Lote 12 - Ítem 1 e Ítem 2 - razón de ser; SEPARAR en dos lotes
Se le consulta a la Convocante y se le solicita amablemente:
Explicar la razón de porqué juntar en un mismo lote 12; 2 tipos diferentes de stent coronario, ítem (1) un stent coronario fármaco-activo (medicado) para el tratamiento de lesiones estenóticas coronarias, y un ítem 2: stent graft o también llamado stent coronario revestido, que su indicación de uso es como stent de "emergencia" que permite SELLAR PERFORACIONES arteriales, y que su indicación de uso: es el tratamiento de PERFORACIONES AGUDAS de las arterias coronarias. No hace sentido combinar los dos ítems en un solo lote, dado que tienen INDICACIONES DE USO DIFERENTES.
Se le sugiere, y solicita amablemente a la Convocante, SEPARAR en DOS lotes estos ítems, en aras de conseguir mayor cantidad de ofertas en ambas categorías de producto, y tratar productos similares según indicación de uso, ampliando la posibilidad de ofertas en cada tipo de stent; fomentando la libre competencia en lugar de restringirla.
11-03-2026
Lote 12 - Ítem 1 e Ítem 2 - razón de ser; SEPARAR en dos lotes
Se le consulta a la Convocante y se le solicita amablemente:
Explicar la razón de porqué juntar en un mismo lote 12; 2 tipos diferentes de stent coronario, ítem (1) un stent coronario fármaco-activo (medicado) para el tratamiento de lesiones estenóticas coronarias, y un ítem 2: stent graft o también llamado stent coronario revestido, que su indicación de uso es como stent de "emergencia" que permite SELLAR PERFORACIONES arteriales, y que su indicación de uso: es el tratamiento de PERFORACIONES AGUDAS de las arterias coronarias. No hace sentido combinar los dos ítems en un solo lote, dado que tienen INDICACIONES DE USO DIFERENTES.
Se le sugiere, y solicita amablemente a la Convocante, SEPARAR en DOS lotes estos ítems, en aras de conseguir mayor cantidad de ofertas en ambas categorías de producto, y tratar productos similares según indicación de uso, ampliando la posibilidad de ofertas en cada tipo de stent; fomentando la libre competencia en lugar de restringirla.
Conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, se observa que el abastecimiento simultáneo aplica para los siguientes lotes: 01, 07, 09, 10, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 25, 30, 31, 32, 33, 34, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105 y 106. Sin embargo, se observa que los Lotes 2, 3, 4, 5, 6, 8, 11, 12, 13, de montos mínimos y máximos y los lotes 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 por cantidades mínimas y máximas no se encuentran contemplados bajo dicha modalidad.
Al respecto, se solicita respetuosamente a la Convocante considerar la posibilidad de incluir también a dichos lotes bajo la modalidad de abastecimiento simultáneo, atendiendo a que los mismos contemplan una cantidad significativa de insumos incluso superior a la prevista en otros lotes que sí se encuentran bajo dicha modalidad. Por ejemplo, en el Lote N°2 “Kt angiografía” que NO se realiza por abastecimiento simultáneo, tiene como monto mínimo 3.000.000.000 y monto máximo 6.000.000.000, en el Lote N°4 “introductores arteriales” que NO se realiza por abastecimiento simultáneo, tiene como monto mínimo 2.400.000.000 y máximo 4.800.000.000 sumas incluso mayores que otros lotes que sí se realizan por dicha modalidad, así también, los Lotes N°36, 37, 38, 39, 40 y demás cuyas cantidades mínimas y máximas son sumamente superior a otros lotes que sí se realizan por abastecimiento simultáneo.
Mantener dichos lotes sin la posibilidad de abastecimiento simultáneo podría generar dificultades operativas, logísticas y de cumplimiento oportuno, considerando la envergadura y volumen de los insumos requeridos además de vulnerar el principio de igualdad y libre competencia teniendo en cuenta que lotes de menor envergadura si se realiza por abastecimiento simultáneo, entonces, ¿qué criterio utiliza la convocante para realizar algunos Lotes por dicha modalidad y otros de mayor magnitud no?
Por lo expuesto, se solicita amablemente a la Convocante la revisión de TODOS aquellos lotes SIN abastecimiento simultáneo para incorporar dicha modalidad, a fin de favorecer una mayor concurrencia de oferentes, asegurar la adecuada provisión de los insumos y mantener criterios de razonabilidad y proporcionalidad entre los distintos lotes del proceso. En caso de negativa de su parte, nos reservamos los derechos a acudir a los mecanismos de impugnación correspondientes contemplados en la Ley 7021/22.
Conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, se observa que el abastecimiento simultáneo aplica para los siguientes lotes: 01, 07, 09, 10, 14, 15, 16, 17, 19, 20, 21, 22, 25, 30, 31, 32, 33, 34, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105 y 106. Sin embargo, se observa que los Lotes 2, 3, 4, 5, 6, 8, 11, 12, 13, de montos mínimos y máximos y los lotes 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44 por cantidades mínimas y máximas no se encuentran contemplados bajo dicha modalidad.
Al respecto, se solicita respetuosamente a la Convocante considerar la posibilidad de incluir también a dichos lotes bajo la modalidad de abastecimiento simultáneo, atendiendo a que los mismos contemplan una cantidad significativa de insumos incluso superior a la prevista en otros lotes que sí se encuentran bajo dicha modalidad. Por ejemplo, en el Lote N°2 “Kt angiografía” que NO se realiza por abastecimiento simultáneo, tiene como monto mínimo 3.000.000.000 y monto máximo 6.000.000.000, en el Lote N°4 “introductores arteriales” que NO se realiza por abastecimiento simultáneo, tiene como monto mínimo 2.400.000.000 y máximo 4.800.000.000 sumas incluso mayores que otros lotes que sí se realizan por dicha modalidad, así también, los Lotes N°36, 37, 38, 39, 40 y demás cuyas cantidades mínimas y máximas son sumamente superior a otros lotes que sí se realizan por abastecimiento simultáneo.
Mantener dichos lotes sin la posibilidad de abastecimiento simultáneo podría generar dificultades operativas, logísticas y de cumplimiento oportuno, considerando la envergadura y volumen de los insumos requeridos además de vulnerar el principio de igualdad y libre competencia teniendo en cuenta que lotes de menor envergadura si se realiza por abastecimiento simultáneo, entonces, ¿qué criterio utiliza la convocante para realizar algunos Lotes por dicha modalidad y otros de mayor magnitud no?
Por lo expuesto, se solicita amablemente a la Convocante la revisión de TODOS aquellos lotes SIN abastecimiento simultáneo para incorporar dicha modalidad, a fin de favorecer una mayor concurrencia de oferentes, asegurar la adecuada provisión de los insumos y mantener criterios de razonabilidad y proporcionalidad entre los distintos lotes del proceso. En caso de negativa de su parte, nos reservamos los derechos a acudir a los mecanismos de impugnación correspondientes contemplados en la Ley 7021/22.
En relación con la solicitud de incorporar la modalidad de abastecimiento simultáneo a determinados lotes, se debe considerar que varios de ellos se encuentran compuestos por más de un ítem, y conforme al sistema establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, la evaluación y comparación de ofertas se realiza por el monto total del lote y no por cada ítem de manera individual.
Cuando un lote contiene múltiples ítems, puede ocurrir que distintos oferentes presenten el menor precio en distintos ítems, lo cual genera dificultades para determinar a qué precio deberían adecuarse las ofertas en caso de aplicar el abastecimiento simultáneo.
A fin de ilustrar esta situación, se presenta el siguiente ejemplo hipotético con tres ítems dentro de un mismo lote:
Lote 18 - Ítem 1: Oferente 1: 10.000.000 Oferente 2: 7.000.000 Menor precio: 7.000.000
Lote 18 - Ítem 2: Oferente 1: 8.000.000 Oferente 2: 11.000.000 Menor precio: 8.000.000
Lote 18 - Ítem 3: Oferente 1: 9.000.000 Oferente 2: 12.000.000, Menor precio: 9.000.000
Total del lote: Oferente 1: 27.000.000
Total del lote Oferente 2: 30.000.000
En este escenario se observa que:
- En el Ítem 1, el menor precio corresponde al Oferente 2.
- En el Ítem 2, el menor precio corresponde al Oferente 1.
- En el Ítem 3, el menor precio corresponde nuevamente al Oferente 1.
Sin embargo, al realizar la evaluación por el total del lote, el menor precio global corresponde al Oferente 1, con un total de 27.000.000, por lo que sería el oferente mejor posicionado para la adjudicación del lote.
Si en este caso se intentara aplicar el abastecimiento simultáneo, surgirían las siguientes dificultades:
- Para el Ítem 1, el precio más bajo es el del Oferente 2, por lo que los demás oferentes deberían adecuar su precio a ese valor.
- Sin embargo, el Oferente 1, que tiene el menor precio total del lote, no podría adecuar su precio a un valor menor en ese ítem sin alterar la estructura de su oferta global.
De igual manera:
- El Oferente 2 tampoco podría adecuar sus precios en los Ítems 2 y 3 a los del Oferente 1, ya que ello implicaría aumentar su precio ofertado, lo cual no corresponde dentro del proceso de mejora o adecuación de ofertas.
En consecuencia, cuando un lote contiene varios ítems, pueden presentarse escenarios en los que no existe un único oferente con el menor precio en todos los ítems, lo que dificulta definir un único precio de referencia para la adecuación de ofertas, requisito fundamental para aplicar la modalidad de abastecimiento simultáneo.
Por este motivo, en lotes compuestos por múltiples ítems y cuya evaluación se realiza por el total del lote, la aplicación del abastecimiento simultáneo debe ser analizada con cautela, a fin de evitar inconsistencias en la evaluación de ofertas, en la determinación de los precios de referencia y en la posterior adjudicación del proceso.
103
Lote 8
Se solicita a la Convocante que se pueda presentar certificados FDA y/o CE como los demás insumos de la licitación al tratarse de un dispositivo clase II
Se solicita a la Convocante que se pueda presentar certificados FDA y/o CE como los demás insumos de la licitación al tratarse de un dispositivo clase II
Se informa que los stents solicitados en el item 1 y 2 del lote 12 son totalmente DIFERENTES utilizados en procedimientos y pacientes DIFERENTES por lo que no hace sentido juntar los dos en un mismo lote. Por lo tanto solicitamos amablemente a la Convocante SEPARAR en dos lotes diferentes y asignar el monto especifico a cada lote atendiendo la demanda real del producto.
Se informa que los stents solicitados en el item 1 y 2 del lote 12 son totalmente DIFERENTES utilizados en procedimientos y pacientes DIFERENTES por lo que no hace sentido juntar los dos en un mismo lote. Por lo tanto solicitamos amablemente a la Convocante SEPARAR en dos lotes diferentes y asignar el monto especifico a cada lote atendiendo la demanda real del producto.
Por medio de la presente, solicitamos respetuosamente la revisión de la especificación técnica que establece: “Tubo precoagulado de 12 (±1) cm para aorta ascendente con válvula mecánica bivalva, rotable post-implante, con valvas y anillo de carbono pirolítico, ángulo de apertura de valvas mínima a 80°…”.
En particular, proponemos considerar los siguientes ajustes en las especificaciones técnicas:
Longitud del tubo: modificar el rango de 12 (±1) cm a 12 (±2) cm, permitiendo así la inclusión de prótesis con longitudes de 10 cm, las cuales han demostrado en la literatura científica y en la práctica clínica un comportamiento hemodinámico favorable en procedimientos de reemplazo de aorta ascendente con válvula mecánica integrada.
Diversos estudios y reportes clínicos indican que configuraciones con injertos de menor longitud pueden asociarse a:
Mejor perfil hemodinámico, con flujo más laminar.
Reducción de zonas de turbulencia en las anastomosis proximal y distal.
Mayor adaptabilidad anatómica durante el implante quirúrgico.
Facilitación de la técnica quirúrgica según las características anatómicas del paciente.
Ángulo de apertura de las valvas: solicitamos considerar el ajuste del requisito de apertura mínima de 80° a 78°, dado que existen válvulas mecánicas bivalvas ampliamente utilizadas y con desempeño hemodinámico comprobado, certificaciones regulatorias internacionales (FDA y/o CE) y amplia evidencia clínica, cuyo ángulo de apertura nominal es de 78°, sin que ello implique detrimento en el flujo efectivo, gradientes transvalvulares o seguridad clínica.
Cabe destacar que los dispositivos con estas características mantienen valvas y anillo de carbono pirolítico, diseño bivalvo, rotabilidad post-implante y certificaciones regulatorias internacionales, cumpliendo plenamente con los estándares de calidad, seguridad y desempeño requeridos para este tipo de procedimientos cardiovasculares.
En ese sentido, los ajustes propuestos (longitud 12 ±2 cm y ángulo de apertura mínimo de 78°) permitirían favorecer una mayor concurrencia de oferentes y tecnologías disponibles en el mercado, sin afectar el objetivo clínico ni las prestaciones funcionales del dispositivo solicitado.
Agradecemos considerar esta solicitud de revisión de las especificaciones técnicas.
Por medio de la presente, solicitamos respetuosamente la revisión de la especificación técnica que establece: “Tubo precoagulado de 12 (±1) cm para aorta ascendente con válvula mecánica bivalva, rotable post-implante, con valvas y anillo de carbono pirolítico, ángulo de apertura de valvas mínima a 80°…”.
En particular, proponemos considerar los siguientes ajustes en las especificaciones técnicas:
Longitud del tubo: modificar el rango de 12 (±1) cm a 12 (±2) cm, permitiendo así la inclusión de prótesis con longitudes de 10 cm, las cuales han demostrado en la literatura científica y en la práctica clínica un comportamiento hemodinámico favorable en procedimientos de reemplazo de aorta ascendente con válvula mecánica integrada.
Diversos estudios y reportes clínicos indican que configuraciones con injertos de menor longitud pueden asociarse a:
Mejor perfil hemodinámico, con flujo más laminar.
Reducción de zonas de turbulencia en las anastomosis proximal y distal.
Mayor adaptabilidad anatómica durante el implante quirúrgico.
Facilitación de la técnica quirúrgica según las características anatómicas del paciente.
Ángulo de apertura de las valvas: solicitamos considerar el ajuste del requisito de apertura mínima de 80° a 78°, dado que existen válvulas mecánicas bivalvas ampliamente utilizadas y con desempeño hemodinámico comprobado, certificaciones regulatorias internacionales (FDA y/o CE) y amplia evidencia clínica, cuyo ángulo de apertura nominal es de 78°, sin que ello implique detrimento en el flujo efectivo, gradientes transvalvulares o seguridad clínica.
Cabe destacar que los dispositivos con estas características mantienen valvas y anillo de carbono pirolítico, diseño bivalvo, rotabilidad post-implante y certificaciones regulatorias internacionales, cumpliendo plenamente con los estándares de calidad, seguridad y desempeño requeridos para este tipo de procedimientos cardiovasculares.
En ese sentido, los ajustes propuestos (longitud 12 ±2 cm y ángulo de apertura mínimo de 78°) permitirían favorecer una mayor concurrencia de oferentes y tecnologías disponibles en el mercado, sin afectar el objetivo clínico ni las prestaciones funcionales del dispositivo solicitado.
Agradecemos considerar esta solicitud de revisión de las especificaciones técnicas.
Se solicita a la Convocante SEPARAR en lotes diferentes debido a la naturaleza del producto, teniendo en cuenta licitaciones anteriores de otros entes públicos y que los mismos son utilizados en pacientes diferentes, no habiendo necesidad de pedir en un solo lote
Se solicita a la Convocante SEPARAR en lotes diferentes debido a la naturaleza del producto, teniendo en cuenta licitaciones anteriores de otros entes públicos y que los mismos son utilizados en pacientes diferentes, no habiendo necesidad de pedir en un solo lote
CONSULTA:
Se solicita a la Entidad Convocante considerar el desglose de los Ítems 1 y 2 en lotes independientes, en atención a que se trata de dispositivos de naturaleza, tecnología y aplicación clínica diferentes (stent medicado y stent graft), los cuales presentan características técnicas y terapéuticas claramente diferenciadas.
La unificación de ambos dispositivos en un mismo ítem podría limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que existen fabricantes y proveedores con experiencia, representación y registros sanitarios únicamente en uno de los tipos de dispositivos mencionados.
En ese sentido, el desagregado de los ítems en lotes separados favorecería una mayor concurrencia y competitividad entre oferentes, garantizando el cumplimiento de los principios de libre competencia, igualdad de oportunidades y eficiencia, establecidos en el Artículo 4° de la Ley N.º 7021/2022 de Contrataciones Públicas.
Asimismo, la consideración de esta medida contribuiría a fortalecer la transparencia y competitividad del proceso, evitando posibles restricciones a la participación y previniendo eventuales observaciones o protestas durante el desarrollo del procedimiento.
Por lo expuesto, se solicita respetuosamente a la Entidad Convocante evaluar la separación de los ítems señalados, a fin de promover una mayor participación de proveedores y asegurar las mejores condiciones de competencia en el proceso.
CONSULTA:
Se solicita a la Entidad Convocante considerar el desglose de los Ítems 1 y 2 en lotes independientes, en atención a que se trata de dispositivos de naturaleza, tecnología y aplicación clínica diferentes (stent medicado y stent graft), los cuales presentan características técnicas y terapéuticas claramente diferenciadas.
La unificación de ambos dispositivos en un mismo ítem podría limitar la participación de potenciales oferentes, considerando que existen fabricantes y proveedores con experiencia, representación y registros sanitarios únicamente en uno de los tipos de dispositivos mencionados.
En ese sentido, el desagregado de los ítems en lotes separados favorecería una mayor concurrencia y competitividad entre oferentes, garantizando el cumplimiento de los principios de libre competencia, igualdad de oportunidades y eficiencia, establecidos en el Artículo 4° de la Ley N.º 7021/2022 de Contrataciones Públicas.
Asimismo, la consideración de esta medida contribuiría a fortalecer la transparencia y competitividad del proceso, evitando posibles restricciones a la participación y previniendo eventuales observaciones o protestas durante el desarrollo del procedimiento.
Por lo expuesto, se solicita respetuosamente a la Entidad Convocante evaluar la separación de los ítems señalados, a fin de promover una mayor participación de proveedores y asegurar las mejores condiciones de competencia en el proceso.
El stent coronario forrado (stent graft) posee indicaciones clínicas muy específicas y claramente diferenciadas de las del stent coronario medicado.
En la práctica clínica, el stent graft se utiliza fundamentalmente para el tratamiento de complicaciones durante la angioplastia coronaria, principalmente la perforación coronaria asociada a lesiones calcificadas, situación cuya incidencia se estima aproximadamente en 1% de los procedimientos. Otra indicación es el tratamiento de aneurismas coronarios, patología de muy baja prevalencia y que raramente requiere intervención.
Por el contrario, el stent coronario medicado está destinado al tratamiento de la enfermedad coronaria ateroesclerótica, patología extremadamente prevalente y considerada la principal causa de muerte a nivel mundial.
En consecuencia, se trata de dispositivos con indicaciones clínicas completamente diferentes, lo cual se ve reflejado incluso en la denominación del Lote 12, cuyo título indica expresamente “Stent Medicado”, condición que no corresponde al stent graft.
Adicionalmente, debe señalarse que el stent coronario forrado es un dispositivo de uso excepcional, con una disponibilidad muy limitada a nivel mundial. Actualmente existen únicamente dos fabricantes de este tipo de dispositivos: Biotronik y Bentley. De ellos, solamente Biotronik cuenta con representación comercial en Paraguay, mientras que Bentley no posee representación local.
En este contexto, la inclusión conjunta de ambos dispositivos dentro de un mismo lote restringe de manera efectiva la participación de oferentes, limitando la competencia a un único proveedor que pueda cumplir simultáneamente con ambos ítems. Esta situación resulta contraria a los principios de libre competencia, igualdad de participación y obtención de mejores condiciones económicas para la convocante, que rigen los procesos de contratación pública.
Cabe destacar asimismo que no existen antecedentes en procesos licitatorios previos, ni de esta convocante ni del Instituto de Previsión Social (IPS), en los cuales el stent medicado y el stent coronario forrado hayan sido agrupados dentro de un mismo lote.
En caso de existir una justificación técnica o clínica para dicha agrupación, el mismo criterio debería aplicarse también a los stents incluidos en el Lote 11, lo cual no ocurre en el presente pliego.
Por todo lo expuesto, se solicita respetuosamente a la convocante considerar la separación del stent coronario forrado en un lote independiente, a fin de garantizar una participación amplia y competitiva de oferentes. Esta medida permitiría la concurrencia de múltiples proveedores para los stents medicados —estimándose más de diez potenciales oferentes—, favoreciendo una mayor competencia de precios, sin afectar en modo alguno la seguridad de los pacientes ni la calidad de los productos requeridos.
El stent coronario forrado (stent graft) posee indicaciones clínicas muy específicas y claramente diferenciadas de las del stent coronario medicado.
En la práctica clínica, el stent graft se utiliza fundamentalmente para el tratamiento de complicaciones durante la angioplastia coronaria, principalmente la perforación coronaria asociada a lesiones calcificadas, situación cuya incidencia se estima aproximadamente en 1% de los procedimientos. Otra indicación es el tratamiento de aneurismas coronarios, patología de muy baja prevalencia y que raramente requiere intervención.
Por el contrario, el stent coronario medicado está destinado al tratamiento de la enfermedad coronaria ateroesclerótica, patología extremadamente prevalente y considerada la principal causa de muerte a nivel mundial.
En consecuencia, se trata de dispositivos con indicaciones clínicas completamente diferentes, lo cual se ve reflejado incluso en la denominación del Lote 12, cuyo título indica expresamente “Stent Medicado”, condición que no corresponde al stent graft.
Adicionalmente, debe señalarse que el stent coronario forrado es un dispositivo de uso excepcional, con una disponibilidad muy limitada a nivel mundial. Actualmente existen únicamente dos fabricantes de este tipo de dispositivos: Biotronik y Bentley. De ellos, solamente Biotronik cuenta con representación comercial en Paraguay, mientras que Bentley no posee representación local.
En este contexto, la inclusión conjunta de ambos dispositivos dentro de un mismo lote restringe de manera efectiva la participación de oferentes, limitando la competencia a un único proveedor que pueda cumplir simultáneamente con ambos ítems. Esta situación resulta contraria a los principios de libre competencia, igualdad de participación y obtención de mejores condiciones económicas para la convocante, que rigen los procesos de contratación pública.
Cabe destacar asimismo que no existen antecedentes en procesos licitatorios previos, ni de esta convocante ni del Instituto de Previsión Social (IPS), en los cuales el stent medicado y el stent coronario forrado hayan sido agrupados dentro de un mismo lote.
En caso de existir una justificación técnica o clínica para dicha agrupación, el mismo criterio debería aplicarse también a los stents incluidos en el Lote 11, lo cual no ocurre en el presente pliego.
Por todo lo expuesto, se solicita respetuosamente a la convocante considerar la separación del stent coronario forrado en un lote independiente, a fin de garantizar una participación amplia y competitiva de oferentes. Esta medida permitiría la concurrencia de múltiples proveedores para los stents medicados —estimándose más de diez potenciales oferentes—, favoreciendo una mayor competencia de precios, sin afectar en modo alguno la seguridad de los pacientes ni la calidad de los productos requeridos.