Cable de Cu aislado flexible de 35 mm2 p/ línea protegida de MT
Podrían aclarar respecto al conductor del lote 3 (Cable de Cu aislado flexible de 35 mm2 p/ línea protegida de MT) ya que por un lado la descripción hace mención a un cable de media tensión, sin embargo en la especificación técnica (EE.TT. 03.24.25 Rev 1 Cable Unip cobre flex semi aislado) menciona como requerimiento cumplir normas todas de baja tensión.
Por favor confirmar cuál norma se debe tomar para la fabricación de dicho conductor.
20-05-2021
15-06-2021
Cable de Cu aislado flexible de 35 mm2 p/ línea protegida de MT
Podrían aclarar respecto al conductor del lote 3 (Cable de Cu aislado flexible de 35 mm2 p/ línea protegida de MT) ya que por un lado la descripción hace mención a un cable de media tensión, sin embargo en la especificación técnica (EE.TT. 03.24.25 Rev 1 Cable Unip cobre flex semi aislado) menciona como requerimiento cumplir normas todas de baja tensión.
Por favor confirmar cuál norma se debe tomar para la fabricación de dicho conductor.
Al respecto, remitirse al ítem 2.1 de la EE.TT 03.24.25 Rev. 1.
12
ENSAYOS DE TIPO
En relación al Lote Nº 6, solicitamos que los ensayos de tipo puedan ser presentados con posterioridad a la presentación de la oferta, a la par de la realización de los ensayos de recepción en fábrica. Ello teniendo en cuenta que la última versión de las EE.TT. del Lote Nº 6 en cuestión, cual es la Especificación Técnica Nº 03.24.35 Rev. 6, ha modificado ciertos requerimientos para dichos bienes en los puntos 4.2.2.1, 4.2.2.1, 4.2.3.4 y 5.1.1, y ello obliga a que los ensayos de tipo de los mismos deban ser realizados en su totalidad nuevamente, atendiendo a que deben ser totalmente sobre un solo prototipo y sobre los nuevos criterios establecidos en la mencionada EE.TT. Cabe señalar que dichas modificaciones a las EE.TT. datan del 15 de marzo de 2021 y han sido públicas desde el día de la publicación del PBC, o sea, desde el 14 de abril de 2021; desde dicha fecha, ha transcurrido un plazo extremadamente exiguo para que puedan llevarse a cabo todos los ensayos de tipo requeridos por el PBC, considerando que uno de los ensayos requiere de 2.000 horas, equivalente a casi 84 días sólo de ejecución. Adicionalmente, la EE.TT indica que todos los ensayos deben ser realizados sobre un mismo bien, entonces los ensayos ya realizados sobre una muestra anterior no se podrá considerar válida, de manera que al variar los valores exigidos en la EE.TT desemboca en la necesidad de la ejecución de todos los ensayos previstos en la nueva revisión.
Cabe mencionar que lo solicitado desde ningún punto de vista pretende que se deje de lado el cumplimiento de las EE.TT. o de la documentación que deba ser presentada para la acreditación de las mismas; por el contrario, únicamente se busca que, difiriendo la presentación de los ensayos en cuestión, mas empresas puedan ofertar los bienes requeridos, con la consecuente posibilidad de obtención de mejor precios para la ANDE, todo ello con miras a la concreción de los principios de economía y eficiencia previstos en el Artículo 4 de la Ley 2051/03.
Debemos igualmente señalar que, nuestra empresa, en el pasado ya ha suministrado grandes cantidades de los bienes requeridos, sin inconveniente alguno y a precios competitivos, razón por la cual entendemos que nuestro pedido debe ser considerado, atendiendo a que es mas que categórico que somos potenciales proveedores para el presente llamado.
En relación al Lote Nº 6, solicitamos que los ensayos de tipo puedan ser presentados con posterioridad a la presentación de la oferta, a la par de la realización de los ensayos de recepción en fábrica. Ello teniendo en cuenta que la última versión de las EE.TT. del Lote Nº 6 en cuestión, cual es la Especificación Técnica Nº 03.24.35 Rev. 6, ha modificado ciertos requerimientos para dichos bienes en los puntos 4.2.2.1, 4.2.2.1, 4.2.3.4 y 5.1.1, y ello obliga a que los ensayos de tipo de los mismos deban ser realizados en su totalidad nuevamente, atendiendo a que deben ser totalmente sobre un solo prototipo y sobre los nuevos criterios establecidos en la mencionada EE.TT. Cabe señalar que dichas modificaciones a las EE.TT. datan del 15 de marzo de 2021 y han sido públicas desde el día de la publicación del PBC, o sea, desde el 14 de abril de 2021; desde dicha fecha, ha transcurrido un plazo extremadamente exiguo para que puedan llevarse a cabo todos los ensayos de tipo requeridos por el PBC, considerando que uno de los ensayos requiere de 2.000 horas, equivalente a casi 84 días sólo de ejecución. Adicionalmente, la EE.TT indica que todos los ensayos deben ser realizados sobre un mismo bien, entonces los ensayos ya realizados sobre una muestra anterior no se podrá considerar válida, de manera que al variar los valores exigidos en la EE.TT desemboca en la necesidad de la ejecución de todos los ensayos previstos en la nueva revisión.
Cabe mencionar que lo solicitado desde ningún punto de vista pretende que se deje de lado el cumplimiento de las EE.TT. o de la documentación que deba ser presentada para la acreditación de las mismas; por el contrario, únicamente se busca que, difiriendo la presentación de los ensayos en cuestión, mas empresas puedan ofertar los bienes requeridos, con la consecuente posibilidad de obtención de mejor precios para la ANDE, todo ello con miras a la concreción de los principios de economía y eficiencia previstos en el Artículo 4 de la Ley 2051/03.
Debemos igualmente señalar que, nuestra empresa, en el pasado ya ha suministrado grandes cantidades de los bienes requeridos, sin inconveniente alguno y a precios competitivos, razón por la cual entendemos que nuestro pedido debe ser considerado, atendiendo a que es mas que categórico que somos potenciales proveedores para el presente llamado.
Al respecto, lo relacionado al requerimiento del blindaje semiconductor en el ítem 4.2.2.1 no cambia, reduce ni elimina las opciones comparado con la revisión anterior de la EE.TT, sin embargo sólo aclara los tipos del material a ser utilizado para cada alternativa de fabricación. Con relación al ítem 4.2.3.4 la exigencia para el ensayo de alargamiento en caliente se ha reducido la temperatura de ejecución del Ensayo por lo que no anula ensayos realizados a mayor exigencia de temperatura. Siendo así no elimina los ensayos de tipo realizados para fabricantes que ya han proveído anteriormente con la EE.TT 03.24.35 Rev. 5 de referencia y han cumplido con lo establecido en la EE.TT y la norma.
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Plazo de entrega - Lote 6
Solicitamos a la ANDE que pueda revisar los plazos de entregas del Lote 6, teniendo en cuenta que se solicita 1.000.000 de metros de cable de Al protegido doble aislación de 185 mm2 MT en 3 entregas, a los 90, 120 y 150 días desde la firma del contrato o apertura de la carta de crédito. Este plazo establecido con la cantidad solicitada resulta impracticable para los fabricantes de este tipo de cables, ya que la producción es limitada y más aún hoy día con el contexto de la pandemia que estamos atravesando. Por lo tanto, sugerimos que pueda ser realizada la provisión de 1.000.000 de metros de cable de Al protegido doble aislación de 185mm2, MT en 6 entregas, a los 90, 120, 150, 180, 210 y 240 días. Este plazo de entrega es razonable y ya fue aplicado por la convocante y las contratantes para la LPI ANDE 1543-19 - adenda 2. En caso de mantener los plazos de entregas del PBC, la convocante tendrá precios mayores a los del mercado. ya que se deberán agregar los porcentajes de multas y/o riesgos para el cumplimiento del contrato. Muchas gracias
Solicitamos a la ANDE que pueda revisar los plazos de entregas del Lote 6, teniendo en cuenta que se solicita 1.000.000 de metros de cable de Al protegido doble aislación de 185 mm2 MT en 3 entregas, a los 90, 120 y 150 días desde la firma del contrato o apertura de la carta de crédito. Este plazo establecido con la cantidad solicitada resulta impracticable para los fabricantes de este tipo de cables, ya que la producción es limitada y más aún hoy día con el contexto de la pandemia que estamos atravesando. Por lo tanto, sugerimos que pueda ser realizada la provisión de 1.000.000 de metros de cable de Al protegido doble aislación de 185mm2, MT en 6 entregas, a los 90, 120, 150, 180, 210 y 240 días. Este plazo de entrega es razonable y ya fue aplicado por la convocante y las contratantes para la LPI ANDE 1543-19 - adenda 2. En caso de mantener los plazos de entregas del PBC, la convocante tendrá precios mayores a los del mercado. ya que se deberán agregar los porcentajes de multas y/o riesgos para el cumplimiento del contrato. Muchas gracias
AL respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, los plazos de entregas establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
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Precios referenciales
Solicitamos a la ANDE que puedan revisar los precios referenciales publicados para esta licitación. Teniendo en cuenta que los precios son mucho menores en varios lotes a los de la LPI 1616-21 que también está en proceso de presentación de ofertas. Además, la ANDE debe tener en cuenta el aumento de los metales en el mercado mundial que está causando una suba exponencial de todos cables que serán ofertados en estas dos licitaciones de cables para distribución, por lo que precios de licitaciones anteriores o precios brindados por los oferentes hace meses atrás ya no reflejan los precios reales del mercado actual.
Solicitamos a la ANDE que puedan revisar los precios referenciales publicados para esta licitación. Teniendo en cuenta que los precios son mucho menores en varios lotes a los de la LPI 1616-21 que también está en proceso de presentación de ofertas. Además, la ANDE debe tener en cuenta el aumento de los metales en el mercado mundial que está causando una suba exponencial de todos cables que serán ofertados en estas dos licitaciones de cables para distribución, por lo que precios de licitaciones anteriores o precios brindados por los oferentes hace meses atrás ya no reflejan los precios reales del mercado actual.
Al respecto, favor ajustarse a los Precios Referenciales publicados en el SICP.
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Ajuste de precios
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega. Consulta: ¿En cuántos días la convocante deberá o podrá pagar el reajuste de
precios por cada entrega luego de la solicitud de ajustes de precios por parte de los contratistas que realicen los procesos y las entregas en tiempo y forma?
En el punto 10 del PBC se establece que el precio del contrato estará sujeto a reajustes de precios de acuerdo a las fórmulas de la convocante. Dice que los montos deberán ser calculados y establecidos para cada una de las entregas del Suministro previstos en el Plan de Entrega. Consulta: ¿En cuántos días la convocante deberá o podrá pagar el reajuste de
precios por cada entrega luego de la solicitud de ajustes de precios por parte de los contratistas que realicen los procesos y las entregas en tiempo y forma?
Al respecto, favor remitirse a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones
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Plazos de entrega - Liberaciones de embarque
En caso de que los oferentes deban aguardar estas las dos liberaciones de embarques establecidas en el PBC por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes, favor confirmar que los plazos en los que la convocante se retrase en responder las notas y solicitudes de los contratistas (tiempo incierto aumentado por la pandemia), no serán computados como parte de los plazos de entregas establecidos en el contrato.
En caso de que los oferentes deban aguardar estas las dos liberaciones de embarques establecidas en el PBC por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes, favor confirmar que los plazos en los que la convocante se retrase en responder las notas y solicitudes de los contratistas (tiempo incierto aumentado por la pandemia), no serán computados como parte de los plazos de entregas establecidos en el contrato.
Al respecto, favor ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones. La convocante emitirá el Acta de Aprobación, para inicio de los trámites para la importación, en la brevedad. Este tiempo puede disminuir siempre que las documentaciones presentadas por los oferentes estén bien completas y claras.
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Presentación de documentos de embarque
Dice que: El proveedor enviará vía correo electrónico a la contratante 1 juego de copias simples de los documentos solicitados diez (10) días antes de la fecha del embarque programado de la carga en origen. También dice que proveedor deberá gestionar la documentación y remitir vía Courier al departamento de Importaciones de la ANDE y que la misma debe disponer de estos documentos ocho (8) días antes de la fecha prevista para la llegada del suministro en los puertos y Aduanas del Paraguay. Consulta: Esto puede ser cumplido sin inconvenientes con los productos y equipos que vienen por tránsito marítimo y
multimodal, ya que los tiempos de tránsito y elaboraciones de las documentaciones son extensos y los tiempo indicados por la ANDE son acordes a las gestiones que se pueden realizar con antelación. Pero estos tiempos no pueden ser cumplidos con cargas que vienen por tránsito aéreo o terrestre, ya que una vez realizados los ensayos en fábrica y
liberados los embarques por el inspector técnico y la unidad administradora del contrato, las cargas ya llegan en los puertos y Aduanas del Paraguay en de tres (3) a cinco (5) días como máximo. ¿Qué consideraciones se tendrá a los productos y equipos que serán con transporte aéreo o terrestre? Como mencionamos anteriormente, los plazos establecidos son impracticables para estas modalidades y solamente se pueden cumplir para los de tránsito marítimo.
Dice que: El proveedor enviará vía correo electrónico a la contratante 1 juego de copias simples de los documentos solicitados diez (10) días antes de la fecha del embarque programado de la carga en origen. También dice que proveedor deberá gestionar la documentación y remitir vía Courier al departamento de Importaciones de la ANDE y que la misma debe disponer de estos documentos ocho (8) días antes de la fecha prevista para la llegada del suministro en los puertos y Aduanas del Paraguay. Consulta: Esto puede ser cumplido sin inconvenientes con los productos y equipos que vienen por tránsito marítimo y
multimodal, ya que los tiempos de tránsito y elaboraciones de las documentaciones son extensos y los tiempo indicados por la ANDE son acordes a las gestiones que se pueden realizar con antelación. Pero estos tiempos no pueden ser cumplidos con cargas que vienen por tránsito aéreo o terrestre, ya que una vez realizados los ensayos en fábrica y
liberados los embarques por el inspector técnico y la unidad administradora del contrato, las cargas ya llegan en los puertos y Aduanas del Paraguay en de tres (3) a cinco (5) días como máximo. ¿Qué consideraciones se tendrá a los productos y equipos que serán con transporte aéreo o terrestre? Como mencionamos anteriormente, los plazos establecidos son impracticables para estas modalidades y solamente se pueden cumplir para los de tránsito marítimo.
Al respecto, con relación a la consulta aclaramos cuanto sigue:
- Cuando el transporte es aéreo, se establece que la ANDE autorizará el embarque de la mercadería considerando el corto plazo de estadía en Aeropuerto y que los documentos originales acompañan a la carga conforme se establece en el numeral 22. Detalle de los Documentos de Embarque de las Condiciones Contractuales del Pliego de Bases y Condiciones.
- Cuando el transporte es terrestre, el Contratista deberá coordinar con la transportadora y fabricante realizar el cruce de frontera una vez que hayan presentado los documentos originales al Dpto. de Importaciones con el fin de dar cumplimiento al numeral 22. Detalle de los Documentos de Embarque de las Condiciones Contractuales del Pliego de Bases y Condiciones.
Aclaramos que es importante cumplir con la remisión de copias simples de los documentos al correo sección_despachos@ande.gov.py diez (10) antes de la fecha del embarque programado conforme se indica en el Pliego de Bases y Condiciones.
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DJBR - Oferentes Extranjeros
Los oferentes domiciliados en el Paraguay deben presentar la Constancia de presentación de la "Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19 y según lo establecido por la DNCP. ¿Qué documento deberá presentar un oferente extranjero para realizar el mismo análisis de transparencia y para que la participación de todos los oferentes en esta licitación se realice en igualdad de condiciones?
Los oferentes domiciliados en el Paraguay deben presentar la Constancia de presentación de la "Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos" ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19 y según lo establecido por la DNCP. ¿Qué documento deberá presentar un oferente extranjero para realizar el mismo análisis de transparencia y para que la participación de todos los oferentes en esta licitación se realice en igualdad de condiciones?
El requerimiento tiene su origen en la Ley N° 6355/2019 "Que modifica los artículos 1°, 3°; 4° 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/2013 "Que reglamenta el Artículo 104° de la Constitución Nacional.
En ese sentido, las Convocantes deberán solicitar en los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen los procedimientos de Contrataciones Públicas, la remisión de la Constancia que acredita la presentación de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos, al momento de la presentación de sus ofertas. Asimismo, deberán incluir en sus contratos la obligación de presentar la mencionada constancia dentro de los quince 15 (quince) días de su suscripción y en el mismo plazo una vez finalizada la ejecución de los mismos.
Así también, cabe señalar que la disposición legal no hace distinción entre oferentes nacionales y extranjeros, ni del origen de los fondos, de lo cual se puede inferir que la exigencia de la presentación de la DJBR debe ser cumplida independientemente a si el oferente es una empresa nacional o extranjera y del origen de los fondos con que se financie la contratación de bienes, servicios y/o la obra pública.
Las documentaciones que un oferente extranjero deberá presentar se encuentran publicadas en el Portal de la Contraloría General de la República en el siguiente link:
https://www.contraloria.gov.py/index.php/djbr/44-djbr/1741-instructivo-de-presentacion-de-declaraciones-juradas
INSTRUCTIVO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS (DJBR), para los sujetos obligados según el Art. 1 Num. 2 Incs. a) y b) de la Ley Nº 6355/19 "Que modifica los artículos 1º, 3º, 4º, 7º,13 y 21 de la Ley Nº 5033 'Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, De la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos', y amplía las disposiciones de la Ley Nº 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias".
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Despacho - Importación y liberaciones de embarque
En el PBC se establece que para poder embarcar los bienes una vez que se encuentran fabricados, la unidad administradora debe LIBERAR el embarque luego de la presentación de los protocolos de ensayos. También dice que la Sección de Despachos de la ANDE debe LIBERAR el embarque cuando las documentaciones fueron gestionadas en tiempo y forma, y el despacho se podría realizar sin inconvenientes. Favor confirmar si los oferentes deben aguardar estas DOS LIBERACIONES DE EMBARQUES por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes
En el PBC se establece que para poder embarcar los bienes una vez que se encuentran fabricados, la unidad administradora debe LIBERAR el embarque luego de la presentación de los protocolos de ensayos. También dice que la Sección de Despachos de la ANDE debe LIBERAR el embarque cuando las documentaciones fueron gestionadas en tiempo y forma, y el despacho se podría realizar sin inconvenientes. Favor confirmar si los oferentes deben aguardar estas DOS LIBERACIONES DE EMBARQUES por parte de la convocante antes de realizar los trámites para la importación de los bienes
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, que la liberación de embarque por parte de la Unidad Administradora se refiere al cumplimiento del suministro con lo establecido en las Especificaciones Técnicas, pruebas y ensayos; lo correspondiente al Dpto. de Importaciones se refiere a los plazos en que se deberán comunicar los embarques para previsión de designación de despachante y fondos para el despacho de importación. Se aclara que sólo el embarque vía aérea es autorizado por el Dpto. de Importaciones considerando los plazos cortos con los que se cuentan en el Aeropuerto para el desaduanamiento de la carga.
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Entregas parciales - Pagos
En caso de que la cotización sea en condición CIP, con entregas parciales y el pago final del 10% restante de la carta de crédito recién puede ser solicitado de acuerdo al PBC una vez que se obtenga el certificado de recepción provisional. Consulta: ¿Se podrá solicitar a la convocante un certificado de recepción provisional PARCIAL por cada partida entregada o
deberán los oferentes aguardar el certificado de recepción final por la cantidad total del contrato para solicitar este pago restante de todas las partidas ya entregadas (en tiempo y forma) juntas? Es decir; ¿Para cada partida se retendrá indefectiblemente el pago del 10% final hasta que se realicen todas las entregas y que la convocante expida el certificado
de recepción provisional por la cantidad total del contrato?
En caso de que la cotización sea en condición CIP, con entregas parciales y el pago final del 10% restante de la carta de crédito recién puede ser solicitado de acuerdo al PBC una vez que se obtenga el certificado de recepción provisional. Consulta: ¿Se podrá solicitar a la convocante un certificado de recepción provisional PARCIAL por cada partida entregada o
deberán los oferentes aguardar el certificado de recepción final por la cantidad total del contrato para solicitar este pago restante de todas las partidas ya entregadas (en tiempo y forma) juntas? Es decir; ¿Para cada partida se retendrá indefectiblemente el pago del 10% final hasta que se realicen todas las entregas y que la convocante expida el certificado
de recepción provisional por la cantidad total del contrato?