9. En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ítem 5 solicita cuanto sigue: El sistema VMS debe ser de la misma marca de los equipos ofertados, el mismo será instalada conforme al criterio técnico del oferente. Solicitamos a la convocante solicitar que los módulos de analíticos de reconocimiento facial, y reconocimiento de matrícula también sean del mismo fabricante de la solución de NVR, Cámaras y Software a ser ofertado para así garantizar el buen funcionamiento de la plataforma la compatibilidad e integración entre el sistema y las analíticas de video ya mencionadas.
9. En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ítem 5 solicita cuanto sigue: El sistema VMS debe ser de la misma marca de los equipos ofertados, el mismo será instalada conforme al criterio técnico del oferente. Solicitamos a la convocante solicitar que los módulos de analíticos de reconocimiento facial, y reconocimiento de matrícula también sean del mismo fabricante de la solución de NVR, Cámaras y Software a ser ofertado para así garantizar el buen funcionamiento de la plataforma la compatibilidad e integración entre el sistema y las analíticas de video ya mencionadas.
En atención a la consulta presentada, corresponde señalar que la misma no guarda relación con el presente procedimiento de contratación, por cuanto hace referencia a un ID diferente al correspondiente al llamado en curso. En consecuencia, la solicitud planteada resulta ajena a este proceso y no corresponde su análisis dentro del marco de la presente convocatoria.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
122
EETT
En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ítem 5 solicita cuanto sigue: Reproducción Sincronizada: 8 canales como mínimo. Solicitamos a la convocante aumentar este valor a al menos 24 cámaras por grabador, ya que en un sistema de 578 cámaras contar con solo 8 cámaras por grabador, totalizando 40 sincronizados al momento de realizar un análisis de un incidente puede resultar en un sistema ineficiente, convirtiéndose así en un problema para la convocante.
En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ítem 5 solicita cuanto sigue: Reproducción Sincronizada: 8 canales como mínimo. Solicitamos a la convocante aumentar este valor a al menos 24 cámaras por grabador, ya que en un sistema de 578 cámaras contar con solo 8 cámaras por grabador, totalizando 40 sincronizados al momento de realizar un análisis de un incidente puede resultar en un sistema ineficiente, convirtiéndose así en un problema para la convocante.
En atención a la consulta presentada, corresponde señalar que la misma no guarda relación con el presente procedimiento de contratación, por cuanto hace referencia a un ID diferente al correspondiente al llamado en curso. En consecuencia, la solicitud planteada resulta ajena a este proceso y no corresponde su análisis dentro del marco de la presente convocatoria.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
123
ET
Solicitamos a la Convocante confirmar que el software de gestión debe permitir:
a. Acceso vía web o navegador (Edge, Mozilla, Google, Safari, otros)
b. App sin costo para uso en dispositivos móviles
c. API o acceso a las herramientas de desarrollo
d. Portal de colaboración para desarrolladores
Solicitamos a la Convocante confirmar que el software de gestión debe permitir:
a. Acceso vía web o navegador (Edge, Mozilla, Google, Safari, otros)
b. App sin costo para uso en dispositivos móviles
c. API o acceso a las herramientas de desarrollo
d. Portal de colaboración para desarrolladores
Por razones de seguridad institucional, no se contempla el acceso a internet en el sistema a ser adquirido, tampoco el acceso remoto a este, siendo contemplado solo el acceso de manera local.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
124
EETT
11. En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ÍTEM 4 CÁMARA DOMO PARA ASCENSORES IP solicita cuanto sigue: Lente fijo. Solicitamos a la convocante aclarar el punto focal requerido, o al menos aclarar la cobertura angular de la cámara, ya que un oferente puede ofertar un lente fijo de 9mm con lo cual se tendría un ángulo de cobertura de aproximadamente 30 grados, pero esto no daría cobertura total al espacio del ascensor, en cambio otro oferente puede ofertar un lente de 2,2 o hasta 4mm con una cobertura de entre 90 y 120 grados permitiendo así una cobertura total del interior del ascensor. Solicitamos a la convocante aclarar el punto focal y/o la apertura angular en horizontal y vertical requerida para este ítem, consideramos importante la aclaración de este punto, así como también esto permitirá a todos los oferentes presentar ofertas homologas facilitando así el análisis por parte de la convocante.
11. En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ÍTEM 4 CÁMARA DOMO PARA ASCENSORES IP solicita cuanto sigue: Lente fijo. Solicitamos a la convocante aclarar el punto focal requerido, o al menos aclarar la cobertura angular de la cámara, ya que un oferente puede ofertar un lente fijo de 9mm con lo cual se tendría un ángulo de cobertura de aproximadamente 30 grados, pero esto no daría cobertura total al espacio del ascensor, en cambio otro oferente puede ofertar un lente de 2,2 o hasta 4mm con una cobertura de entre 90 y 120 grados permitiendo así una cobertura total del interior del ascensor. Solicitamos a la convocante aclarar el punto focal y/o la apertura angular en horizontal y vertical requerida para este ítem, consideramos importante la aclaración de este punto, así como también esto permitirá a todos los oferentes presentar ofertas homologas facilitando así el análisis por parte de la convocante.
En atención a la consulta presentada, corresponde señalar que la misma no guarda relación con el presente procedimiento de contratación, por cuanto hace referencia a un ID diferente al correspondiente al llamado en curso. En consecuencia, la solicitud planteada resulta ajena a este proceso y no corresponde su análisis dentro del marco de la presente convocatoria.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
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ET
VMS o Software de Gestión: solicitamos aclaración a la convocante de la capacidad de gestión en megapixeles que debe permitir el software ofertado
Las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones del llamado no limitan ni restringen la capacidad de gestión en megapíxeles del Software de Gestión de Video (VMS). Esto se debe a que el diseño del sistema solicitado prioriza la interoperabilidad, la escalabilidad y el cumplimiento de requisitos mínimos de rendimiento, como la grabación continua en calidad HD a 25 fps por canal y la compatibilidad con el protocolo ONVIF.
Al no establecerse una especificación directa sobre la capacidad de gestión en megapíxeles, los oferentes tienen la libertad técnica de proponer soluciones que cumplan con las especificaciones generales, garantizando el funcionamiento óptimo del sistema solicitado, siempre que las cámaras, el servidor NVR, y el VMS sean compatibles y funcionen de manera integrada bajo las condiciones establecidas en el pliego.
Por lo tanto, la especificación puntual de la capacidad de gestión en megapíxeles del VMS no es requerida, ya que los parámetros establecidos en el llamado son suficientes para garantizar el desempeño adecuado del sistema.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego
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EETT
12. En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ÍTEM 2 CÁMARA TIPO PTZ IP solicita cuanto sigue: Zoom 25x o superior, IR40 metros como mínimo. Solicitamos a la convocante ajustar estos criterios, ya que entendemos que indica como mínimo o superior, pero un zoom de 25x en diurno da una posibilidad de cobertura a una densidad de pixeles de aproximadamente 120 metros, incluso más, pero el requerimiento del Iluminador Infrarrojo limita a solo 40 metros en condiciones de cero lux con lo cual el sistema operando en la noche será ineficiente; solicitamos a la convocante solicitar al menos una cámara con iluminador infrarrojo de al menos 100 metros, ya que al día de hoy existe múltiples fabricantes que cuentan con estos productos, permitiendo así a la convocante contar con un sistema más eficiente en condiciones de baja iluminación; también entendemos que el ajuste de este parámetro no significaría un direccionamiento ya que existen muchos fabricante que darían cumplimiento a este requerimiento.
12. En el marco del llamado a licitación ADQUISICIÓN DEL SISTEMA DE CCTV IP HD PARA EL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN ID 453117 donde se describe en el alcance del llamado la necesidad de cubrir puntos vulnerables, para el ÍTEM 2 CÁMARA TIPO PTZ IP solicita cuanto sigue: Zoom 25x o superior, IR40 metros como mínimo. Solicitamos a la convocante ajustar estos criterios, ya que entendemos que indica como mínimo o superior, pero un zoom de 25x en diurno da una posibilidad de cobertura a una densidad de pixeles de aproximadamente 120 metros, incluso más, pero el requerimiento del Iluminador Infrarrojo limita a solo 40 metros en condiciones de cero lux con lo cual el sistema operando en la noche será ineficiente; solicitamos a la convocante solicitar al menos una cámara con iluminador infrarrojo de al menos 100 metros, ya que al día de hoy existe múltiples fabricantes que cuentan con estos productos, permitiendo así a la convocante contar con un sistema más eficiente en condiciones de baja iluminación; también entendemos que el ajuste de este parámetro no significaría un direccionamiento ya que existen muchos fabricante que darían cumplimiento a este requerimiento.
En atención a la consulta presentada, corresponde señalar que la misma no guarda relación con el presente procedimiento de contratación, por cuanto hace referencia a un ID diferente al correspondiente al llamado en curso. En consecuencia, la solicitud planteada resulta ajena a este proceso y no corresponde su análisis dentro del marco de la presente convocatoria.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
127
EETT
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 3 Cámara Ojo de Pez 360° IP, donde solicitan: IR 20 metros como mínimo.
Solicitamos a la convocante sean aceptados equipos con alcance de luz IR de 10 metros o superior para permitir una mayor participación de oferentes.
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 3 Cámara Ojo de Pez 360° IP, donde solicitan: IR 20 metros como mínimo.
Solicitamos a la convocante sean aceptados equipos con alcance de luz IR de 10 metros o superior para permitir una mayor participación de oferentes.
Conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, las especificaciones técnicas del ítem 3 -cámara ojo de pez 360° IP con alcance IR mínimo de 20 metros- responden a las necesidades operativas definidas para el proyecto y constituyen un requisito técnico mínimo de cumplimiento obligatorio. Por lo tanto, no es procedente la reducción del alcance IR solicitado, manteniéndose el parámetro establecido en el PBC como condición esencial para la evaluación y admisibilidad de las ofertas.
Con respecto a la afirmación de que algunos modelos de una marca específica cumplen con lo requerido, a continuación se mencionan algunos modelos de marcas internacionalmente reconocidas que también cumplen con las exigencias solicitadas.
HIKVISION:
- DS-2DP3236ZIXS-D/440
AXIS:
- M3077-PLVE
HANWHA:
- PNM-9084RQZ
UNIVIEW:
- IPC8645EA-ADZKM-I1
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego
128
ET
Solicitamos a la Convocante aclarar si el Software de Gestión de Video debe permitir las siguiente funciones:
a. Failover
b. Archivado automático y programado para backup de imágenes
c. Herramientas de colaboración entre operadores
d. Doble autenticación para ingreso al sistema por parte de los usuarios y/o operadores
e. Integración con la herramienta de Directorio activo
f. Video Wall o administración de monitores para operadores
g. Mapas para visualización de la ubicación de las cámaras
h. Escalado de alarmas
Solicitamos a la Convocante aclarar si el Software de Gestión de Video debe permitir las siguiente funciones:
a. Failover
b. Archivado automático y programado para backup de imágenes
c. Herramientas de colaboración entre operadores
d. Doble autenticación para ingreso al sistema por parte de los usuarios y/o operadores
e. Integración con la herramienta de Directorio activo
f. Video Wall o administración de monitores para operadores
g. Mapas para visualización de la ubicación de las cámaras
h. Escalado de alarmas
Las especificaciones técnicas del llamado ya establecen las funcionalidades esenciales requeridas para el Software de Gestión de Video, conforme a las necesidades operativas específicas del sistema de CCTV a ser implementado en el Palacio de Justicia de Asunción. Dichas especificaciones incluyen:
- Compatibilidad con protocolo ONVIF para garantizar interoperabilidad.
- Reproducción en tiempo real de video en calidad HD y 25 fps.
- Escalabilidad y flexibilidad para integrar módulos de inteligencia artificial y dispositivos analíticos, como reconocimiento facial, matricular y creación de listas negras.
- Capacidad de integración con sistemas de terceros, como control de acceso y LPR.
- Multilenguaje, incluyendo español, y actualizaciones periódicas durante la garantía.
Respecto a las funciones específicas mencionadas en su consulta:
A. Failover: La redundancia en los sistemas críticos, como los servidores y almacenamiento, ya está cubierta mediante el soporte de RAID y el diseño técnico de los componentes. La incorporación de funcionalidades específicas de failover no fue establecida como mandatoria, pero no se restringe su inclusión por parte de los oferentes.
B. Archivado automático: La capacidad de realizar backups o archivados automáticos queda a criterio técnico del oferente, siempre que el sistema cumpla con el almacenamiento de al menos 30 días de grabación continua, conforme a las bases.
C. Herramientas de colaboración entre operadores: No fue especificado como requisito indispensable, ya que la operación prevista no requiere funciones avanzadas de colaboración, sino gestión y monitoreo estándar.
D. Doble autenticación: Las especificaciones de seguridad del sistema no requieren obligatoriamente esta funcionalidad; sin embargo, los oferentes pueden proponer soluciones que incorporen este nivel adicional de seguridad si lo consideran relevante.
E. Integración con Directorio Activo: Si bien no se establece como obligatorio, los oferentes pueden incluir esta funcionalidad siempre que cumpla con la interoperabilidad y compatibilidad requerida en el pliego.
F. Video Wall: Las especificaciones incluyen el monitoreo en estaciones de trabajo con soporte para la visualización de secuencias de video en monitores conectados. La incorporación de soluciones específicas de administración de Video Wall queda a criterio del oferente.
G. Mapas para visualización: No se ha especificado esta funcionalidad, ya que no es esencial para los objetivos operativos establecidos.
H. Escalado de alarmas: Las especificaciones ya incluyen la capacidad del sistema para recibir alarmas y configurarlas conforme a los parámetros de analítica de video, lo cual satisface los requerimientos del proyecto.
En conclusión, las funciones mencionadas en su consulta no forman parte de los requerimientos mínimos definidos en el Pliego de Bases y Condiciones, ya que no son imprescindibles para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el llamado. Sin embargo, los oferentes tienen la libertad de proponer soluciones que superen los requisitos mínimos siempre que cumplan con las especificaciones técnicas obligatorias.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego
129
EETT
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 5 SERVIDOR NVR, donde se solicita, Memoria 32 GB como mínimo.
Consultamos a la convocante si serán aceptados equipos con 16 GB de memoria RAM ampliable a 32 GB, siempre que los mismos sean ofertados con los 32 GB solicitados.
Con respecto a las especificaciones técnicas del ítem 5 SERVIDOR NVR, donde se solicita, Memoria 32 GB como mínimo.
Consultamos a la convocante si serán aceptados equipos con 16 GB de memoria RAM ampliable a 32 GB, siempre que los mismos sean ofertados con los 32 GB solicitados.
Las especificaciones técnicas del pliego establecen que los servidores NVR ofertados deben contar con 32 GB de memoria RAM como mínimo, requerimiento que debe cumplirse en su totalidad al momento de la entrega del equipo. Este criterio responde a la necesidad de garantizar un desempeño óptimo en la gestión y procesamiento simultáneo de las tareas críticas asociadas al sistema de CCTV, como la grabación, reproducción y análisis de video, conforme a los parámetros de calidad y rendimiento especificados en el pliego.
En este sentido, se recalca que la oferta debe cumplir estrictamente con el requerimiento de 32 GB de memoria RAM como mínimo, instalados desde fábrica o en origen, tal como se establece en el Pliego de Bases y Condiciones.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego
130
EETT
14. Dónde dice: El software cliente deberá ser de la misma marca de los equipos ofertados.
Solicitamos a la Convocante aclarar que serán aceptados productos que formen parte de un mismo fabricante. Es decir, un fabricante puede contar con varias familias de productos que entre sí, por integralidad y funcionalidad se complementan entre sí. Pudiendo de esta forma constituir a una sóla solución. Por tanto, solicitamos a la convocante aclarar éste punto.
14. Dónde dice: El software cliente deberá ser de la misma marca de los equipos ofertados.
Solicitamos a la Convocante aclarar que serán aceptados productos que formen parte de un mismo fabricante. Es decir, un fabricante puede contar con varias familias de productos que entre sí, por integralidad y funcionalidad se complementan entre sí. Pudiendo de esta forma constituir a una sóla solución. Por tanto, solicitamos a la convocante aclarar éste punto.
En las especificaciones técnicas del GRABADOR NVR (item 5), se hace referencia a que tanto el software, como el hardware que componen el sistema de cctv deben ser de la misma marca.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.