Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Elaboración de la estimación del Precio referencial: Elaboración de la estimación del precio referencial: Vemos que en el Dictamen DOC 241/21 ha realizado un análisis para llegar al precio referencial de cada lote recurriendo a la comparación de dos tipos de precio, 1) parámetro de presupuestos actuales de proveedores, 2) parámetro de ultimo precio adjudicado, habiendo concluido que el presente llamado fijará el precio por cada lote únicamente usando el segundo parámetro bajo la premisa precio más bajo. Consulta: ¿Por qué no se ha cumplido expresamente lo que establece la Resolución DNCP 1890/2020? que en su Anexo – Método para la Elaboración de Precios Referenciales, taxativamente establece: Las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las siguientes opciones: 1. Precios ofrecidos por empresas al público en general para el bien, obra o servicio requerido por la Convocante, ya sea que tales ofertas hayan sido realizadas en un portal público de internet, o a través de publicaciones periodísticas, revistas u otro medio comprobatorio idóneo. 2. Precios publicados por cámaras, organizaciones, instituciones, organismos del sector público o privado, nacional o internacional, que puedan ser verificados en revistas, páginas web, catálogos, u otros documentos, respecto de bienes, servicios u obras similares o idénticos a lo solicitado, 3. Precios adjudicados por la propia Convocante, o por otros Organismos, Entidades o Municipalidades, conforme a los datos publicados en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas. 4. Precios de potenciales oferentes, requeridos a través de cualquier mecanismo que permita contar con la evidencia de la solicitud y su respuesta, tales como fax, correo electrónico, nota u otro medio comprobatorio idóneo. Vemos que claramente se ha cometido un ERROR ya que no se han obtenido al menos de TRES precios y tampoco se ha realizado LA COMBINACION DE DOS O MAS… contraponiéndose abiertamente a lo que obliga dicha normativa y usando solo y exclusivamente el numeral 3. Precios adjudicados por la propia Convocante 04-11-2021 17-11-2021
2 Capital propio Capital propio: Los oferentes deberán demostrar un capital integrado de al menos 15% del valor de su oferta; conforme al balance 2019 o 2020. Consultamos. Considerando que en el último llamado solicitaron solo 10% del valor de la oferta, ¿Cuál es la necesidad de aumentar este requisito?, podría limitar la participación al ser un criterio muy elevado y de cumplimiento solo de las grandes empresas. Solicitamos que la convocante disminuya el porcentaje o en todo caso admita que el potencial oferente pueda completar el monto con líneas de créditos. 04-11-2021 17-11-2021
3 Capacidad de Distribución: Parque automotor mínimo: Consultamos a la convocante si no seria una carga excesiva para el potencial oferente contar EN CADA ITEM con 1 camión con capacidad de 10T y otro con 5T A 8T, considerando que la adjudicación es por abastecimiento simultaneo. Solicitamos que este requisito sea exigido solo a la firma Adjudicada, por tanto que el requisito sea exigido recién para la firma del contrato conforme a la cantidad adjudicada. De esta manera se evitara limitar la participación de los potenciales oferentes. 04-11-2021 17-11-2021
4 Recursos Humanos: Cantidad de Conductores con registro de conducir, y además como mínimo dos (2) personas para la carga; Este requisito es sumamente limitante y se encuentra dirigido únicamente a las grandes empresas y proveedores actuales del PANI, solicitamos que este criterio sea exigido solo para la firma del contrato a la empresa adjudicada y no cargar con un requisito excesivo que limita la competencia a la hora de ofertar. 04-11-2021 17-11-2021
5 Precios referenciales Precios referenciales La Convocante ha establecido mediante dictamen que los precios de cada lote licitado sean idénticos a los precios adjudicados en la última licitación ID 381.950 (Abril 2020) lo que equivale a un precio promedio de Gs. 41.346 por kilogramo, sin embargo, se visualiza que los presupuestos obtenidos en el marco del presente llamado, de potenciales oferentes, asciende a un promedio por Kilogramo de Gs. 67.938.- existiendo entonces una diferencia en valores promedio de Gs. 26.592 equivalente al 64% de variación superior respecto a la última licitación. Consulta: ¿En relación a la situación en alza actual del precio local de la leche como materia prima que motiva la diferencia citada, no se pone en riesgo el proyecto del Ministerio, teniendo en cuenta que la licitación podría quedar desierta teniendo en cuenta la falta de razonabilidad en el análisis de precios de mercado? 04-11-2021 17-11-2021
6 Precio de la leche como materia prima Precio de la leche como materia prima Teniendo en cuenta que el Ministerio pretende comprar el producto a precios de hace casi dos años atrás y no teniendo en cuenta la realidad en la producción de leche en Paraguay actualmente, que ha sufrido un aumento de casi 30% del producto además de los gastos de transporte (combustible) necesarios para la provisión, consultamos si no es necesario y oportuno que se elimine la obligatoriedad de obtener la materia prima de fuentes locales; ya que la Ley N° 5.264/2014 FOMENTO DE LA CADENA LÁCTEA resulta impracticable, que la producción nacional por sus precios resulta sumamente impracticable y que se habilite la posibilidad de que las fábricas importen leche como materia prima a menor costo, para así satisfacer la necesidad del Estado? 04-11-2021 17-11-2021
7 Precios del mercado Los precios referenciales no se adecuan a los precios actuales, considerando que hubo 30% a mas de suba de materia prima, suba de combustible y insumos para envases primarios y nucleo vitaminico que se importan y compran en dolar. Considerando que mucha materia prima lactea se esta exportando (pudiendo desabastecer el mercado local), solicitamos la posibilidad de importar leche (por lo menos en un % minimo) para poder cumplir con lo planificado por MSPBS y su programa PANI 05-11-2021 17-11-2021
8 RSPA del Oferente Según la Adenda 2 se solicita 10. Copia Autenticada por Escribanía del Registro Sanitario del Producto (RSPA) vigente emitido por el INAN que corresponde al Oferente. Consultamos en este caso si este nuevo requisito se refiere a que todos los oferentes deberán tener su propio RSPA o sea ser titulares del mismo? O si esto no implica que el llamado sea restrictivo o dirigido únicamente a fabricantes titulares de su propio RSPA? 05-11-2021 17-11-2021
9 RSPA que corresponda al oferente Copia Autenticada por Escribanía del Registro Sanitario del Producto Alimenticio (RSPA) vigente emitido por el INAN que corresponda al oferente Consulta: ¿En caso de que el oferente no sea el fabricante del producto ofertado, deberá presentar el RSPA como Titular del mismo para cumplir este requisito? o cual es la interpretación al decir que "corresponda al oferente" 05-11-2021 17-11-2021
10 CAPÍTAL PROPIO RESULTA LLAMATIVO QUE SE AUMENTE LA EXIGENCIA DEL CAPITAL INTREGRADO DEL 10% DE ANTERIORES LLAMADOS AL 15%¿ EN EL LLAMADO ACTUAL,RESPECTO DEL VALOR DE LA OFERTA….. CONSIDERANDO QUE EL PANI SOLO REALIZA UN LLAMADO AL AÑO PARA ESTE PRODUCTO, SIENDO ADEMAS CADA AÑO DE MAYOR ENVEGADURA. AUMENTAR EL CAPITAL LIMITA LA COMPETENCIA Y ADEMAS RESULTA CURIOSO QUE AL ANALIZAR A LAS EMPRESA ADJUDICADAS EN LOS ULTIMOS 7 AÑOS , RESALTE QUE SOLO UN OFERENTE PODRIA PRESENTAR OFERTA POR LA TOTALIDAD DE LOS LOTES , DANDOLE LA CONVOCANTE DE ESTA MANERA UNA VENTAJA OSTENSIBLE SOBRE LOS OTROS OFERENTES. SOLICITAMOS REBAJAR LA EXIGENCIA A UN 5% DEL CAPITAL INTEGRADO RESPECTO DEL VALOR DE LA OFERTA 05-11-2021 17-11-2021
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