Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
71 ítem 8 – SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE PUNTOS DE ACCESO ítem 8 – SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE PUNTOS DE ACCESO – Requerimientos Técnicos generales Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: La solución de operaciones debe poder integrarse fácilmente con los sistemas existentes para la gestión de la red y el soporte al usuario final. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
72 ítem 11 – SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE SERVIDOR ítem 11 – SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE SERVIDOR – Gestión del Informe Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: La central de monitoreo debe proveer la funcionalidad de reportes dentro de la propia plataforma o en plataformas externas, ya que este requerimiento no es mandatorio en cuanto a las funcionalidades técnicas que son requeridas para este llamado. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
73 ítem 11 – SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE SERVIDOR ítem 11 – SISTEMA DE GESTIÓN CENTRALIZADA DE SERVIDOR – Requerimientos Técnicos Generales Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: El sistema debe soportar la implementación de clúster, ya que este requerimiento no es mandatorio en cuanto a las funcionalidades técnicas que son requeridas para este llamado ya que otros oferente pueden ofertar soluciones en la nube lo cual elimina este tipo de requerimientos sin afectar a las funcionalidades que son solicitadas. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
74 ítem 7 – SWITCH ítem 7 – SWITCH – ZTP Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Solicitamos que este item quede como opcional, ya que este requerimiento no es mandatorio en cuanto a las funcionalidades técnicas que son requeridas para este llamado, además todas las configuraciones será hechas por el oferente por lo que no es necesario. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
75 ítem 7 – SWITCH – Medio Ambiente ítem 7 – SWITCH – Medio Ambiente Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: 0°C a 40°C y Humedad relativa de operación: -10% a 90% o superior. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
76 ítem 7 – SWITCH – Medio Ambiente ítem 7 – SWITCH – Medio Ambiente Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: RoHS: como opcional La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
77 ítem 7 – SWITCH – Montaje ítem 7 – SWITCH – Montaje Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Debe traer todos los accesorios para montaje y operación en rack estándar de 19" o en bandeja La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
78 ítem 7 – SWITCH – SDN ítem 7 – SWITCH – SDN Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Soporte Openflow quede como opcional, ya que esta funcionalidad no es necesaria para la funcionalidad que es requerida en este llamado. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
79 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Private VLAN proporciona seguridad de la red restringiendo comunicaciones peer- to-peer para evitar una variedad de ataques maliciosos; típicamente, un switch port solo se puede comunicar con otros puertos en la misma comunidad y/o con un puerto uplink, sin importar la ID de la VLAN o de la dirección MAC de destino, quede como opcional ya que esta funcionalidad se puede lograr con los firewall lo que lo hace innecesario para las prestaciones que requiere este llamado. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
80 ítem 7 – SWITCH – Seguridad ítem 7 – SWITCH – Seguridad Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean de carácter opcional las siguientes especificaciones: Per-port broadcast throttling configura el control de broadcasts selectivamenteen puertos uplink con tráfico pesado que quede como opcional, este requerimiento no es necesario para el funcionamiento y los requerimientos que exige este llamado. La consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo previamente solicitado lo peticionamos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado. 30-09-2022 06-10-2022
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