En la página 10 del P.B.C. se establece: El vencimiento de los productos debe ser igual o superior a 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega al DASM. Si por la naturaleza de los mismos o por la necesidad del Institución no se puede cumplir con dicho requisito, la recepción del producto será autorizada por la Dirección de Logística de Suministros de Salud (Nota de Autorización), la entrega de la Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado, con identificación del N° de Lote. La validez de dicha póliza deberá ser 3 (tres) meses posteriores a la fecha de vencimiento del producto a entregar La naturaleza de las fórmulas lácteas hace que el vencimiento de los productos sea en promedio de 15 meses desde la fecha de su fabricación y la mayoría de las marcas comercializadas en plaza son importadas, por lo que normalmente llegan al país con 12 meses o menos de vto. Considerando además que el proveedor debe disponer de cierta cantidad disponible en su depósito para la entrega a la Institución cuando la misma lo requiera de acuerdo a su necesidad, las entregas se realizarían casi siempre con una Póliza de Seguro, que constituye un gasto para el proveedor.
Por todo lo explicado precedentemente, solicitamos que los lotes con vencimiento menor a 12 meses sean entregados con la Autorización del Administrador del Contrato y Carta de Compromiso de Canje y para los lotes con 10 (diez) meses o menos de vencimiento: con Autorización de Entrega, Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado.
En la página 10 del P.B.C. se establece: El vencimiento de los productos debe ser igual o superior a 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega al DASM. Si por la naturaleza de los mismos o por la necesidad del Institución no se puede cumplir con dicho requisito, la recepción del producto será autorizada por la Dirección de Logística de Suministros de Salud (Nota de Autorización), la entrega de la Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado, con identificación del N° de Lote. La validez de dicha póliza deberá ser 3 (tres) meses posteriores a la fecha de vencimiento del producto a entregar La naturaleza de las fórmulas lácteas hace que el vencimiento de los productos sea en promedio de 15 meses desde la fecha de su fabricación y la mayoría de las marcas comercializadas en plaza son importadas, por lo que normalmente llegan al país con 12 meses o menos de vto. Considerando además que el proveedor debe disponer de cierta cantidad disponible en su depósito para la entrega a la Institución cuando la misma lo requiera de acuerdo a su necesidad, las entregas se realizarían casi siempre con una Póliza de Seguro, que constituye un gasto para el proveedor.
Por todo lo explicado precedentemente, solicitamos que los lotes con vencimiento menor a 12 meses sean entregados con la Autorización del Administrador del Contrato y Carta de Compromiso de Canje y para los lotes con 10 (diez) meses o menos de vencimiento: con Autorización de Entrega, Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado.
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Datos de la Licitación, numeral 24) Periodo de Validez de la Garantía de los Bienes.
2
Comunicación de rechazo al oferente.
En la página 57 del P.B.C. se establece: En caso de que algunos de los puntos de verificación indicados en el presente documento no sean cumplidos y una vez elaborado el certificado de RECHAZADO por el DCPM, esto automáticamente generará una comunicación a la Dirección de Suministros y Logística y a su vez al Administrador del Contrato para posterior comunicación a la Dirección de Vigilancia Sanitaria DNVS; sin previo aviso al responsable del / de los productos entregados. Solicitamos que en el caso descripto, el proveedor sea notificado de las comunicaciones mencionadas en este párrafo.
En la página 57 del P.B.C. se establece: En caso de que algunos de los puntos de verificación indicados en el presente documento no sean cumplidos y una vez elaborado el certificado de RECHAZADO por el DCPM, esto automáticamente generará una comunicación a la Dirección de Suministros y Logística y a su vez al Administrador del Contrato para posterior comunicación a la Dirección de Vigilancia Sanitaria DNVS; sin previo aviso al responsable del / de los productos entregados. Solicitamos que en el caso descripto, el proveedor sea notificado de las comunicaciones mencionadas en este párrafo.
Se aclara que las empresas adjudicadas son comunicadas del rechazo de sus productos a través del Departamento de Administración de Suministros Médicos (D.A.S.M) como procedimiento de rutina.
3
Comunicación de rechazo al oferente.
En la página 57 del P.B.C. se establece: En caso de que algunos de los puntos de verificación indicados en el presente documento no sean cumplidos y una vez elaborado el certificado de RECHAZADO por el DCPM, esto automáticamente generará una comunicación a la Dirección de Suministros y Logística y a su vez al Administrador del Contrato para posterior comunicación a la Dirección de Vigilancia Sanitaria DNVS; sin previo aviso al responsable del / de los productos entregados. Solicitamos que en el caso descripto, el proveedor sea notificado de las comunicaciones mencionadas en este párrafo.
En la página 57 del P.B.C. se establece: En caso de que algunos de los puntos de verificación indicados en el presente documento no sean cumplidos y una vez elaborado el certificado de RECHAZADO por el DCPM, esto automáticamente generará una comunicación a la Dirección de Suministros y Logística y a su vez al Administrador del Contrato para posterior comunicación a la Dirección de Vigilancia Sanitaria DNVS; sin previo aviso al responsable del / de los productos entregados. Solicitamos que en el caso descripto, el proveedor sea notificado de las comunicaciones mencionadas en este párrafo.
Se aclara que las empresas adjudicadas son comunicadas del rechazo de sus productos a través del Departamento de Administración de Suministros Médicos (D.A.S.M) como procedimiento de rutina.
Documentos Adjuntos:
4
Periodo de Validez de la Garantía de los Bienes
En la página 10 del P.B.C. se establece: El vencimiento de los productos debe ser igual o superior a 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega al DASM. Si por la naturaleza de los mismos o por la necesidad del Institución no se puede cumplir con dicho requisito, la recepción del producto será autorizada por la Dirección de Logística de Suministros de Salud (Nota de Autorización), la entrega de la Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado, con identificación del N° de Lote. La validez de dicha póliza deberá ser 3 (tres) meses posteriores a la fecha de vencimiento del producto a entregar La naturaleza de las fórmulas lácteas hace que el vencimiento de los productos sea en promedio de 15 meses desde la fecha de su fabricación y la mayoría de las marcas comercializadas en plaza son importadas, por lo que normalmente llegan al país con 12 meses o menos de vto. Considerando además que el proveedor debe disponer de cierta cantidad disponible en su depósito para la entrega a la Institución cuando la misma lo requiera de acuerdo a su necesidad, las entregas se realizarían casi siempre con una Póliza de Seguro, que constituye un gasto para el proveedor.
Por todo lo explicado precedentemente, solicitamos que los lotes con vencimiento menor a 12 meses sean entregados con la Autorización del Administrador del Contrato y Carta de Compromiso de Canje y para los lotes con 10 (diez) meses o menos de vencimiento: con Autorización de Entrega, Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado.
En la página 10 del P.B.C. se establece: El vencimiento de los productos debe ser igual o superior a 12 (doce) meses, contados a partir de la fecha de entrega al DASM. Si por la naturaleza de los mismos o por la necesidad del Institución no se puede cumplir con dicho requisito, la recepción del producto será autorizada por la Dirección de Logística de Suministros de Salud (Nota de Autorización), la entrega de la Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado, con identificación del N° de Lote. La validez de dicha póliza deberá ser 3 (tres) meses posteriores a la fecha de vencimiento del producto a entregar La naturaleza de las fórmulas lácteas hace que el vencimiento de los productos sea en promedio de 15 meses desde la fecha de su fabricación y la mayoría de las marcas comercializadas en plaza son importadas, por lo que normalmente llegan al país con 12 meses o menos de vto. Considerando además que el proveedor debe disponer de cierta cantidad disponible en su depósito para la entrega a la Institución cuando la misma lo requiera de acuerdo a su necesidad, las entregas se realizarían casi siempre con una Póliza de Seguro, que constituye un gasto para el proveedor.
Por todo lo explicado precedentemente, solicitamos que los lotes con vencimiento menor a 12 meses sean entregados con la Autorización del Administrador del Contrato y Carta de Compromiso de Canje y para los lotes con 10 (diez) meses o menos de vencimiento: con Autorización de Entrega, Carta de Compromiso de Canje y Póliza de Seguro por el 100 % del monto del producto a ser entregado.
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Datos de la Licitación, numeral 24) Periodo de Validez de la Garantía de los Bienes.
Documentos Adjuntos:
5
Comunicación de rechazo al oferente.
En la página 57 del P.B.C. se establece: En caso de que algunos de los puntos de verificación indicados en el presente documento no sean cumplidos y una vez elaborado el certificado de RECHAZADO por el DCPM, esto automáticamente generará una comunicación a la Dirección de Suministros y Logística y a su vez al Administrador del Contrato para posterior comunicación a la Dirección de Vigilancia Sanitaria DNVS; sin previo aviso al responsable del / de los productos entregados. Solicitamos que en el caso descripto, el proveedor sea notificado de las comunicaciones mencionadas en este párrafo.
En la página 57 del P.B.C. se establece: En caso de que algunos de los puntos de verificación indicados en el presente documento no sean cumplidos y una vez elaborado el certificado de RECHAZADO por el DCPM, esto automáticamente generará una comunicación a la Dirección de Suministros y Logística y a su vez al Administrador del Contrato para posterior comunicación a la Dirección de Vigilancia Sanitaria DNVS; sin previo aviso al responsable del / de los productos entregados. Solicitamos que en el caso descripto, el proveedor sea notificado de las comunicaciones mencionadas en este párrafo.
Se aclara que las empresas adjudicadas son comunicadas del rechazo de sus productos a través del Departamento de Administración de Suministros Médicos (D.A.S.M) como procedimiento de rutina.
Documentos Adjuntos:
6
ITEM N° 2 FORMULA POLIMERICA PARA DIABETICOS
Podría la convocante modificar las especificaciones técnicas del ítem en cuestión, ampliando el rango de los siguientes componentes a: Calorías de 0,8 1,2 Kcal/ml (Dilución Estándar). Hidratos de Carbono: 30 51% del VCT. Osmolaridad: < 470 mOsm/L.
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
Podría la convocante modificar las especificaciones técnicas del ítem en cuestión, ampliando el rango de los siguientes componentes a: Calorías de 0,8 1,2 Kcal/ml (Dilución Estándar). Hidratos de Carbono: 30 51% del VCT. Osmolaridad: < 470 mOsm/L.
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos, numeral 1) Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las Especificaciones Técnicas se encuentran establecidas de acuerdo al Cuadro Básico de Dispositivos Médicos Vigente aprobado por la Máxima Autoridad de la Institución.
7
ITEM N° 6 FORMULA POLIMERICA COMPLETA PARA ADULTOS CON FIBRA
Podría la convocante modificar las especificaciones técnicas del item en cuestión, ampliando el rango de los siguientes componentes a: Calorías de 0,8 1,2 Kcal/ml (Dilucion Estandar). Osmolaridad: < 420 mOsm/L.
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
28-01-2021
23-03-2021
ITEM N° 6 FORMULA POLIMERICA COMPLETA PARA ADULTOS CON FIBRA
Podría la convocante modificar las especificaciones técnicas del item en cuestión, ampliando el rango de los siguientes componentes a: Calorías de 0,8 1,2 Kcal/ml (Dilucion Estandar). Osmolaridad: < 420 mOsm/L.
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos, numeral 1) Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las Especificaciones Técnicas se encuentran establecidas de acuerdo al Cuadro Básico de Dispositivos Médicos Vigente aprobado por la Máxima Autoridad de la Institución.
8
ITEM N° 8 FORMULA POLIMERICA SIN LACTOSA Y GLUTEN PEDIATRICO POLVO
Podría la convocante modificar las especificaciones técnicas del item en cuestión, ampliando el rango de la Osmolaridad a: Osmolaridad: < 415 mOsm/L.
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
28-01-2021
23-03-2021
ITEM N° 8 FORMULA POLIMERICA SIN LACTOSA Y GLUTEN PEDIATRICO POLVO
Podría la convocante modificar las especificaciones técnicas del item en cuestión, ampliando el rango de la Osmolaridad a: Osmolaridad: < 415 mOsm/L.
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos, numeral 1) Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las Especificaciones Técnicas se encuentran establecidas de acuerdo al Cuadro Básico de Dispositivos Médicos Vigente aprobado por la Máxima Autoridad de la Institución.
9
ITEM N° 2 e ITEM N° 8
En cada Item se podrá cotizar una formula con lactosa pero libre de Gluten?
En atención a que desde el punto de vista nutricional para pacientes diabéticos y pediátricos, la lactosa no representa un factor negativo en la nutrición efectiva de los mismos. Más bien promueve la absorción de calcio, que es el mineral más abundante en el cuerpo humano, además de funcionar como prebiótico a nivel de la microbiota intestinal, estimulando el aumento de las defensas tanto en pacientes pediátricos como diabéticos.-
En cada Item se podrá cotizar una formula con lactosa pero libre de Gluten?
En atención a que desde el punto de vista nutricional para pacientes diabéticos y pediátricos, la lactosa no representa un factor negativo en la nutrición efectiva de los mismos. Más bien promueve la absorción de calcio, que es el mineral más abundante en el cuerpo humano, además de funcionar como prebiótico a nivel de la microbiota intestinal, estimulando el aumento de las defensas tanto en pacientes pediátricos como diabéticos.-
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos, numeral 1) Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las Especificaciones Técnicas se encuentran establecidas de acuerdo al Cuadro Básico de Dispositivos Médicos Vigente aprobado por la Máxima Autoridad de la Institución.
10
ITEM N° 9 FORMULA POLIMERICA MODIFICADA PARA INSUFICIENCIA RENAL
Podría la convocante ampliar el rango de los siguientes componentes a: Proteínas: de 5 a 12% del VCT. Grasas: de 35 a 47% del VCT
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
28-01-2021
23-03-2021
ITEM N° 9 FORMULA POLIMERICA MODIFICADA PARA INSUFICIENCIA RENAL
Podría la convocante ampliar el rango de los siguientes componentes a: Proteínas: de 5 a 12% del VCT. Grasas: de 35 a 47% del VCT
Lo solicitado en ningún aspecto altera la calidad y eficacia del producto a ser solicitado, más bien contribuye a no limitar la participación de los potenciales oferentes y que la convocante cuente con mejores ofertas en cuanto a precio y calidad.-
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Punto Especificaciones Técnicas y Suministros Requeridos, numeral 1) Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones, dado que las Especificaciones Técnicas se encuentran establecidas de acuerdo al Cuadro Básico de Dispositivos Médicos Vigente aprobado por la Máxima Autoridad de la Institución.