La Licitación es por un monto equivalente a Gs. 19.527.237.000 POR LOTE, solicitando para la EXPERIENCIA REQUERIDA: “Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas. Y que en caso de Consorcios, cada integrante del Consorcio debe cumplir con los requerimientos”.
En lo que respecta a POTENCIAL OFERENTE en CONSORCIO solicitamos que el cumplimiento de las exigencias previstas en dicho apartado, no necesariamente deba ser cumplido por cada socio, sino que el cumplimiento pueda darse por todas las partes combinadas independientemente del porcentaje de cada integrante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo establecidos en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – del Art. 4 inc b) de la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” y por la finalidad misma del CONSORCIO.
La Licitación es por un monto equivalente a Gs. 19.527.237.000 POR LOTE, solicitando para la EXPERIENCIA REQUERIDA: “Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas. Y que en caso de Consorcios, cada integrante del Consorcio debe cumplir con los requerimientos”.
En lo que respecta a POTENCIAL OFERENTE en CONSORCIO solicitamos que el cumplimiento de las exigencias previstas en dicho apartado, no necesariamente deba ser cumplido por cada socio, sino que el cumplimiento pueda darse por todas las partes combinadas independientemente del porcentaje de cada integrante. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo establecidos en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – del Art. 4 inc b) de la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” y por la finalidad misma del CONSORCIO.
El PBC en la parte de EXPERIENCIA REQUERIDA, establece: “Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas”. SOLICITAMOS AMABLEMENTE aclarar si el 50% como mínimo es en base a la sumatoria de todos los contratos y/o facturaciones de los años 2017, 2018, 2019 y 2020.
El PBC en la parte de EXPERIENCIA REQUERIDA, establece: “Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas”. SOLICITAMOS AMABLEMENTE aclarar si el 50% como mínimo es en base a la sumatoria de todos los contratos y/o facturaciones de los años 2017, 2018, 2019 y 2020.
EL PBC en cuanto a oferentes en consorcio solicita QUE AMBAS EMPRESAS CUMPLAN CON EL REQUISITO.
Consultamos cual es el criterio y fundamento utilizado por la convocante para exigir y limitar que oferentes en consorcio y ambas empresas deban cumplir con el requisito, puesto que desvirtúa la NATURALEZA de los consorcios, la cual es el incentivo a las empresas de menor envergadura a que unificadas puedan cumplir con los criterios de evaluación de los llamados a licitación publica y de esta manera poder ser competitivos y participes contra empresas grandes y que monopolizan el merco, debemos hacer hincapié que las normas vigentes que rigen la materia insertan la necesidad de fomentar la ayuda a las MIPYMES y que pueda ser competitivas frente a empresas grandes teniendo igualdad de condiciones.
EL PBC en cuanto a oferentes en consorcio solicita QUE AMBAS EMPRESAS CUMPLAN CON EL REQUISITO.
Consultamos cual es el criterio y fundamento utilizado por la convocante para exigir y limitar que oferentes en consorcio y ambas empresas deban cumplir con el requisito, puesto que desvirtúa la NATURALEZA de los consorcios, la cual es el incentivo a las empresas de menor envergadura a que unificadas puedan cumplir con los criterios de evaluación de los llamados a licitación publica y de esta manera poder ser competitivos y participes contra empresas grandes y que monopolizan el merco, debemos hacer hincapié que las normas vigentes que rigen la materia insertan la necesidad de fomentar la ayuda a las MIPYMES y que pueda ser competitivas frente a empresas grandes teniendo igualdad de condiciones.
Requisitos de Calificación y Criterio de Evaluación, PUNTO EXPERIENCIA REQUERIDA
El PBC solicita cuanto sigue:
Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas
Consultamos cual seria el criterio TECNICO, LEGAL Y FINANCIERO que la convocante ha utilizado para solicitar que la experiencia sea demostrada con las operaciones de negocios del 50% de los últimos CUATRO ANO incluyendo EL ANO 2020, creemos que dicha exigencia se torna excesiva y limitante para posibles oferentes interesados en participar de la presente licitación, puesto que no solo incluyen en el requisito que se cuente con UN CONTRATO POR CADA ANO, sino que delimitan a que el contrato sea exclusivamente de COCINANDO EN LAS ESCUELAS, dicho requisito LIMITA EXCESIVAMENTE el universo de posibles oferentes, en contravención a las disposiciones normativas vigentes que rigen las contrataciones publicas.
Como otro punto no menos importante consideramos que exigir como requisito el ano 2020, un ano bastante negro para la economía de empresas Micro, Pequeñas y Medianas del rubro que nos ocupa es sin lugar a dudas una exigencia limitante, excesiva ademas de no ser TECNICAMENTE INDISPENSABLE.
18-03-2021
07-04-2021
Requisitos de Calificación y Criterio de Evaluación, PUNTO EXPERIENCIA REQUERIDA
El PBC solicita cuanto sigue:
Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas
Consultamos cual seria el criterio TECNICO, LEGAL Y FINANCIERO que la convocante ha utilizado para solicitar que la experiencia sea demostrada con las operaciones de negocios del 50% de los últimos CUATRO ANO incluyendo EL ANO 2020, creemos que dicha exigencia se torna excesiva y limitante para posibles oferentes interesados en participar de la presente licitación, puesto que no solo incluyen en el requisito que se cuente con UN CONTRATO POR CADA ANO, sino que delimitan a que el contrato sea exclusivamente de COCINANDO EN LAS ESCUELAS, dicho requisito LIMITA EXCESIVAMENTE el universo de posibles oferentes, en contravención a las disposiciones normativas vigentes que rigen las contrataciones publicas.
Como otro punto no menos importante consideramos que exigir como requisito el ano 2020, un ano bastante negro para la economía de empresas Micro, Pequeñas y Medianas del rubro que nos ocupa es sin lugar a dudas una exigencia limitante, excesiva ademas de no ser TECNICAMENTE INDISPENSABLE.
Remitirse a Adenda N°1 Adenda N°2.
Un llamado de esta envergadura, importancia y sensibilidad, requiere necesariamente, de empresas que tengan basta experiencia en el rubro, con la suficiente capacidad técnica, económica y financiera, para salvaguardar el proceso y sobre todo la alimentación y la salud de los niños.-
5
Requisitos de Calificación y Criterio de Evaluación, PUNTO CAPACIDAD FINANCIERA
El PBC solicitan en cuanto a la capacidad financiera y ratios de liquides un promedio de los últimos CUATRO ANO 2016, 2017, 2018 Y 2019, CONSULTAMOS cual seria el criterio FINANCIERO utilizado para exigir CUATRO ANOS de promedio, puesto que existen llamados del rubro de mayor envergadura en cuanto MONTO estimado, y mayor cantidad de beneficiarios, que solicita el PROMEDIO DE TRES ULTIMOS ANOS, evitando limitar la partición de la mayor cantidad de posibles oferentes.
18-03-2021
07-04-2021
Requisitos de Calificación y Criterio de Evaluación, PUNTO CAPACIDAD FINANCIERA
El PBC solicitan en cuanto a la capacidad financiera y ratios de liquides un promedio de los últimos CUATRO ANO 2016, 2017, 2018 Y 2019, CONSULTAMOS cual seria el criterio FINANCIERO utilizado para exigir CUATRO ANOS de promedio, puesto que existen llamados del rubro de mayor envergadura en cuanto MONTO estimado, y mayor cantidad de beneficiarios, que solicita el PROMEDIO DE TRES ULTIMOS ANOS, evitando limitar la partición de la mayor cantidad de posibles oferentes.
El PBC en la parte de EXPERIENCIA REQUERIDA, establece: “Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas”. SOLICITAMOS AMABLEMENTE se elimine la exigencia de contar con por lo menos 1 contrato por año en provisión de almuerzo escolar, ya que inicialmente se dispone la aceptación de platos o raciones frescas para colectividades públicas o privadas. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo establecidos en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – del Art. 4 inc b) de la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
El PBC en la parte de EXPERIENCIA REQUERIDA, establece: “Demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas”. SOLICITAMOS AMABLEMENTE se elimine la exigencia de contar con por lo menos 1 contrato por año en provisión de almuerzo escolar, ya que inicialmente se dispone la aceptación de platos o raciones frescas para colectividades públicas o privadas. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo establecidos en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – del Art. 4 inc b) de la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
En el punto 5 de la Capacidad Técnica, PBC, exige: “Certificado de Cumplimiento en Buenas Prácticas de Almacenamiento vigente, otorgado por el INAN. No aplica para productos alimenticios de la agricultura familiar. En caso de consorcios, él o los miembros del consorcio encargado de la distribución de los alimentos, deberán cumplir con este requisito”. Consultamos a la convocante si sería posible aceptar la presentación de la Constancia de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo establecidos en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – del Art. 4 inc b) de la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
En el punto 5 de la Capacidad Técnica, PBC, exige: “Certificado de Cumplimiento en Buenas Prácticas de Almacenamiento vigente, otorgado por el INAN. No aplica para productos alimenticios de la agricultura familiar. En caso de consorcios, él o los miembros del consorcio encargado de la distribución de los alimentos, deberán cumplir con este requisito”. Consultamos a la convocante si sería posible aceptar la presentación de la Constancia de Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo establecidos en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – del Art. 4 inc b) de la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”.
El documento Buenas Practicas de Almacenamiento, se encuentra en el pliego estándar mismo de la DNCP.-
8
Experiencia requerida
El Pliego de Bases y condiciones solicita demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas. Consultamos cual seria el criterio que la convocante ha utilizado para solicitar que la experiencia sea del 50% de los últimos cuatro años incluyendo el año 2020, ya que dicho requisito se torna limitante para posibles oferentes interesados en participar de la presente licitación, puesto que no solo incluyen en el requisito que se cuente con un contrato cada año, sino que delimitan a que el contrato sea exclusivamente de COCINANDO EN LAS ESCUELAS, dicho requisito limita la cantidad de posibles oferentes, en controversia a las disposiciones normativas vigentes que rigen las contrataciones publicas, ya que empresas que hayan elaborado y distribuido platos o raciones de alimentos frescos a instituciones privadas o en otra modalidad (catering) en uno de estos años, no podrán presentar su oferta en el llamado mencionado.
Ademas, exigir como requisito el año 2020, un año que golpeo económicamente empresas Micro, Pequeñas y Medianas del rubro, es sin lugar a dudas una exigencia extremadamente limitante.
El Pliego de Bases y condiciones solicita demostrar la experiencia en la elaboración y distribución de platos o raciones de alimentos frescos para colectividades públicas o privados por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 4 de años: 2017, 2018, 2019 y 2020; demostrable con la presentación de por lo menos un (1) contrato ejecutado en cada año para la provisión de almuerzo escolar cocinando en las escuelas. Consultamos cual seria el criterio que la convocante ha utilizado para solicitar que la experiencia sea del 50% de los últimos cuatro años incluyendo el año 2020, ya que dicho requisito se torna limitante para posibles oferentes interesados en participar de la presente licitación, puesto que no solo incluyen en el requisito que se cuente con un contrato cada año, sino que delimitan a que el contrato sea exclusivamente de COCINANDO EN LAS ESCUELAS, dicho requisito limita la cantidad de posibles oferentes, en controversia a las disposiciones normativas vigentes que rigen las contrataciones publicas, ya que empresas que hayan elaborado y distribuido platos o raciones de alimentos frescos a instituciones privadas o en otra modalidad (catering) en uno de estos años, no podrán presentar su oferta en el llamado mencionado.
Ademas, exigir como requisito el año 2020, un año que golpeo económicamente empresas Micro, Pequeñas y Medianas del rubro, es sin lugar a dudas una exigencia extremadamente limitante.
EL PBC en cuanto a oferentes en consorcio solicita que todos los miembros cumplan con el requisito.
Consultamos cual es el criterio utilizado por la convocante para exigir que todos los oferentes en consorcio deban cumplir con el requisito, puesto que desvirtúa la naturaleza de los consorcios.
EL PBC en cuanto a oferentes en consorcio solicita que todos los miembros cumplan con el requisito.
Consultamos cual es el criterio utilizado por la convocante para exigir que todos los oferentes en consorcio deban cumplir con el requisito, puesto que desvirtúa la naturaleza de los consorcios.
El PBC solicita en cuanto a la capacidad financiera y ratios de liquidez un promedio de los últimos cuatro años 2016, 2017, 2018 Y 2019, consultamos cual seria el criterio financiero utilizado para exigir cuatro años de promedio, puesto que existen llamados del rubro de mayor envergadura en cuanto a monto estimado, y mayor cantidad de beneficiarios, que solicita el promedio de tres últimos años, evitando limitar la participacion de la mayor cantidad de posibles oferentes.
El PBC solicita en cuanto a la capacidad financiera y ratios de liquidez un promedio de los últimos cuatro años 2016, 2017, 2018 Y 2019, consultamos cual seria el criterio financiero utilizado para exigir cuatro años de promedio, puesto que existen llamados del rubro de mayor envergadura en cuanto a monto estimado, y mayor cantidad de beneficiarios, que solicita el promedio de tres últimos años, evitando limitar la participacion de la mayor cantidad de posibles oferentes.