Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
261 ESPECIFICACIONES TECNICAS Solicitamos se permita la cotización de equipos de Rayos X digital fijo cuya rotación del portatubo en el eje vertical sea de 0° a +180°, en lugar del rango de 0° a ±180° especificado en el punto 4.1.9 del Pliego, considerando que la rotación vertical del tubo se expresa convencionalmente en sentido único (positivo) al describir el giro desde la posición neutra (0°) hacia una posición invertida o inclinada hacia el extremo opuesto, y que el concepto de ±180° en este eje no aplica técnicamente, ya que no existe rotación bidireccional en dicho plano sino un movimiento definido en arco de 180°; además, equipos que alcanzan +180° de rotación desde 0° cumplen plenamente las funciones clínicas esperadas (por ejemplo, proyecciones posteroanterior en bipedestación, laterales, y hasta exposiciones con inclinación invertida), siendo innecesario requerir un doble sentido que no aporta valor funcional adicional; por tanto, conforme a criterios de precisión técnica, razonabilidad y adecuación normativa contemplados en la Ley N.º 7021/2022, solicitamos se corrija dicho ítem para admitir rotaciones de 0° a +180° como equivalentes operativamente válidas. 02-07-2025 17-07-2025
262 ESPECIFICACIONES TECNICAS Solicitamos a la convocante tenga a bien aclarar el significado técnico del ítem 4.3.6 del Pliego, que indica “Soporte de tubo de rayos X: resbalamiento longitudinal ≥ 2400 mm”, dado que el término “resbalamiento longitudinal” no corresponde a una expresión habitualmente utilizada en la jerga técnica asociada a sistemas de soporte de tubo en equipos de Rayos X digitales fijos; por ello, y a fin de evitar interpretaciones subjetivas o discrepancias durante la evaluación técnica, solicitamos se explicite a qué componente o desplazamiento hace referencia dicho requisito (por ejemplo, si se refiere al recorrido longitudinal del brazo portatubo sobre un riel de techo, al desplazamiento del puente motorizado o al recorrido del soporte a lo largo del eje del paciente), lo cual resulta esencial para asegurar una oferta técnicamente adecuada y en cumplimiento de lo requerido. 02-07-2025 17-07-2025
263 ESPECIFICACIONES TECNICAS Solicitamos se permita la cotización de equipos de Rayos X digital fijo cuyo desplazamiento vertical del tubo, respecto al piso, sea de movimiento manual con un recorrido total desde nivel de suelo hasta una altura máxima de 1450 mm, en lugar del rango de 40 cm a 200 cm indicado en el punto 4.3.8 del Pliego, considerando que dicha configuración cubre completamente los requerimientos clínicos estándar para estudios en bipedestación, sedestación y decúbito, incluyendo exposiciones de cabeza, tórax, abdomen y extremidades; técnicamente, el rango mencionado permite una alineación precisa del haz radiográfico en todos los planos habituales de trabajo, sin comprometer calidad diagnóstica ni confort del paciente. Además, la incorporación de movimiento manual con freno electromecánico o mecánico de precisión resulta funcionalmente equivalente en entornos de baja-media complejidad, optimizando costos operativos y mantenimiento sin menoscabo en las prestaciones. Conforme a lo establecido por la Ley N.º 7021/2022, solicitamos se considere esta alternativa dentro del principio de razonabilidad técnica y libre concurrencia. 02-07-2025 17-07-2025
264 ESPECIFICACIONES TECNICAS Con relación al punto 4.5.3 del Pliego, solicitamos se considere la unificación y revisión técnica del requerimiento en conjunto con lo dispuesto en el punto 4.3.8, ya que ambos hacen referencia al movimiento vertical del tubo de rayos X respecto al piso, pero presentan rangos y descripciones que resultan contradictorios y poco claros; específicamente, se indica un rango mínimo de 30 cm a 200 cm (punto 4.5.3), mientras que en el punto 4.3.8 se establece un rango de 40 cm a 200 cm, generando ambigüedad sobre los valores exigibles. Asimismo, solicitamos se admita la cotización de equipos con desplazamiento vertical total de al menos 1400 mm, partiendo desde el nivel del suelo hasta una altura máxima, en modalidad de ajuste manual contrabalanceado, lo cual resulta técnica y clínicamente suficiente para cubrir todo el espectro de estudios radiológicos convencionales (de pie, sentado o en camilla), sin comprometer la calidad diagnóstica ni la operatividad del sistema; en consecuencia, y a fin de garantizar objetividad, coherencia técnica y libre concurrencia entre oferentes, conforme a los principios de claridad y razonabilidad de la Ley N.º 7021/2022, solicitamos se armonicen los puntos mencionados en una única especificación clara y técnicamente viable. 02-07-2025 17-07-2025
265 ESPECIFICACIONES TECNICAS Solicitamos se permita la cotización de equipos de Rayos X digital fijo con detectores de imágenes que presenten un tamaño de píxel de hasta 140 micrones, en lugar del valor de 139 micrones o menor establecido en el punto 4.6 del Pliego, considerando que dicha diferencia no implica una pérdida significativa en la calidad diagnóstica ni en la resolución espacial efectiva del sistema, dado que factores como el tipo de conversión (directa o indirecta), el algoritmo de procesamiento de imagen y la relación señal/ruido tienen un impacto igual o superior en el rendimiento clínico que una variación mínima de un micrón. Además, detectores de 140 µm se encuentran homologados bajo normativas internacionales y son ampliamente utilizados en centros de diagnóstico por imagen, ofreciendo excelente nivel de detalle y contraste en estudios convencionales. En ese sentido, y conforme al principio de razonabilidad técnica y libre competencia consagrada en la Ley N.º 7021/2022, solicitamos se considere admisible esta especificación como alternativa técnicamente válida y clínicamente eficiente. 02-07-2025 17-07-2025
266 ESPECIFICACIONES TECNICAS Solicitamos se permita la cotización de equipos de Rayos X digital fijo cuyo parámetro de eficiencia cuántica de detección (DQE) sea evaluado a una frecuencia espacial de 4 lp/mm, en lugar del criterio de 1 lp/mm establecido en el punto 4.6 del Pliego, dado que el valor de 4 líneas por milímetro representa un umbral más exigente en términos de resolución espacial, y por ende, permite una evaluación más realista del rendimiento clínico del detector digital en condiciones de alta definición; mantener un DQE elevado a frecuencias espaciales mayores garantiza una mejor conservación de detalles finos en imágenes radiográficas, aspecto crucial en estudios complejos como los de tórax o sistema musculoesquelético. En este contexto, proponer 4 lp/mm como punto de referencia no solo no disminuye la calidad, sino que eleva el estándar técnico, sin contradecir el objetivo de lograr un bajo nivel de exposición (por debajo de 2 µGy); por tanto, conforme a los principios de eficiencia, proporcionalidad y libertad técnica establecidos en la Ley N.º 7021/2022, consideramos técnicamente válida esta propuesta como alternativa equivalente o superadora. 02-07-2025 17-07-2025
267 Item 1- ARCO EN C "En el ítem 1, donde dice: “Matriz de píxeles: 2048 x 2048 o mayor”, solicitamos modificar por: “Matriz de píxeles: 1024 x 1024 o mayor”. Esta resolución es técnicamente suficiente para estudios clínicos habituales como Extremidades, Cabeza, Columna Vertebral, Tórax, Marcapasos, CPRE, Vascular / Hq / Cerebral, Pelvis, Manejo Del Dolor, Electrofisiología. El rango que pide solo limita la participacion de los demas ofenretes sin aportar beneficios clínicos significativos" 02-07-2025 17-07-2025
268 Item 1- ARCO EN C ítem 1 en el punto 4.3.6 en donde dice “Velocidad Máxima de 35 fps o mayor.”, solicitamos reducir este valor a al menos 30 fps o mayor, ya que este valor es el estándar en la mayoría de los equipos y no representa una ventaja significa con respecto a la 30 fps. permitiendo una mayor participación y no solo beneficiando a una marca 02-07-2025 17-07-2025
269 Item 1- ARCO EN C "En el item 1 en el punto 4.4.2 donde dice: Monitor tactil embebido al arco en C de 15.6"" solicitamos a la convocante que se cambie por: Monitor táctil al arco en C de 13,3"" o mayor con posibilidad de rotar. El pedido se debe a que la función principal del monitor pequeño es que el personal pueda manipular el equipo y poder controlar el equipo de la manera mas practica , además al poder rotar permitirá al radiólogo manipular sin molestar en ningún procedimiento cosa que con un monitor embebido no se va poder" 02-07-2025 17-07-2025
270 Item 1- ARCO EN C "En el ítem 1, en punto 4.9.4 en donde dice: “Corriente máxima para radiografía digital: 150 mA o mayor”, solicitamos a la convocante modificar que se cambie por: “Corriente máxima para radiografía digital: 100 mA o mayor”. Este rango es suficiente para obtener imágenes con buena calidad para poder realizar cualquier procedimientos con un arco en C, considerando que estos equipos están diseñados para procedimientos de poca duración y con dosis optimizadas y con la menor corriente posible. Además permitirá mayor participación de los demás oferentes sin limitar participación y no saca funcionalidad al equipo" 02-07-2025 17-07-2025
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