación de Ofertas Electrónicas. Puede la convocante contestar en forma desarrollada si requiere algun documento fisico. Ante la distorsiòn de fechas puede la convocante aclarar
La etapa de carga de propuestas cuando inicia
La etapa de la competencia cuando inicia
La presentación de oferta electronica cuando inicia y cuando concluye
La apartura de oferta electronica cuando se realiza
Favor no contestar remirise al portal, ni remitirse a tal o cual resolucion. Se necesita una respesuta concreta en virtud a la importancia del llamado
Las ofertas electrónicas podrán ser cargadas y presentadas desde la publicación de la convocatoria hasta la fecha y hora límite de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva indicadas en el SICP. La oferta podrá ser modificada o retirada hasta antes de la fecha y hora límite de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva que contempla 2 fases: Lances y Aleatorias. La oferta podrá ser modificada o retirada hasta antes de la fecha y hora límite de presentación de ofertas electrónicas e inicio de la etapa competitiva.
Una vez generada el Acta de Sesión Pública Virtual, el oferente, toda vez que haya realizado lances durante la etapa competitiva, deberá ajustar su listado de ítems al precio final de la competencia electrónica, a través del módulo de ofertas electrónicas, hasta la fecha y hora prevista para el acto de apertura de ofertas electrónicas. El SICP habilitará únicamente la modificación del precio unitario, los demás campos del ítem se mantendrán invariables. En caso de que el oferente no haya realizado lance durante la etapa competitiva, los precios permanecerán invariables.
Culminada la etapa de ajustes de precios de la oferta electrónica, se procederá a la apertura de las ofertas electrónicas, en el día y hora fijados en las bases de la convocatoria de conformidad a las disposiciones establecidas en la Resolución DNCP Nº 232/2025.
Se solicita remitirse al link https://www.contrataciones.gov.py/dncp/subasta-a-la-baja-electronica/manuales-de-uso/
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
3. CERTIFICADO DE REGISTRO: A fin de no limitar la participación a potenciales oferentes y lograr las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio y calidad en resguardo del interés público recomendamos excluir el requisito de la antigüedad de 18 meses de emisión en los registros sanitarios emitidos por la DINAVISA. Sugerencia de redacción: “Registro Sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) vigente”
20-07-2025
06-08-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
3. CERTIFICADO DE REGISTRO: A fin de no limitar la participación a potenciales oferentes y lograr las mejores condiciones de contratación en cuanto a precio y calidad en resguardo del interés público recomendamos excluir el requisito de la antigüedad de 18 meses de emisión en los registros sanitarios emitidos por la DINAVISA. Sugerencia de redacción: “Registro Sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) vigente”
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Para Anticuerpos Monoclonales, punto f. “En caso de ofertar un producto de origen nacional, se presentará certificado de Registro Sanitario emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA)”. A efectos de promover el origen y empleo nacional se recomienda a la convocante eximir la presentación de los estudios descriptos en los puntos b., c. y d., teniendo en cuenta además, que estos documentos ya fueron verificados y aprobados por la DINAVISA siendo innecesario volver a proveerlos.
20-07-2025
06-08-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Para Anticuerpos Monoclonales, punto f. “En caso de ofertar un producto de origen nacional, se presentará certificado de Registro Sanitario emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA)”. A efectos de promover el origen y empleo nacional se recomienda a la convocante eximir la presentación de los estudios descriptos en los puntos b., c. y d., teniendo en cuenta además, que estos documentos ya fueron verificados y aprobados por la DINAVISA siendo innecesario volver a proveerlos.
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Recordamos a la convocante que el Decreto 6611/16 se encuentra abrogada y la normativa vigente para la emisión de registros sanitarios es la Resolución DINAVISA 233/2024, en consecuencia, sugerimos a la convocante la siguiente redacción: “En caso de necesidad o duda la convocante e través del Comité Evaluador podrá solicitar al oferente o a La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria toda la documentación presentada por el oferente a la mencionada Dirección de conformidad a la Resolución DINAVISA 233/2024 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS” y sus actualizaciones. La presentación de la oferta en el marco del presente llamado implica la autorización del oferente para acceder a dicha documentación.”
20-07-2025
06-08-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Recordamos a la convocante que el Decreto 6611/16 se encuentra abrogada y la normativa vigente para la emisión de registros sanitarios es la Resolución DINAVISA 233/2024, en consecuencia, sugerimos a la convocante la siguiente redacción: “En caso de necesidad o duda la convocante e través del Comité Evaluador podrá solicitar al oferente o a La Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria toda la documentación presentada por el oferente a la mencionada Dirección de conformidad a la Resolución DINAVISA 233/2024 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE MEDICAMENTOS BIOLÓGICOS” y sus actualizaciones. La presentación de la oferta en el marco del presente llamado implica la autorización del oferente para acceder a dicha documentación.”
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se solicita respetuosamente a la convocante establecer requisitos para los “fármacos inhibidores de la tirosina quinasa y terapias dirigidas a blancos moleculares” de la misma forma que se establecieron para los ANTICUERPOS MONOCLONALES
20-07-2025
06-08-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Se solicita respetuosamente a la convocante establecer requisitos para los “fármacos inhibidores de la tirosina quinasa y terapias dirigidas a blancos moleculares” de la misma forma que se establecieron para los ANTICUERPOS MONOCLONALES
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones
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REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
Para productos importados, y específicamente en la sección donde se requiere la presentación de Certificados de Libre Venta (CLV/CPP) y Certificados de Buenas de Fabricación, solicitamos a la convocante que se incorpore, para todos los tipos de productos —incluyendo anticuerpos monoclonales, fármacos inhibidores de la tirosina quinasa y terapias dirigidas a blancos moleculares, medicamentos de síntesis, medicamentos biológicos, entre otros— el siguiente texto aclaratorio:
“En caso de presentarse documentación emitida por el fabricante que incluya un enlace oficial (link web) para su verificación, la misma deberá estar autenticada por escribano público.”
21-07-2025
06-08-2025
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
Para productos importados, y específicamente en la sección donde se requiere la presentación de Certificados de Libre Venta (CLV/CPP) y Certificados de Buenas de Fabricación, solicitamos a la convocante que se incorpore, para todos los tipos de productos —incluyendo anticuerpos monoclonales, fármacos inhibidores de la tirosina quinasa y terapias dirigidas a blancos moleculares, medicamentos de síntesis, medicamentos biológicos, entre otros— el siguiente texto aclaratorio:
“En caso de presentarse documentación emitida por el fabricante que incluya un enlace oficial (link web) para su verificación, la misma deberá estar autenticada por escribano público.”
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
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REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
De la misma forma que están establecidos los requisitos para los Anticuerpos Monoclonales, solicitamos se detallen para los demás medicamentos ejemplo: Fármacos Inhibidores de la Tirosina Quinasa y Terapias Dirigidas a Blancos Moleculares, Medicamentos de Síntesis, Medicamentos Biológicos, etc.
21-07-2025
06-08-2025
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
De la misma forma que están establecidos los requisitos para los Anticuerpos Monoclonales, solicitamos se detallen para los demás medicamentos ejemplo: Fármacos Inhibidores de la Tirosina Quinasa y Terapias Dirigidas a Blancos Moleculares, Medicamentos de Síntesis, Medicamentos Biológicos, etc.
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
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REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
Solicitamos a la convocante que los requisitos técnicos aplicables a los “FÁRMACOS INHIBIDORES DE LA TIROSINA QUINASA Y TERAPIAS DIRIGIDAS A BLANCOS MOLECULARES” sean definidos con el mismo nivel de especificidad, criterios técnicos y documentación requerida que los establecidos para los ANTICUERPOS MONOCLONALES.
21-07-2025
06-08-2025
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
Solicitamos a la convocante que los requisitos técnicos aplicables a los “FÁRMACOS INHIBIDORES DE LA TIROSINA QUINASA Y TERAPIAS DIRIGIDAS A BLANCOS MOLECULARES” sean definidos con el mismo nivel de especificidad, criterios técnicos y documentación requerida que los establecidos para los ANTICUERPOS MONOCLONALES.
Remitirse a la última versión del Pliego de Bases y Condiciones.
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica.
La Convocante establece cuanto sigue: "3. CERTIFICADO DE REGISTRO
El Registro Sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) debe estar vigente y contar como mínimo con una antigüedad de 18 meses." Al respecto, consultamos a la Convocante que pretende garantizar con este criterio. Recordamos a la misma que conforme a la normativa vigente,no existen limitaciones para la venta en todo el territorio nacional de productos que cuenten con el certificado de registro sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. Favor rever este criterio.
21-07-2025
06-08-2025
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica.
La Convocante establece cuanto sigue: "3. CERTIFICADO DE REGISTRO
El Registro Sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DINAVISA) debe estar vigente y contar como mínimo con una antigüedad de 18 meses." Al respecto, consultamos a la Convocante que pretende garantizar con este criterio. Recordamos a la misma que conforme a la normativa vigente,no existen limitaciones para la venta en todo el territorio nacional de productos que cuenten con el certificado de registro sanitario expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria. Favor rever este criterio.