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Diferencias entre las versiones 3 y 4

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;

b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;

c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;

d. Certificado de Cumplimiento Tributario;

e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;

f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente. La solicitud de pago del proveedor a  la  contratante  deberá  ser  por  escrito,  acompañada  de  factura  a  crédito  que  describa,  según corresponda, servicios prestados, y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.
 
Juntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas  que prestaron los  servicios  en  el  mes  facturado,  el  cumplimiento  del  pago  de  las  cargas impositivas  y  demás  obligaciones  legales,  a  través  de  los  documentos  solicitados  en  el  Decreto  Nº 6121/16.  El plazo de pago de factura al proveedor será como máximo de 60 (sesenta) días después de la presentación  de una  factura por  el  Proveedor,  y después  de  que  la  Contratante la haya  aceptado. Dicha  aceptación  o  rechazo,  deberá  darse  a  más  tardar  en  quince  (15)  días  posteriores  a  su presentación.
 
A  los efectos de este contrato en aplicación del art. 266 de la Ley 6873 Que Aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2022 que modifica el art. 41 de la Ley 3.439/07 Que modifica la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas y que establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, se retendrá el 0.5% sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.
 
El pago del Suministro objeto del presente llamado se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional  de  Contrataciones  Públicas,  y  conforme  a  la  asignación  del  Plan  Financiero  y  a  los  fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;

b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;

c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;

d. Certificado de Cumplimiento Tributario;

e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;

f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. La solicitud de pago del Proveedor a la Contratante deberá ser por escrito, acompañada de la factura a crédito que describa, según corresponda, los bienes/servicios proveídos/prestados, y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.

 

Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente. El pago se realizará de acuerdo a la disponibilidad del Plan de Caja otorgado en forma mensual por el Ministerio de Hacienda y se tendrá 60 días contados a partir de la obligación de la factura, después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar a los 15 (quince) días posteriores a su presentación. Asimismo, el pago se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.  

 

Conjuntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales, a través de los documentos solicitados en el Decreto Nº 6121/16. 
A los efectos de este contrato en aplicación del art. 266 de la Ley 6873 Que Aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2022 que modifica el art. 41 de la Ley 3.439/07 Que modifica la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas y que establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, se retendrá el 0.5% sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.

 

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;

b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;

c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;

d. Certificado de Cumplimiento Tributario;

e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;

f. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

 

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
Los pagos serán efectuados a través de la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Educación y Ciencias, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. La solicitud de pago del Proveedor a la Contratante deberá ser por escrito, acompañada de la factura a crédito que describa, según corresponda, los bienes/servicios proveídos/prestados, y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.

Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente. La solicitudEl pago se realizará de pago del proveedoracuerdo a la contratantedisponibilidad del Plan de Caja otorgado en forma mensual por el Ministerio de Hacienda y se tendrá 60 días contados a partir de la obligación de la factura, después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá serdarse a más tardar a los 15 (quince) días posteriores a su presentación. Asimismo, el pago se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por escrito, acompañadaparte de factura a crédito que describa, según corresponda, servicios prestados, y los documentos requeridos en cumplimientola Dirección Nacional de las obligaciones estipuladas en el ContratoContrataciones Públicas.

JuntamenteConjuntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales, a través de los documentos solicitados en el Decreto Nº 6121/16. El plazo de pago de factura al proveedor será como máximo de 60 (sesenta) días después de la presentación de una factura por el Proveedor, y después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
A los efectos de este contrato en aplicación del art. 266 de la Ley 6873 Que Aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2022 que modifica el art. 41 de la Ley 3.439/07 Que modifica la Ley 2051/03 De Contrataciones Públicas y que establece la Carta Orgánica de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, se retendrá el 0.5% sobre el importe de cada factura, deducidos los impuestos correspondientes que presente al cobro el Proveedor.
El pago del Suministro objeto del presente llamado se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, y conforme a la asignación del Plan Financiero y a los fondos efectivamente transferidos por el Ministerio de Hacienda.

2. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Tasa de interés por Mora

En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del:

0,50

Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en la presente cláusula, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.

Tasa de interés por Mora

En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del:

0,01

Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en la presente cláusula, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.

Tasa de interés por Mora

En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del:

0,5001

Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en la presente cláusula, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.