Para el Ítem 1, solicitamos a la convocante tenga a bien modificar el parámetro de “Temperatura de operación: 0°C a 45°C” a “Temperatura de operación: como mínimo 0°C a 40°C”, considerando que la mayoría de los entornos de instalación de estos equipos (salas técnicas con control ambiental) no requieren temperaturas superiores a 40°C, por lo que extender el límite hasta 45°C no aporta beneficios reales. Esta modificación permite mayor compatibilidad con equipos disponibles en el mercado, evita restricciones innecesarias y asegura la operación confiable del sistema en condiciones normales de instalación, garantizando la continuidad y estabilidad de la infraestructura.
Para el Ítem 1, solicitamos a la convocante tenga a bien modificar el parámetro de “Temperatura de operación: 0°C a 45°C” a “Temperatura de operación: como mínimo 0°C a 40°C”, considerando que la mayoría de los entornos de instalación de estos equipos (salas técnicas con control ambiental) no requieren temperaturas superiores a 40°C, por lo que extender el límite hasta 45°C no aporta beneficios reales. Esta modificación permite mayor compatibilidad con equipos disponibles en el mercado, evita restricciones innecesarias y asegura la operación confiable del sistema en condiciones normales de instalación, garantizando la continuidad y estabilidad de la infraestructura.
Para el Ítem 1, solicitamos a la convocante tenga a bien eliminar o establecer como opcional el requisito de “Ventiladores reemplazables en caliente”, considerando que esta característica no es crítica para la operación continua del sistema, ya que los equipos modernos incluyen mecanismos de redundancia y alertas de temperatura que garantizan la estabilidad incluso durante reemplazos programados. Mantenerla como obligatoria limitará la participación de oferentes y encarecerá innecesariamente la solución, sin aportar beneficios significativos en términos de continuidad operativa o confiabilidad.
Para el Ítem 1, solicitamos a la convocante tenga a bien eliminar o establecer como opcional el requisito de “Ventiladores reemplazables en caliente”, considerando que esta característica no es crítica para la operación continua del sistema, ya que los equipos modernos incluyen mecanismos de redundancia y alertas de temperatura que garantizan la estabilidad incluso durante reemplazos programados. Mantenerla como obligatoria limitará la participación de oferentes y encarecerá innecesariamente la solución, sin aportar beneficios significativos en términos de continuidad operativa o confiabilidad.
Solicitamos a la convocante considerar la inclusión en el pliego de bases y condiciones de la exigencia de que los oferentes cuenten con certificación ISO 27001:2022 o superior, como parte de la capacidad técnica requerida para participar en la licitación. Esta certificación permite garantizar que los oferentes poseen prácticas reconocidas internacionalmente en gestión de seguridad de la información, protección de datos y control de riesgos, asegurando la correcta provisión de servicios de soporte técnico de hardware y software, asistencia técnica bajo demanda, así como la provisión de mano de obra y repuestos necesarios para la operación de equipos críticos como los switches core objeto de esta adquisición. Consideramos que esta exigencia es relevante para proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas de la entidad, y para asegurar que los oferentes aplican estándares de gestión de seguridad en la prestación de servicios tanto para entornos de tecnología de la información como para centros de datos. Reiteramos que su inclusión como capacidad técnica fortalece la confiabilidad y seguridad de la operación, asegurando que los servicios críticos sean provistos por empresas que cumplen estándares internacionales de gestión de seguridad de la información.
Solicitamos a la convocante considerar la inclusión en el pliego de bases y condiciones de la exigencia de que los oferentes cuenten con certificación ISO 27001:2022 o superior, como parte de la capacidad técnica requerida para participar en la licitación. Esta certificación permite garantizar que los oferentes poseen prácticas reconocidas internacionalmente en gestión de seguridad de la información, protección de datos y control de riesgos, asegurando la correcta provisión de servicios de soporte técnico de hardware y software, asistencia técnica bajo demanda, así como la provisión de mano de obra y repuestos necesarios para la operación de equipos críticos como los switches core objeto de esta adquisición. Consideramos que esta exigencia es relevante para proteger la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas de la entidad, y para asegurar que los oferentes aplican estándares de gestión de seguridad en la prestación de servicios tanto para entornos de tecnología de la información como para centros de datos. Reiteramos que su inclusión como capacidad técnica fortalece la confiabilidad y seguridad de la operación, asegurando que los servicios críticos sean provistos por empresas que cumplen estándares internacionales de gestión de seguridad de la información.
Para el Ítem 2, solicitamos a la convocante favor aclarar la capacidad de la UPS requerida, ya que se observa que en las especificaciones técnicas de la licitación se indica que la UPS central es de 15 KVA, mientras que en la página oficial de DNCP se menciona 10 KVA, así también recalcamos que potencia de 10 KVA resulta suficiente para cubrir los requerimientos técnicos y la carga prevista de los equipos, garantizando la continuidad operativa de los sistemas alimentados, sin necesidad de sobredimensionamiento que podría incrementar costos y complejidad de la implementación. Esta aclaración permitirá a los oferentes presentar sus propuestas de manera alineada con la capacidad realmente necesaria, asegurando eficiencia, confiabilidad y cumplimiento de los objetivos de la licitación.
Para el Ítem 2, solicitamos a la convocante favor aclarar la capacidad de la UPS requerida, ya que se observa que en las especificaciones técnicas de la licitación se indica que la UPS central es de 15 KVA, mientras que en la página oficial de DNCP se menciona 10 KVA, así también recalcamos que potencia de 10 KVA resulta suficiente para cubrir los requerimientos técnicos y la carga prevista de los equipos, garantizando la continuidad operativa de los sistemas alimentados, sin necesidad de sobredimensionamiento que podría incrementar costos y complejidad de la implementación. Esta aclaración permitirá a los oferentes presentar sus propuestas de manera alineada con la capacidad realmente necesaria, asegurando eficiencia, confiabilidad y cumplimiento de los objetivos de la licitación.
Para el Ítem 2, solicitamos a la convocante favor aclarar si serán aceptados equipos cuyas baterías tengan las siguientes características: Cantidad mínima: 16, Voltaje: 12V, Capacidad: 9AH, asegurando que cumplan con los requerimientos de autonomía, desempeño y continuidad operativa establecidos en el pliego de bases y condiciones. Esto permitirá una mayor participación de oferentes, evitando así restringir las especificaciones técnicas.
Para el Ítem 2, solicitamos a la convocante favor aclarar si serán aceptados equipos cuyas baterías tengan las siguientes características: Cantidad mínima: 16, Voltaje: 12V, Capacidad: 9AH, asegurando que cumplan con los requerimientos de autonomía, desempeño y continuidad operativa establecidos en el pliego de bases y condiciones. Esto permitirá una mayor participación de oferentes, evitando así restringir las especificaciones técnicas.
Para el ítem 3, solicitamos a la convocante favor aclarar si serán aceptados equipos con “3 Tomas de salida como mínimo”, ya que la variación en cuanto a cantidad es mínima, y la misma no afecta la funcionalidad final ni los requerimientos de operación y conectividad de los equipos a ser alimentados. Esto permitirá una mayor participación de oferentes, evitando así restringir las especificaciones técnicas.
Para el ítem 3, solicitamos a la convocante favor aclarar si serán aceptados equipos con “3 Tomas de salida como mínimo”, ya que la variación en cuanto a cantidad es mínima, y la misma no afecta la funcionalidad final ni los requerimientos de operación y conectividad de los equipos a ser alimentados. Esto permitirá una mayor participación de oferentes, evitando así restringir las especificaciones técnicas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en el punto N° 7 de la planilla de Especificaciones de este equipo:
Capacidad mínima de forwarding entre módulos o miembros del stacking (backplane soportado por equipo) – 400Gbps
Considerando que la suma de capacidades de las interfaces requeridas (12×10G y 36×1G) resulta en 156 Gbps de tráfico agregado teórico, se solicita aclarar el fundamento del requerimiento de 400 Gbps de capacidad de forwarding en stacking, dado que dicho valor no se corresponde directamente con la capacidad de interfaces solicitada.
La presente consulta se realiza a fin de evitar posibles sobredimensionamientos que puedan impactar en la propuesta y en la amplitud de opciones disponibles para la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en el punto N° 7 de la planilla de Especificaciones de este equipo:
Capacidad mínima de forwarding entre módulos o miembros del stacking (backplane soportado por equipo) – 400Gbps
Considerando que la suma de capacidades de las interfaces requeridas (12×10G y 36×1G) resulta en 156 Gbps de tráfico agregado teórico, se solicita aclarar el fundamento del requerimiento de 400 Gbps de capacidad de forwarding en stacking, dado que dicho valor no se corresponde directamente con la capacidad de interfaces solicitada.
La presente consulta se realiza a fin de evitar posibles sobredimensionamientos que puedan impactar en la propuesta y en la amplitud de opciones disponibles para la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en el punto N° 8 de la planilla de Especificaciones de este equipo:
El equipo deberá estar equipado con la cantidad de memoria RAM y FLASH mínima necesaria para soportar todas las funcionalidades de la última versión del sistema operativo en el momento de la entrega del equipo y los requerimientos de prestaciones y performance solicitados en estas especificaciones técnicas: RAM/DRAM 4GB.
Se solicita considerar como opcional el requerimiento de capacidad mínima de memoria RAM/Flash, dado que la performance y las funcionalidades del equipo están determinadas principalmente por la arquitectura de hardware y el sistema operativo del fabricante, pudiendo diferentes plataformas ofrecer iguales o superiores capacidades con distintas configuraciones de memoria. Se propone que el cumplimiento se evalúe en base a las funcionalidades y prestaciones requeridas en las presentes especificaciones técnicas.
La presente consulta se realiza a fin de evitar posibles limitaciones en la concurrencia de oferentes, así como eventuales sobredimensionamientos que puedan impactar en el costo del equipo ofertado, sin representar necesariamente una mejora en las capacidades funcionales requeridas.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en el punto N° 8 de la planilla de Especificaciones de este equipo:
El equipo deberá estar equipado con la cantidad de memoria RAM y FLASH mínima necesaria para soportar todas las funcionalidades de la última versión del sistema operativo en el momento de la entrega del equipo y los requerimientos de prestaciones y performance solicitados en estas especificaciones técnicas: RAM/DRAM 4GB.
Se solicita considerar como opcional el requerimiento de capacidad mínima de memoria RAM/Flash, dado que la performance y las funcionalidades del equipo están determinadas principalmente por la arquitectura de hardware y el sistema operativo del fabricante, pudiendo diferentes plataformas ofrecer iguales o superiores capacidades con distintas configuraciones de memoria. Se propone que el cumplimiento se evalúe en base a las funcionalidades y prestaciones requeridas en las presentes especificaciones técnicas.
La presente consulta se realiza a fin de evitar posibles limitaciones en la concurrencia de oferentes, así como eventuales sobredimensionamientos que puedan impactar en el costo del equipo ofertado, sin representar necesariamente una mejora en las capacidades funcionales requeridas.
Aclaración respecto a los puertos ópticos 40GbE requeridos
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en el punto N° 14 de la planilla de Especificaciones de este equipo:
Vinculación de equipos por puertos con interfaces que soporten mínimo 40GbE.
Al respecto, se solicita aclarar la cantidad mínima de puertos ópticos 40GbE requeridos por equipo para la vinculación entre switches, así como si estos deben ser puertos dedicados o pueden ser compartidos con funciones de uplink o stacking, a fin de poder dimensionar correctamente la solución.
La presente consulta se realiza para asegurar la correcta interpretación del requerimiento, permitiendo a los oferentes dimensionar adecuadamente y presentar propuestas comparables en igualdad de condiciones.
13-04-2026
Aclaración respecto a los puertos ópticos 40GbE requeridos
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en el punto N° 14 de la planilla de Especificaciones de este equipo:
Vinculación de equipos por puertos con interfaces que soporten mínimo 40GbE.
Al respecto, se solicita aclarar la cantidad mínima de puertos ópticos 40GbE requeridos por equipo para la vinculación entre switches, así como si estos deben ser puertos dedicados o pueden ser compartidos con funciones de uplink o stacking, a fin de poder dimensionar correctamente la solución.
La presente consulta se realiza para asegurar la correcta interpretación del requerimiento, permitiendo a los oferentes dimensionar adecuadamente y presentar propuestas comparables en igualdad de condiciones.
Limitación de requerimientos nativos de auditoría en el equipo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en los puntos N° 72, 73 y 74 de la planilla de Especificaciones de este equipo respectivamente:
- Cantidad mínima de configuraciones anteriores a almacenar automáticamente con fines de auditoría
- Soporte configuración de rescate almacenada especialmente por el administrador
- Permitirá deshacer cambios de configuración que no se confirmen dentro de un plazo prestablecido
Se solicita considerar como opcionales los requerimientos de almacenamiento automático de configuraciones históricas, configuración de rescate y rollback automático de configuraciones no confirmadas, en conjunto con las demás especificaciones técnicas solicitadas sugiere un direccionamiento a la marca Juniper modelo EX4400-48F, lo cual limita la libre competencia y contradice los principios de igualdad y concurrencia de oferentes.
La presente consulta se levanta a fin de evitar posibles restricciones en la participación, promoviendo condiciones igualitarias entre oferentes y asegurando que la evaluación se base en el cumplimiento de los objetivos funcionales y operativos requeridos.
13-04-2026
Limitación de requerimientos nativos de auditoría en el equipo
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Suministros Requeridos y Especificaciones técnicas. ITEM 1 SWITCH DE CORE de 48 puertos, se solicita en los puntos N° 72, 73 y 74 de la planilla de Especificaciones de este equipo respectivamente:
- Cantidad mínima de configuraciones anteriores a almacenar automáticamente con fines de auditoría
- Soporte configuración de rescate almacenada especialmente por el administrador
- Permitirá deshacer cambios de configuración que no se confirmen dentro de un plazo prestablecido
Se solicita considerar como opcionales los requerimientos de almacenamiento automático de configuraciones históricas, configuración de rescate y rollback automático de configuraciones no confirmadas, en conjunto con las demás especificaciones técnicas solicitadas sugiere un direccionamiento a la marca Juniper modelo EX4400-48F, lo cual limita la libre competencia y contradice los principios de igualdad y concurrencia de oferentes.
La presente consulta se levanta a fin de evitar posibles restricciones en la participación, promoviendo condiciones igualitarias entre oferentes y asegurando que la evaluación se base en el cumplimiento de los objetivos funcionales y operativos requeridos.