Sección I. Calendario de Eventos y datos de la Subasta, numeral 10.7
Debido al corto plazo para la presentación de una Garantía Bancaria, entendemos la Garantía de Mantenimiento de Oferta podría consistir en la presentación de una Póliza de Seguro a satisfacción de la Contratante de acuerdo a lo establecido en el Art. 39 de la Ley de Contrataciones Públicas 2051/03, confirmar si el porcentaje de la garantía de mantenimiento se mantendría el 3% del monto total de la oferta
16-02-2015
26-02-2015
Sección I. Calendario de Eventos y datos de la Subasta, numeral 10.7
Debido al corto plazo para la presentación de una Garantía Bancaria, entendemos la Garantía de Mantenimiento de Oferta podría consistir en la presentación de una Póliza de Seguro a satisfacción de la Contratante de acuerdo a lo establecido en el Art. 39 de la Ley de Contrataciones Públicas 2051/03, confirmar si el porcentaje de la garantía de mantenimiento se mantendría el 3% del monto total de la oferta
Remitirse a la Adenda N° 2, Modificación N° 25 y 26.
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Sección III. Suministros requeridos. Capitulo II de las Embarcaciones, numeral 2.6
Capítulo II. De las Embarcaciones, 2.6., Considerando los certificados de Arqueo y Francobordo emitidos por la Prefectura General Naval aún están vigentes, y que Marina Mercante ha ampliado los plazos para el periodo de habilitación hasta el 31/03/15 según Nota DGMM N° 11/2015 del 14/01/15, solicitamos sean considerados como válidos los certificados emitidos por la PGN
16-02-2015
26-02-2015
Sección III. Suministros requeridos. Capitulo II de las Embarcaciones, numeral 2.6
Capítulo II. De las Embarcaciones, 2.6., Considerando los certificados de Arqueo y Francobordo emitidos por la Prefectura General Naval aún están vigentes, y que Marina Mercante ha ampliado los plazos para el periodo de habilitación hasta el 31/03/15 según Nota DGMM N° 11/2015 del 14/01/15, solicitamos sean considerados como válidos los certificados emitidos por la PGN
Sección III. Suministros requeridos. Capitulo II de las Embarcaciones, numeral 2.5
Capítulo II., 2.5. Estado de Conservación, numeral 2.5.2., Debido al corto plazo de tiempo para la presentación de los documentos exigidos, solicitamos que los certificados de medición de espesor sean regularizados en un plazo de 90 días en caso de ser adjudicados
16-02-2015
26-02-2015
Sección III. Suministros requeridos. Capitulo II de las Embarcaciones, numeral 2.5
Capítulo II., 2.5. Estado de Conservación, numeral 2.5.2., Debido al corto plazo de tiempo para la presentación de los documentos exigidos, solicitamos que los certificados de medición de espesor sean regularizados en un plazo de 90 días en caso de ser adjudicados
Sección IV. Condiciones Especiales del Contrato, CGC 14.1, 14.2 y 14.3
CGC 14.1, 14.2 Y 14.3; En relación al Párrafo quinto, donde menciona que la factura será abonada por PETROPAR dentro de los 15 días posteriores a la finalización de la descarga del convoy nominado; Solicitamos que para las cargas que se destinan parte del convoy a puertos diferentes a Villa Elisa, se abone el flete sin demoras para todo lo descargado en Villa Elisa
16-02-2015
26-02-2015
Sección IV. Condiciones Especiales del Contrato, CGC 14.1, 14.2 y 14.3
CGC 14.1, 14.2 Y 14.3; En relación al Párrafo quinto, donde menciona que la factura será abonada por PETROPAR dentro de los 15 días posteriores a la finalización de la descarga del convoy nominado; Solicitamos que para las cargas que se destinan parte del convoy a puertos diferentes a Villa Elisa, se abone el flete sin demoras para todo lo descargado en Villa Elisa
Remitirse a la Adenda N° 2, Modificación N° 16 y 17.
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Capítulo III. Del Servicio, numeral 4.
Cap. III, 4. Procedimiento para la nominación de embarcaciones, párrafo 8; Entendemos se debe considerar lo sgte.: "Los volúmenes transportados por los convoyes no podrán soprepasar los límites establecidos por la cobertura máxima de la póliza flotante del seguro de la mercadería contratada por PETROPAR. La cobertura de la póliza flotante del seguro de mercadería contratada es de Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica QUINCE MILLONES (U$$ 15.000.000). Para el caso que la carga sobrepase el costo mencionado en el presente artículo, PETROPAR arbitrará los mecanismos necesarios para asegurar la diferencia eximiendo a la ARMADORA de cualquier responsabilidad y demás costas correspondientes al volumen adicional
Cap. III, 4. Procedimiento para la nominación de embarcaciones, párrafo 8; Entendemos se debe considerar lo sgte.: "Los volúmenes transportados por los convoyes no podrán soprepasar los límites establecidos por la cobertura máxima de la póliza flotante del seguro de la mercadería contratada por PETROPAR. La cobertura de la póliza flotante del seguro de mercadería contratada es de Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica QUINCE MILLONES (U$$ 15.000.000). Para el caso que la carga sobrepase el costo mencionado en el presente artículo, PETROPAR arbitrará los mecanismos necesarios para asegurar la diferencia eximiendo a la ARMADORA de cualquier responsabilidad y demás costas correspondientes al volumen adicional
Remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
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CAPITULO II. DE LAS EMBARCACIONES 2. INFORMACIONES REQUERIDAS
DE LAS EMBARCACIONES 2.7. EN RELACIÓN A LAS PÓLIZAS DE SEGUROS EN IDIOMA INGLÉS CONFIRMAR SI LAS MISMAS DEBERÍAN SER TRADUCIDAS AL CASTELLANO O SERÁN ACEPTADAS EN SU IDIOMA ORIGINAL
17-02-2015
26-02-2015
CAPITULO II. DE LAS EMBARCACIONES 2. INFORMACIONES REQUERIDAS
DE LAS EMBARCACIONES 2.7. EN RELACIÓN A LAS PÓLIZAS DE SEGUROS EN IDIOMA INGLÉS CONFIRMAR SI LAS MISMAS DEBERÍAN SER TRADUCIDAS AL CASTELLANO O SERÁN ACEPTADAS EN SU IDIOMA ORIGINAL
CAPITULO II. DE LAS EMBARCACIONES 2. INFORMACIONES REQUERIDAS
DE LAS EMBARCACIONES 2.7.2., Pólizas de seguros de protección e indemnidad (Protection and Indemnity), con cobertura para daños ecológicos. Favor aclarar si por cobertura para daños ecológicos se refieren a la cobertura de responsabilidad civil de la Armadora por daños causados por derrames de hidrocarburos
17-02-2015
26-02-2015
CAPITULO II. DE LAS EMBARCACIONES 2. INFORMACIONES REQUERIDAS
DE LAS EMBARCACIONES 2.7.2., Pólizas de seguros de protección e indemnidad (Protection and Indemnity), con cobertura para daños ecológicos. Favor aclarar si por cobertura para daños ecológicos se refieren a la cobertura de responsabilidad civil de la Armadora por daños causados por derrames de hidrocarburos
Remitirse a la Adenda N° 2, Modificación N° 8 y 9.
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CAPITULO II. DE LAS EMBARCACIONES 2. INFORMACIONES REQUERIDAS
DE LAS EMBARCACIONES 2.7.5., En la cual mencionan será válida la presentación de una declaración jurada de que los seguros han sido renovados para el año corriente conjuntamente con una copia autenticada del cargo de renovación de los seguros de las embarcaciones. Favor aclarar si por cargo se entiende una carta de confirmación de cobertura y quien debe autenticar la copia requerida
17-02-2015
26-02-2015
CAPITULO II. DE LAS EMBARCACIONES 2. INFORMACIONES REQUERIDAS
DE LAS EMBARCACIONES 2.7.5., En la cual mencionan será válida la presentación de una declaración jurada de que los seguros han sido renovados para el año corriente conjuntamente con una copia autenticada del cargo de renovación de los seguros de las embarcaciones. Favor aclarar si por cargo se entiende una carta de confirmación de cobertura y quien debe autenticar la copia requerida
Seccion IV Penalidades por demoras. Demoras en la carga en operaciones de alijo .Observaciones
De acuerdo al pliego "La ventana de carga de la ARMADORA será de 3 días antes del inicio de la ventana de carga de 3 días del proveedor del producto.
Ejemplo:
Ventana Convoy: 1-3 Mayo
Ventana buque: 4-6 Mayo
consulta:De acuerdo con esto, si el convoy llega el 1ro de Mayo, y el buque el 6 de Mayo, es a costo de la armodora los 4 dias de espera?
17-02-2015
26-02-2015
Seccion IV Penalidades por demoras. Demoras en la carga en operaciones de alijo .Observaciones