Especificaciones Técnicas — Carteles en Obra — Campos inaplicables al objeto de la contratación
El pliego incluye en la sección de carteles de obra una lista de campos que comprende, entre otros, datos como 'superficie del terreno', 'superficies máximas y mínimas edificables', 'código QR generado por el SICP' y 'carteles en ambos extremos del tramo para obras viales'. Estos campos son propios de obras de edificación urbana o de infraestructura vial y carecen de toda aplicabilidad y relevancia para subestaciones eléctricas de alta tensión o líneas de transmisión. La inclusión de estos campos genera incertidumbre sobre la composición y contenido exacto que deben tener los carteles de obra, y podría derivar en observaciones durante la ejecución por campos no completados. Se solicita que la convocante adapte el contenido de los carteles de obra exclusivamente a los datos relevantes para el presente objeto contractual, eliminando los campos propios de obras civiles de edificación o viales que no tienen correspondencia con subestaciones eléctricas ni líneas de transmisión.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Carteles en Obra — Campos inaplicables al objeto de la contratación
El pliego incluye en la sección de carteles de obra una lista de campos que comprende, entre otros, datos como 'superficie del terreno', 'superficies máximas y mínimas edificables', 'código QR generado por el SICP' y 'carteles en ambos extremos del tramo para obras viales'. Estos campos son propios de obras de edificación urbana o de infraestructura vial y carecen de toda aplicabilidad y relevancia para subestaciones eléctricas de alta tensión o líneas de transmisión. La inclusión de estos campos genera incertidumbre sobre la composición y contenido exacto que deben tener los carteles de obra, y podría derivar en observaciones durante la ejecución por campos no completados. Se solicita que la convocante adapte el contenido de los carteles de obra exclusivamente a los datos relevantes para el presente objeto contractual, eliminando los campos propios de obras civiles de edificación o viales que no tienen correspondencia con subestaciones eléctricas ni líneas de transmisión.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo solicitado en los Documentos de Licitación.
92
Especificaciones Técnicas — Programa de Trabajo — Ausencia de fórmula paramétrica de reajuste de precios para un contrato de larga duración
El contrato prevé un período de construcción de hasta 540 días más 180 días de ingeniería de detalle, seguido de un período de leasing operativo de doce años. Para contratos de estas características y duración, la ausencia de una fórmula paramétrica de reajuste de precios del canon periódico obliga a los oferentes a incorporar en su propuesta una prima de riesgo inflacionario que puede encarecer artificialmente la cuota ofertada o desincentivar la participación de empresas que no puedan asumir ese riesgo. El principio de valor por dinero que rige la Ley N° 7021/22 sugiere que contratos de larga duración deben contemplar mecanismos de actualización que mantengan el equilibrio económico del contrato. Se solicita que la convocante aclare si está prevista alguna fórmula de reajuste del canon periódico y, en caso negativo, justifique técnica y económicamente la decisión de mantener el canon fijo durante los doce años de vigencia del leasing.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Programa de Trabajo — Ausencia de fórmula paramétrica de reajuste de precios para un contrato de larga duración
El contrato prevé un período de construcción de hasta 540 días más 180 días de ingeniería de detalle, seguido de un período de leasing operativo de doce años. Para contratos de estas características y duración, la ausencia de una fórmula paramétrica de reajuste de precios del canon periódico obliga a los oferentes a incorporar en su propuesta una prima de riesgo inflacionario que puede encarecer artificialmente la cuota ofertada o desincentivar la participación de empresas que no puedan asumir ese riesgo. El principio de valor por dinero que rige la Ley N° 7021/22 sugiere que contratos de larga duración deben contemplar mecanismos de actualización que mantengan el equilibrio económico del contrato. Se solicita que la convocante aclare si está prevista alguna fórmula de reajuste del canon periódico y, en caso negativo, justifique técnica y económicamente la decisión de mantener el canon fijo durante los doce años de vigencia del leasing.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que esta no es una Obra Pública convencional, la cual se factura y paga conforme al avance del mismo. Es un contrato de prestación de un servicio de alquiler de un local, que cumple las especificaciones técnicas de ANDE. En este sentido, no existen ajustes de precios que sean oportunos para este caso.
No se prevén ajustes de precios de ningún tipo.
93
Especificaciones Técnicas — Gestión Administrativa — Exigencia de aprobación municipal de planos para infraestructura eléctrica de transmisión de carácter nacional
El pliego establece como una de las etapas iniciales del contrato la presentación de documentación y planos para aprobación municipal, mencionando que los planos con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP. Las subestaciones de alta tensión y las líneas de transmisión eléctrica constituyen infraestructura de interés nacional cuya regulación, autorización y supervisión técnica compete a autoridades nacionales —ANDE como ente regulador técnico, MADES para aprobaciones ambientales, MOPC para servidumbres de paso— y no a las municipalidades donde se ubican físicamente las instalaciones. La exigencia de tramitar aprobaciones municipales para este tipo de obras puede no corresponder al régimen legal aplicable, y su inclusión genera incertidumbre sobre los plazos, los trámites requeridos y la responsabilidad por eventuales demoras en la obtención de dichas aprobaciones. Se solicita que la convocante aclare cuáles son exactamente las autoridades competentes para cada tipo de autorización o aprobación requerida en el marco del presente contrato, distinguiendo entre subestaciones y líneas de transmisión.
06-03-2026
Especificaciones Técnicas — Gestión Administrativa — Exigencia de aprobación municipal de planos para infraestructura eléctrica de transmisión de carácter nacional
El pliego establece como una de las etapas iniciales del contrato la presentación de documentación y planos para aprobación municipal, mencionando que los planos con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP. Las subestaciones de alta tensión y las líneas de transmisión eléctrica constituyen infraestructura de interés nacional cuya regulación, autorización y supervisión técnica compete a autoridades nacionales —ANDE como ente regulador técnico, MADES para aprobaciones ambientales, MOPC para servidumbres de paso— y no a las municipalidades donde se ubican físicamente las instalaciones. La exigencia de tramitar aprobaciones municipales para este tipo de obras puede no corresponder al régimen legal aplicable, y su inclusión genera incertidumbre sobre los plazos, los trámites requeridos y la responsabilidad por eventuales demoras en la obtención de dichas aprobaciones. Se solicita que la convocante aclare cuáles son exactamente las autoridades competentes para cada tipo de autorización o aprobación requerida en el marco del presente contrato, distinguiendo entre subestaciones y líneas de transmisión.
Especificaciones Técnicas — Suministros — Valores máximos de pérdidas en transformadores de potencia como causal de descalificación automática sin sustento en norma técnica de referencia
Las Especificaciones Técnicas establecen valores máximos de pérdidas para los transformadores de potencia —específicamente para las unidades de 220/23 kV y de 66/23 kV— declarando expresamente, con énfasis tipográfico en mayúsculas, que no serán aceptadas ofertas que no cumplan con estos requisitos. Estos valores funcionan como criterios eliminatorios absolutos sin que el pliego cite la norma técnica internacional de referencia que fundamenta tales límites, ni justifique técnicamente por qué esos valores exactos y no rangos equivalentes son los que responden a las necesidades reales del proyecto. La imposición de límites de pérdidas tan específicos puede favorecer a fabricantes cuya línea de productos estándar cumple esos parámetros, excluyendo equipos técnicamente equivalentes que responden a diseños con distribuciones de pérdidas distintas pero igualmente eficientes. Se solicita que la convocante indique la norma técnica internacional de referencia que justifica los valores de pérdidas establecidos y evalúe si puede flexibilizarse el criterio para admitir equipos que, aun cuando superen levemente alguno de los límites individuales, demuestren un desempeño energético global equivalente medido por pérdidas totales.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Suministros — Valores máximos de pérdidas en transformadores de potencia como causal de descalificación automática sin sustento en norma técnica de referencia
Las Especificaciones Técnicas establecen valores máximos de pérdidas para los transformadores de potencia —específicamente para las unidades de 220/23 kV y de 66/23 kV— declarando expresamente, con énfasis tipográfico en mayúsculas, que no serán aceptadas ofertas que no cumplan con estos requisitos. Estos valores funcionan como criterios eliminatorios absolutos sin que el pliego cite la norma técnica internacional de referencia que fundamenta tales límites, ni justifique técnicamente por qué esos valores exactos y no rangos equivalentes son los que responden a las necesidades reales del proyecto. La imposición de límites de pérdidas tan específicos puede favorecer a fabricantes cuya línea de productos estándar cumple esos parámetros, excluyendo equipos técnicamente equivalentes que responden a diseños con distribuciones de pérdidas distintas pero igualmente eficientes. Se solicita que la convocante indique la norma técnica internacional de referencia que justifica los valores de pérdidas establecidos y evalúe si puede flexibilizarse el criterio para admitir equipos que, aun cuando superen levemente alguno de los límites individuales, demuestren un desempeño energético global equivalente medido por pérdidas totales.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que la Convocante tiene por objetivo alcanzar los estándares de calidad que normalmente maneja dentro del Sistema Interconectado Nacional. A ese respecto, de ninguna manera esto representa algo restrictivo. Existen miles de fabricantes a nivel mundial que cumplen con estas consignas.
Favor tomar en consideración para la elaboración de su oferta.
95
Especificaciones Técnicas — Suministros — Exigencia de presentación en forma impresa de Planillas de Datos Garantizados y Certificados de Aceptación de Ensayo
El pliego establece que las Planillas de Datos Garantizados y los Certificados de Aceptación de Ensayo deben ser presentados en forma impresa, mientras que otra documentación técnica puede entregarse en medios magnéticos. La exigencia de presentación exclusivamente impresa para este tipo de documentación —que en la industria de equipos de alta tensión puede ser de gran extensión y complejidad— eleva innecesariamente el costo de preparación de la oferta sin que ello añada valor informativo o evaluativo al comité de evaluación. La información contenida en una planilla impresa es idéntica a la contenida en su versión digital. El artículo 45 de la Ley N° 7021/22 prohíbe establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia o se eleva artificialmente el costo de participación. Se solicita que la convocante autorice la presentación de las Planillas de Datos Garantizados y los Certificados de Aceptación de Ensayo en medios digitales, en coherencia con el resto de la documentación técnica del proceso.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Suministros — Exigencia de presentación en forma impresa de Planillas de Datos Garantizados y Certificados de Aceptación de Ensayo
El pliego establece que las Planillas de Datos Garantizados y los Certificados de Aceptación de Ensayo deben ser presentados en forma impresa, mientras que otra documentación técnica puede entregarse en medios magnéticos. La exigencia de presentación exclusivamente impresa para este tipo de documentación —que en la industria de equipos de alta tensión puede ser de gran extensión y complejidad— eleva innecesariamente el costo de preparación de la oferta sin que ello añada valor informativo o evaluativo al comité de evaluación. La información contenida en una planilla impresa es idéntica a la contenida en su versión digital. El artículo 45 de la Ley N° 7021/22 prohíbe establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia o se eleva artificialmente el costo de participación. Se solicita que la convocante autorice la presentación de las Planillas de Datos Garantizados y los Certificados de Aceptación de Ensayo en medios digitales, en coherencia con el resto de la documentación técnica del proceso.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que la Planilla de datos garantizados indefectiblemente deberá ser presentado impreso y firmado, a efectos de darle a la Oferta la seriedad que requiere. Los Certificados de Aceptación y ensayos podrán ser presentados en el formato que le sea más fácil al Oferente.
96
Especificaciones Técnicas — Recepción de Obras — Ausencia de distinción entre Recepción Provisoria y Definitiva por lote individual versus totalidad de los lotes en una licitación multi-lote
El presente llamado comprende cuatro lotes independientes con alcances, ubicaciones y plazos propios. Sin embargo, el pliego no establece si la Recepción Provisoria y Definitiva operan por lote de forma individual —lo que permitiría liberar garantías y habilitar el inicio del canon de leasing lote por lote— o si ambas recepciones se producen únicamente cuando la totalidad de los lotes estén finalizados. Esta indefinición tiene un impacto significativo en los flujos de pago y en el cálculo del canon periódico, ya que un oferente que resulte adjudicado en múltiples lotes no puede prever cuándo comenzará a percibir los pagos de leasing. Se solicita que la convocante aclare expresamente si las recepciones y el inicio del período del canon de leasing operan por lote individual o para el conjunto de lotes, y si el plazo de 12 años del leasing se computa de forma independiente para cada lote.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Recepción de Obras — Ausencia de distinción entre Recepción Provisoria y Definitiva por lote individual versus totalidad de los lotes en una licitación multi-lote
El presente llamado comprende cuatro lotes independientes con alcances, ubicaciones y plazos propios. Sin embargo, el pliego no establece si la Recepción Provisoria y Definitiva operan por lote de forma individual —lo que permitiría liberar garantías y habilitar el inicio del canon de leasing lote por lote— o si ambas recepciones se producen únicamente cuando la totalidad de los lotes estén finalizados. Esta indefinición tiene un impacto significativo en los flujos de pago y en el cálculo del canon periódico, ya que un oferente que resulte adjudicado en múltiples lotes no puede prever cuándo comenzará a percibir los pagos de leasing. Se solicita que la convocante aclare expresamente si las recepciones y el inicio del período del canon de leasing operan por lote individual o para el conjunto de lotes, y si el plazo de 12 años del leasing se computa de forma independiente para cada lote.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que cada Lote representa un Contrato y un conjunto de obligaciones entre las Partes (Convocante y Contratista), las cuales se encuentran totalmente evidenciadas en los Documentos de Licitación.
Ahora bien, en el caso específico en el cual se conceda la adjudicación y contratación de dos lotes a un mismo proponente (caso especial), se articularán los mecanismos que aseguren que el proponente no pierda sus derechos, esto es, cuando culmine una etapa, en uno de los proyectos (Habilitación Comercial), el mismo tendrá el pleno derecho de solicitar los beneficios que esto conlleva.
Indicamos, que en los Documentos de Licitación, se encuentran especificados los momentos de inicio del pago de cuotas (con la HABILITACIÓN COMERCIAL), junto con las demás figuras de liberación de garantías y demás.
97
Especificaciones Técnicas — Fundaciones Propuestas — Prohibición de más de una alternativa 'por caso' sin definición del término 'caso'
El pliego prohíbe que las propuestas de fundaciones para líneas de transmisión contengan más de una alternativa por caso. Sin embargo, no se define qué constituye un 'caso' a estos efectos —si se refiere a cada tramo de la línea, a cada tipo de suelo identificado en el estudio geotécnico, a cada posición de torre o al lote en su conjunto. Para líneas de transmisión de alta tensión con trazados extensos, las condiciones geotécnicas pueden variar significativamente a lo largo del recorrido, y es práctica habitual de la ingeniería presentar distintas soluciones de fundación en función de las condiciones del suelo, lo que podría interpretarse como múltiples alternativas por caso. Esta ambigüedad puede llevar a que propuestas técnicamente bien fundamentadas sean descalificadas por incluir soluciones diferenciadas por tramo o tipo de suelo. Se solicita que la convocante defina con precisión qué constituye un 'caso' a los efectos de la prohibición de alternativas en fundaciones.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Fundaciones Propuestas — Prohibición de más de una alternativa 'por caso' sin definición del término 'caso'
El pliego prohíbe que las propuestas de fundaciones para líneas de transmisión contengan más de una alternativa por caso. Sin embargo, no se define qué constituye un 'caso' a estos efectos —si se refiere a cada tramo de la línea, a cada tipo de suelo identificado en el estudio geotécnico, a cada posición de torre o al lote en su conjunto. Para líneas de transmisión de alta tensión con trazados extensos, las condiciones geotécnicas pueden variar significativamente a lo largo del recorrido, y es práctica habitual de la ingeniería presentar distintas soluciones de fundación en función de las condiciones del suelo, lo que podría interpretarse como múltiples alternativas por caso. Esta ambigüedad puede llevar a que propuestas técnicamente bien fundamentadas sean descalificadas por incluir soluciones diferenciadas por tramo o tipo de suelo. Se solicita que la convocante defina con precisión qué constituye un 'caso' a los efectos de la prohibición de alternativas en fundaciones.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que cada caso se refiere al tipo de suelo (conforme tipificación de suelos de las Especificaciones Técnicas) asociado al tipo de torre, cuya copia obra en su poder.
98
Especificaciones Técnicas — Cronograma de Obras — Exigencia de MS Project 'o similar' sin definición de formatos aceptados
El pliego exige la presentación del Cronograma General de Actividades en formato MS Project 'o similar', sin especificar qué aplicaciones o formatos digitales son admisibles como equivalentes ni en qué versión del software debe presentarse el archivo. Esta vaguedad puede generar controversias en la etapa de aprobación del cronograma cuando el contratista utilice software de planificación distinto al MS Project, con formatos de exportación no compatibles con el sistema del fiscal de obra. Se solicita que la convocante especifique qué formatos de archivo son aceptados como equivalentes al MS Project —indicando por lo menos los estándares de intercambio como XML-Gantt o PDF con la información mínima requerida— a fin de garantizar claridad en las obligaciones de presentación.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Cronograma de Obras — Exigencia de MS Project 'o similar' sin definición de formatos aceptados
El pliego exige la presentación del Cronograma General de Actividades en formato MS Project 'o similar', sin especificar qué aplicaciones o formatos digitales son admisibles como equivalentes ni en qué versión del software debe presentarse el archivo. Esta vaguedad puede generar controversias en la etapa de aprobación del cronograma cuando el contratista utilice software de planificación distinto al MS Project, con formatos de exportación no compatibles con el sistema del fiscal de obra. Se solicita que la convocante especifique qué formatos de archivo son aceptados como equivalentes al MS Project —indicando por lo menos los estándares de intercambio como XML-Gantt o PDF con la información mínima requerida— a fin de garantizar claridad en las obligaciones de presentación.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que dicha preocupación ya corresponde a la etapa de Contrato. El Cronograma será aceptado toda vez que cumpla con los estándares exigidos en los Documentos de Licitación.
99
Especificaciones Técnicas — Contrato y Articulación Normativa — Régimen de la Ley N° 1295/98 (Leasing Operativo) y su relación con las obligaciones de ejecución de obras bajo Ley N° 7021/22
Las Especificaciones Técnicas regulan en detalle las obligaciones de ejecución de obra —ingeniería de detalle, suministro, construcción, montaje, pruebas y puesta en servicio— sin aclarar en qué momento y bajo qué condiciones operan las disposiciones de la Ley N° 1295/98 que regulan la modalidad de Leasing Operativo. En particular, no se aclara: (a) en qué momento pasa la propiedad de los bienes instalados o si permanece en el Contratista durante toda la vigencia del leasing; (b) cuál es el régimen de garantías aplicable al período de ejecución de obra versus el período del leasing propiamente dicho; (c) qué ocurre con los equipos instalados en caso de rescisión del contrato durante la ejecución o durante el período del canon; ni (d) bajo qué norma se resuelven los incumplimientos durante la etapa de construcción. Se solicita que la convocante provea una descripción clara y sistematizada de cómo se articulan los dos marcos normativos en cada etapa del ciclo contractual, a fin de que los oferentes puedan evaluar correctamente los riesgos y estructurar sus propuestas.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Contrato y Articulación Normativa — Régimen de la Ley N° 1295/98 (Leasing Operativo) y su relación con las obligaciones de ejecución de obras bajo Ley N° 7021/22
Las Especificaciones Técnicas regulan en detalle las obligaciones de ejecución de obra —ingeniería de detalle, suministro, construcción, montaje, pruebas y puesta en servicio— sin aclarar en qué momento y bajo qué condiciones operan las disposiciones de la Ley N° 1295/98 que regulan la modalidad de Leasing Operativo. En particular, no se aclara: (a) en qué momento pasa la propiedad de los bienes instalados o si permanece en el Contratista durante toda la vigencia del leasing; (b) cuál es el régimen de garantías aplicable al período de ejecución de obra versus el período del leasing propiamente dicho; (c) qué ocurre con los equipos instalados en caso de rescisión del contrato durante la ejecución o durante el período del canon; ni (d) bajo qué norma se resuelven los incumplimientos durante la etapa de construcción. Se solicita que la convocante provea una descripción clara y sistematizada de cómo se articulan los dos marcos normativos en cada etapa del ciclo contractual, a fin de que los oferentes puedan evaluar correctamente los riesgos y estructurar sus propuestas.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que la Convocante se ha abocado al desarrollo de estos proyectos, respetando los formatos de documentos estándar de Obras de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), en coordinación con irrestricto cumplimiento de lo esbozado en la Ley N° 1295/98 y sus reglamentaciones.
En dichas condiciones, los Documentos licitatorios y de contratación, se han adaptado al modelo de Pliego estándar de Obras de la DNCP, realizando las adecuaciones a la figura de Leasing Operativo, incorporando términos que aseguran que la propiedad es del Contratista, quien percibe una cuota periódica. Los bienes se incorporan al patrimonio del contratante solo al ejercerse la opción de compra por el valor residual pactado.
Las cuestiones de índole fuerza mayor, garantías y rescisiones también se encuentran estipuladas en el Borrador de contrato, conforme al modelo DNCP respectivo.
Por estas afirmaciones, consideramos innecesaria la incorporación de lo solicitado.
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Especificaciones Técnicas — Suministros — Idioma castellano para técnicos de montaje designados por el fabricante como condición del pliego
Las Especificaciones Técnicas exigen que los técnicos del fabricante designados para la supervisión del montaje posean manejo del idioma castellano, o en su defecto que el Contratista proporcione un intérprete a su propio costo. Para equipos de alta tensión de fabricación asiática o europea —que representan una porción significativa del mercado mundial de este tipo de bienes— la disponibilidad de técnicos especializados hispanoparlantes designados por el fabricante es extremadamente limitada. La obligación de proveer intérprete con costo a cargo del Contratista incorpora un elemento de costo diferencial que opera de facto como un desincentivo al uso de equipos de determinados orígenes. Si bien la comunicación técnica eficiente es un objetivo legítimo, la forma en que está redactada la exigencia puede operar como un filtro indirecto sobre el origen de los equipos. Se solicita que la convocante aclare si la provisión de intérprete con cargo al Contratista constituye una condición contractual onerosa irrenunciable o si puede acordarse con la convocante el uso de documentación técnica bilingüe como alternativa.
06-03-2026
26-03-2026
Especificaciones Técnicas — Suministros — Idioma castellano para técnicos de montaje designados por el fabricante como condición del pliego
Las Especificaciones Técnicas exigen que los técnicos del fabricante designados para la supervisión del montaje posean manejo del idioma castellano, o en su defecto que el Contratista proporcione un intérprete a su propio costo. Para equipos de alta tensión de fabricación asiática o europea —que representan una porción significativa del mercado mundial de este tipo de bienes— la disponibilidad de técnicos especializados hispanoparlantes designados por el fabricante es extremadamente limitada. La obligación de proveer intérprete con costo a cargo del Contratista incorpora un elemento de costo diferencial que opera de facto como un desincentivo al uso de equipos de determinados orígenes. Si bien la comunicación técnica eficiente es un objetivo legítimo, la forma en que está redactada la exigencia puede operar como un filtro indirecto sobre el origen de los equipos. Se solicita que la convocante aclare si la provisión de intérprete con cargo al Contratista constituye una condición contractual onerosa irrenunciable o si puede acordarse con la convocante el uso de documentación técnica bilingüe como alternativa.