Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente: publicar el procedimiento y plazos de subsanación aplicables a documentos cuya legalización internacional demore (autorizaciones, apostillas), indicando expresamente si la falta temporal de dichos documentos afecta la elegibilidad o podrá subsanarse antes de la adjudicación, con el objetivo de otorgar seguridad jurídica a los oferentes. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (igualdad y seguridad jurídica).
Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente: publicar el procedimiento y plazos de subsanación aplicables a documentos cuya legalización internacional demore (autorizaciones, apostillas), indicando expresamente si la falta temporal de dichos documentos afecta la elegibilidad o podrá subsanarse antes de la adjudicación, con el objetivo de otorgar seguridad jurídica a los oferentes. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (igualdad y seguridad jurídica).
Favor ceñirse a lo establecido en los documentos de la licitacion de referencia. Los documentos legalizados y apostillados aseguran el vinculo formal del fabricante con la empresa local, la cual demuestra a la vez experiencia y transparencia en sus transacciones.
122
Se solicita a la Convocante manifestar
Se solicita a la Convocante manifestar expresamente que las certificaciones ISO (9001/14001/45001) o sus equivalentes serán consideradas válidas como requisito de gestión, y que cuando se solicite documentación GB/T se admitirá la presentación de equivalencias debidamente documentadas dentro de un plazo perentorio, evitando requisitos redundantes que limiten la concurrencia. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (no discriminación y equivalencia técnica).
Se solicita a la Convocante manifestar expresamente que las certificaciones ISO (9001/14001/45001) o sus equivalentes serán consideradas válidas como requisito de gestión, y que cuando se solicite documentación GB/T se admitirá la presentación de equivalencias debidamente documentadas dentro de un plazo perentorio, evitando requisitos redundantes que limiten la concurrencia. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (no discriminación y equivalencia técnica).
Favor ceñirse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas de la licitación de referencia, se aclara que se aceptan ISO 9001/14001/45001 o equivalentes (GB/T 19001/24001/45001) emitidas por organismos acreditados.
123
Se solicita a la Convocante
Se solicita a la Convocante permitir declarar en el SICP la marca y procedencia del bien principal y adjuntar en la Planilla de Datos Garantizados la lista detallada de componentes y subfabricantes con sus marcas y procedencias, estableciendo que la Autorización del Fabricante podrá referirse al fabricante del cargador principal y que la cadena de autorizaciones de subcomponentes se presentará como anexo vinculante. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (transparencia y trazabilidad).
Se solicita a la Convocante permitir declarar en el SICP la marca y procedencia del bien principal y adjuntar en la Planilla de Datos Garantizados la lista detallada de componentes y subfabricantes con sus marcas y procedencias, estableciendo que la Autorización del Fabricante podrá referirse al fabricante del cargador principal y que la cadena de autorizaciones de subcomponentes se presentará como anexo vinculante. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (transparencia y trazabilidad).
Favor ceñirse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas de la licitación de referencia, se aclara que la marca/procedencia a declarar en el SICP será la del cargador principal. La lista de subcomponentes (marcas/procedencia) se presentará en anexo vinculante.
124
Se solicita a la Convocante aceptar
Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente: admitir como alternativa funcional a la exigencia de cámara 6K/PTZ la provisión de cámaras PoE 4K (dual‑lens o PTZ) con almacenamiento local ≥64 GB y compatibilidad ONVIF/RTSP/APIs, o bien publicar un modelo de referencia que cumpla la exigencia 6K/PTZ/OCPP si la Convocante decide mantenerla, con el fin de evitar requisitos no disponibles comercialmente. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, arts. 4 y 36 (concurrencia y proporcionalidad).
Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente: admitir como alternativa funcional a la exigencia de cámara 6K/PTZ la provisión de cámaras PoE 4K (dual‑lens o PTZ) con almacenamiento local ≥64 GB y compatibilidad ONVIF/RTSP/APIs, o bien publicar un modelo de referencia que cumpla la exigencia 6K/PTZ/OCPP si la Convocante decide mantenerla, con el fin de evitar requisitos no disponibles comercialmente. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, arts. 4 y 36 (concurrencia y proporcionalidad).
Favor ceñirse a lo establecido en las Especificaciones técnicas de la licitación de referencia y respetar el criterio solicitado.
125
Se solicita a la Convocante
Se solicita a la Convocante: detallar los eventos y formatos mínimos que se requieren de las cámaras (por ejemplo: apertura de gabinete, detección de movimiento, eventos de seguridad con timestamp y metadatos) y aceptar integración mediante ONVIF, API REST/JSON o gateway que traduzca eventos a la plataforma solicitada, en lugar de exigir “compatibilidad OCPP” directa en cámaras cuando ello no corresponde al estado del mercado. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (proporcionalidad técnica y eficiencia).
Se solicita a la Convocante: detallar los eventos y formatos mínimos que se requieren de las cámaras (por ejemplo: apertura de gabinete, detección de movimiento, eventos de seguridad con timestamp y metadatos) y aceptar integración mediante ONVIF, API REST/JSON o gateway que traduzca eventos a la plataforma solicitada, en lugar de exigir “compatibilidad OCPP” directa en cámaras cuando ello no corresponde al estado del mercado. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (proporcionalidad técnica y eficiencia).
Favor ceñirse a lo establecido en las Especificaciones técnicas de la licitación de referencia y respetar el criterio solicitado.
126
Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente
Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente: permitir plazos de entrega 120 días como mínimo y publicar el criterio objetivo de evaluación que aplicará cuando existan ofertas con distinto plazo, con el fin de no excluir por razonamientos logísticos a oferentes legítimos. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, arts. 4 y 36 (proporcionalidad y razonabilidad).
Se solicita a la Convocante aceptar lo siguiente: permitir plazos de entrega 120 días como mínimo y publicar el criterio objetivo de evaluación que aplicará cuando existan ofertas con distinto plazo, con el fin de no excluir por razonamientos logísticos a oferentes legítimos. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, arts. 4 y 36 (proporcionalidad y razonabilidad).
Favor ceñirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia, respetando los plazos establecidos.
127
Se solicita a la Convocante
Se solicita a la Convocante publicar el estudio técnico que fundamenta la limitación de corriente máxima por salida DC a 250 A (incluyendo análisis del parque vehicular, cantidad de mangueras, simulaciones de demanda y política de balanceo de potencia) y explicar el criterio de evaluación aplicable, atento al impacto operativo señalado repetidamente por oferentes. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, arts. 4 y 36 (proporcionalidad y razonabilidad técnica).
Se solicita a la Convocante publicar el estudio técnico que fundamenta la limitación de corriente máxima por salida DC a 250 A (incluyendo análisis del parque vehicular, cantidad de mangueras, simulaciones de demanda y política de balanceo de potencia) y explicar el criterio de evaluación aplicable, atento al impacto operativo señalado repetidamente por oferentes. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, arts. 4 y 36 (proporcionalidad y razonabilidad técnica).
Favor ceñirse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas de la licitación de referencia , teniendo en cuenta que, para un uso eficiente de energía, el cargador debe de garantizar la gestión dinámica de potencia, repartiendo la potencia nominal automáticamente entre los conectores en uso, evitando sobrecargas, recalentamientos y optimizando la operación.
128
Se solicita a la Convocante aceptar que la Autorización del Fabricante
Se solicita a la Convocante aceptar que la Autorización del Fabricante pueda presentarse en la apertura en formato digital firmada y que se habilite un plazo perentorio de subsanación de 30 días calendario posteriores a la apertura para presentar la versión debidamente legalizada (apostilla o legalización consular equivalente), o en su defecto documento oficial equivalente del país de origen (ej. CCPIT), a fin de garantizar igualdad de condiciones y evitar exclusión por plazos consulares. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (principios de igualdad y libre competencia).
18-09-2025
22-09-2025
Se solicita a la Convocante aceptar que la Autorización del Fabricante
Se solicita a la Convocante aceptar que la Autorización del Fabricante pueda presentarse en la apertura en formato digital firmada y que se habilite un plazo perentorio de subsanación de 30 días calendario posteriores a la apertura para presentar la versión debidamente legalizada (apostilla o legalización consular equivalente), o en su defecto documento oficial equivalente del país de origen (ej. CCPIT), a fin de garantizar igualdad de condiciones y evitar exclusión por plazos consulares. Fundamento legal: Ley N.º 7021/22, art. 4 (principios de igualdad y libre competencia).
Favor ceñirse a lo establecido en los documentos de la licitación de referencia. Los documentos legalizados y apostillados aseguran el vínculo formal del fabricante con la empresa local, la cual demuestra a la vez experiencia y transparencia en sus transacciones. El aguardar que una empresa formalice su informalidad no brinda garantías ni tampoco igualdad de condiciones, ni libre competencia para empresas que ya poseen documentos legales apostilladlos y legalizados.
129
Atendiendo la respuesta a la consulta 3, se entiende que se
Atendiendo la respuesta a la consulta 3, se entiende que se debe garantizar solamente como mínimo el suministro de cargadores con interoperabilidad OCPP 1.6J (como mínimo). Sin embargo, en las EETT, punto 2 "ALCANCE" se detalla en específico "Integración a la plataforma de gestión mediante protocolo OCPP 1.6J", también avalado por la respuesta a la consulta 2.
¿Solicitamos amablemente a la convocante que brinde detalles sobre su sistema de gestión propio al cual integrar, cuentan con uno? es el MOVA compartido con las respuestas a las consultas? Dicho sistema este operativo actualmente o la idea es
interconectar a lo que cuentan y luego realizar modificaciones al frontend y backedn y que sigan integrados los cargadores? ¿En concreto necesitamos saber, actualmente hay algo a lo que integrar o no? ¿Y qué plataforma es?
18-09-2025
22-09-2025
Atendiendo la respuesta a la consulta 3, se entiende que se
Atendiendo la respuesta a la consulta 3, se entiende que se debe garantizar solamente como mínimo el suministro de cargadores con interoperabilidad OCPP 1.6J (como mínimo). Sin embargo, en las EETT, punto 2 "ALCANCE" se detalla en específico "Integración a la plataforma de gestión mediante protocolo OCPP 1.6J", también avalado por la respuesta a la consulta 2.
¿Solicitamos amablemente a la convocante que brinde detalles sobre su sistema de gestión propio al cual integrar, cuentan con uno? es el MOVA compartido con las respuestas a las consultas? Dicho sistema este operativo actualmente o la idea es
interconectar a lo que cuentan y luego realizar modificaciones al frontend y backedn y que sigan integrados los cargadores? ¿En concreto necesitamos saber, actualmente hay algo a lo que integrar o no? ¿Y qué plataforma es?
Favor ceñirse a lo establecido en las Especificaciones Técnicas de la licitación de referencia. Se aclarará en anexo si ANDE dispone de plataforma y su endpoint OCPP, proveedor y políticas. Si no existe, bastará interoperabilidad OCPP 1.6J y no se exigirá licenciamiento de backend propio del oferente.
130
Bajo el Principio de Economía y Eficiencia
Bajo el Principio de Economía y Eficiencia (Art. 5): la Ley N° 7021 que promueve el uso racional de los recursos públicos, evitando gastos innecesarios que no aporten valor adicional al funcionamiento del equipo. entendemos que estas
Especificaciones técnicas están orientadas y no estuvieron confeccionadas en virtud de lo que establece el artículo. Se solicita amablemente a la convocante tener en cuenta principios, especificaciones y alcances de todas las posibles marcas proveedores de nuestra región, favor tener en cuenta las demás soluciones de marcas más buenas y en mejores condiciones que el alcance de lo solicitado.
Bajo el Principio de Economía y Eficiencia (Art. 5): la Ley N° 7021 que promueve el uso racional de los recursos públicos, evitando gastos innecesarios que no aporten valor adicional al funcionamiento del equipo. entendemos que estas
Especificaciones técnicas están orientadas y no estuvieron confeccionadas en virtud de lo que establece el artículo. Se solicita amablemente a la convocante tener en cuenta principios, especificaciones y alcances de todas las posibles marcas proveedores de nuestra región, favor tener en cuenta las demás soluciones de marcas más buenas y en mejores condiciones que el alcance de lo solicitado.
Atendiendo a lo expresado, reiteramos que las especificaciones tecnicas dan apertura a varias marca y modelos de cargadores siendo estas:
1.ABB modelos TERRA HP, TERRA 184.
2. SIEMENS SERIE Sicharge D.
3. Delta Electronics TAIWAN : serie UFC y Slim
4. HUAWEI: Gama fusión carge
5. STATE GRID/XJ ELECTRIC
6. BYD Star charge