Secciones
Versión 3
Versión 4
Diferencias entre las versiones 3 y 4
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Para contribuyentes del IRE GENERAL:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los últimos 3 años 2020 / 2021/ 2022.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los últimos 3 años 2020 / 2021/ 2022.
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital al Capital. El promedio de los últimos 3 años 2020 / 2021/ 2022. no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos 2020 / 2021/ 2022.
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos 2020 / 2021/ 2022.
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requerido 2020 / 2021/ 2022.
OFERENTES EN CONSORCIO: Todos los integrantes deben cumplir con este requisito.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Conforme a lo establecido en la Resolución General N° 128 de fecha 13 de marzo de la SET, ha sido prorrogada la fecha de presentación del IRE al mes de junio 2023.
a) Para contribuyentes del IRE GENERAL:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los últimos 3 años 2019, 2020 y 2021.
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los últimos 3 años 2019, 2020 y 2021.
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital al Capital. El promedio de los últimos 3 años 2019, 2020 y 2021. no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos 2019, 2020 y 2021.
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos 2019, 2020 y 2021.
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requerido 2019, 2020 y 2021.
Capacidad Financiera
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Conforme a lo establecido en la Resolución General N° 128 de fecha 13 de marzo de la SET, ha sido prorrogada la fecha de presentación del IRE al mes de junio 2023.
a) Para contribuyentes del IRE GENERAL:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, de los últimos 3 años 2019, 2020 y 2021.2020 / 2021/ 2022
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
bNo deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los últimos 3 años 2019, 2020 y 2021. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, de los últimos 3 años 2020 / 2021/ 2022.
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital al Capital. El promedio de los últimos 3 años 2020 / 2021/ 2022c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital al Capital. El promedio de los últimos 3 años 2019, 2020 y 2021. no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos 2019, 2020 /y 2021/ 2022.
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos 2019, 2020 /y 2021/ 2022.
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requerido 2019, 2020 /y 2021/ 2022.
OFERENTES EN CONSORCIO: Todos los integrantes deben cumplir con este requisito.
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
- Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura.
- Balance General y Estado de Resultados presentados a la SET de los años 2020 / 2021/ 2022. (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).)
- Formulario N° 500 de IRE General presentado a la SET correspondiente a los años 2020 / 2021/ 2022. (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
- Formulario N° 501 de IRE Simple presentado a la SET correspondiente a los años 2020 / 2021/ 2022. (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).)
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
- Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura.
- Balance General y Estado de Resultados presentados a la SET de los años 2019, 2020 y 2021 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
- Formulario N° 101 de Impuesto a la Renta presentado a la SET (para Contribuyentes de IRE General) del año 2019 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
- Formulario N° 500 de IRE General presentado a la SET correspondiente a los años 2020 y 2021 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
- Formulario N° 106 de Impuesto a la Renta de Pequeños Contribuyentes presentado a la SET (para Contribuyentes de IRE Simple) del año 2019 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
- Formulario N° 501 de IRE Simple presentado a la SET correspondiente a los años 2020 y 2021 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
- Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de apertura.
- Balance General y Estado de Resultados presentados a la SET de los años 2019, 2020 y 2021 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
- Formulario N° 101 de Impuesto a la Renta presentado a la SET (para Contribuyentes de IRE General) del año 2019 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).
BalanceFormulario N° 500 de IRE Generaly Estado de Resultados presentadospresentado a la SETdecorrespondiente a los años 2020/y 2021/ 2022.(firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).)- Formulario N°
500106 deIRE GeneralImpuesto a la Renta de Pequeños Contribuyentes presentado a la SETcorrespondiente a los años 2020 / 2021/ 2022.(para Contribuyentes de IRE Simple) del año 2019 (firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py). - Formulario N° 501 de IRE Simple presentado a la SET correspondiente a los años 2020
/y 2021/ 2022.(firmados por el contador, propietario y/o representante legal si correspondiere, acorde a las normas contables y a los modelos establecidos en las Normativas Vigentes de la Sub Secretaria de Estado de Tributación, que se encuentran en la página web de la SET (www.set.gov.py).)
Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos tres años (2020/2021/2022).
Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos cuya sumatoria total deberá ser equivalente al 50% como mínimo, del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos tres años (2020/2021/2022).
Experiencia requerida
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos cuya sumatoria total deberá ser equivalente al 50% como mínimo, del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos tres años (2020/2021/2022).
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
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Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
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Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
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