Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
111 Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación — Garantía de Mantenimiento de Oferta — Ausencia del monto o porcentaje y del período de validez aplicables al presente procedimiento La sección de requisitos documentales establece que la Garantía de Mantenimiento de Oferta debe ser extendida bajo la forma establecida en el SICP, pero el pliego analizado no especifica el monto o porcentaje de la garantía de mantenimiento de oferta ni el período de validez exigido para el presente procedimiento. Para una licitación bajo modalidad leasing en la que el Precio Total de la Prestación es el único indicador económico relevante —y cuyo valor estimado no está publicado— los oferentes no pueden calcular el monto de la garantía requerida. Se solicita que la convocante aclare el monto o porcentaje exacto de la garantía de mantenimiento de oferta exigido por cada lote y el período mínimo de validez requerido, conforme lo exige el Decreto Reglamentario N° 2264/24. 06-03-2026 26-03-2026
112 Condiciones Generales — Articulación entre Requisitos de Participación y Especificaciones Técnicas — Ausencia de listado unificado de documentos de carácter sustancial en el pliego A lo largo del pliego, diversos documentos son calificados con carácter sustancial en distintas secciones —formulario de oferta, garantía de mantenimiento de oferta, ciertos documentos legales, el Plan de Entregas, la Carta Compromiso de Compra-Venta, las Planillas de Datos Garantizados, los pre-dimensionamientos de fundaciones—. Sin embargo, no existe en el pliego un listado unificado y consolidado de todos los documentos sustanciales, lo que obliga a los oferentes a relevar el carácter de cada documento a lo largo de extensos capítulos del pliego para asegurarse de no omitir ninguno. El artículo 52 del Decreto Reglamentario N° 2264/24 distingue entre documentos sustanciales y subsanables, y la claridad sobre esta distinción es fundamental para garantizar la transparencia y predictibilidad del proceso. Se solicita que la convocante publique un listado consolidado de todos los documentos calificados como sustanciales en el presente pliego, a fin de facilitar la preparación de ofertas y minimizar el riesgo de descalificaciones por omisiones formales no advertidas por el oferente. 06-03-2026 26-03-2026
113 Especificaciones Técnicas — Suministros — Ausencia de criterios para la evaluación de la oferta técnica en sistemas de protección integrados: tecnología 'similar' sin parámetros de similitud El pliego exige acreditar experiencia en Sistemas Integrados de Protección y Control para subestaciones con 'tecnología similar a la de la obra propuesta', sin definir qué parámetros técnicos o estándares de comunicación determinan la similitud. En la industria de sistemas de protección para alta tensión, la tecnología evoluciona rápidamente —protocolos IEC 61850, comunicaciones GOOSE, arquitecturas de subestación digital— y la comparabilidad entre distintas generaciones de sistemas no siempre es evidente. La ausencia de criterios de similitud objetivos puede generar interpretaciones divergentes entre el comité de evaluación y los oferentes. Se solicita que la convocante defina los parámetros técnicos mínimos —protocolo de comunicación, arquitectura, estándares de interoperabilidad— que determinan que una experiencia previa califica como 'tecnología similar' a la del presente proyecto. 06-03-2026 26-03-2026
114 Especificaciones Técnicas — Certificaciones de Experiencia en Suministros — Validez de certificados emitidos por el propio fabricante versus certificados de terceros independientes El pliego admite como documentación de acreditación de experiencia en suministros, entre otros, 'certificados emitidos por empresas, donde se pueda constatar el tiempo en operación y el desempeño satisfactorio de los equipos y materiales a ser suministrados por el fabricante'. No se establece si el fabricante puede emitir estos certificados sobre sus propios equipos —lo que plantea una situación de falta de independencia— o si deben ser emitidos por los clientes o usuarios finales de los equipos. La admisión de certificados emitidos por el propio fabricante sobre su propia experiencia operativa reduce el valor probatorio de los antecedentes y puede favorecer la presentación de documentación con menor respaldo independiente. Se solicita que la convocante aclare si los certificados de experiencia operativa deben ser emitidos por los clientes o usuarios finales de los equipos o si son admisibles los emitidos por el propio fabricante, y en este último caso, qué requisitos de contenido y verificabilidad deben cumplir. 06-03-2026 26-03-2026
115 Condiciones Generales — Procedimiento de Contratación — Ausencia de acta de apertura de consultas o mecanismo para compartir respuestas con todos los interesados de forma simultánea El pliego regula el procedimiento de consultas y aclaraciones pero no especifica con precisión el mecanismo por el cual las respuestas a las consultas serán puestas a disposición de todos los potenciales interesados de forma simultánea, en particular si las consultas se formulan a través del SICP. La transparencia del proceso exige que todas las aclaraciones emitidas en respuesta a consultas individuales sean publicadas en el SICP y sean accesibles para todos los interesados en igualdad de condiciones, conforme lo establece el artículo 61 del Decreto N° 2264/24. Se solicita que la convocante confirme que todas las respuestas a las consultas —incluyendo las formuladas en el período habilitado— serán publicadas en el SICP de forma simultánea para todos los interesados, y que precise el plazo en que las circulares aclaratorias estarán disponibles antes de la fecha de apertura de ofertas. 06-03-2026 26-03-2026
116 Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación — Otros Criterios — Fundaciones Propuestas como requisito sustancial: causal de rechazo por inconsistencias entre Especificaciones Técnicas y cálculos previos El pliego establece que en caso de presentarse inconsistencias entre lo indicado en las Especificaciones Técnicas y los cálculos previos de fundaciones presentados por el Oferente, o bien en su relacionamiento con los costos de la Lista de Actividades, la Oferta será rechazada. Esta causal de rechazo automático, referida a un pre-dimensionamiento que por definición es preliminar y puede diferir del diseño definitivo, puede resultar desproporcionada. Un pre-dimensionamiento de fundaciones elaborado con los datos disponibles en etapa de oferta —sin estudio geotécnico definitivo del trazado completo— puede diferir de los cálculos finales sin que ello implique incapacidad técnica del oferente. Se solicita que la convocante precise cuál es el nivel de detalle y precisión que se espera del pre-dimensionamiento de fundaciones en etapa de oferta, y qué tipo de inconsistencia es causal de rechazo, distinguiendo entre errores de fondo y diferencias metodológicas aceptables en un documento de alcance preliminar. 06-03-2026 26-03-2026
117 Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación — Experiencia Específica (Lotes 3 y 4) — Observación (2) para líneas de transmisión de 220 kV: referencia a equipos de subestación En la sección de Experiencia Específica para los Lotes 3 y 4, la Observación (2) aplicable a la opción b —construcción de líneas de transmisión de 220 kV— establece que los suministros de referencia deben incluir 'transformadores de potencia, equipos de maniobra y medición, Celdas para 23 kV, paneles de protección, control y medición y sistemas de comunicación'. Estos son equipos propios de subestaciones y no de líneas de transmisión. Para la construcción de líneas de transmisión, los suministros relevantes son conductores, aisladores, herrajes, estructuras de soporte y cables de guardia. La observación parece haberse trasladado erróneamente desde el apartado correspondiente a subestaciones, generando confusión sobre qué debe acreditarse para la opción b. Se solicita que la convocante corrija la Observación (2) de los Lotes 3 y 4 para la opción b, estableciendo los suministros correctamente correspondientes a líneas de transmisión de 220 kV. 06-03-2026 26-03-2026
118 Especificaciones Técnicas — Cronograma y Etapas — Plazo de 45 días para aprobación municipal desde firma del contrato: factibilidad e incertidumbre sobre trámites ante autoridades nacionales El pliego establece como segunda etapa del cronograma contractual la presentación de documentación y planos para aprobación en un plazo de 45 días desde la firma del contrato, haciendo referencia a aprobaciones de naturaleza aparentemente municipal. Para obras de subestaciones de alta tensión y líneas de transmisión de 220 kV y 66 kV, los trámites de aprobación ante las autoridades competentes —sean municipales, departamentales o nacionales— pueden extenderse por plazos considerablemente superiores a 45 días, especialmente si involucran aprobaciones ambientales del MADES, servidumbres de paso del MOPC o aprobaciones técnicas de la propia ANDE. Un plazo de 45 días para completar estas gestiones puede resultar irreal e imponer al Contratista el riesgo de incumplimiento del cronograma por causas ajenas a su gestión. Se solicita que la convocante aclare cuáles son exactamente las aprobaciones requeridas en esta segunda etapa, ante qué autoridades deben tramitarse y si el plazo de 45 días puede extenderse en caso de demora atribuible a dichas autoridades. 06-03-2026 26-03-2026
119 Planilla de precios Solicitamos la planilla de precios en formato editable 07-03-2026
120 CONSULTAS 1. Con respecto al ítem 4.13 de las EETTs 04.18.10.53 - TR TRIF. 220/23/13,8kV - 80MVA del Lote 1 y Lote 3, el proveedor tendría que completar el campo? A nuestro entender, el proveedor sólo tendría que completar los campos de los subítems 4.13.1, 4.13.2 y 4.13.3. Favor confirmar. 2. Con respecto al ítem 4.12 marcado en rojo de las EETTs 04.18.20.97 - TR MONOF. 220/66/13,8kV - 24/32/40MVA del Lote 4, el proveedor tendría que completar el campo? A nuestro entender, el proveedor sólo tendría que completar los campos de los subítems 4.12.1, 4.12.2 y 4.12.3. Favor de confirmar. 3. Con respecto al ítem 4.12 marcado en rojo de las EETTs 04.16.10.58 - TR TRIF. 66/23kV - 50MVA del Lote 2, el proveedor si tendría que llenar? Para nuestro entendimiento, el proveedor tendría que completar el campo? A nuestro entender, el proveedor sólo tendría que completar los campos de los subítems 4.12.1, 4.12.2 y 4.12.3. Favor confirmar. 09-03-2026
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