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Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

Se aplicará el margen de preferencia nacional de conformidad a la legislación vigente. La acreditación de Origen Nacional del Producto y/o ensamblaje de los bienes, será a través del Certificado de Valor Agregado Nacional expedido por la autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio, el certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de apertura de ofertas.        
En caso de que los oferentes que se encuentren dentro del rango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentaren con su oferta el certificado o presentare la constancia en trámite del mismo, el comité de Evaluación solicitara por escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley N°4838/12 QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL. Si luego del requerimiento realizado por el Comité el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será descalificada, pero no podrá acogerse al beneficio.    
Durante la evaluación de la oferta, si la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado o que no haya presentado el Certificado de Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta más baja del bien Nacional que ha presentado el aludido certificado, agregándole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay que haya acreditado mediante la presentación del certificado resultare ser la más baja se la seleccionara para la adjudicación; caso contrario se seleccionara la oferta del bien proveniente del extranjero o que no haya presentado el citado documento.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A

Se aplicará el margen de preferencia nacional de conformidad a la legislación vigente. La acreditación de Origen Nacional del Producto y/o ensamblaje de los efectosbienes, será a través del Certificado de Valor Agregado Nacional expedido por la autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentaciónapertura de ofertas.

La falta
En caso de que los oferentes que se encuentren dentro del CPENrango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentaren con su oferta el certificado o presentare la constancia en trámite del mismo, el comité de Evaluación solicitara por escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley N°4838/12 QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL. Si luego del requerimiento realizado por el Comité el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será motivo de descalificación de la ofertadescalificada, sin embargo, el oferentepero no podrá acogerse al beneficio.

El comité
Durante la evaluación de evaluación verificarála oferta, si la oferta evaluada como la más baja es una oferta de un bien importado o que no haya presentado el Certificado de Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta más baja del bien Nacional que ha presentado el aludido certificado, agregándole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesariaParaguay que haya acreditado mediante la presentación físicadel certificado resultare ser la más baja se la seleccionara para la adjudicación; caso contrario se seleccionara la oferta del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación,bien proveniente del extranjero o que no haya presentado el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precioscitado documento.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

El oferente deberá presentar una Declaración Jurada en la cual el oferente debe manifestar que, de ser adjudicado, se compromete entregar los bienes y/o servicios de acuerdo a las especificaciones técnicas.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

No Aplica

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

El oferente deberá presentar una Declaración Jurada en la cual el oferente debe manifestar que, de ser adjudicado, se compromete entregar los bienes y/o servicios de acuerdo a las especificaciones técnicas.

No Aplica