Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
151 INFRAESTRUCTURA ELÉCTRICA, AMBIENTAL Y FÍSICA DEL MDC Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que los rangos de temperatura exigidos para los ambientes T1 (–20 °C), T3 (–10 °C) y LT (–40 °C) sean ajustados al rango estándar de operación de datacenter, comprendido entre 0 °C y 45 °C, conforme a las condiciones reales del sitio de instalación. Fundamento Técnico y Jurídico: Los rangos extremos de temperatura corresponden a soluciones para exteriores o entornos industriales, no aplicables a datacenters institucionales con climatización controlada. Exigir estos valores puede direccionar la provisión hacia marcas específicas como Huawei, en contravención al Artículo 11 inciso c) del Decreto N.º 2264/2024. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que las especificaciones técnicas se ajusten a la necesidad real del proyecto y a estándares internacionales, evitando restricciones no justificadas técnicamente. Petitorio: Solicitamos: Ajustar los rangos de temperatura exigidos al intervalo 0 °C a 45 °C. Emitir adenda que refleje esta modificación. Consulta 2 — Carga de TI y densidad por rack Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que la carga de TI exigida (17–25 kW para T1/LT y 14–21 kW para T3) y la densidad por rack (6–7 kW) sean ajustadas a valores mínimos escalables, conforme a las soluciones modulares disponibles en el mercado. Fundamento Técnico y Jurídico: Exigir cargas máximas desde el inicio restringe la participación de soluciones escalables que permiten crecimiento progresivo. La mayoría de fabricantes ofrecen racks con capacidad inicial de 10 kW y densidad de 5 kW por rack, ampliables según demanda. El Artículo 4 de la Ley N.º 7021/2022 impone el principio de valor por dinero, y el Artículo 25 exige que la necesidad se defina conforme al estudio de mercado. Petitorio: Solicitamos: Ajustar la carga de TI exigida a mínimo 10 kW, expandible hasta 21 kW. Ajustar la densidad por rack a mínimo 5 kW, expandible. Emitir adenda que refleje esta modificación. Consulta 3 — Caudal de aire y dirección de flujo Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que el caudal de aire exigido (2600 m³/h) y la dirección de flujo (impulsión frontal, retorno trasero) sean tratados como referenciales, o bien que se admitan configuraciones equivalentes conforme al diseño térmico del fabricante. Fundamento Técnico y Jurídico: El caudal de aire depende del diseño interno del MDC, la eficiencia de los ventiladores y la arquitectura de refrigeración. Exigir un valor fijo y una única dirección de flujo puede excluir soluciones con retorno superior, lateral o trasero, igualmente válidas. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que las especificaciones técnicas describan funcionalidades esenciales, no implementaciones cerradas. Petitorio: Solicitamos: Que el caudal de aire y la dirección de flujo sean tratados como referenciales. Que se admitan configuraciones equivalentes conforme al diseño térmico del fabricante. Que se emita adenda que refleje esta modificación. Consulta 4 — Configuración y eficiencia del SAI Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que la configuración del SAI (10+10 kVA) y su eficiencia (94,5%) sean ajustadas conforme a estándares internacionales, admitiendo configuraciones equivalentes y eficiencia ≥ 93% según norma IEC/EN 62040. Fundamento Técnico y Jurídico: La configuración 10+10 kVA corresponde a un diseño específico de un fabricante. Otras marcas ofrecen alternativas como 1×20 kVA con redundancia interna o 2×10 kVA distribuidos. La eficiencia de 93%–94% es estándar en equipos de alta gama. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que los PBC eviten direccionamientos técnicos y se ajusten a estándares internacionales. Petitorio: Solicitamos: Que se admita cualquier configuración de SAI que cumpla con la redundancia funcional requerida. Que se ajuste la eficiencia mínima a ≥ 93%, conforme a norma IEC/EN 62040. Que se emita adenda que refleje esta modificación. Consulta 5 — rPDU y ATS: instalación in situ vs. preconfigurada Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que se admita la instalación de rPDU y ATS preconfigurada de fábrica o por módulo, además de la instalación in situ, conforme a las prácticas de calidad del fabricante. Fundamento Técnico y Jurídico: La instalación en fábrica permite control de calidad, trazabilidad y reducción de errores. Exigir instalación exclusivamente in situ puede excluir soluciones que optimizan tiempos y garantizan funcionalidad equivalente. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que las especificaciones técnicas se basen en funcionalidades esenciales, no en métodos de implementación. Petitorio: Solicitamos: Que se admita la instalación de rPDU y ATS preconfigurada de fábrica o por módulo. Que se emita adenda que refleje esta modificación. 17-10-2025
152 CONECTIVIDAD, RENDIMIENTO Y ACCESORIOS DEL MDC Consulta 1 — Cantidad de conexiones DPI SSL Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que el requerimiento de cantidad de conexiones DPI SSL (≥ 350.000) sea considerado como opcional, conforme a su carácter dependiente de políticas de cifrado y arquitectura institucional. Fundamento Técnico y Jurídico: La cantidad de conexiones DPI SSL está directamente vinculada al perfil de tráfico, al nivel de cifrado y a las políticas de inspección activas. Exigir un umbral elevado puede direccionar la oferta hacia soluciones de nicho, en contravención al Artículo 4 de la Ley N.º 7021/2022, que impone el principio de libre competencia. El Artículo 45 exige que los PBC eviten requerimientos que limiten la competencia sin justificación técnica proporcional. La sobredimensión de este parámetro no garantiza mayor seguridad ni eficiencia operativa. Petitorio: Solicitamos: Que el requerimiento de cantidad de conexiones DPI SSL sea tratado como opcional. Que se emita adenda que refleje esta modificación. Consulta 2 — Enrutamiento basado en FQDN Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que el requerimiento de enrutamiento basado en políticas por FQDN (Fully Qualified Domain Name) sea considerado como opcional, conforme a su carácter no esencial para la operación perimetral del MDC. Fundamento Técnico y Jurídico: El enrutamiento por FQDN es una funcionalidad avanzada que depende de la integración con servicios DNS y políticas específicas. Su exigencia como estándar puede excluir soluciones que implementan enrutamiento por IP, VLAN o aplicación, igualmente válidas. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que las especificaciones técnicas se basen en funcionalidades esenciales, no en implementaciones propietarias. El Artículo 4 impone el principio de neutralidad tecnológica. Petitorio: Solicitamos: Que el enrutamiento por FQDN sea tratado como opcional. Que se emita adenda que refleje esta modificación. Consulta 3 — Tiempo de respaldo del UPS Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que se defina con precisión el tiempo de respaldo exigido para el sistema UPS del MDC, dado que en el PBC se mencionan dos valores distintos, generando ambigüedad en la interpretación técnica. Fundamento Técnico y Jurídico: La falta de definición clara puede afectar la comparabilidad de las ofertas y generar protestas por interpretación desigual. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que los PBC sean claros, objetivos e imparciales, y que las especificaciones técnicas se redacten de forma precisa. Petitorio: Solicitamos: Que se defina de forma clara y única el tiempo de respaldo exigido para el UPS. Que se emita aclaración oficial en el portal de la DNCP. Consulta 4 — Cantidad y tipo de accesorios Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que se cuantifiquen y caractericen los accesorios exigidos en el Ítem 1.5, tales como patch cords, cables de fibra óptica, conectores, etc., a fin de garantizar igualdad de condiciones entre oferentes. Fundamento Técnico y Jurídico: La omisión de cantidades y especificaciones técnicas impide una correcta estimación de costos y dificulta la comparación entre propuestas. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que los PBC sean claros y completos, y que las condiciones de contratación permitan la presentación de ofertas comparables. Petitorio: Solicitamos: Que se especifiquen las cantidades, tipos y características técnicas de los accesorios exigidos. Que se emita adenda que refleje esta aclaración. 17-10-2025
153 Aclaración sobre nivel de servicio de garantía (SLA) Aclaración sobre nivel de servicio de garantía (SLA) Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que se aclare el nivel de servicio (SLA) exigido en la garantía de fábrica para los equipos ofertados, especialmente en lo relativo a: Tiempo de respuesta ante fallas. Modalidad de atención (on-site, remoto, reemplazo avanzado). Horario de cobertura (8×5, 24×7, NBD, etc.). Fundamento Jurídico y Técnico: El PBC establece que la garantía debe ser de al menos 3 años de fábrica, pero no especifica el nivel de servicio asociado. Esta omisión impide a los oferentes ajustar correctamente sus contratos de soporte y suscripciones con el fabricante. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que los PBC sean claros y completos, y que las condiciones contractuales permitan la presentación de ofertas comparables. Petitorio: Solicitamos: Que se especifique el nivel de servicio (SLA) exigido en la garantía de fábrica. Que se emita aclaración oficial en el portal de la DNCP. 17-10-2025
154 Coincidencia técnica con Huawei FusionModule2000 Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante revisar las especificaciones técnicas del Ítem 1.5 “Micro Data Center Modular”, dado que coinciden de forma directa con el modelo Huawei FusionModule2000, conforme al documento técnico oficial del fabricante. Coincidencias detectadas: Dimensiones: 2000×(600–7400)×1350 mm Caudal de aire: 2600 m³/h Temperatura ambiente: T1 (–20 °C), T3 (–10 °C), LT (–40 °C) Carga máxima de TI: 25 kW Densidad por rack: 6–7 kW Configuración del SAI: 10+10 kVA, eficiencia 94.5% SPD CLASSII/C, In 20kA, Imax 40kA Cantidad máxima de armarios: 12 Voltaje de entrada/salida del SAI: 138–485 Vac / 220–240 Vac Fundamento Jurídico: El Artículo 11 inciso c) del Decreto N.º 2264/2024 prohíbe establecer especificaciones que limiten la competencia sin justificación técnica documentada. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que los PBC se ajusten a documentos estándar de la DNCP, evitando direccionamientos técnicos. Petitorio: Solicitamos: Que se reformulen las especificaciones del Ítem 1.5 para que se enfoquen en funcionalidades y estándares técnicos, no en parámetros cerrados que coincidan con un modelo específico. Que se emita adenda que refleje esta modificación, garantizando la pluralidad de marcas y la libre competencia. 17-10-2025
155 Coincidencia con switches Allied Telesys (G.8032) Coincidencia con switches Allied Telesys (G.8032) Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante eliminar del PBC la exigencia de soporte del protocolo Ethernet Ring Protection conforme norma ITU-T G.8032/Y.1344, por tratarse de una especificación propietaria de Allied Telesys. Fundamento Técnico: G.8032 es utilizado principalmente en switches industriales de Allied Telesys. Su exigencia como estándar obligatorio excluye soluciones equivalentes que utilizan MSTP, LACP, MC-LAG, entre otros. Fundamento Jurídico: El Artículo 11 inciso c) del Decreto N.º 2264/2024 prohíbe direccionamientos técnicos. El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige neutralidad tecnológica. Petitorio: Solicitamos: Que se elimine la exigencia de G.8032 del PBC. Que se admitan protocolos equivalentes de alta disponibilidad como MSTP, LACP, MC-LAG. Que se emita adenda que refleje esta modificación. 17-10-2025
156 Coincidencia con servidores Lenovo SR665 Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante ajustar el requerimiento de 6 ventiladores intercambiables en caliente en redundancia N+1 para el Ítem 1.1 “Servidor Tipo 1”, dado que coincide con la configuración del modelo Lenovo SR665. Fundamento Técnico: El SR665 utiliza ventiladores estándar con menor CFM. Otros fabricantes ofrecen ventiladores heavy-duty con mayor capacidad térmica, permitiendo operar con 4 ventiladores sin afectar la redundancia. Fundamento Jurídico: El Artículo 4 de la Ley N.º 7021/2022 impone el principio de valor por dinero, y el Artículo 45 exige que los PBC eviten direccionamientos por marca. Petitorio: Solicitamos: Que se acepte como mínimo 4 ventiladores, siempre que se cumpla la capacidad térmica requerida. Que se emita adenda que refleje esta modificación. Consulta 4 — Coincidencia con agentes de seguridad específicos (CrowdStrike, SentinelOne, Capture Client) Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que las exigencias de integración del NGFW con agentes específicos como CrowdStrike, SentinelOne y Capture Client sean tratadas como referenciales, admitiendo EDR equivalentes. Fundamento Técnico: La integración con EDR puede lograrse mediante API estándar, syslog, ICAP, TAP, sin necesidad de exigir marcas específicas. La interoperabilidad depende del protocolo, no del proveedor. Fundamento Jurídico: El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que las EETT se basen en funcionalidades esenciales, no en implementaciones propietarias. Petitorio: Solicitamos: Que se admita la integración con cualquier EDR compatible con protocolos estándar. Que se emita adenda que refleje esta modificación. 17-10-2025
157 Coincidencia con Dahua en control de acceso y monitoreo Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que los requerimientos de control de acceso mediante reconocimiento facial como estándar, y monitoreo vía App + SMS + Web + múltiples sitios, sean tratados como opcionales, dado que coinciden con soluciones propietarias de Dahua Technology. Fundamento Técnico: Dahua ofrece soluciones integradas de control de acceso y monitoreo con interfaz móvil, SMS y web, lo que coincide con la exigencia del pliego. Otras marcas utilizan software SNMP/NMS, biometría alternativa, o credencial + PIN, igualmente válidos para el objetivo de seguridad. Fundamento Jurídico: El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que las EETT se basen en funcionalidades esenciales, no en implementaciones cerradas. El Artículo 11 inciso c) del Decreto N.º 2264/2024 prohíbe direccionamientos técnicos. Petitorio: Solicitamos: Que el reconocimiento facial y el monitoreo vía App/SMS/Web sean tratados como opcionales. Que se admitan alternativas equivalentes conforme a estándares internacionales. Que se emita adenda que refleje esta modificación. 17-10-2025
158 Coincidencia con Fortinet/SonicWall en NGFW Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que los requerimientos del NGFW relacionados con: ≥ 350.000 conexiones DPI SSL ≥ 4.000 túneles VPN site-to-site ≥ 512 puntos de acceso soportados Integración con CrowdStrike, SentinelOne, Capture Client Sandbox con múltiples motores, inspección en memoria sean tratados como opcionales o referenciales, dado que coinciden con configuraciones propietarias de Fortinet y SonicWall. Fundamento Técnico: Estas marcas ofrecen suites integradas con capacidades específicas que no son estándar en todos los fabricantes. Exigirlas como obligatorias restringe la participación de soluciones equivalentes que cumplen con la finalidad de seguridad perimetral. Fundamento Jurídico: El Artículo 4 de la Ley N.º 7021/2022 impone el principio de libre competencia, y el Artículo 45 exige neutralidad técnica. El Artículo 11 inciso c) del Decreto N.º 2264/2024 prohíbe direccionamientos por marca. Petitorio: Solicitamos: Que los requerimientos citados sean tratados como opcionales o referenciales. Que se admita la integración con EDR equivalentes mediante API estándar. Que se emita adenda que refleje esta modificación. 17-10-2025
159 Coincidencia con Lenovo en ventiladores y redundancia Consulta Formal: Solicitamos a la Convocante que el requerimiento de 6 ventiladores intercambiables en caliente en redundancia N+1 para el Ítem 1.1 “Servidor Tipo 1” sea ajustado a mínimo 4 ventiladores, conforme a diseños térmicos equivalentes ofrecidos por fabricantes distintos a Lenovo. Fundamento Técnico: Lenovo SR665 utiliza ventiladores estándar con menor CFM. Otros fabricantes ofrecen ventiladores de mayor capacidad térmica, permitiendo operar con menos unidades sin comprometer la redundancia. Fundamento Jurídico: El Artículo 45 de la Ley N.º 7021/2022 exige que los PBC eviten direccionamientos técnicos. El Artículo 4 impone el principio de valor por dinero. Petitorio: Solicitamos: Que se acepte como mínimo 4 ventiladores, siempre que se cumpla la capacidad térmica requerida. Que se emita adenda que refleje esta modificación. 17-10-2025
160 Requerimiento de Reconocimiento Facial en el Micro Data Center Modular Señores de la Convocante, Nos permitimos consultar si el Micro Data Center Modular solicitado será utilizado como centro de procesamiento de datos o como cabina de control migratorio en aeropuerto internacional. La exigencia de “Reconocimiento Facial – Estándar Obligatorio” para un equipo de infraestructura TI parece más propia de una película de ciencia ficción que de un entorno técnico funcional. ¿Podrían aclarar si el MDC debe también detectar emociones, leer pensamientos o realizar análisis de retina? En caso afirmativo, solicitamos se incluya en el pliego la compatibilidad con algoritmos de reconocimiento de sarcasmo, para que el equipo pueda entender esta consulta. Petitorio: Que el reconocimiento facial sea tratado como opcional, o que se admita cualquier método de control de acceso que no requiera inteligencia artificial digna de la NASA. 20-10-2025
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