En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, Item 15. Sistema de Gestión, apartado Requisitos especiales, se solicita:
El sistema de Gestión ofertado deberá ser un único gestor con capacidad de gestionar toda la red ofertada en el presente concurso, es decir el gestor deberá gestionar, administrar, visualizar alarmas tanto para los equipos ofertados para la red IP/MPLS como así también los equipos de Microondas Punto a Punto y Punto Multi Punto.
No se aceptarán soluciones donde se oferten sistemas de gestión independientes por capa de red.
Sin embargo, contrariamente en el mismo en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.8. Servicio de Montaje, Instalación y Puesta en servicio de Sistema de Gestión, se solicita:
Todas las configuraciones necesarias para que el sistema de gestión pueda monitorear y gestionar todos los Routers de agregación, acceso, Router amplificadores, Switches y UPS que se instalarán en este llamado, esto incluye configuraciones en plataformas descentralizadas en caso de que el proveedor no posea una integral.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que será aceptada la integración de los sistemas de gestión de las tecnologías incluidas en el presente llamado; radio microondas, y switches IP. La consulta es formulada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, Item 15. Sistema de Gestión, apartado Requisitos especiales, se solicita:
El sistema de Gestión ofertado deberá ser un único gestor con capacidad de gestionar toda la red ofertada en el presente concurso, es decir el gestor deberá gestionar, administrar, visualizar alarmas tanto para los equipos ofertados para la red IP/MPLS como así también los equipos de Microondas Punto a Punto y Punto Multi Punto.
No se aceptarán soluciones donde se oferten sistemas de gestión independientes por capa de red.
Sin embargo, contrariamente en el mismo en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.8. Servicio de Montaje, Instalación y Puesta en servicio de Sistema de Gestión, se solicita:
Todas las configuraciones necesarias para que el sistema de gestión pueda monitorear y gestionar todos los Routers de agregación, acceso, Router amplificadores, Switches y UPS que se instalarán en este llamado, esto incluye configuraciones en plataformas descentralizadas en caso de que el proveedor no posea una integral.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que será aceptada la integración de los sistemas de gestión de las tecnologías incluidas en el presente llamado; radio microondas, y switches IP. La consulta es formulada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, item 10. Radio Bases, se solicita:
Alimentación entrada AC rango 90-264VAC.
Y en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.6. Servicio de Montaje, Instalación y Puesta en servicio de Rectificadores/ Banco de Baterías y/o UPSs, se solicita:
Instalación, configuración y puesta en servicio de los Rectificadores/ Banco de Baterías en todos los sitios donde serán instaladas las Radio Bases indicadas en el Anexo 4 Nodos de Agregación.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito teniendo en cuenta que no son requeridos rectificadores, siendo que los equipos Radio Bases a ser ofertados, trabajan a 220VAC, conforme lo establecido en el PBC. De esta forma, no se justifica técnicamente el requerimiento de las instalaciones de los rectificadores. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, item 10. Radio Bases, se solicita:
Alimentación entrada AC rango 90-264VAC.
Y en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.6. Servicio de Montaje, Instalación y Puesta en servicio de Rectificadores/ Banco de Baterías y/o UPSs, se solicita:
Instalación, configuración y puesta en servicio de los Rectificadores/ Banco de Baterías en todos los sitios donde serán instaladas las Radio Bases indicadas en el Anexo 4 Nodos de Agregación.
Al respecto solicitamos a la Convocante que sea eliminado este requisito teniendo en cuenta que no son requeridos rectificadores, siendo que los equipos Radio Bases a ser ofertados, trabajan a 220VAC, conforme lo establecido en el PBC. De esta forma, no se justifica técnicamente el requerimiento de las instalaciones de los rectificadores. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Planilla de Precios, se solicita:
Lote 1, sub-item 11- Servicio de soporte técnico - SEMESTRAL - de Cable de Fibra Óptica ADSS de 48 fibras, para Vanos de 120 m, Incluidos todos sus accesorios y materiales. / 653 KILOMETROS - Cant.: 6;
Lote 2, sub-item 6- Mantenimiento y reparación de switch/ Servicio de Soporte Técnico - Router de Agregación SEMESTRAL Cant.: 6, y sub-item 7- Mantenimiento y reparación de switch/ Servicio de Soporte Técnico - Sistema de Gestión Centralizado / SEMESTRAL- Cant.: 6;
Lote 3, sub-item 7- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Servicio de Soporte Técnico Sistema Controlador Central / SEMESTRAL Cant.: 6, y sub-item 8- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Servicio de Soporte Técnico Radio Bases/SEMESTRAL - Cant.: 6;
Lote 4, sub-item 5- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Servicio de Soporte Técnico de Rectificador/ Cargador - 62 unidades de Banco de Baterías / UPS / SEMESTRAL Cant.: 6, y sub-item 6- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Soporte de Sistema de Gestión Centralizado de monitoreo y control / UPS / SEMESTRAL Cant.: 6;
Lote 6, sub-item 28- Mantenimiento de fibra óptica/ Servicio de soporte técnico - SEMESTRAL - de Cable de Fibra Óptica ADSS de 12 fibras, para Vanos de 120 m, Incluidos todos sus accesorios y materiales. / KILOMETRO Cant.: 6;
Lote 9, Sub-item 11-Mantenimiento de fibra óptica/Servicio de soporte tecnico - SEMESTRAL - de Cable de Fibra Óptica ADSS de 48 fibras, para Vanos de 120 m, Incluidos todos sus accesorios y materiales Cant.: 6
Sin embargo, en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.9. Asistencia Técnica, apartado Alcance de los trabajos, se solicita:
El PROVEEDOR deberá proporcionar en su Plan de Trabajo (SOW) todos los materiales, herramientas y servicios necesarios para evitar o mitigar las consecuencias de los fallos de los enlaces de fibra óptica desplegados que corresponden al ITEM 1 - SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE TENDIDO DE FIBRA ÓPTICA.
El PROVEEDOR deberá realizar 1 (un) recorrido cuatrimestral de todo el tendido de fibra óptica desplegado que corresponden al ITEM 1 - SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE TENDIDO DE FIBRA ÓPTICA o cuando La contratante así lo requiriese verificando las columnas utilizadas, los empalmes y fusiones de fibra externas existentes, así como el estado del etiquetado de los cables en el distribuidor óptico instalado en los Centros de Datos.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que el capítulo de Asistencia Técnica descrita en el PBC se refiere solamente al Lote 1. Red de Fibra Óptica, y por ende, los servicios de soporte y mantenimiento de los demás lotes no están sujetos a las especificaciones del capítulo Asistencia Técnica del PBC, antes mencionado. La consulta es formulada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Planilla de Precios, se solicita:
Lote 1, sub-item 11- Servicio de soporte técnico - SEMESTRAL - de Cable de Fibra Óptica ADSS de 48 fibras, para Vanos de 120 m, Incluidos todos sus accesorios y materiales. / 653 KILOMETROS - Cant.: 6;
Lote 2, sub-item 6- Mantenimiento y reparación de switch/ Servicio de Soporte Técnico - Router de Agregación SEMESTRAL Cant.: 6, y sub-item 7- Mantenimiento y reparación de switch/ Servicio de Soporte Técnico - Sistema de Gestión Centralizado / SEMESTRAL- Cant.: 6;
Lote 3, sub-item 7- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Servicio de Soporte Técnico Sistema Controlador Central / SEMESTRAL Cant.: 6, y sub-item 8- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Servicio de Soporte Técnico Radio Bases/SEMESTRAL - Cant.: 6;
Lote 4, sub-item 5- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Servicio de Soporte Técnico de Rectificador/ Cargador - 62 unidades de Banco de Baterías / UPS / SEMESTRAL Cant.: 6, y sub-item 6- Servicio técnico / soporte para equipos informáticos/ Soporte de Sistema de Gestión Centralizado de monitoreo y control / UPS / SEMESTRAL Cant.: 6;
Lote 6, sub-item 28- Mantenimiento de fibra óptica/ Servicio de soporte técnico - SEMESTRAL - de Cable de Fibra Óptica ADSS de 12 fibras, para Vanos de 120 m, Incluidos todos sus accesorios y materiales. / KILOMETRO Cant.: 6;
Lote 9, Sub-item 11-Mantenimiento de fibra óptica/Servicio de soporte tecnico - SEMESTRAL - de Cable de Fibra Óptica ADSS de 48 fibras, para Vanos de 120 m, Incluidos todos sus accesorios y materiales Cant.: 6
Sin embargo, en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.9. Asistencia Técnica, apartado Alcance de los trabajos, se solicita:
El PROVEEDOR deberá proporcionar en su Plan de Trabajo (SOW) todos los materiales, herramientas y servicios necesarios para evitar o mitigar las consecuencias de los fallos de los enlaces de fibra óptica desplegados que corresponden al ITEM 1 - SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE TENDIDO DE FIBRA ÓPTICA.
El PROVEEDOR deberá realizar 1 (un) recorrido cuatrimestral de todo el tendido de fibra óptica desplegado que corresponden al ITEM 1 - SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE TENDIDO DE FIBRA ÓPTICA o cuando La contratante así lo requiriese verificando las columnas utilizadas, los empalmes y fusiones de fibra externas existentes, así como el estado del etiquetado de los cables en el distribuidor óptico instalado en los Centros de Datos.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que el capítulo de Asistencia Técnica descrita en el PBC se refiere solamente al Lote 1. Red de Fibra Óptica, y por ende, los servicios de soporte y mantenimiento de los demás lotes no están sujetos a las especificaciones del capítulo Asistencia Técnica del PBC, antes mencionado. La consulta es formulada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 7. Fiscalización, se solicita:
Disponibilidad de Vehículos: El Proveedor deberá disponibilizar para uso exclusivo 24 horas x 7 días de la semana x 365 días del año, de la Unidad Administradora del Contrato de MITIC, 3 (tres) vehículos utilitarios tipo SUV (Sport Utility Vehicle) o Pick-UP doble cabina, con tracción 4x4 Modelo 2022 como mínimo, con no más de 5.000Km de uso, con un motor turbo de 2700 cc. de cilindrada como mínimo, de combustión a diésel, con aire acondicionado y transmisión automática.
Los vehículos deberán estar disponibles, a partir de la orden de inicio de los trabajos, hasta la emisión del Certificado de Aceptación Provisorio.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.9. Asistencia Técnica, apartado Alcance de los Trabajos, se solicita:
El mantenimiento preventivo deberá iniciarse posterior a la emisión del Certificado de Recepción Provisional y mediante la emisión de una Orden de Servicio.
MITIC se reserva el derecho de asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento preventivo, para la fiscalización correspondiente. Queda a criterio de MITIC su participación.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que todos los gastos de traslado, movilidad, hospedaje, viáticos y otros del personal designado por la Contratante correrán por cuenta del MITIC, para asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento preventivo, para la fiscalización correspondiente, considerando que los gastos de movilidad para los fiscalizadores del MITIC contemplados en la oferta, estarán disponibles hasta la Recepción Provisoria. La consulta es formulada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 7. Fiscalización, se solicita:
Disponibilidad de Vehículos: El Proveedor deberá disponibilizar para uso exclusivo 24 horas x 7 días de la semana x 365 días del año, de la Unidad Administradora del Contrato de MITIC, 3 (tres) vehículos utilitarios tipo SUV (Sport Utility Vehicle) o Pick-UP doble cabina, con tracción 4x4 Modelo 2022 como mínimo, con no más de 5.000Km de uso, con un motor turbo de 2700 cc. de cilindrada como mínimo, de combustión a diésel, con aire acondicionado y transmisión automática.
Los vehículos deberán estar disponibles, a partir de la orden de inicio de los trabajos, hasta la emisión del Certificado de Aceptación Provisorio.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.9. Asistencia Técnica, apartado Alcance de los Trabajos, se solicita:
El mantenimiento preventivo deberá iniciarse posterior a la emisión del Certificado de Recepción Provisional y mediante la emisión de una Orden de Servicio.
MITIC se reserva el derecho de asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento preventivo, para la fiscalización correspondiente. Queda a criterio de MITIC su participación.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que todos los gastos de traslado, movilidad, hospedaje, viáticos y otros del personal designado por la Contratante correrán por cuenta del MITIC, para asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento preventivo, para la fiscalización correspondiente, considerando que los gastos de movilidad para los fiscalizadores del MITIC contemplados en la oferta, estarán disponibles hasta la Recepción Provisoria. La consulta es formulada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contrato, se establece:
Sistema de Adjudicación: Por Lote.
Así también, en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 5. Plazo de Entrega, se solicita:
El plazo máximo de entrega integral del proyecto es de 9 (nueve) meses computados a partir del pago en concepto de anticipo. Se entenderá como íntegramente entregado el proyecto cuando el contratista cuente con las actas de recepción técnica provisoria de todos los establecimientos educativos.
Y además en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 6. Protocolo de Pruebas, se solicita:
Protocolo de Aceptación Provisoria: Esta parte del protocolo de pruebas será utilizada para probar los enlaces de Planta Externa y las funcionalidades de los equipos activos de manera extendida y debe ejecutarse para la recepción parcial de clúster contemplada en el plan de pagos.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que en caso de imposibilidad de realizar las pruebas de aceptación, por ejemplo del Lote 3 Red Inalámbrica, ocasionada por retrasos en las provisiones y/o instalaciones de otras empresas Oferentes Adjudicadas del/os otro/s lote/s que afecten la finalización del Lote 3, del ejemplo en este caso, se podrá permitir igualmente la emisión de la Aceptación Provisoria, con el objeto de evitar retrasos en el cumplimiento del plazo de entrega establecido, y en el proceso normal de pagos previstos, por motivos ajenos al Oferente Adjudicado del Lote3 del ejemplo, en este caso. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contrato, se establece:
Sistema de Adjudicación: Por Lote.
Así también, en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 5. Plazo de Entrega, se solicita:
El plazo máximo de entrega integral del proyecto es de 9 (nueve) meses computados a partir del pago en concepto de anticipo. Se entenderá como íntegramente entregado el proyecto cuando el contratista cuente con las actas de recepción técnica provisoria de todos los establecimientos educativos.
Y además en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 6. Protocolo de Pruebas, se solicita:
Protocolo de Aceptación Provisoria: Esta parte del protocolo de pruebas será utilizada para probar los enlaces de Planta Externa y las funcionalidades de los equipos activos de manera extendida y debe ejecutarse para la recepción parcial de clúster contemplada en el plan de pagos.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que en caso de imposibilidad de realizar las pruebas de aceptación, por ejemplo del Lote 3 Red Inalámbrica, ocasionada por retrasos en las provisiones y/o instalaciones de otras empresas Oferentes Adjudicadas del/os otro/s lote/s que afecten la finalización del Lote 3, del ejemplo en este caso, se podrá permitir igualmente la emisión de la Aceptación Provisoria, con el objeto de evitar retrasos en el cumplimiento del plazo de entrega establecido, y en el proceso normal de pagos previstos, por motivos ajenos al Oferente Adjudicado del Lote3 del ejemplo, en este caso. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contrato, se establece:
Sistema de Adjudicación: Por Lote.
Así también, en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 5. Plazo de Entrega, se solicita:
El plazo máximo de entrega integral del proyecto es de 9 (nueve) meses computados a partir del pago en concepto de anticipo. Se entenderá como íntegramente entregado el proyecto cuando el contratista cuente con las actas de recepción técnica provisoria de todos los establecimientos educativos.
Y además en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 6. Protocolo de Pruebas, se solicita:
Protocolo de Aceptación Provisoria: Esta parte del protocolo de pruebas será utilizada para probar los enlaces de Planta Externa y las funcionalidades de los equipos activos de manera extendida y debe ejecutarse para la recepción parcial de clúster contemplada en el plan de pagos.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que en el caso eventual de declararse desierto uno o más de los 9 Lotes requeridos, derivando en la imposibilidad de finalizar las instalaciones y realizar las pruebas de aceptación, de los lotes adjudicados, se aceptará igualmente la emisión de la Aceptación Provisoria, con el objeto de cumplir con el plazo de entrega establecido, y evitar retrasos en el proceso de los pagos previstos, por motivos ajenos a los Oferentes Adjudicados de los Lotes proveídos. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contrato, se establece:
Sistema de Adjudicación: Por Lote.
Así también, en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 5. Plazo de Entrega, se solicita:
El plazo máximo de entrega integral del proyecto es de 9 (nueve) meses computados a partir del pago en concepto de anticipo. Se entenderá como íntegramente entregado el proyecto cuando el contratista cuente con las actas de recepción técnica provisoria de todos los establecimientos educativos.
Y además en el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 6. Protocolo de Pruebas, se solicita:
Protocolo de Aceptación Provisoria: Esta parte del protocolo de pruebas será utilizada para probar los enlaces de Planta Externa y las funcionalidades de los equipos activos de manera extendida y debe ejecutarse para la recepción parcial de clúster contemplada en el plan de pagos.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que en el caso eventual de declararse desierto uno o más de los 9 Lotes requeridos, derivando en la imposibilidad de finalizar las instalaciones y realizar las pruebas de aceptación, de los lotes adjudicados, se aceptará igualmente la emisión de la Aceptación Provisoria, con el objeto de cumplir con el plazo de entrega establecido, y evitar retrasos en el proceso de los pagos previstos, por motivos ajenos a los Oferentes Adjudicados de los Lotes proveídos. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.9. Asistencia Técnica, apartado Alcance de los Trabajos, se solicita:
Detalle del Servicio de Mantenimiento Correctivo: MITIC se reserva el derecho de asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento correctivo, para la fiscalización correspondiente. Queda a criterio de MITIC su participación y la aceptación del informe correspondiente a la Prestación del Servicio y la Certificación de Fibra Óptica.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que correrán por cuenta del MITIC todos los gastos de traslado, movilidad, hospedaje, viáticos y otros del personal designado por el MITIC, para asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento correctivo, para la fiscalización correspondiente. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, capítulo 4. Descripción de los Servicios, inciso 4.9. Asistencia Técnica, apartado Alcance de los Trabajos, se solicita:
Detalle del Servicio de Mantenimiento Correctivo: MITIC se reserva el derecho de asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento correctivo, para la fiscalización correspondiente. Queda a criterio de MITIC su participación y la aceptación del informe correspondiente a la Prestación del Servicio y la Certificación de Fibra Óptica.
Al respecto, solicitamos a la Convocante confirmar que correrán por cuenta del MITIC todos los gastos de traslado, movilidad, hospedaje, viáticos y otros del personal designado por el MITIC, para asistir durante, o después, a los trabajos de mantenimiento correctivo, para la fiscalización correspondiente. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, item 10. Radio Bases, se solicita:
Alimentación entrada AC rango: 90 264VAC.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el rango de tensión de 90 240VAC, teniendo en cuenta que igualmente permitirá cubrir con suficiencia las eventuales variaciones de tensión del suministro de la ANDE y de Generadores eléctricos, proporcionando de igual forma las mismas prestaciones y performance, y además que la diferencia es mínima respecto a lo solicitado. De esta manera se permitirá la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, item 10. Radio Bases, se solicita:
Alimentación entrada AC rango: 90 264VAC.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el rango de tensión de 90 240VAC, teniendo en cuenta que igualmente permitirá cubrir con suficiencia las eventuales variaciones de tensión del suministro de la ANDE y de Generadores eléctricos, proporcionando de igual forma las mismas prestaciones y performance, y además que la diferencia es mínima respecto a lo solicitado. De esta manera se permitirá la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas ; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Plan de Entrega de los Bienes, Lote 3. Provisión de bienes tangibles, intangibles y conexos para Red Inalámbrica, se solicita:
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes y/o ejecución de los servicios: Para la entrega de los bienes: A partir de la recepción de la Orden de servicios, se dispone de hasta un máximo de 60 días.
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 150 (ciento cincuenta) días calendarios, a partir de la recepción de la Orden de servicios, el plazo para la entrega de los Equipos de la Red Inalámbrica, teniendo en cuenta que el plazo de entrega establecido de 60 calendarios resulta claramente insuficiente, siendo que solamente los oferentes que tengan en su depósito tendrán posibilidad de participar considerando las cantidades requeridas de los equipos Radio Base y Suscriptores, y además, que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, que conllevan prolongados tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Plan de Entrega de los Bienes, Lote 3. Provisión de bienes tangibles, intangibles y conexos para Red Inalámbrica, se solicita:
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes y/o ejecución de los servicios: Para la entrega de los bienes: A partir de la recepción de la Orden de servicios, se dispone de hasta un máximo de 60 días.
Al respecto, solicitamos a la Convocante extender en al menos 150 (ciento cincuenta) días calendarios, a partir de la recepción de la Orden de servicios, el plazo para la entrega de los Equipos de la Red Inalámbrica, teniendo en cuenta que el plazo de entrega establecido de 60 calendarios resulta claramente insuficiente, siendo que solamente los oferentes que tengan en su depósito tendrán posibilidad de participar considerando las cantidades requeridas de los equipos Radio Base y Suscriptores, y además, que los bienes solicitados corresponden a características específicas definidas especialmente para este proceso licitatorio, y que los mismos son fabricados en el exterior a falta de fabricantes tecnológicos en el país, que conllevan prolongados tiempos de fabricación e importación necesarios para que los equipos licitados arriben a Paraguay. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, Item 15. UPS, apartado Baterías, se solicita:
Autonomía bajo Carga: Igual o mayor a 6 horas de autonomía al 100% de la carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la autonomía bajo carga: igual o mayor a 35 minutos de autonomía al 100% de la carga, teniendo en cuenta que normalmente un equipo UPS de 1000VA de potencia, como el requerido en el presente llamado, puede ser configurado y equipado con hasta 3 módulos rackeables adicionales de baterías, en función a su capacidad de corriente de carga de baterías y el tiempo requerido de recarga de las baterías, proporcionando alrededor de 38 minutos al 100% de carga, y además, con una altura total de la solución de UPS + Módulos de baterías, de 6 a 8U, utilizando de esta forma gran parte de la capacidad de 12U del Gabinete Outdoor también requerido en el presente llamado. Con ello, se permitirá la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas, Anexo 2. Especificaciones Técnicas, Item 15. UPS, apartado Baterías, se solicita:
Autonomía bajo Carga: Igual o mayor a 6 horas de autonomía al 100% de la carga.
Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la autonomía bajo carga: igual o mayor a 35 minutos de autonomía al 100% de la carga, teniendo en cuenta que normalmente un equipo UPS de 1000VA de potencia, como el requerido en el presente llamado, puede ser configurado y equipado con hasta 3 módulos rackeables adicionales de baterías, en función a su capacidad de corriente de carga de baterías y el tiempo requerido de recarga de las baterías, proporcionando alrededor de 38 minutos al 100% de carga, y además, con una altura total de la solución de UPS + Módulos de baterías, de 6 a 8U, utilizando de esta forma gran parte de la capacidad de 12U del Gabinete Outdoor también requerido en el presente llamado. Con ello, se permitirá la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes.