Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
81 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Identity-driven ACL permite la implementación de una política de seguridad de acceso altamente granular y flexible y asignación de VLANs específicas a cada usuario autenticado en la red. que quede como opcional, este requerimiento no es necesario para el funcionamiento y los requerimientos que exige este llamado, ya que esto puede ser cubierto por funcionalidades de Firewall. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
82 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Dynamic ARP protection bloquea broadcasts ARP desde hosts no autorizados,evitando espionaje o robo de los datos de la red. que quede como opcional, este requerimiento no es necesario para el funcionamiento y los requerimientos que exige este llamado, ya que esto puede ser cubierto por funcionalidades de Firewall. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
83 *-Requerimiento de la plataforma En el pliego bases y condiciones, en la sección suministros requeridos – Especificaciones Técnicas, Ítem 8 - SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE PUNTOS DE ACCESO, Requerimiento de la plataforma, se solicita: Para brindar la máxima flexibilidad y preservar las inversiones en tecnología existentes, la solución de operaciones debe admitir hardware de una variedad de proveedores de infraestructura a través de una única consola integrada. Al respecto, se solicita a la convocante que este requerimiento sea considerado como opcional, teniendo en cuenta que no existe una marca en el mercado que pueda integrar hardware de otros fabricantes en una sola consola de administración nativamente, además se menciona que cada fabricante establece sus propios parámetros de configuración y comunicaciones entre Access Point (equipos wifi) lo que imposibilita la integración de los mismos en un solo ambiente, el mantener este requisito obliga a los oferentes a presentar la misma solución ya instalada en sitio de la convocante, en atención a que esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 30-09-2022 06-10-2022
84 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Dynamic ARP protection bloquea broadcasts ARP desde hosts no autorizados,evitando espionaje o robo de los datos de la red. que quede como opcional, este requerimiento no es necesario para el funcionamiento y los requerimientos que exige este llamado, ya que esto puede ser cubierto por funcionalidades de Firewall. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
85 *-Requerimiento de la plataforma En el pliego bases y condiciones, en la sección de suministros requeridos – Especificaciones Técnicas, Ítem 8 - SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE PUNTOS DE ACCESO, Requerimiento de la plataforma, se solicita: Para proteger la inversión existente en hardware inalámbrico, la solución de operaciones debe admitir múltiples generaciones de infraestructura de hardware desde la misma consola Al respecto, se solicita a la convocante que este requerimiento sea considerado como opcional, teniendo en cuenta que no existe una marca en el mercado que pueda integrar hardware de otros fabricantes en una sola consola de administración nativamente, además se menciona que cada fabricante establece sus propios parámetros de configuración y comunicaciones entre Access Point (equipos wifi) lo que imposibilita la integración de los mismos en un solo ambiente, el mantener este requisito obliga a los oferentes a presentar la solución actualmente instalada en los sitios de la convocante, en atención a que esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 30-09-2022 06-10-2022
86 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Secure FTP permite la transferencia segura de archivos hacia y desde el switch;protege contra descargas de archivos no deseadas o copiado no autorizado del archivo de configuración de un switch, que quede como opcional ya que este requerimiento no es necesario para las funcionalidades que se necesitan en este llamado. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
87 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Port security permite acceso solamente a direcciones MAC especificadas, las cuales se pueden aprender o ser especificadas por el administrador, que quede como opcional ya que este requerimiento no es necesario para las funcionalidades que se necesitan en este llamado, esta funcionalidad puede ser cubierta por la de ACL o por el Firewall con lo cual quedara cubierto. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
88 *-Gestión de configuración En el pliego bases y condiciones, en la sección de suministros requeridos – Especificaciones Técnicas, Ítem 8 - SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE PUNTOS DE ACCESO, Gestión de Configuración, se solicita: La solución debe poder mostrar información sobre la calidad del servicio de voz. Al respecto, se solicita a la convocante que este requerimiento sea considerado como opcional, teniendo en cuenta que la plataforma solicitada es en función a equipos como Access Point y Switches de Red, los cuales no disponen relación con sistemas de Voz sobre IP, en atención a que esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 30-09-2022 06-10-2022
89 ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: RADIUS facilita la administración de seguridad de cada switch, utilizando un servidor de autenticación de contraseñas. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
90 *-Gestión de la Configuración En el pliego bases y condiciones, en la sección de suministros requeridos – Especificaciones Técnicas, Ítem 8 - SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE PUNTOS DE ACCESO, Gestión de Configuración, se solicita: La solución de operaciones debe respaldar al personal en la planificación de nuevas redes o expansiones de red utilizando controladores, puntos de acceso y conmutadores de uno o más proveedores de hardware. Al respecto, se solicita a la convocante que este requerimiento sea considerado como opcional, teniendo en cuenta que la solución de operaciones puede respaldar al personal en la planificación de nuevas redes o expansiones de red utilizando controladores, puntos de acceso y conmutadores pero solamente del mismo fabricante, considerando los estándares que son manejados dentro del mercado se menciona que cada fabricante dispone de su propia solución y no es posible integrar soluciones de distintos proveedores de hardware, en atención a que esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes y la presentación de ofertas adecuadas para satisfacer los intereses de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 30-09-2022 06-10-2022
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