ESTÁNDARES CIM / MULTISPEAK (NÚCLEO DE DIRECCIONAMIENTO)
CIM IEC 61968 sin perfiles exigidos
En distintos apartados de las EETT se exige cumplimiento de la norma CIM IEC 61968, sin especificar:
perfiles o dominios CIM obligatorios,
mensajes / servicios requeridos,
modalidad de implementación.
CONSULTAMOS:
a) Qué perfiles CIM IEC 61968 (por ejemplo, Work, Asset, Metering, etc.) son obligatorios.
b) Si se admite el cumplimiento del estándar mediante capa de integración (ESB / middleware / API Gateway / iPaaS) y no necesariamente de forma nativa en el WFMS.
c) Qué medios de acreditación serán aceptados (documentación del fabricante, declaración responsable, pruebas en implementación).
FUNDAMENTO:
Exigir un estándar sin perfiles ni equivalencias admitidas viola la neutralidad tecnológica (Art. 45 Ley 7021/22) y favorece soluciones incumbentes.
PETITORIO:
Precisar perfiles CIM exigidos y admitir equivalencias funcionales mediante APIs REST/OpenAPI 3.0 u otras capas de integración estándar.
31-03-2026
18-05-2026
ESTÁNDARES CIM / MULTISPEAK (NÚCLEO DE DIRECCIONAMIENTO)
En distintos apartados de las EETT se exige cumplimiento de la norma CIM IEC 61968, sin especificar:
perfiles o dominios CIM obligatorios,
mensajes / servicios requeridos,
modalidad de implementación.
CONSULTAMOS:
a) Qué perfiles CIM IEC 61968 (por ejemplo, Work, Asset, Metering, etc.) son obligatorios.
b) Si se admite el cumplimiento del estándar mediante capa de integración (ESB / middleware / API Gateway / iPaaS) y no necesariamente de forma nativa en el WFMS.
c) Qué medios de acreditación serán aceptados (documentación del fabricante, declaración responsable, pruebas en implementación).
FUNDAMENTO:
Exigir un estándar sin perfiles ni equivalencias admitidas viola la neutralidad tecnológica (Art. 45 Ley 7021/22) y favorece soluciones incumbentes.
PETITORIO:
Precisar perfiles CIM exigidos y admitir equivalencias funcionales mediante APIs REST/OpenAPI 3.0 u otras capas de integración estándar.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 2 publicado en el SICP en el apartado "Documentos".
242
Solicitud de prórroga de plazo
Solicitamos respetuosamente la prórroga del plazo para la presentación y apertura de las ofertas, del presente proceso licitatorio, una vez que el objeto de la contratación requiere un elevado grado de complejidad técnica y documental, requiriendo un análisis exhaustivo de los requisitos, especificaciones y condiciones de ejecución y la adecuada estructuración de la oferta. En ese sentido, y de conformidad con los principios que rigen las contrataciones públicas, en particular los de eficiencia, competitividad y evaluación objetiva, resulta necesario que los oferentes cuenten con un plazo razonable para la adecuada preparación de sus propuestas, bajo apercibimiento de afectar la calidad y la competitividad del procedimiento; asimismo, la complejidad del objeto exige un mayor rigor técnico en las etapas de análisis y planificación, a efectos de garantizar que las ofertas reflejen fielmente la capacidad operativa requerida, mitigando eventuales riesgos en la ejecución contractual; en virtud de lo expuesto, y con el fin de asegurar la selección de la oferta más conveniente para la Convocante, se solicita la prórroga del plazo para la presentación de ofertas hasta el día 06/05/2026; finalmente, se deja expresa constancia del compromiso con los principios de transparencia, igualdad, libre concurrencia y calidad que rigen el proceso licitatorio.
Solicitamos respetuosamente la prórroga del plazo para la presentación y apertura de las ofertas, del presente proceso licitatorio, una vez que el objeto de la contratación requiere un elevado grado de complejidad técnica y documental, requiriendo un análisis exhaustivo de los requisitos, especificaciones y condiciones de ejecución y la adecuada estructuración de la oferta. En ese sentido, y de conformidad con los principios que rigen las contrataciones públicas, en particular los de eficiencia, competitividad y evaluación objetiva, resulta necesario que los oferentes cuenten con un plazo razonable para la adecuada preparación de sus propuestas, bajo apercibimiento de afectar la calidad y la competitividad del procedimiento; asimismo, la complejidad del objeto exige un mayor rigor técnico en las etapas de análisis y planificación, a efectos de garantizar que las ofertas reflejen fielmente la capacidad operativa requerida, mitigando eventuales riesgos en la ejecución contractual; en virtud de lo expuesto, y con el fin de asegurar la selección de la oferta más conveniente para la Convocante, se solicita la prórroga del plazo para la presentación de ofertas hasta el día 06/05/2026; finalmente, se deja expresa constancia del compromiso con los principios de transparencia, igualdad, libre concurrencia y calidad que rigen el proceso licitatorio.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, los plazos establecidos en el SICP.
243
PLANILLA DE PRECIOS
EN LA PLANILLA DE PRECIOS PUBLICADA POR LA CONVOCANTE SE SOLICITA QUE EL OFERENTE BRINDE LOS DATOS DE MARCA Y PROCEDENCIA PARA LOS ITEMS DE LICENCIAS DE SOFTWARE COMPLEMENTARIO PARA LA IMPLEMENTACION DEL WFMS Y SUMINISTRO DEL HARDWARE NECESARIO PARA EL WFMS.
CONSULTAMOS AMABLEMENTE A LA CONVOCANTE SI EN CASO DE QUE LA SOLUCION OFERTADA CONSISTA DE MAS DE UNA MARCA Y/O FABRICANTE ESTOS CAMPOS SE PUEDAN RELLENAR CON LAS DIFERENTES MARCAS Y PROCEDENCIAS SEPARADAS POR BARRAS "/".
EN LA PLANILLA DE PRECIOS PUBLICADA POR LA CONVOCANTE SE SOLICITA QUE EL OFERENTE BRINDE LOS DATOS DE MARCA Y PROCEDENCIA PARA LOS ITEMS DE LICENCIAS DE SOFTWARE COMPLEMENTARIO PARA LA IMPLEMENTACION DEL WFMS Y SUMINISTRO DEL HARDWARE NECESARIO PARA EL WFMS.
CONSULTAMOS AMABLEMENTE A LA CONVOCANTE SI EN CASO DE QUE LA SOLUCION OFERTADA CONSISTA DE MAS DE UNA MARCA Y/O FABRICANTE ESTOS CAMPOS SE PUEDAN RELLENAR CON LAS DIFERENTES MARCAS Y PROCEDENCIAS SEPARADAS POR BARRAS "/".
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 3 publicado en el SICP en el apartado "Documentos".
Tanto en la Planilla de Datos Garantizados como en la Lista de Precios, el Oferente deberá rellenar los campos indicando información cuanto sea necesario.
244
Solicitud de prórroga de plazo de presentación de ofertas – LPI N.º 1964/2025
En el marco de la Licitación Pública Internacional N.º 1964/2025, solicitamos formalmente una prórroga de sesenta (60) días para la presentación de ofertas, en atención a los cambios introducidos mediante la Adenda N.º 2 de fecha 26 de febrero de 2026, los cuales implican modificaciones de carácter estructural en el alcance técnico, administrativo y documental del proceso.
Dichas modificaciones requieren un tiempo adicional razonable para su adecuado análisis y para la correcta adecuación de las propuestas técnicas y económicas, incluyendo la coordinación con fabricantes y socios estratégicos, por lo que la prórroga solicitada contribuirá a asegurar el cumplimiento íntegro del pliego actualizado y a la presentación de ofertas sólidas en beneficio del proceso licitatorio.
30-04-2026
18-05-2026
Solicitud de prórroga de plazo de presentación de ofertas – LPI N.º 1964/2025
En el marco de la Licitación Pública Internacional N.º 1964/2025, solicitamos formalmente una prórroga de sesenta (60) días para la presentación de ofertas, en atención a los cambios introducidos mediante la Adenda N.º 2 de fecha 26 de febrero de 2026, los cuales implican modificaciones de carácter estructural en el alcance técnico, administrativo y documental del proceso.
Dichas modificaciones requieren un tiempo adicional razonable para su adecuado análisis y para la correcta adecuación de las propuestas técnicas y económicas, incluyendo la coordinación con fabricantes y socios estratégicos, por lo que la prórroga solicitada contribuirá a asegurar el cumplimiento íntegro del pliego actualizado y a la presentación de ofertas sólidas en beneficio del proceso licitatorio.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, los plazos establecidos en el SICP.
245
Infraestructura en la nube
De acuerdo con las Especificaciones Técnicas, en particular en lo referente al Objeto y Alcance, se prevé el despliegue de la solución sobre una infraestructura a ser suministrada como parte de los entregables, garantizando que los datos sean almacenados en su base de datos, incluyendo —aunque no limitándose a— las entidades de activos, órdenes de trabajo, materiales, cuadrillas, usuarios, grupos de trabajo, entre otras.
En este contexto, consultamos a ANDE si resulta aceptable que un componente de la solución, destinado a asegurar la comunicación intermedia entre las instalaciones de ANDE y los terminales móviles, sea desplegado en infraestructura en la nube.
Dicho enfoque permitiría una comunicación fluida con los terminales móviles, así como la trazabilidad de su ubicación en forma casi en tiempo real, sujeta a la disponibilidad de señal de cada dispositivo.
¿Será esta arquitectura considerada aceptable por ANDE?
De acuerdo con las Especificaciones Técnicas, en particular en lo referente al Objeto y Alcance, se prevé el despliegue de la solución sobre una infraestructura a ser suministrada como parte de los entregables, garantizando que los datos sean almacenados en su base de datos, incluyendo —aunque no limitándose a— las entidades de activos, órdenes de trabajo, materiales, cuadrillas, usuarios, grupos de trabajo, entre otras.
En este contexto, consultamos a ANDE si resulta aceptable que un componente de la solución, destinado a asegurar la comunicación intermedia entre las instalaciones de ANDE y los terminales móviles, sea desplegado en infraestructura en la nube.
Dicho enfoque permitiría una comunicación fluida con los terminales móviles, así como la trazabilidad de su ubicación en forma casi en tiempo real, sujeta a la disponibilidad de señal de cada dispositivo.
¿Será esta arquitectura considerada aceptable por ANDE?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 2 publicado en el SICP en el apartado "Documentos". Las arquitecturas publicadas se corresponden imperativamente a una solución tipo on-premise, sin admitir otro tipo de solución alternativa.
246
Adecuación del Requisito de Experiencia Previa en el Sistema WFMS conforme al Marco Normativo Vigente
Por medio de la presente consulta, solicitamos a la Convocante reconsiderar y adecuar el requisito de experiencia previa establecido en el PBC para la adquisición del sistema WFMS objeto de la presente licitación, conforme a los fundamentos normativos que se exponen a continuación.
El requisito actual, al limitar la acreditación de experiencia a proyectos desarrollados exclusivamente para empresas del sector Utilities, restringe la participación de empresas nacionales del sector software que cuentan con capacidad técnica comprobable en soluciones funcionalmente equivalentes. Esta restricción resulta contraria al marco normativo vigente en materia de tecnología y adquisición pública de software, específicamente:
• La Ley N° 5933/2017 de Fomento a la Industria Nacional de Software, cuyo objeto es promover el desarrollo y la producción de software en Paraguay, propiciando condiciones que favorezcan la participación competitiva de empresas nacionales en procesos de contratación pública de soluciones tecnológicas.
• La Resolución MITIC N° 101/2021, por la cual se aprueba el Estándar de Software para adquisición y desarrollo por parte de Organismos y Entidades del Estado, que establece criterios técnicos objetivos y funcionales para la evaluación de soluciones de software, sin imponer restricciones por sector de actividad del cliente final.
• La Resolución MITIC N° 699/2019, que fija criterios mínimos de seguridad para el desarrollo y adquisición de software en instituciones públicas, priorizando atributos técnicos verificables por sobre condiciones de mercado ajenas a la calidad de la solución.
• La Ley N° 4956/2013 de Defensa de la Competencia, que prohíbe toda práctica, condición o criterio que tenga por efecto restringir, limitar o distorsionar la competencia en el mercado, así como aquellas que impliquen la exclusión injustificada de competidores con capacidad técnica suficiente para proveer el bien o servicio requerido. Si bien dicha norma regula principalmente el ámbito privado, sus principios resultan plenamente aplicables como criterio orientador en los procesos de contratación pública, en tanto estos deben asegurar condiciones de libre concurrencia, igualdad de trato y no discriminación entre oferentes.
Un requisito de experiencia que, por su formulación, solo puede ser satisfecho por un número muy reducido de empresas —presumiblemente extranjeras— sin que ello responda a una necesidad técnica objetiva e indispensable, constituye una restricción que afecta artificialmente la estructura competitiva del proceso licitatorio.
Conforme a este marco normativo, la evaluación de la idoneidad técnica de un oferente debe centrarse en la naturaleza funcional del software implementado, su grado de operación real, la complejidad del servicio prestado y la capacidad de integración demostrada, y no en el sector económico al que pertenece el cliente final. Mantener el requisito en su redacción actual podría derivar en la exclusión de empresas paraguayas con plena capacidad técnica, en beneficio de oferentes extranjeros, contraviniendo el espíritu de fomento a la industria nacional consagrado en la normativa citada.
En virtud de lo expuesto, solicitamos a la Convocante adecuar el criterio de acreditación de experiencia conforme al texto propuesto a continuación, el cual permite demostrar experiencia mediante proyectos de software con funcionalidades equivalentes a las requeridas, con independencia del sector de actividad del cliente, garantizando así la concurrencia efectiva de la industria nacional y la igualdad de oportunidades entre oferentes.
Texto Propuesto para el PBC
A) Experiencia demostrable en el desarrollo e implementación en el periodo de los años 2015 al 2026 en el desarrollo e implementación del software WFMS o sistema de gestión de fuerza de trabajo funcionalmente equivalente (incluyendo sistemas de gestión de cuadrillas de campo, Field Service Management o plataformas de digitalización de operaciones técnicas de campo), en Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica, Agua o Gas Natural (Utilities); y/o experiencia demostrable en el desarrollo e implementación en el periodo de los años 2015 al 2026 en el rubro de software, acreditando la madurez funcional del sistema mediante demostración técnica, complementada con documentación funcional detallada que evidencie la cobertura de las funcionalidades requeridas en los literales A.1) a A.5). Las funcionalidades acreditadas deberán estar implementadas y operativas en clientes externos, como mínimo en las siguientes:
A.1) Módulo de gestión de Órdenes de Trabajo (OT) en Oficina Administrativa o Back Office.
A.2) Módulo para Movilidad en campo o Field Application.
A.3) Gestión de Inventario.
A.4) Administración de:
i) Estructura Organizativa.
ii) Órdenes de Trabajo.
iii) Catálogos, Equipos y Materiales.
A.5) Seguimiento y Reporte.
A.6) En caso que el Oferente no sea el Fabricante de la solución tecnológica ofertada, podrá acreditar la experiencia del Fabricante mediante la previa expedición de una Carta Compromiso emitida por el Fabricante al Oferente haciendo referencia en forma específica a la licitación, en la cual se compromete a suministrar los bienes objeto de esta licitación en las cantidades solicitadas y conforme al Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de este llamado, y a reconocer que el Oferente cuenta con la capacidad para llevarlo a cabo, respecto a los bienes y servicios ofrecidos por el Oferente. La experiencia del Fabricante será considerada únicamente para el ítem A).
B) Mínimo de cinco (5) referencias de clientes en los últimos cinco (5) años:
i) Cada referencia deberá corresponder a trabajos relacionados a desarrollo o implementación de software (pudiendo ser en el marco de la provisión de otros bienes o servicios TIC, pero demostrable en cada caso).
ii) Deberá presentar contratos o constancias respectivas a dichos desarrollos o implementaciones firmadas, de organizaciones privadas o públicas.
iii) Al menos dos (2) referencias deben corresponder a trabajos realizados en Paraguay para organizaciones públicas o privadas radicadas en Paraguay.
iv) Restricción de monto: deberá cumplir al menos una de las siguientes dos (2) condiciones:
1. La sumatoria de los montos de las referencias presentadas que cumplan estos criterios deberá ser como mínimo el sesenta por ciento (60%) del monto referencial de la adquisición.
2. Al menos una referencia de trabajo similar por el cuarenta por ciento (40%) del monto referencial de la adquisición, provisto a un mismo cliente.
C) Deberá contar con al menos tres (3) profesionales: Ingeniero Informático / Electrónico / Lic. en Análisis de Sistemas, radicados en el país con una experiencia mínima de cinco (5) años. Deberá presentar currículum vitae y declaración jurada de los profesionales.
04-05-2026
18-05-2026
Adecuación del Requisito de Experiencia Previa en el Sistema WFMS conforme al Marco Normativo Vigente
Por medio de la presente consulta, solicitamos a la Convocante reconsiderar y adecuar el requisito de experiencia previa establecido en el PBC para la adquisición del sistema WFMS objeto de la presente licitación, conforme a los fundamentos normativos que se exponen a continuación.
El requisito actual, al limitar la acreditación de experiencia a proyectos desarrollados exclusivamente para empresas del sector Utilities, restringe la participación de empresas nacionales del sector software que cuentan con capacidad técnica comprobable en soluciones funcionalmente equivalentes. Esta restricción resulta contraria al marco normativo vigente en materia de tecnología y adquisición pública de software, específicamente:
• La Ley N° 5933/2017 de Fomento a la Industria Nacional de Software, cuyo objeto es promover el desarrollo y la producción de software en Paraguay, propiciando condiciones que favorezcan la participación competitiva de empresas nacionales en procesos de contratación pública de soluciones tecnológicas.
• La Resolución MITIC N° 101/2021, por la cual se aprueba el Estándar de Software para adquisición y desarrollo por parte de Organismos y Entidades del Estado, que establece criterios técnicos objetivos y funcionales para la evaluación de soluciones de software, sin imponer restricciones por sector de actividad del cliente final.
• La Resolución MITIC N° 699/2019, que fija criterios mínimos de seguridad para el desarrollo y adquisición de software en instituciones públicas, priorizando atributos técnicos verificables por sobre condiciones de mercado ajenas a la calidad de la solución.
• La Ley N° 4956/2013 de Defensa de la Competencia, que prohíbe toda práctica, condición o criterio que tenga por efecto restringir, limitar o distorsionar la competencia en el mercado, así como aquellas que impliquen la exclusión injustificada de competidores con capacidad técnica suficiente para proveer el bien o servicio requerido. Si bien dicha norma regula principalmente el ámbito privado, sus principios resultan plenamente aplicables como criterio orientador en los procesos de contratación pública, en tanto estos deben asegurar condiciones de libre concurrencia, igualdad de trato y no discriminación entre oferentes.
Un requisito de experiencia que, por su formulación, solo puede ser satisfecho por un número muy reducido de empresas —presumiblemente extranjeras— sin que ello responda a una necesidad técnica objetiva e indispensable, constituye una restricción que afecta artificialmente la estructura competitiva del proceso licitatorio.
Conforme a este marco normativo, la evaluación de la idoneidad técnica de un oferente debe centrarse en la naturaleza funcional del software implementado, su grado de operación real, la complejidad del servicio prestado y la capacidad de integración demostrada, y no en el sector económico al que pertenece el cliente final. Mantener el requisito en su redacción actual podría derivar en la exclusión de empresas paraguayas con plena capacidad técnica, en beneficio de oferentes extranjeros, contraviniendo el espíritu de fomento a la industria nacional consagrado en la normativa citada.
En virtud de lo expuesto, solicitamos a la Convocante adecuar el criterio de acreditación de experiencia conforme al texto propuesto a continuación, el cual permite demostrar experiencia mediante proyectos de software con funcionalidades equivalentes a las requeridas, con independencia del sector de actividad del cliente, garantizando así la concurrencia efectiva de la industria nacional y la igualdad de oportunidades entre oferentes.
Texto Propuesto para el PBC
A) Experiencia demostrable en el desarrollo e implementación en el periodo de los años 2015 al 2026 en el desarrollo e implementación del software WFMS o sistema de gestión de fuerza de trabajo funcionalmente equivalente (incluyendo sistemas de gestión de cuadrillas de campo, Field Service Management o plataformas de digitalización de operaciones técnicas de campo), en Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica, Agua o Gas Natural (Utilities); y/o experiencia demostrable en el desarrollo e implementación en el periodo de los años 2015 al 2026 en el rubro de software, acreditando la madurez funcional del sistema mediante demostración técnica, complementada con documentación funcional detallada que evidencie la cobertura de las funcionalidades requeridas en los literales A.1) a A.5). Las funcionalidades acreditadas deberán estar implementadas y operativas en clientes externos, como mínimo en las siguientes:
A.1) Módulo de gestión de Órdenes de Trabajo (OT) en Oficina Administrativa o Back Office.
A.2) Módulo para Movilidad en campo o Field Application.
A.3) Gestión de Inventario.
A.4) Administración de:
i) Estructura Organizativa.
ii) Órdenes de Trabajo.
iii) Catálogos, Equipos y Materiales.
A.5) Seguimiento y Reporte.
A.6) En caso que el Oferente no sea el Fabricante de la solución tecnológica ofertada, podrá acreditar la experiencia del Fabricante mediante la previa expedición de una Carta Compromiso emitida por el Fabricante al Oferente haciendo referencia en forma específica a la licitación, en la cual se compromete a suministrar los bienes objeto de esta licitación en las cantidades solicitadas y conforme al Plan de Entrega establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de este llamado, y a reconocer que el Oferente cuenta con la capacidad para llevarlo a cabo, respecto a los bienes y servicios ofrecidos por el Oferente. La experiencia del Fabricante será considerada únicamente para el ítem A).
B) Mínimo de cinco (5) referencias de clientes en los últimos cinco (5) años:
i) Cada referencia deberá corresponder a trabajos relacionados a desarrollo o implementación de software (pudiendo ser en el marco de la provisión de otros bienes o servicios TIC, pero demostrable en cada caso).
ii) Deberá presentar contratos o constancias respectivas a dichos desarrollos o implementaciones firmadas, de organizaciones privadas o públicas.
iii) Al menos dos (2) referencias deben corresponder a trabajos realizados en Paraguay para organizaciones públicas o privadas radicadas en Paraguay.
iv) Restricción de monto: deberá cumplir al menos una de las siguientes dos (2) condiciones:
1. La sumatoria de los montos de las referencias presentadas que cumplan estos criterios deberá ser como mínimo el sesenta por ciento (60%) del monto referencial de la adquisición.
2. Al menos una referencia de trabajo similar por el cuarenta por ciento (40%) del monto referencial de la adquisición, provisto a un mismo cliente.
C) Deberá contar con al menos tres (3) profesionales: Ingeniero Informático / Electrónico / Lic. en Análisis de Sistemas, radicados en el país con una experiencia mínima de cinco (5) años. Deberá presentar currículum vitae y declaración jurada de los profesionales.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo indicado en la Adenda N° 2 publicado en el SICP en el apartado "Documentos".
247
Compatibilidad con Sistemas de Verificación Automática del Uso de Equipos de Protección Individual (EPI) en Campo
Considerando las mejores prácticas internacionales en soluciones de Work Force Management para utilities, se solicita aclarar si la solución deberá contemplar compatibilidad para capacidades de verificación automática del cumplimiento de condiciones de seguridad en campo, incluyendo el uso de Equipos de Protección Individual (EPI) tales como cascos, chalecos u otros elementos requeridos, mediante mecanismos tecnológicos que permitan validar su presencia y utilización en tiempo real, así como registrar eventos de incumplimiento, con el objetivo de fortalecer la seguridad operativa, la trazabilidad de las intervenciones y el cumplimiento normativo.
04-05-2026
18-05-2026
Compatibilidad con Sistemas de Verificación Automática del Uso de Equipos de Protección Individual (EPI) en Campo
Considerando las mejores prácticas internacionales en soluciones de Work Force Management para utilities, se solicita aclarar si la solución deberá contemplar compatibilidad para capacidades de verificación automática del cumplimiento de condiciones de seguridad en campo, incluyendo el uso de Equipos de Protección Individual (EPI) tales como cascos, chalecos u otros elementos requeridos, mediante mecanismos tecnológicos que permitan validar su presencia y utilización en tiempo real, así como registrar eventos de incumplimiento, con el objetivo de fortalecer la seguridad operativa, la trazabilidad de las intervenciones y el cumplimiento normativo.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, que con el presente llamado, la Convocante será capaz de controlar la trazabilidad tanto de sus recursos humanos en campo como de sus materiales. Se espera que la solución ofertada se ajuste a los requerimientos técnicos establecidos en las Especificaciones Técnicas. Cualquier detalle técnico no contemplado, será acordado durante el desarrollo del Workstatement.
248
Compatibilidad con Sistemas de Monitoreo Avanzado de Flota en Tiempo Real
Considerando las mejores prácticas internacionales en soluciones de Work Force Management para utilities, se solicita aclarar si la solución deberá contemplar compatibilidad para capacidades avanzadas de monitoreo de flota en tiempo real (de forma nativa) incluyendo variables operativas del vehículo como geolocalización, velocidad, eventos de conducción, consumo y reposición de combustible y estado de batería, a fin de mejorar la eficiencia en la asignación de cuadrillas, reducir costos operativos y fortalecer la seguridad en campo.
04-05-2026
18-05-2026
Compatibilidad con Sistemas de Monitoreo Avanzado de Flota en Tiempo Real
Considerando las mejores prácticas internacionales en soluciones de Work Force Management para utilities, se solicita aclarar si la solución deberá contemplar compatibilidad para capacidades avanzadas de monitoreo de flota en tiempo real (de forma nativa) incluyendo variables operativas del vehículo como geolocalización, velocidad, eventos de conducción, consumo y reposición de combustible y estado de batería, a fin de mejorar la eficiencia en la asignación de cuadrillas, reducir costos operativos y fortalecer la seguridad en campo.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, que con el presente llamado, la Convocante será capaz de controlar la trazabilidad tanto de sus recursos humanos en campo como de sus materiales. Se espera que la solución ofertada se ajuste a los requerimientos técnicos establecidos en las Especificaciones Técnicas. Cualquier detalle técnico no contemplado, será acordado durante el desarrollo del Workstatement.
249
Solicitud de Prórroga de los Plazos de Presentación de Consultas y de Ofertas por Sesenta (60) Días Calendario
Por medio de la presente consulta, solicitamos respetuosamente a la Convocante que, en ejercicio de las facultades que le confiere el marco normativo de contrataciones públicas, disponga la prórroga de los plazos de presentación de consultas y de recepción de ofertas por un período mínimo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la notificación de la resolución que acoja la presente solicitud.
Esta solicitud se fundamenta en la naturaleza técnica y jurídicamente compleja de las observaciones hechas por los posibles oferentes en las mas de 245 consultas sustantivas que han sido formuladas en el portal del presente llamado, las cuales, requieren de la Convocante una revisión profunda de las condiciones del pliego vigente y, eventualmente, la emisión de una adenda que introduzca modificaciones de fondo. Dichas modificaciones, a su vez, demandan a los potenciales oferentes un plazo razonable y suficiente para adecuar sus propuestas a las nuevas condiciones del llamado.
En suma, las consultas formuladas comparten un denominador común: en tanto no cuenten con respuesta por parte de la Convocante —y eventualmente con la consiguiente modificación del pliego mediante adenda—, los potenciales oferentes se encuentran imposibilitados de elaborar propuestas técnicas y económicas completas, coherentes y comparables, lo que compromete la integridad del proceso licitatorio.
Fundamento Normativo
El Decreto N° 5174/2005, reglamentario de la Ley N° 2051/2003 de Contrataciones Públicas, establece que la Convocante podrá prorrogar los plazos del proceso cuando las circunstancias así lo requieran, especialmente cuando se planteen consultas o aclaraciones que pudieran derivar en modificaciones al pliego. Asimismo, el principio de libre concurrencia y el principio de igualdad de trato entre oferentes, ambos pilares del sistema de contrataciones públicas paraguayo, exigen que todos los interesados dispongan del mismo acceso a la información definitiva del llamado y del mismo tiempo razonable para formular sus ofertas.
La prórroga solicitada no solo es procedente desde el punto de vista normativo, sino que además resulta necesaria para preservar la transparencia, la competitividad y la eficiencia del proceso, en el mejor interés de la propia Convocante como entidad beneficiaria de la solución a contratar.
04-05-2026
12-05-2026
Solicitud de Prórroga de los Plazos de Presentación de Consultas y de Ofertas por Sesenta (60) Días Calendario
Por medio de la presente consulta, solicitamos respetuosamente a la Convocante que, en ejercicio de las facultades que le confiere el marco normativo de contrataciones públicas, disponga la prórroga de los plazos de presentación de consultas y de recepción de ofertas por un período mínimo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la notificación de la resolución que acoja la presente solicitud.
Esta solicitud se fundamenta en la naturaleza técnica y jurídicamente compleja de las observaciones hechas por los posibles oferentes en las mas de 245 consultas sustantivas que han sido formuladas en el portal del presente llamado, las cuales, requieren de la Convocante una revisión profunda de las condiciones del pliego vigente y, eventualmente, la emisión de una adenda que introduzca modificaciones de fondo. Dichas modificaciones, a su vez, demandan a los potenciales oferentes un plazo razonable y suficiente para adecuar sus propuestas a las nuevas condiciones del llamado.
En suma, las consultas formuladas comparten un denominador común: en tanto no cuenten con respuesta por parte de la Convocante —y eventualmente con la consiguiente modificación del pliego mediante adenda—, los potenciales oferentes se encuentran imposibilitados de elaborar propuestas técnicas y económicas completas, coherentes y comparables, lo que compromete la integridad del proceso licitatorio.
Fundamento Normativo
El Decreto N° 5174/2005, reglamentario de la Ley N° 2051/2003 de Contrataciones Públicas, establece que la Convocante podrá prorrogar los plazos del proceso cuando las circunstancias así lo requieran, especialmente cuando se planteen consultas o aclaraciones que pudieran derivar en modificaciones al pliego. Asimismo, el principio de libre concurrencia y el principio de igualdad de trato entre oferentes, ambos pilares del sistema de contrataciones públicas paraguayo, exigen que todos los interesados dispongan del mismo acceso a la información definitiva del llamado y del mismo tiempo razonable para formular sus ofertas.
La prórroga solicitada no solo es procedente desde el punto de vista normativo, sino que además resulta necesaria para preservar la transparencia, la competitividad y la eficiencia del proceso, en el mejor interés de la propia Convocante como entidad beneficiaria de la solución a contratar.
Sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas lo siguiente: Favor ajustarse a los plazos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
250
Consulta – Solicitud de Prorroga WFMS
Considerando los ajustes y los nuevos requerimientos técnicos introducidos en el alcance de la Adenda 2, y dada la alta complejidad de la solución tecnológica resultante (WFMS), se solicita formalmente una prórroga de sesenta (60) días hábiles para la presentación de ofertas.
Esta extensión es indispensable para realizar el reajuste integral de la arquitectura del software y estructurar una propuesta técnica y económica que cubra de forma eficiente, completa y responsable las necesidades operativas de la ANDE, garantizando una implementación sólida y ajustada a los estándares de calidad requeridos.
Considerando los ajustes y los nuevos requerimientos técnicos introducidos en el alcance de la Adenda 2, y dada la alta complejidad de la solución tecnológica resultante (WFMS), se solicita formalmente una prórroga de sesenta (60) días hábiles para la presentación de ofertas.
Esta extensión es indispensable para realizar el reajuste integral de la arquitectura del software y estructurar una propuesta técnica y económica que cubra de forma eficiente, completa y responsable las necesidades operativas de la ANDE, garantizando una implementación sólida y ajustada a los estándares de calidad requeridos.