Dónde dice: Compatibilidad: Con dispositivos de Video Analítica ya sea que estos estén integrados en las cámaras o se manejen mediante un servidor centralizado
Solicitamos a la Convocante aclarar que el VMS o Software de Gestión debe contar con la posibilidad de integrar Onvif perfil T que es el protocolo que rige la integración de analíticos procesados por los dispositivos.
Dónde dice: Compatibilidad: Con dispositivos de Video Analítica ya sea que estos estén integrados en las cámaras o se manejen mediante un servidor centralizado
Solicitamos a la Convocante aclarar que el VMS o Software de Gestión debe contar con la posibilidad de integrar Onvif perfil T que es el protocolo que rige la integración de analíticos procesados por los dispositivos.
El VMS o Software de Gestión solicitado debe ser compatible con dispositivos de video analítica, ya sea que dichos dispositivos cuenten con capacidades de análisis integradas o utilicen un servidor centralizado para procesarlos. Sin embargo, el requerimiento específico en las especificaciones del llamado es que el software debe ser compatible con el protocolo ONVIF, sin hacer mención expresa al perfil T de ONVIF.
El protocolo ONVIF es requerido para garantizar la interoperabilidad entre los diversos dispositivos y sistemas dentro de la solución de videovigilancia, lo cual incluye la integración de dispositivos con capacidades de video analítica. Si bien el perfil T de ONVIF es utilizado para la integración de analíticos avanzados procesados por los dispositivos, no se especifica que este perfil deba ser obligatorio en el llamado.
Por lo tanto, se permite la integración con dispositivos de video analítica mediante el protocolo ONVIF, sin la necesidad explícita de que se utilice el perfil T en la implementación del sistema.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
103
EETT
Atendiendo que la institución y el trabajo solicitado es importante, solicitamos a la Convocante confirmar que es necesario presentar referencias de trabajos realizados en el país que garantice que la solución ha sido implementada por el partner que está cotizando.
Atendiendo que la institución y el trabajo solicitado es importante, solicitamos a la Convocante confirmar que es necesario presentar referencias de trabajos realizados en el país que garantice que la solución ha sido implementada por el partner que está cotizando.
En relación a la consulta formulada, corresponde señalar que el Pliego de Bases y Condiciones establece como requisito de experiencia la presentación de contratos ejecutados y/o facturas correspondientes al objeto de la presente contratación (adquisición y/o provisión de sistemas de CCTV), los cuales podrán corresponder tanto a empresas públicas como privadas.
En ese sentido, se aclara que lo exigido en el PBC se orienta a demostrar la capacidad técnica y experiencia comprobada del oferente en la provisión de soluciones equivalentes, conforme a los parámetros allí definidos, no requiriéndose de manera específica la presentación de referencias de trabajos realizados en el país por el partner que cotiza.
Por lo tanto, será suficiente la presentación de la documentación que cumpla con las condiciones de experiencia establecidas en el PBC
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
104
ET
Donde dice: El sistema analítico deberá permitir reconocimiento facial, seguimiento, la creación de listas negras, como también el reconocimiento de matrículas.
Solicitamos a la Convocante confirmar que el seguimiento que debe permitir el Sistema debe estar basado en las características del objetivo que está clasificando el algoritmo. Ejemplo: personas y vehículos. Además, de ello considera que debe buscar a través de patrones como ser colores, características de la vestimenta que tienen las personas, género, tipo de vehículo (moto, bus, vehículo, SUV y el color de los mismos)
Donde dice: El sistema analítico deberá permitir reconocimiento facial, seguimiento, la creación de listas negras, como también el reconocimiento de matrículas.
Solicitamos a la Convocante confirmar que el seguimiento que debe permitir el Sistema debe estar basado en las características del objetivo que está clasificando el algoritmo. Ejemplo: personas y vehículos. Además, de ello considera que debe buscar a través de patrones como ser colores, características de la vestimenta que tienen las personas, género, tipo de vehículo (moto, bus, vehículo, SUV y el color de los mismos)
En el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) establece que el sistema analítico deberá permitir reconocimiento facial, seguimiento, la creación de listas negras, así como también el reconocimiento de matrículas. Este requerimiento implica que el sistema ofertado debe incluir capacidades avanzadas de análisis que permitan identificar y seguir objetivos en función de las características detectadas por el algoritmo, tales como personas y vehículos.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
105
EETT
Comprensión de imágenes: por favor confirmar que la solución ofertada debe contar con compresión de imágenes que sea compatible e integrable.
Dicho requisito no se contempla en el presente Pliego de Bases.
106
ET
En relación a los ítems 1,2,3 y 4 solicitamos a la Convocante confirmar si los dispositivos solicitados deben contar con una administración eficiente, dinámica e inteligente en el uso de ancho de banda y tráfico de datos.
En relación a los ítems 1,2,3 y 4 solicitamos a la Convocante confirmar si los dispositivos solicitados deben contar con una administración eficiente, dinámica e inteligente en el uso de ancho de banda y tráfico de datos.
La exigencia para los ítems 1, 2, 3 y 4 es que usen protocolo IP.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
107
EETT
En el apartado de Especificaciones Técnicas. ITEM 13. INFRAESTRUCTURA, REEMPLAZO DE
CÁMARAS, SERVIDORES, SWITCHES, CABLEADO ESTRUCTURADO Y MONTAJE. Condiciones generales menciona lo siguiente:
- Todos los componentes del canal del cableado estructurado serán de un único fabricante,
instalados acorde a las normativas internacionales y propias del fabricante con el fin de proveer garantía escrita oficial extendida de 20 años como mínimo, comprobado por el
fabricante.
- Todos los componentes deberán ser de un único fabricante.
Con esto en contexto, solicitamos a la convocante reconsiderar la exigencia de garantía escrita extendida de 20 años, esta exigencia no es adecuada ni justificable en los términos solicitados ya que en tiempo de 20 años en los sistemas estandartes y actuales de cableado ya quedan obsoletos además de que estos probablemente deban ser reemplazados antes de alcanzar ese tiempo. El imponer esta condición limita participación de fabricantes y/o integradores competitivos que no ofrecen este tipo de cobertura, reducir el tiempo exigido a un rango más estándar permitirá mayor competitividad sin sacrificar la calidad del proyecto ni su sostenibilidad a largo plazo.
En el apartado de Especificaciones Técnicas. ITEM 13. INFRAESTRUCTURA, REEMPLAZO DE
CÁMARAS, SERVIDORES, SWITCHES, CABLEADO ESTRUCTURADO Y MONTAJE. Condiciones generales menciona lo siguiente:
- Todos los componentes del canal del cableado estructurado serán de un único fabricante,
instalados acorde a las normativas internacionales y propias del fabricante con el fin de proveer garantía escrita oficial extendida de 20 años como mínimo, comprobado por el
fabricante.
- Todos los componentes deberán ser de un único fabricante.
Con esto en contexto, solicitamos a la convocante reconsiderar la exigencia de garantía escrita extendida de 20 años, esta exigencia no es adecuada ni justificable en los términos solicitados ya que en tiempo de 20 años en los sistemas estandartes y actuales de cableado ya quedan obsoletos además de que estos probablemente deban ser reemplazados antes de alcanzar ese tiempo. El imponer esta condición limita participación de fabricantes y/o integradores competitivos que no ofrecen este tipo de cobertura, reducir el tiempo exigido a un rango más estándar permitirá mayor competitividad sin sacrificar la calidad del proyecto ni su sostenibilidad a largo plazo.
En atención a la consulta planteada sobre el Ítem 13 - Infraestructura, Reemplazo de Cámaras, Servidores, Switches, Cableado Estructurado y Montaje, se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones exige una garantía de 5 (cinco) años.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego
108
ET
En relación a los ítems 1,2,3 y 4 solicitamos a la Convocante confirmar qué certificaciones mínimas deben cumplir los equipamientos
El Pliego de Bases y Condiciones establece que los equipos ofertados deben cumplir con las especificaciones técnicas detalladas, entre las cuales se menciona explícitamente el protocolo ONVIF (exigido) y la certificación IP66, que garantiza protección contra el ingreso de polvo y agua, adecuada para las condiciones de instalación previstas.
Además de las certificaciones indicadas en las especificaciones, los oferentes podrán incluir certificaciones adicionales relacionadas con estándares de calidad, seguridad y rendimiento del equipamiento, como un valor agregado que respalde la calidad de sus productos.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego.
109
EETT
En el apartado de suministros requeridos. Item 13 INFRAESTRUCTURA, REEMPLAZO DE
CÁMARAS, SERVIDORES, SWITCHES, CABLEADO ESTRUCTURADO Y MONTAJE dice: "Todos los componentes del canal del cableado estructurado serán de un único fabricante, instalados acorde a las normativas internacionales y propias del fabricante con el fin de proveer garantía escrita oficial extendida de 20 años como mínimo, comprobado por el fabricante. Todos los componentes deberán ser de un único fabricante".
Y en el apartado de Periodo de Validez de la Garantía de los Bienes dice: "Para el cableado: Una vez aceptado el trabajo de instalación de puestos de datos a conformidad de la Convocante, el proveedor deberá otorgar una garantía de 20 (veinte) años contra defectos de fabricación. Dicha garantía se deberá instrumentar a través de una declaración jurada, en la que conste que los bienes suministrados están libres de defectos de fabricación o diseño" Solicitamos a la convocante aclarar si es suficiente con la declaración jurada o en caso de no ser así solicitamos por favor aclarar la documentación necesaria para el cumplimiento de tal exigencia.
En el apartado de suministros requeridos. Item 13 INFRAESTRUCTURA, REEMPLAZO DE
CÁMARAS, SERVIDORES, SWITCHES, CABLEADO ESTRUCTURADO Y MONTAJE dice: "Todos los componentes del canal del cableado estructurado serán de un único fabricante, instalados acorde a las normativas internacionales y propias del fabricante con el fin de proveer garantía escrita oficial extendida de 20 años como mínimo, comprobado por el fabricante. Todos los componentes deberán ser de un único fabricante".
Y en el apartado de Periodo de Validez de la Garantía de los Bienes dice: "Para el cableado: Una vez aceptado el trabajo de instalación de puestos de datos a conformidad de la Convocante, el proveedor deberá otorgar una garantía de 20 (veinte) años contra defectos de fabricación. Dicha garantía se deberá instrumentar a través de una declaración jurada, en la que conste que los bienes suministrados están libres de defectos de fabricación o diseño" Solicitamos a la convocante aclarar si es suficiente con la declaración jurada o en caso de no ser así solicitamos por favor aclarar la documentación necesaria para el cumplimiento de tal exigencia.
En atención a la consulta planteada sobre el Ítem 13 - Infraestructura, Reemplazo de Cámaras, Servidores, Switches, Cableado Estructurado y Montaje, se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones exige una garantía de 5 (cinco) años.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego
110
EETT
Solicitamos amablemente aceptar documentos Autenticados en equivalencia a los documentos que son Solicitados con Apostillas, atendiendo que por razones de plazos, estos podrán demorar mucho mas que los plazos establecidos en el PBC
Solicitamos amablemente aceptar documentos Autenticados en equivalencia a los documentos que son Solicitados con Apostillas, atendiendo que por razones de plazos, estos podrán demorar mucho mas que los plazos establecidos en el PBC
Aclaráramos que, de acuerdo con lo establecido en la LEY N° 4987/13, QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS, solo se considerarán válidos los documentos que hayan sido apostillados o, en su defecto, legalizados por el Consulado y el Ministerio de Relaciones Exteriores. Esta medida busca asegurar que toda la documentación presentada sea válida y auténtica.
El requerimiento se mantiene con el fin de garantizar que el oferente cuenta con la capacidad y solvencia necesarias para cumplir con las exigencias de este llamado, brindando así la seguridad jurídica que la convocante necesita.
Por lo expuesto, favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
111
EETT
Reducir la distancia IR de la cámara ojo de pez, debido a que existen pocas marcas en el mercado que cumplen este requerimiento de 20 metros de distancia. Además teniendo en cuenta esta cámara no ofrece un rango dinámico muy alto, por lo cual la distancia IR no es un factor descartante. Por lo tanto, solicitamos a la convocante, reduzca la distancia IR a 10 metros como mínimo, de manera a que mayor cantidad de oferentes puedan ofrecer equipos que cumplan estas características
Reducir la distancia IR de la cámara ojo de pez, debido a que existen pocas marcas en el mercado que cumplen este requerimiento de 20 metros de distancia. Además teniendo en cuenta esta cámara no ofrece un rango dinámico muy alto, por lo cual la distancia IR no es un factor descartante. Por lo tanto, solicitamos a la convocante, reduzca la distancia IR a 10 metros como mínimo, de manera a que mayor cantidad de oferentes puedan ofrecer equipos que cumplan estas características
Conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, las especificaciones técnicas del ítem 3 -cámara ojo de pez 360° IP con alcance IR mínimo de 20 metros- responden a las necesidades operativas definidas para el proyecto y constituyen un requisito técnico mínimo de cumplimiento obligatorio. Por lo tanto, no es procedente la reducción del alcance IR solicitado, manteniéndose el parámetro establecido en el PBC como condición esencial para la evaluación y admisibilidad de las ofertas.
Con respecto a la afirmación de que algunos modelos de una marca específica cumplen con lo requerido, a continuación se mencionan algunos modelos de marcas internacionalmente reconocidas que también cumplen con las exigencias solicitadas.