El Ministerio de Economía y Finanzas facilitará al PROVEEDOR la nómina de servidores públicos y su grupo familiar, dentro de las 24 horas posteriores a la firma del contrato, a los que deberá dar de alta para la prestación del servicio. Para las sucesivas altas y bajas de titulares, el Ministerio de Economía y Finanzas deberá comunicar al PROVEEDOR en los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes, según fecha de contrato. Para el grupo familiar de los titulares se
puede hacer la inclusión en cualquier momento de la vigencia del contrato y la habilitación de los mismos será en las primeras 24 horas (día hábil) de recibida la comunicación oficial, siendo causal de imposición de sanciones el incumplimiento del presente punto. En caso de inclusiones de familiares y/o adherentes, la comunicación por parte de la contratante será por las vías habilitadas en el pliego como ser: vía correo electrónico y por medio impreso. En ningún caso se aplicarán las coberturas en forma retroactiva a prestaciones de servicios anteriores a la inclusión
efectuada. Se solicita a la convocante la modificación del apartado debido a que los Adherentes no se pueden gestionar por correo, pues se debe firmar un compromiso de pago, por lo cual la vía solo puede ser medio impreso y en las oficinas del proveedor.
El Ministerio de Economía y Finanzas facilitará al PROVEEDOR la nómina de servidores públicos y su grupo familiar, dentro de las 24 horas posteriores a la firma del contrato, a los que deberá dar de alta para la prestación del servicio. Para las sucesivas altas y bajas de titulares, el Ministerio de Economía y Finanzas deberá comunicar al PROVEEDOR en los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes, según fecha de contrato. Para el grupo familiar de los titulares se
puede hacer la inclusión en cualquier momento de la vigencia del contrato y la habilitación de los mismos será en las primeras 24 horas (día hábil) de recibida la comunicación oficial, siendo causal de imposición de sanciones el incumplimiento del presente punto. En caso de inclusiones de familiares y/o adherentes, la comunicación por parte de la contratante será por las vías habilitadas en el pliego como ser: vía correo electrónico y por medio impreso. En ningún caso se aplicarán las coberturas en forma retroactiva a prestaciones de servicios anteriores a la inclusión
efectuada. Se solicita a la convocante la modificación del apartado debido a que los Adherentes no se pueden gestionar por correo, pues se debe firmar un compromiso de pago, por lo cual la vía solo puede ser medio impreso y en las oficinas del proveedor.
Se aclara que la Institución comunicará oficialmente la nómina de los titulares y su grupo familiar sin costo para el alta según las condiciones del PBC. En cuanto a la inclusión de miembros adherentes (con costo), el titular deberá gestionar el trámite de forma directa ante las oficinas del PROVEEDOR, a fin de suscribir el compromiso de pago y la documentación correspondiente, para la habilitación de dicha cobertura.
22
Condiciones Generales de la Prestación. Punto 21
El PROVEEDOR y/o la PRESTADORA DE SERVICIOS deberán mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los
servicios en cuanto a infraestructura, atención profesional y administrativo, en Asunción, Gran Asunción y el interior
del País, en forma plena, conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación
en la atención de los beneficiarios. Se consulta a la convocante a que se refiere al especificar El Interior? La distribución dice Asunción y Gran Asunción, el nivel de resolución en el interior no es lo mismo que la capital, en el interior los sanatorios o centros tienen infraestructura diferente a la de la capital, hecho que no es responsabilidad del proveedor.
El PROVEEDOR y/o la PRESTADORA DE SERVICIOS deberán mantener la capacidad y la calidad para satisfacer los
servicios en cuanto a infraestructura, atención profesional y administrativo, en Asunción, Gran Asunción y el interior
del País, en forma plena, conforme a la oferta que resulte adjudicada, en especial en lo relacionado a la saturación
en la atención de los beneficiarios. Se consulta a la convocante a que se refiere al especificar El Interior? La distribución dice Asunción y Gran Asunción, el nivel de resolución en el interior no es lo mismo que la capital, en el interior los sanatorios o centros tienen infraestructura diferente a la de la capital, hecho que no es responsabilidad del proveedor.
El PROVEEDOR debe garantizar la atención conforme a lo establecido en el PBC, la infraestructura y capacidad de resolución se regirán por los niveles y categorías establecidos por el MSPyBS, asegurando que la calidad sea la correspondiente a la categorización.
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Condiciones Generales de la Prestación. Punto 23
Se informa a la convocante que las informaciones y documentaciones correspondientes a las historias clínicas solo puede ser entregado al Auditor medico designado por el MEF por razones legales. Favor eliminar la coma entre los auditores médicos y administrativos.
Se informa a la convocante que las informaciones y documentaciones correspondientes a las historias clínicas solo puede ser entregado al Auditor medico designado por el MEF por razones legales. Favor eliminar la coma entre los auditores médicos y administrativos.
Se aclara que, si bien el acceso de las historias clínicas es exclusivo de los Auditores Médicos por razones de confidencialidad, las solicitudes de dicha documentación podrán ser canalizadas y tramitadas a través del departamento administrativo del MEF. Esta unidad actuará como gestor del pedido para asegurar la disponibilidad de la información, quedando la verificación y el análisis de los datos únicamente al profesional médico designado.
24
Condiciones Generales de la Prestación. Punto 25
El PROVEEDOR, desde la vigencia del contrato deberá habilitar consultorio médico en la sede asignada por la Dirección General de Gestión del Capital Humano, 3 (tres) veces por semana, en horario de oficina de 08:00 a 13:00hs. (Lunes, miércoles y viernes). Se solicita a la convocante que se defina las funciones del medico referido.
El PROVEEDOR, desde la vigencia del contrato deberá habilitar consultorio médico en la sede asignada por la Dirección General de Gestión del Capital Humano, 3 (tres) veces por semana, en horario de oficina de 08:00 a 13:00hs. (Lunes, miércoles y viernes). Se solicita a la convocante que se defina las funciones del medico referido.
Las funciones del médico asignado serán: Atención primaria y de urgencias (primeros auxilios) durante el horario establecido; Orientación y derivación de pacientes a los centros de la red del PROVEEDOR; y Promoción de la salud, mediante programas de medicina preventiva y control de signos vitales.
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Condiciones Generales de la Prestación. Punto 26
En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales, se actuará conforme a lo
que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, posición que deberá
ser acatada por las partes. ¿Se consulta a la convocante sí El MSPyBS es el ente regulador para tales efectos?
En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales, se actuará conforme a lo
que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, posición que deberá
ser acatada por las partes. ¿Se consulta a la convocante sí El MSPyBS es el ente regulador para tales efectos?
Es el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS), su intervención garantiza que cualquier discrepancia se resuelva bajo criterios científicos y normativos vigentes, siendo sus dictámenes de cumplimiento obligatorio para ambas partes.
26
Cobertura. Pag. 38
Los medicamentos y materiales descartables/desechables en curaciones post operatorias de cirugías o procedimientos
tendrán coberturas 100% (cien por ciento). Se consulta a la convocante en este punto sí el texto se refiere a las cirugías y procedimientos cubiertos solamente? Se entiende de la redacción que no se puede cubrir los medicamentos y materiales, descartables/desechables en curaciones post operatorias de cirugías o procedimientos no cubiertos.
Los medicamentos y materiales descartables/desechables en curaciones post operatorias de cirugías o procedimientos
tendrán coberturas 100% (cien por ciento). Se consulta a la convocante en este punto sí el texto se refiere a las cirugías y procedimientos cubiertos solamente? Se entiende de la redacción que no se puede cubrir los medicamentos y materiales, descartables/desechables en curaciones post operatorias de cirugías o procedimientos no cubiertos.
Se aclara que la cobertura del 100% en medicamentos y materiales descartables, de acuerdo a los servicios establecidos en el contrato.
27
Cobertura. Pag. 38
Servicios de paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores
habilitados por la contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales (a excepción de las
coberturas con arancel preferencial designados por la prestadora), centro de atención médica ambulatoria para capital e
interior (urgencias, emergencias, internaciones, etc.), que serán con cobertura para el asegurado. Consultamos a la convocante a que se refiere al indicar Arancel preferencial? Ya que en el presente en el presente pliego no se contemplan aranceles preferenciales. Por lo cual este texto debe ser eliminado o modificado en cuanto a “arancel preferencial”
Servicios de paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores
habilitados por la contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales (a excepción de las
coberturas con arancel preferencial designados por la prestadora), centro de atención médica ambulatoria para capital e
interior (urgencias, emergencias, internaciones, etc.), que serán con cobertura para el asegurado. Consultamos a la convocante a que se refiere al indicar Arancel preferencial? Ya que en el presente en el presente pliego no se contemplan aranceles preferenciales. Por lo cual este texto debe ser eliminado o modificado en cuanto a “arancel preferencial”
La mención de aranceles preferenciales refiere a los convenios entre la prestadora y su red para reducir costos en servicios no cubiertos, se mantiene el término por ser un beneficio para el asegurado que ha funcionado sin inconvenientes en contratos anteriores.
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Cobertura. Pag. 38
Para los Laboratorios, 3 (tres) de ellos con Certificación de Calidad según detalle: 2 (dos) de ellos con Certificación ISO 9001
cuyo alcance se deberá extender a la toma de muestras; 1 (uno) de ellos con Certificación ISO 15189 Sistema de Gestión de
la Calidad de Laboratorios Clínicos. En este laboratorio se podrá limitar la cantidad de toma de muestras hasta 2 (dos)
veces por grupo familiar por año contrato según anexo. Los mismos deberán estar ubicados en la zona de Asunción y Gran
Asunción. Se solicita a la convocante la eliminación del requisito de solicitud del certificado ISO 15189 en razón a que en el país existe un solo laboratorio que posee dicho certificado y no es posible lograr convenio con el laboratorio por lo cual este requisito esta dirigido al único proveedor que ya posee el convenio con el laboratorio.
Para los Laboratorios, 3 (tres) de ellos con Certificación de Calidad según detalle: 2 (dos) de ellos con Certificación ISO 9001
cuyo alcance se deberá extender a la toma de muestras; 1 (uno) de ellos con Certificación ISO 15189 Sistema de Gestión de
la Calidad de Laboratorios Clínicos. En este laboratorio se podrá limitar la cantidad de toma de muestras hasta 2 (dos)
veces por grupo familiar por año contrato según anexo. Los mismos deberán estar ubicados en la zona de Asunción y Gran
Asunción. Se solicita a la convocante la eliminación del requisito de solicitud del certificado ISO 15189 en razón a que en el país existe un solo laboratorio que posee dicho certificado y no es posible lograr convenio con el laboratorio por lo cual este requisito esta dirigido al único proveedor que ya posee el convenio con el laboratorio.
Se ratifica la vigencia del requisito de Certificación ISO 15189, considerando que dicha exigencia apunta a garantizar la calidad de análisis clínicos para los beneficiarios. Cabe señalar que, según los antecedentes de procesos anteriores de igual naturaleza, este requerimiento no ha constituido una limitante para la participación de oferentes, registrándose una concurrencia de hasta tres oferentes, lo cual demuestra que es un estándar factible de ser cumplido en el mercado actual.
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Cobertura. Pag. 39
En caso de que el Paciente cuente con seguro del Instituto de Previsión Social (IPS), y se encuentre internado en el
Sanatorio de Cabecera, el PROVEEDOR podrá autorizar el ingreso de medicamentos y otros insumos, equipos y dispositivos
de tratamientos, mediante el documento expedido por el Instituto de Previsión Social, según política del sanatorio
habilitado por la prestadora. Se comunica a la convocante que las autorizaciones de ingresos de medicamentos, etc, es según política del sanatorio.. el seguro no tiene el poder de autorizar el ingreso de tales medicamentos o insumos en los sanatorios prestadores. Por lo cual se solicita modificar o en su caso eliminar el punto.
En caso de que el Paciente cuente con seguro del Instituto de Previsión Social (IPS), y se encuentre internado en el
Sanatorio de Cabecera, el PROVEEDOR podrá autorizar el ingreso de medicamentos y otros insumos, equipos y dispositivos
de tratamientos, mediante el documento expedido por el Instituto de Previsión Social, según política del sanatorio
habilitado por la prestadora. Se comunica a la convocante que las autorizaciones de ingresos de medicamentos, etc, es según política del sanatorio.. el seguro no tiene el poder de autorizar el ingreso de tales medicamentos o insumos en los sanatorios prestadores. Por lo cual se solicita modificar o en su caso eliminar el punto.
Se aclara que la autorización para el ingreso está sujeta a los protocolos de bioseguridad del sanatorio, quienes como responsables de la atención médica, determinarán la viabilidad de su ingreso para garantizar la seguridad del paciente.
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Capacidad. Pag. 40
Interior del Pais: Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas. Los prestadores del interior tiene otro nivel de resolución, por lo que se solicita eliminar este párrafo.
Interior del Pais: Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas. Los prestadores del interior tiene otro nivel de resolución, por lo que se solicita eliminar este párrafo.
En caso de que el centro no cuente con la complejidad requerida, el PROVEEDOR deberá garantizar el traslado y la atención en un centro de mayor nivel con la cobertura establecida en el PBC.