Se solicita respetuosamente a la convocante, una prórroga de la apertura de oferta de al menos 60 (Sesenta) días, a fin de que los oferentes puedan tener un mayor tiempo de preparación de la oferta, esto haría que se obtengan mejores precios y una mayor participación de oferentes, beneficiando así a la convocante.
Se solicita respetuosamente a la convocante, una prórroga de la apertura de oferta de al menos 60 (Sesenta) días, a fin de que los oferentes puedan tener un mayor tiempo de preparación de la oferta, esto haría que se obtengan mejores precios y una mayor participación de oferentes, beneficiando así a la convocante.
Esta convocante estará realizará prórroga para Adendar condiciones del pliego de bases y condiciones y tiempo de consulta respectivamente, otorgando un plazo prudencial a esos efectos.
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Capacidad tecnica
Solicitamos que en cumplimiento de las leyes vigentes, se solicite que el oferente se encuentre debidamente habilitado para operar como empresa de seguridad en el rubro de seguridad electrónica (Habilitación otorgada por el Órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional, de conformidad a la Ley N° 5424/15 vigente al momento de la apertura, ya que este tipo de equipso se enmarca dentro de categoria de equipos de seguridad y es una exigencia que siempre se solicita en todas las adquisiciones de equipos de rayos x de seguridad, y por ende, todos los oferentes que nos dedicamos a la comercializacion de este tipo de equipos, cumplimos con dicho requisito.
Creemos que para que se cumpla con el principio de igualdad, esto es un requisito que todo oferente que quiera participar en este tipo de licitaciones, debe cumplir.
Solicitamos que en cumplimiento de las leyes vigentes, se solicite que el oferente se encuentre debidamente habilitado para operar como empresa de seguridad en el rubro de seguridad electrónica (Habilitación otorgada por el Órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional, de conformidad a la Ley N° 5424/15 vigente al momento de la apertura, ya que este tipo de equipso se enmarca dentro de categoria de equipos de seguridad y es una exigencia que siempre se solicita en todas las adquisiciones de equipos de rayos x de seguridad, y por ende, todos los oferentes que nos dedicamos a la comercializacion de este tipo de equipos, cumplimos con dicho requisito.
Creemos que para que se cumpla con el principio de igualdad, esto es un requisito que todo oferente que quiera participar en este tipo de licitaciones, debe cumplir.
La convocante se mantiene en el requerimiento, ya que da oportunidad a más cantidad de potenciales oferentes a presentarse en la convocatoria, cumpliendo en la ejecución del contrato con los requerimientos de Certificado de habilitación vigente de la Autoridad Reguladora Radiológica y Nuclear (ARRN) de los Técnicos que deberán ser Trabajadores Ocupacionalmente Expuestos (TOE).
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EETT
Periodo de Validez de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el PBC indica en el item b) GFCC sobre los montos adjudicados de la garantía extendida de equipos será de cinco (5) años, con vigencia desde puesta en funcionamiento de los equipos aprobados por la DNA y durante sesenta y un (61) meses. En cambio, en la cotización de los bienes se indica: Item 2 Garantía de tres (3) años de buen funcionamiento – Desde la fecha de puesta en funcionamiento de los equipos aprobada por la DNA/Coordinación de Control no intrusivo, y hasta los 36 meses posteriores. Por lo expuesto solicitamos aclarar si la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato será por treinta y siete (37) meses o por sesenta y un (61) meses.
Periodo de Validez de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el PBC indica en el item b) GFCC sobre los montos adjudicados de la garantía extendida de equipos será de cinco (5) años, con vigencia desde puesta en funcionamiento de los equipos aprobados por la DNA y durante sesenta y un (61) meses. En cambio, en la cotización de los bienes se indica: Item 2 Garantía de tres (3) años de buen funcionamiento – Desde la fecha de puesta en funcionamiento de los equipos aprobada por la DNA/Coordinación de Control no intrusivo, y hasta los 36 meses posteriores. Por lo expuesto solicitamos aclarar si la Garantía de Fiel cumplimiento de contrato será por treinta y siete (37) meses o por sesenta y un (61) meses.
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será: la misma se presentará de la siguiente manera: a) GFCC sobre los montos adjudicados del Escáner tipo portal de rayos x, instalación y puesta en funcionamiento, y capacitación y adiestramiento al personal, con vigencia de diez y siete (17) meses desde la suscripción del contrato (16 meses para la provisión más 30 días). b) GFCC sobre los montos adjudicados de la garantía extendida de los equipos de treinta y siete (37) meses (36 meses de garantía extendida, más 30 días). La garantía a) deberán ser presentadas dentro de los diez (10) días calendario siguientes a partir de la fecha de suscripción del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley N° 2051/2003. En el caso de optar por el anticipo, los plazos deberán ajustarse en relación a la fecha efectiva de recepción del anticipo. La Garantía b) deberá presentarse una vez la DNA exprese la recepción y puesta en funcionamiento de los equipos. En efecto, para la garantía a) la suma asegurada debe ser la sumatoria de los montos adjudicados para el ítem 1 y 3, por otro lado, para la garantía b) sobre los montos adjudicados en el ítem 2.
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*-Prorroga
Dentro de los datos de la Convocatoria del llamado se establece el siguiente plazo:
Fecha Límite de Consultas: jueves, 23 de junio de 2022 - 12:00
Fecha de Inicio de Propuestas: jueves, 30 de junio de 2022 - 09:00
Inicio de Etapa Competitiva: viernes, 1 de julio de 2022 09:10
Al respecto, se menciona a la Convocante que en fecha 20 de junio del corriente año se ha publicado llamado y el Pliego de Bases y Condiciones, con solo 3 días hábiles para realizar las consultas técnicas y tan solo 7 días hábiles de antelación a la fecha de carga de las ofertas, lo cual deviene en un plazo irrisorio e ilegal para realizar un análisis pormenorizado de las condiciones técnicas solicitados en el presente llamado; ya que solo las empresas que han cotizado la solución para la estimación de costos cuentan con toda la información requerida para ofertar.
Es por ello que se solicita a la Convocante, una prórroga de 15 (quince) días para la fecha tope de consultas; y en mismo término para la fecha de entrega de ofertas, a los efectos de que los potenciales oferentes puedan realizar un análisis pormenorizado de las especificaciones técnicas requeridas en un plano de igualdad para todos los oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, ( ) no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
Dentro de los datos de la Convocatoria del llamado se establece el siguiente plazo:
Fecha Límite de Consultas: jueves, 23 de junio de 2022 - 12:00
Fecha de Inicio de Propuestas: jueves, 30 de junio de 2022 - 09:00
Inicio de Etapa Competitiva: viernes, 1 de julio de 2022 09:10
Al respecto, se menciona a la Convocante que en fecha 20 de junio del corriente año se ha publicado llamado y el Pliego de Bases y Condiciones, con solo 3 días hábiles para realizar las consultas técnicas y tan solo 7 días hábiles de antelación a la fecha de carga de las ofertas, lo cual deviene en un plazo irrisorio e ilegal para realizar un análisis pormenorizado de las condiciones técnicas solicitados en el presente llamado; ya que solo las empresas que han cotizado la solución para la estimación de costos cuentan con toda la información requerida para ofertar.
Es por ello que se solicita a la Convocante, una prórroga de 15 (quince) días para la fecha tope de consultas; y en mismo término para la fecha de entrega de ofertas, a los efectos de que los potenciales oferentes puedan realizar un análisis pormenorizado de las especificaciones técnicas requeridas en un plano de igualdad para todos los oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, ( ) no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La convocante ajustará el cronograma de la sbe que nos ocupa, otorgando el tiempo suficiente para realizar consultas y preparar las ofertas, en el entendido que pretendemos contar con la mayor cantidad posible de oferentes que cumplan con las exigencias técnicas y legales establecidas en las bases de la convocatoria.
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Forma de Pago
Atendiendo a la inversión necesaria para la provisión de los equipos objetos del llamado, pasamos a SOLICITAR la modificación de la condición de pago, el cual debería ser como sigue:
Anticipo: 20%
Prueba en Fabrica (FAT): 12%
llegada a puerto de Asunción: 12%
Entrega final: 56%
Esta modificación reiteramos que es necesaria para permitir que una mayor cantidad de proveedores se presenten, de lo contrario, la inversión necesaria para la compra y el poco % de anticipo no permitiría su presentación.
Atendiendo a la inversión necesaria para la provisión de los equipos objetos del llamado, pasamos a SOLICITAR la modificación de la condición de pago, el cual debería ser como sigue:
Anticipo: 20%
Prueba en Fabrica (FAT): 12%
llegada a puerto de Asunción: 12%
Entrega final: 56%
Esta modificación reiteramos que es necesaria para permitir que una mayor cantidad de proveedores se presenten, de lo contrario, la inversión necesaria para la compra y el poco % de anticipo no permitiría su presentación.
El porcentaje establecido para el anticipo hace a los recursos actuales disponibles de la institución, y se encuentra dentro de los parámetros establecidos en la reglamentación, por lo que se mantienen las condiciones en éste sentido.
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*-Vehículo del Escáner Móvil
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. Modalidad de Escaneo, se solicita:
Modalidad de escaneo: Los escáneres deberán ser del tipo móvil, instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo.
Luego más abajo en el Punto Observación se indica:
Observación: el vehículo autónomo se recomienda sea de marca con respaldo y representación en Paraguay a efectos de contar con servicio post venta.
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. La Cotización deberá contemplar los siguientes ítems. Ítem 2, se solicita:
Ítem2: Garantía Extendida de tres (3) años de buen funcionamiento, contados desde la puesta en funcionamiento de los equipos, incluyen todas las erogaciones de mantenimiento correctivo y preventivo, mano de obra, con cambio de partes y repuestos incluidos, sin excepción).
Entendemos que la convocante requiere que se realice el servicio de mantenimiento y reparación del Camión o Vehículo; que tiene montado en su chasis el Escáner de Rayos X, por el periodo de Garantía solicitado de 5 (cinco) años. SOLICITAMOS a la convocante que confirme si nuestra apreciación es correcta. Esto se solicita a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. Modalidad de Escaneo, se solicita:
Modalidad de escaneo: Los escáneres deberán ser del tipo móvil, instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo.
Luego más abajo en el Punto Observación se indica:
Observación: el vehículo autónomo se recomienda sea de marca con respaldo y representación en Paraguay a efectos de contar con servicio post venta.
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. La Cotización deberá contemplar los siguientes ítems. Ítem 2, se solicita:
Ítem2: Garantía Extendida de tres (3) años de buen funcionamiento, contados desde la puesta en funcionamiento de los equipos, incluyen todas las erogaciones de mantenimiento correctivo y preventivo, mano de obra, con cambio de partes y repuestos incluidos, sin excepción).
Entendemos que la convocante requiere que se realice el servicio de mantenimiento y reparación del Camión o Vehículo; que tiene montado en su chasis el Escáner de Rayos X, por el periodo de Garantía solicitado de 5 (cinco) años. SOLICITAMOS a la convocante que confirme si nuestra apreciación es correcta. Esto se solicita a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
La garantía extendida refiere al conjunto del equipo escáner de rayos x y camión donde se encuentra instalado. Esta Garantía Extendida de tres (3) años de buen funcionamiento, contados desde la puesta en funcionamiento de los equipos, incluyen todas las erogaciones de mantenimiento correctivo y preventivo, mano de obra, con cambio de partes y repuestos incluidos, sin excepción).
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EETT
Página 26 del PBC dice: Ítem 1: Escáner tipo móvil que los mismos se encuentren instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo, Rayos X de Alta Energía para control no intrusivo de cargas, transportes y vehículos de menor porte o pasajeros. Puesta en funcionamiento de los equipos, conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA; Consulta: al ser equipos móviles, la ubicación de la conexión del lado del camión va a variar. Favor especificar el medio de conexión y los parámetros de la misma.
Página 26 del PBC dice: Ítem 1: Escáner tipo móvil que los mismos se encuentren instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo, Rayos X de Alta Energía para control no intrusivo de cargas, transportes y vehículos de menor porte o pasajeros. Puesta en funcionamiento de los equipos, conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA; Consulta: al ser equipos móviles, la ubicación de la conexión del lado del camión va a variar. Favor especificar el medio de conexión y los parámetros de la misma.
Cada puesto debidamente habilitado por la Dirección Nacional de Aduanas, deberá contar con el puesto de red, en el caso de lugares remotos o no se tenga internet, el hardware del equipo deberá ser capaz almacenar y transmitir apenas cuente con señal de red o wifi si fuese el caso. La conexión al centro de monitoreo será vía red institucional.
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EETT
Página 25 del PBC Dice: Altura y Angulo de Escaneo. a) El sistema debe tener al menos dos alturas de escaneo para permitir el escaneo de vehículos livianos. El sistema debe tener al menos dos ángulos de escaneo para permitir el escaneo de cargas en diferentes ángulos. Consultamos: estos requerimientos están dirigidos a una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03. Respetuosamente solicitamos se acepten escáneres con una sola altura de escaneo suficientemente baja para vehículos livianos. Adicionalmente: Para tener 2 ángulos de escaneo es necesario tener un generador de rayos X móvil o ajustable, esto agrega complejidad al equipamiento, mayor número de partes móviles expuestas a desgaste y fallas, mayor tiempo de inspección, mayor mantenimiento, etc.. Respetuosamente, solicitamos, se cambie este requisito a 1 (un) sólo ángulo de escaneo con rayos X de alta energía doble pulsante, que permite una visualización de imagen correcta de igual manera y con ello permita una mayor participación de potenciales oferentes que cumplirían con el nuevo requisito, en virtud del principio general del artículo 4 de la Ley 2051 IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA
Página 25 del PBC Dice: Altura y Angulo de Escaneo. a) El sistema debe tener al menos dos alturas de escaneo para permitir el escaneo de vehículos livianos. El sistema debe tener al menos dos ángulos de escaneo para permitir el escaneo de cargas en diferentes ángulos. Consultamos: estos requerimientos están dirigidos a una marca específica obstaculizando la libre competencia que reclama la Ley 2051/03. Respetuosamente solicitamos se acepten escáneres con una sola altura de escaneo suficientemente baja para vehículos livianos. Adicionalmente: Para tener 2 ángulos de escaneo es necesario tener un generador de rayos X móvil o ajustable, esto agrega complejidad al equipamiento, mayor número de partes móviles expuestas a desgaste y fallas, mayor tiempo de inspección, mayor mantenimiento, etc.. Respetuosamente, solicitamos, se cambie este requisito a 1 (un) sólo ángulo de escaneo con rayos X de alta energía doble pulsante, que permite una visualización de imagen correcta de igual manera y con ello permita una mayor participación de potenciales oferentes que cumplirían con el nuevo requisito, en virtud del principio general del artículo 4 de la Ley 2051 IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA
Se mantienen las exigencias establecidas. La posición del brazo no tiene variación, tampoco es requerido un generador de rayos ajustable, lo que se quiere es que la altura de toma de los rayos sea suficiente para escanear desde un vehículo particular o pequeño hasta un vehículo de gran porte con carga incluida. Estas cualidades pueden darse, indistintamente, con el equipo en modo movimiento o estático, con cumplir en uno de los modos se da por cumplido el requisito
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*-Vehículo del Escáner Móvil
En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. Modalidad de Escaneo, se solicita:
Modalidad de escaneo: Los escáneres deberán ser del tipo móvil, instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo.
Luego más abajo en el Punto Observación se indica:
Observación: el vehículo autónomo se recomienda sea de marca con respaldo y representación en Paraguay a efectos de contar con servicio post venta.
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. La Cotización deberá contemplar los siguientes ítems. Ítem 2, se solicita:
Ítem2: Garantía Extendida de tres (3) años de buen funcionamiento, contados desde la puesta en funcionamiento de los equipos, incluyen todas las erogaciones de mantenimiento correctivo y preventivo, mano de obra, con cambio de partes y repuestos incluidos, sin excepción).
Al respecto, entendemos que la convocante solicitará los servicios de mantenimiento y reparación del Camión o Vehículo; que tiene montado en su chasis el Escáner de Rayos X, a través de otro llamado a Licitación; y que no se debe considerar los mismas en este llamado por lo que no deben incluirse en la oferta. SOLICITAMOS a la convocante que confirme si nuestra apreciación es correcta a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones en la sección de SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. Modalidad de Escaneo, se solicita:
Modalidad de escaneo: Los escáneres deberán ser del tipo móvil, instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo.
Luego más abajo en el Punto Observación se indica:
Observación: el vehículo autónomo se recomienda sea de marca con respaldo y representación en Paraguay a efectos de contar con servicio post venta.
Luego más adelante en el Pliego de Bases y Condiciones. SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. La Cotización deberá contemplar los siguientes ítems. Ítem 2, se solicita:
Ítem2: Garantía Extendida de tres (3) años de buen funcionamiento, contados desde la puesta en funcionamiento de los equipos, incluyen todas las erogaciones de mantenimiento correctivo y preventivo, mano de obra, con cambio de partes y repuestos incluidos, sin excepción).
Al respecto, entendemos que la convocante solicitará los servicios de mantenimiento y reparación del Camión o Vehículo; que tiene montado en su chasis el Escáner de Rayos X, a través de otro llamado a Licitación; y que no se debe considerar los mismas en este llamado por lo que no deben incluirse en la oferta. SOLICITAMOS a la convocante que confirme si nuestra apreciación es correcta a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
la presente contratación cuenta con tres (3) ítems, siendo la adjudicación por el total.
Ítem 1: Escáner tipo móvil que los mismos se encuentren instalados sobre el chasis de un vehículo autónomo, Rayos X de Alta Energía para control no intrusivo de cargas, transportes y vehículos de menor porte o pasajeros. Puesta en funcionamiento de los equipos, conexión con el centro de monitoreo de imágenes en las oficinas de la DNA; y cualquier otra gestión o erogación al efecto).
Ítem 2: Garantía Extendida de tres (3) años de buen funcionamiento, contados desde la puesta en funcionamiento de los equipos, incluyen todas las erogaciones de mantenimiento correctivo y preventivo, mano de obra, con cambio de partes y repuestos incluidos, sin excepción). La garantía extendida refiere al conjunto del equipo escáner de rayos x y camión donde se encuentra instalado.
Ítem 3: Capacitación y Adiestramiento de personal de la DNA para la utilización de los equipos.
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*-Informes de Test de los equipos
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. Manuales, punto d, se solicita:
d) Informes de test de aceptación realizados a los equipos (FAT, SAT, SIT u otros).
En lo que respecta a los informes de Test FAT se aclara que estos se realizan en fábrica. Entendemos que no es requerido el envío de personal técnico de la contratante para la verificación de las pruebas FAT. SOLICITAMOS a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta; y de no ser así, indicar cantidad de personas a considerar a fin de incluirlo en la oferta y estimar los costos de dicho requerimiento. Esto se solicita a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada y con los mismos parámetros.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS. Manuales, punto d, se solicita:
d) Informes de test de aceptación realizados a los equipos (FAT, SAT, SIT u otros).
En lo que respecta a los informes de Test FAT se aclara que estos se realizan en fábrica. Entendemos que no es requerido el envío de personal técnico de la contratante para la verificación de las pruebas FAT. SOLICITAMOS a la convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta; y de no ser así, indicar cantidad de personas a considerar a fin de incluirlo en la oferta y estimar los costos de dicho requerimiento. Esto se solicita a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera apropiada y con los mismos parámetros.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo
FAT son las siglas de Factory Acceptance Test. Es un término muy utilizado en las especificaciones de proyecto para indicar la necesidad de realizar pruebas de funcionamiento del equipo suministrado en el banco de pruebas del fabricante. Las bases del llamado en su apartado Inspecciones y Pruebas detalla claramente, que La Contratante se reserva el derecho de verificación de los equipos en fábrica y/ o la exigencia de las pruebas de funcionamiento correcto de los equipos, antes de su disposición en puerto de salida, estas inspecciones serán coordinadas entre contratante y proveedor durante la ejecución del contrato, por otra parte, se establece expresamente que, la contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/ o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior , siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.