Secciones
Versión 3
Versión 4
Diferencias entre las versiones 3 y 4
Periodo de construcción, lugar y otros datos
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra a será realizada será conforme a lo siguiente:
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Periodo de Construcción: 120 (ciento veinte) días calendario, contados a partir de la emisión de orden de servicio para la construcción y terminación de los espacios escolares por cada establecimiento escolar. Lugar: En las instituciones Educativas, que se encuentran establecido en el PBC sección Datos de la Convocatoria "Datos para la identificación del sitio de obras". Otros Datos: Orden de Servicio N° 1: Reconocimiento del sitio de implantación y ubicación. Diagramación, impresión y preparación de carpeta municipal para aprobación, los cuales deberán ser presentados a la Dirección de Infraestructura del MEC como máximo dentro de los 30 días calendario, contados desde la emisión de la Orden de Servicio. Orden de Servicio N° 2: Periodo de Construcción: 120 (ciento veinte) días calendario, contados a partir de la emisión de orden de servicio para la construcción y terminación de los espacios escolares por cada establecimiento escolar. Se aclara que no podrá emitirse la Orden de Servicio N° 2 hasta contar con los planos y la aprobación municipal respectiva, cuya gestión es responsabilidad de la contratante. |
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Observación: En el caso de que esta convocante cuente de forma anticipada con la aprobación municipal, las mismas serán proveídas a las firmas adjudicadas, y será emitida directamente la orden de servicio para el inicio de la construcción de las obras. Las órdenes de servicios serán emitidas de forma simultánea para cada establecimiento escolar. Para la realización de los trabajos, el Contratista arbitrará los medios necesarios para cubrir con el número de empleados, personal técnico especializado, operarios y demás elementos necesarios para que los trabajos a ejecutarse estén siempre en proporción a la magnitud y naturaleza de las obras, considerando que el plazo es de días calendario. El Contratista deberá informar periódicamente a la Fiscalización de Obras por escrito, la cantidad de operarios especificando nombre, apellido y horario de trabajo que intervendrán en el sector de la obra. Lugar: según lo establecido en la sección "Datos para la identificación del sitio de obras". |
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Periodo de construcción, lugar y otros datos
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra a será realizada será conforme a lo siguiente:
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Orden de Inicio N° 1: Reconocimiento del sitio de implantación y ubicación. Diagramación, impresión y preparación de carpeta municipal para aprobación, los cuales deberán ser presentados a la Dirección de Infraestructura del MEC como máximo dentro de los 30 (treinta) días calendario, contados desde la emisión de dicha Orden, conforme al listado de Instituciones Educativas a ser intervenidas. La Orden de Inicio N° 1 será emitida de forma simultánea para cada institución educativa Orden de Inicio N° 2: Periodo de Construcción - 120 (ciento veinte) días calendario, contados a partir de la emisión de dicha Orden de Inicio para la construcción y terminación de los espacios escolares por cada Institución Educativa Cabe aclarar que, no podrá emitirse la Orden de Inicio N° 2 hasta contar con los planos y la aprobación municipal respectiva, cuya gestión es responsabilidad de la contratante |
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Observación: En el caso de que esta convocante cuente de forma anticipada con la aprobación municipal, las mismas serán proveídas a las firmas adjudicadas, y será emitida directamente la Orden de Inicio N° 2 de la construcción de las obras. Para la realización de los trabajos, el Contratista arbitrará los medios necesarios para cubrir con el número de empleados, personal técnico especializado, operarios y demás elementos necesarios para que los trabajos a ejecutarse estén siempre en proporción a la magnitud y naturaleza de las obras, considerando que el plazo es de días calendario. El Contratista deberá informar periódicamente a la Fiscalización de Obras por escrito, la cantidad de operarios especificando nombre, apellido y horario de trabajo que intervendrán en el sector de la obra. Lugar: según lo establecido en la sección "Datos para la identificación del sitio de obras". |
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Periodo de construcción, lugar y otros datos
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La obra a será realizada será conforme a lo siguiente:
Orden de La Orden de Orden de
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Para la realización de los trabajos, el Contratista arbitrará los medios necesarios para cubrir con el número de empleados, personal técnico especializado, operarios y demás elementos necesarios para que los trabajos a ejecutarse estén siempre en proporción a la magnitud y naturaleza de las obras, considerando que el plazo es de días calendario. El Contratista deberá informar periódicamente a la Fiscalización de Obras por escrito, la cantidad de operarios especificando nombre, apellido y horario de trabajo que intervendrán en el sector de la obra. Lugar: según lo establecido en la sección "Datos para la identificación del sitio de obras". |
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Indicadores de Cumplimiento
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Las órdenes de servicio serán emitidas por cada establecimiento escolar en forma simultánea.
La Orden de Servicio N° 2 será emitida luego de contar con los planos y resolución de aprobación municipal correspondiente.
Observación: En el caso de que esta convocante cuente de forma anticipada con la aprobación municipal, las mismas serán proveídas a las firmas adjudicadas, y será emitida directamente la orden de servicio para el inicio de la construcción de las obras.
Frecuencia a partir de la Orden de Servicio 2: mensual
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INDICADOR |
TIPO DOCUMENTO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
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Orden de Servicio N° 1: Reconocimiento del sitio de implantación y ubicación. Diagramación, impresión y gestiones de Carpeta Municipal para aprobación |
Planos y planillas requeridos en el punto 2 de las especificaciones técnicas. |
como máximo dentro de los 30 días calendario, contado desde la emisión de la orden de servicio. |
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Orden de Servicio N° 2 |
Certificado de obra aprobado y firmado por la fiscalización |
Dentro de los 6 (seis) primeros días de cada mes. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Indicadores de Cumplimiento
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
La Orden de Inicio N° 1 será emitida de forma simultánea para cada institución educativa.
La Orden de Inicio N° 2 será emitida luego de contar con los planos y resolución de aprobación municipal correspondiente
Observación: En el caso de que esta convocante cuente de forma anticipada con la aprobación municipal, las mismas serán proveídas a las firmas adjudicadas, y será emitida directamente la Orden de Inicio N° 2 de la construcción de las obras
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INDICADOR |
TIPO DOCUMENTO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
| ORDEN DE INICIO 1-IMPLANTACIÓN Y DOCUMENTACIÓN | CARPETA MUNICIPAL |
30 DÍAS (POSTERIOR A LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE INICIO N°1) . |
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ORDEN DE INICIO 2-DE OBRAS |
PLANILLAS Y CERTIFICADOS DE OBRAS |
DENTRO DE LOS 6 (SEIS) PRIMEROS DIAS DEL MES SIGUIENTE. |
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ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA
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ACTA | 120 DIAS (POSTERIOR A LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE INICIO N° 2) |
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ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
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ACTA | 60 DIAS DESPUES DE LA EMISIÓN DEL ARP |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
Indicadores de Cumplimiento
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Las órdenesLa Orden de servicio serán emitidas por cada establecimiento escolar enInicio N° 1 será emitida de forma simultánea para cada institución educativa.
La Orden de Servicio Inicio N° 2 será emitida luego de contar con los planos y resolución de aprobación municipal correspondiente.
Observación:Observación: En el caso de que esta convocante cuente de forma anticipada con la aprobación municipal, las mismas serán proveídas a las firmas adjudicadas, y será emitida directamente la ordenOrden de servicio para el inicioInicio N° 2 de la construcción de las obras.
Frecuencia a partir de la Orden de Servicio 2: mensual
INDICADOR |
TIPO DOCUMENTO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
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| ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA
| ACTA | 120 DIAS (POSTERIOR A LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE INICIO N° 2) |
| ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA
| ACTA | 60 DIAS DESPUES DE LA EMISIÓN DEL ARP |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
