En la planilla, el "Ítem 65: Puente peatonal en calle De la Amistad" indica cantidad “global 2”. Sin embargo, en el plano “Arquitectura – Etapa 1” solo se identifica una unidad.
Solicitamos confirmar la cantidad real prevista (¿1 o 2?).
Solicitamos precisar la ubicación/progresiva de cada puente peatonal (y, de ser posible, sus coordenadas).
En caso de mantenerse 2 unidades, solicitamos indicar el plano en el que consten ambas localizaciones.
En la planilla, el "Ítem 65: Puente peatonal en calle De la Amistad" indica cantidad “global 2”. Sin embargo, en el plano “Arquitectura – Etapa 1” solo se identifica una unidad.
Solicitamos confirmar la cantidad real prevista (¿1 o 2?).
Solicitamos precisar la ubicación/progresiva de cada puente peatonal (y, de ser posible, sus coordenadas).
En caso de mantenerse 2 unidades, solicitamos indicar el plano en el que consten ambas localizaciones.
En la planilla de cantidades, ítem 65 Construcción de puente peatonal calle De la Amistad, figura gl 2, por lo que entendemos que son 2 (dos) puentes.
En los detalles de arquitectura hemos identificado un puente peatonal en la progresiva 6+260, pero no encontramos dónde se ubica el siguiente puente en la zona.
¿Podrían indicarnos en qué progresiva cercana se encuentra el segundo puente peatonal?
La identificación es importante para los oferentes para poder cotizar correctamente, previendo su longitud y las dificultades propias de la instalación.
En la planilla de cantidades, ítem 65 Construcción de puente peatonal calle De la Amistad, figura gl 2, por lo que entendemos que son 2 (dos) puentes.
En los detalles de arquitectura hemos identificado un puente peatonal en la progresiva 6+260, pero no encontramos dónde se ubica el siguiente puente en la zona.
¿Podrían indicarnos en qué progresiva cercana se encuentra el segundo puente peatonal?
La identificación es importante para los oferentes para poder cotizar correctamente, previendo su longitud y las dificultades propias de la instalación.
En el PBC, Capacidad en materia de personal, CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL OBLIGATORIO DE APOYO (pag 32/235), se indica: "Perfiles personales de apoyo: 1 (un) responsable ambiental, 1 (un) técnico ambiental, 1 (un) responsable syso, 1 (un) responsable social, TÉCNICO SOCIAL."
En el último personal TECNICO SOCIAL no se indica cantidad, entendemos que debe ser UN TECNICO SOCIAL, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de personal, CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL OBLIGATORIO DE APOYO (pag 32/235), se indica: "Perfiles personales de apoyo: 1 (un) responsable ambiental, 1 (un) técnico ambiental, 1 (un) responsable syso, 1 (un) responsable social, TÉCNICO SOCIAL."
En el último personal TECNICO SOCIAL no se indica cantidad, entendemos que debe ser UN TECNICO SOCIAL, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de personal, CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL OBLIGATORIO DE APOYO SOLICITADO PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO (pag 32/235), se indica: "Perfiles personales de apoyo: 1 (un) responsable ambiental, 1 (un) técnico ambiental, 1 (un) responsable syso, 1 (un) responsable social, técnico social."
Entendemos que el personal citado en este apartado del PBC, NO debe ser presentado en la etapa de licitación, entendiendo que recién deberá ser presentado por la empresa adjudicada para la firma de contrato.
Favor confirmar nuestro entendimiento.
En el PBC, Capacidad en materia de personal, CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL OBLIGATORIO DE APOYO SOLICITADO PARA EL DESARROLLO DEL CONTRATO (pag 32/235), se indica: "Perfiles personales de apoyo: 1 (un) responsable ambiental, 1 (un) técnico ambiental, 1 (un) responsable syso, 1 (un) responsable social, técnico social."
Entendemos que el personal citado en este apartado del PBC, NO debe ser presentado en la etapa de licitación, entendiendo que recién deberá ser presentado por la empresa adjudicada para la firma de contrato.
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “El Oferente deberá demostrar que cuenta con los equipos clave propios y/o alquilados que se enumeran a continuación, para cada frente de obra exigido en este llamado; al menos el 50 % de los equipos deben ser propios de la Empresa y el otro 50% de los equipos podrán ser alquilados.”
A fin de que los oferentes puedan llenar correctamente los formularios y evitar confusiones, solicitamos lo siguiente:
- Confirmar que la cantidad de equipos total solicitado en el apartado correspondiente a capacidad en materia de equipos es de 29 (veintinueve) equipos según nuestro conteo, ¿es correcto nuestro entendimiento?
- En caso de que la cantidad total de equipos sea de 29 (veintinueve), entendemos que el 50% propio, según se solicita en al PBC, corresponde a 14 unidades de equipos sin distinción de cuál equipo es, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “El Oferente deberá demostrar que cuenta con los equipos clave propios y/o alquilados que se enumeran a continuación, para cada frente de obra exigido en este llamado; al menos el 50 % de los equipos deben ser propios de la Empresa y el otro 50% de los equipos podrán ser alquilados.”
A fin de que los oferentes puedan llenar correctamente los formularios y evitar confusiones, solicitamos lo siguiente:
- Confirmar que la cantidad de equipos total solicitado en el apartado correspondiente a capacidad en materia de equipos es de 29 (veintinueve) equipos según nuestro conteo, ¿es correcto nuestro entendimiento?
- En caso de que la cantidad total de equipos sea de 29 (veintinueve), entendemos que el 50% propio, según se solicita en al PBC, corresponde a 14 unidades de equipos sin distinción de cuál equipo es, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “Equipos topográficos estación total.”
Entendemos que se refiere a UNA ESTACIÓN TOTAL y NO a varias estaciones totales, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “Equipos topográficos estación total.”
Entendemos que se refiere a UNA ESTACIÓN TOTAL y NO a varias estaciones totales, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “Equipos topográficos nivel óptico.”
Entendemos que se refiere a UN NIVEL OPTICO y NO a varios niveles ópticos, ¿es correcto nuestro entendimiento
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “Equipos topográficos nivel óptico.”
Entendemos que se refiere a UN NIVEL OPTICO y NO a varios niveles ópticos, ¿es correcto nuestro entendimiento
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “Equipo vibrador eléctrico para colocación de hormigón.”
Entendemos que se refiere a UN VIBRADOR ELÉCTRICO y NO a varios vibradores eléctricos, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “Equipo vibrador eléctrico para colocación de hormigón.”
Entendemos que se refiere a UN VIBRADOR ELÉCTRICO y NO a varios vibradores eléctricos, ¿es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “4 (cuatro) camiones volquete, con capacidad no menor a 5 toneladas.”
Entendemos que los camiones estándar doble eje de 15 Toneladas cumplen con el requisito establecido en este apartado del PBC, cumpliendo que no sea menor a 5 toneladas, ¿Es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Capacidad en materia de equipos (pág. 34/236), se indica: “4 (cuatro) camiones volquete, con capacidad no menor a 5 toneladas.”
Entendemos que los camiones estándar doble eje de 15 Toneladas cumplen con el requisito establecido en este apartado del PBC, cumpliendo que no sea menor a 5 toneladas, ¿Es correcto nuestro entendimiento?
En el PBC, Fondo de reparo (pág. 213/236), se indica: “Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.”
Además, “Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay: Haga clic aquí para escribir texto.”
Solicitamos indicar si el fondo de reparo podrá ser sustituido o no por una póliza de seguros, ya que no está detallada la confirmación ni el tipo de póliza que podría solicitarse.
En caso de que no esté prevista la posibilidad de cambiar el fondo de reparo por una póliza, sugerimos introducir el siguiente cambio en el PBC, como ya lo han realizado otros llamados de la misma envergadura.
Texto propuesto: “Con la recepción provisoria de la obra, el Contratista podrá solicitar la devolución de los fondos retenidos en concepto de reparos, previa presentación por parte del Contratista de una póliza de seguro de primer requerimiento, conforme lo establece la Resolución MOPC N˚ 1544 de fecha 16/07/2019: (…)”
En el PBC, Fondo de reparo (pág. 213/236), se indica: “Del monto de pago de cada certificado, la contratante deducirá un cinco por ciento (5%) en concepto de fondo de reparos, suma que no devengará intereses y que será devuelta al contratista dentro del plazo establecido en el art. 71 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, en forma posterior a la recepción definitiva.”
Además, “Este fondo podrá ser sustituido por una póliza de seguros a satisfacción de la contratante emitida por una compañía de seguros autorizada a operar y emitir pólizas en la República del Paraguay: Haga clic aquí para escribir texto.”
Solicitamos indicar si el fondo de reparo podrá ser sustituido o no por una póliza de seguros, ya que no está detallada la confirmación ni el tipo de póliza que podría solicitarse.
En caso de que no esté prevista la posibilidad de cambiar el fondo de reparo por una póliza, sugerimos introducir el siguiente cambio en el PBC, como ya lo han realizado otros llamados de la misma envergadura.
Texto propuesto: “Con la recepción provisoria de la obra, el Contratista podrá solicitar la devolución de los fondos retenidos en concepto de reparos, previa presentación por parte del Contratista de una póliza de seguro de primer requerimiento, conforme lo establece la Resolución MOPC N˚ 1544 de fecha 16/07/2019: (…)”