"Como requerimiento para el aval de la capacidad técnica necesaria para el presente proceso es requerido cuando sigue:
""""""
… Presentar nómina de al menos 10 (diez) personales destinados al servicio de monitoreo con sus respectivos carnets de técnico en Monitoreo expedido por la dirección de delitos económicos de la Policía Nacional ...
""""""
Dicho requerimiento no existe, la dirección de Delitos Economicos de la Policia Nacional emita actualmente una sola categoría tipo de carnet el cual corresponde a Técnico en Seguridad Electrónica, por lo que la obligatoriedad de este requisito no solamente limita a posibles oferentes su participación, sino que también estaría utilizando un criterio totalmente desfazado al momento de la elección del oferente más adecuado a las normativas vigentes de la Policía Nacional en cuanto a la idoneidad de estos requisitos."
"Como requerimiento para el aval de la capacidad técnica necesaria para el presente proceso es requerido cuando sigue:
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… Presentar nómina de al menos 10 (diez) personales destinados al servicio de monitoreo con sus respectivos carnets de técnico en Monitoreo expedido por la dirección de delitos económicos de la Policía Nacional ...
""""""
Dicho requerimiento no existe, la dirección de Delitos Economicos de la Policia Nacional emita actualmente una sola categoría tipo de carnet el cual corresponde a Técnico en Seguridad Electrónica, por lo que la obligatoriedad de este requisito no solamente limita a posibles oferentes su participación, sino que también estaría utilizando un criterio totalmente desfazado al momento de la elección del oferente más adecuado a las normativas vigentes de la Policía Nacional en cuanto a la idoneidad de estos requisitos."
Se establece el requerimiento de Carnet de Técnico en monitoreo pudiendo ser aceptados los carnets expedidos por la Dirección de Delitos Económicos de la Policía Nacional en lo relacionado a Seguridad Electrónica, conforme lo establecido en los artículos N° 31, 32 y 33 de la Ley N° 5424/15 para la provisión de Servicios de Monitoreo.
103
Equipo de Telefonía IP Grandstream
"Favor adecuar las EETT a modo de permitirla participación de la mayor cantidad de oferentes posibles ya que el equipo en cuestión se encuentra direccionado y literalmente copiado del siguiente catalogo de la marca GRANDSTREAM.
https://www.grandstream.com/hubfs/Product_Documentation/datasheet_ucm6510_english.pdf"
"Favor adecuar las EETT a modo de permitirla participación de la mayor cantidad de oferentes posibles ya que el equipo en cuestión se encuentra direccionado y literalmente copiado del siguiente catalogo de la marca GRANDSTREAM.
Existen varios fabricantes en el mercado que cumplen mínimamente con las EETT requeridas. Favor remitirse al PBC.
104
Personal requerido
En los terminos de referencia de esta licitación, en especifico en el apartado de especificaciones técnicas es solicitado un total de 20 estaciones de trabajo, sin embargo, es solicitado un total de 3 personales por turno mas un supervisor por parte del oferente. Con respecto a este punto se consulta si el resto de las estaciones de trabajo pertenecerían a operadores del 911 u otra division del Ministerio del Interior. Se solicita a la convocante aclarar este punto
En los terminos de referencia de esta licitación, en especifico en el apartado de especificaciones técnicas es solicitado un total de 20 estaciones de trabajo, sin embargo, es solicitado un total de 3 personales por turno mas un supervisor por parte del oferente. Con respecto a este punto se consulta si el resto de las estaciones de trabajo pertenecerían a operadores del 911 u otra division del Ministerio del Interior. Se solicita a la convocante aclarar este punto
Se aclara que las demás estaciones de trabajo serán utilizadas por personal del OMDEC.
105
Comodato de equipos
En el pliego de bases y condiciones es solicitado ademas de las tobilleras y equipos de rastreo una serie de equipos informáticos como UPS, Equipos de Telefonía IP, Videowall, entre otros. Se solicita aclarar si estos también entrarían en una modalidad de comodato durante los 36 meses, a modo de contemplar la instalación y retiro de los equipos mencionados en la propuesta técnica/economica.
En el pliego de bases y condiciones es solicitado ademas de las tobilleras y equipos de rastreo una serie de equipos informáticos como UPS, Equipos de Telefonía IP, Videowall, entre otros. Se solicita aclarar si estos también entrarían en una modalidad de comodato durante los 36 meses, a modo de contemplar la instalación y retiro de los equipos mencionados en la propuesta técnica/economica.
"En los terminos de referencia de esta licitación se requiere:
""""""
… CENTRO DE MONITOREO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS ALTERNATIVO O SECUNDARIO.
Sera obligación de la empresa proveedora del servicio, contar con una sala de monitoreo secundaria o alternativa para establecer la OFICINA DE
MONITOREO DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS DE CONTROL en caso de ser necesario por motivos de fuerza mayor, la misma deberá estar lista para
ser ocupada en cualquier momento por los OPERADORES DEL SIMDEC durante la vigencia del contrato...
""""""
Al respecto se consulta si la sala de monitoreo secundaria se refiere también a la duplicación de los equipos requeridos o si la mitad de los equipos correponderían a la sala de monitoreo a ser adecuada en las instalaciones de Minsiterio del Interior. Favor aclarar este punto"
"En los terminos de referencia de esta licitación se requiere:
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… CENTRO DE MONITOREO DE DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS ALTERNATIVO O SECUNDARIO.
Sera obligación de la empresa proveedora del servicio, contar con una sala de monitoreo secundaria o alternativa para establecer la OFICINA DE
MONITOREO DE DISPOSITIVOS ELECTRONICOS DE CONTROL en caso de ser necesario por motivos de fuerza mayor, la misma deberá estar lista para
ser ocupada en cualquier momento por los OPERADORES DEL SIMDEC durante la vigencia del contrato...
""""""
Al respecto se consulta si la sala de monitoreo secundaria se refiere también a la duplicación de los equipos requeridos o si la mitad de los equipos correponderían a la sala de monitoreo a ser adecuada en las instalaciones de Minsiterio del Interior. Favor aclarar este punto"
Conforme lo establecido en el PBC, la sala de monitoreo deberá tener una infraestructura acondicionada con un videowall, UPS, estaciones de trabajo y grupo electrógeno con el fin de servir de respaldo o contingencia en caso de ser necesario, no siendo de uso exclusivo de la convocante.
107
Concurrencia de equipos, cantidad máxima
"En el pliego de bases y condiciones del presente llamado, se menciona que la cantidad límite de concurrencia para órdenes de servicio se establece en mil (1000) unidades en las Especificaciones Técnicas (EETT). Sin embargo, no se observa una referencia explícita en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICP) sobre este límite.
¿Cuál es la cantidad límite de concurrencia establecida para órdenes de servicio cuando no se encuentra explícitamente mencionada en el SICP? ¿Se debe aplicar el límite de mil (1000) unidades mencionado en las Especificaciones Técnicas, o existe un criterio distinto?
¿Cómo se define el término del servicio por caso en este contexto? Es decir, ¿cómo se determina que un servicio ha culminado para poder contabilizarse dentro del límite de concurrencia?
¿Qué procedimiento se debe seguir en el caso de que se sobrepase el límite de mil (1000) órdenes de servicio? Por ejemplo, si la cantidad alcanzara las mil ochocientas (1800) órdenes, ¿cómo se procede con el pago correspondiente por las 800 órdenes adicionales? Esto teniendo en cuenta que las ordenes de disponer de una tobillera electrónica corresponde a una orden judicial la cual no depende del Ministerio del Interior sino más bien del Poder Judicial y conlleva a los oferentes un gran compromiso por asumir en caso de que la demanda de equipos sobrepase el limite ""ESTIMADO"" de la presente licitación. Se solicita a la convocante aclarar los puntos anteriormente mencionados en aras de proveer las condiciones más claras posibles a modo de permitir la mayor cantidad de oferentes posibles y concurrencia en libre competencia en el presente llamado."
"En el pliego de bases y condiciones del presente llamado, se menciona que la cantidad límite de concurrencia para órdenes de servicio se establece en mil (1000) unidades en las Especificaciones Técnicas (EETT). Sin embargo, no se observa una referencia explícita en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICP) sobre este límite.
¿Cuál es la cantidad límite de concurrencia establecida para órdenes de servicio cuando no se encuentra explícitamente mencionada en el SICP? ¿Se debe aplicar el límite de mil (1000) unidades mencionado en las Especificaciones Técnicas, o existe un criterio distinto?
¿Cómo se define el término del servicio por caso en este contexto? Es decir, ¿cómo se determina que un servicio ha culminado para poder contabilizarse dentro del límite de concurrencia?
¿Qué procedimiento se debe seguir en el caso de que se sobrepase el límite de mil (1000) órdenes de servicio? Por ejemplo, si la cantidad alcanzara las mil ochocientas (1800) órdenes, ¿cómo se procede con el pago correspondiente por las 800 órdenes adicionales? Esto teniendo en cuenta que las ordenes de disponer de una tobillera electrónica corresponde a una orden judicial la cual no depende del Ministerio del Interior sino más bien del Poder Judicial y conlleva a los oferentes un gran compromiso por asumir en caso de que la demanda de equipos sobrepase el limite ""ESTIMADO"" de la presente licitación. Se solicita a la convocante aclarar los puntos anteriormente mencionados en aras de proveer las condiciones más claras posibles a modo de permitir la mayor cantidad de oferentes posibles y concurrencia en libre competencia en el presente llamado."
Con respecto a la consultas sobra la cantidad límite de concurrencia establecida se aclara que la cantidad especificada de 1000 unidades es una referencia, no existiendo una limitación en la cantidad de dispositivos concurrentes, si no solamente un monto mínimo y un monto máximo a ser ejecutado.
108
Instalacion de tobilleras
"En el PBC es solicitado que personal del oferente se encuentren disponibles a modo de apoyo para la instalacion de los dispositivos en las personas procesadas en caso de ser necesario. Con respecto a lo mencionado se solicita aclarar lo siguiente:
1. Esto se encuentra contemplado para todas las ordenes de servicio emitidas? es decir que para las 1.000 instalaciones concurrentes hará falta personal para el momento de la instalación.
2. En dicho caso, corresponderían al personal destinado a permanecer dentro del centro de monitoreo del OMDEC?
3. Por parte de quien correían los costos de traslado y viáticos para la instalación de los dispositivos? contemplando los casos más remotos del país, por ejemplo. Ciudad del Este, San Pedro, Pedro Juan Caballero, Alto Paraguay, etc. Así mismo los no omisibles costos de logística de traslado dentro de Asunción y Depto. Central "
"En el PBC es solicitado que personal del oferente se encuentren disponibles a modo de apoyo para la instalacion de los dispositivos en las personas procesadas en caso de ser necesario. Con respecto a lo mencionado se solicita aclarar lo siguiente:
1. Esto se encuentra contemplado para todas las ordenes de servicio emitidas? es decir que para las 1.000 instalaciones concurrentes hará falta personal para el momento de la instalación.
2. En dicho caso, corresponderían al personal destinado a permanecer dentro del centro de monitoreo del OMDEC?
3. Por parte de quien correían los costos de traslado y viáticos para la instalación de los dispositivos? contemplando los casos más remotos del país, por ejemplo. Ciudad del Este, San Pedro, Pedro Juan Caballero, Alto Paraguay, etc. Así mismo los no omisibles costos de logística de traslado dentro de Asunción y Depto. Central "
Con respecto a la consulta 1, se aclara que el personal no se debe encontrar disponible para el total de las ordenes de servicio, solo en casos específicos de requerirse alguna asistencia técnica especializada, con respecto a la consulta 2, el personal destinado debe permanecer en el centro de monitoreo del OMDEC, con respecto a la consulta 3, todos los gastos relacionados a los servicios de asistencia técnica especializada correrán por cuenta del oferente adjudicado.
109
Garantia y reposicion de equipos
En caso de avería y rotura de equipos es requerido que el oferente se encargue de restaurar el dispositivo de control en las personas procesadas. En dicho caso, este reemplazo de equipos que corresponden a un incidente de ALTERACIÓN INTENCIONADA del equipo, ej. en caso de rotura intencional, se tomaría como el inicio de un nuevo servicio? En concreto, quien corre con los gastos de dicha situación. Se solicita a la convocante aclarar el punto anterior.
En caso de avería y rotura de equipos es requerido que el oferente se encargue de restaurar el dispositivo de control en las personas procesadas. En dicho caso, este reemplazo de equipos que corresponden a un incidente de ALTERACIÓN INTENCIONADA del equipo, ej. en caso de rotura intencional, se tomaría como el inicio de un nuevo servicio? En concreto, quien corre con los gastos de dicha situación. Se solicita a la convocante aclarar el punto anterior.
Se aclara que el oferente adjudicado se encargará de reparar o remplazar el dispositivo para restablecer el servicio, incluyendo sus costos asociados.
110
Alertas de incidentes.
"Un punto bastante preocupante es el siguiente descrito en el PBC
""El Oferente deberá contar con un registro de los eventos e incidencias, así como las resoluciones para solventar los inconvenientes que puedan
ocurrir en el periodo de contrato y proveer a la OMDEC de dichos informes para su correspondiente evaluación""
Ya que surge la siguiente duda, se encuentra a cargo del oferente alertar en caso de un incidente o a cargo del Ministerio del Interior? esto debido a que tampoco se encuentran delimitadas las responsabilidades legales y penales del oferente y eventual adjudicatario. Se solicita a la convocante aclarar estos puntos."
"Un punto bastante preocupante es el siguiente descrito en el PBC
""El Oferente deberá contar con un registro de los eventos e incidencias, así como las resoluciones para solventar los inconvenientes que puedan
ocurrir en el periodo de contrato y proveer a la OMDEC de dichos informes para su correspondiente evaluación""
Ya que surge la siguiente duda, se encuentra a cargo del oferente alertar en caso de un incidente o a cargo del Ministerio del Interior? esto debido a que tampoco se encuentran delimitadas las responsabilidades legales y penales del oferente y eventual adjudicatario. Se solicita a la convocante aclarar estos puntos."
Se aclara que toda la gestión operativa, el monitoreo permanente y los eventos generados en el sistema, son responsabilidad del Personal del OMDEC, los eventos e incidencias relacionadas con el oferente adjudicado son los de funcionamiento técnico del sistema.
111
Ponderaciones especiales [AGENCIA]
Se solicita a la convocante a que se refiere con datos de los "3. Oficiales de la Agencia" a modo de prever estos datos en la base de datos requerida.