Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
Asunción, 22 de setiembre de 2025
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) realiza la presente ADENDA que se anexa al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del llamado a Licitación Pública Nacional para el SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS Y VIDEO VIGILANCIA DE LA AFD, con ID N° 467.463, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Detalle de los bienes y/o servicios
- Plan de prestación de los servicios
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/467463-servicio-monitoreo-alarmas-video-vigilancia-afd/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.
Adenda
Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación:
ADENDA N° 01
Asunción, 22 de setiembre de 2025
La Unidad Operativa de Contrataciones de la Agencia Financiera de Desarrollo (AFD) realiza la presente ADENDA que se anexa al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) del llamado a Licitación Pública Nacional para el SERVICIO DE MONITOREO DE ALARMAS Y VIDEO VIGILANCIA DE LA AFD, con ID N° 467.463, comunicando modificaciones a los datos mencionados más abajo, sin alterar las demás condiciones del PBC, de conformidad a lo establecido en el Art. 48 de la Ley Nº 7021/22, su Decreto Reglamentario y demás Resoluciones pertinentes.
Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
- Detalle de los bienes y/o servicios
- Plan de prestación de los servicios
Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/467463-servicio-monitoreo-alarmas-video-vigilancia-afd/pliego/2/diferencias/1.html?seccion=adenda
La adenda es el documento emitido por la convocante, mediante la cual se modifican aspectos establecidos en las bases de la contratación. A los efectos legales, la adenda será considerada parte integrante del documento cuyo contenido modifique.
La convocante podrá introducir modificaciones cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley.
Las adendas serán difundidas en el SICP respetando los plazos establecidos en la resolución matriz de normas.
Obs: Cuando la convocante requiera prorrogar la fecha tope de presentación y apertura de ofertas, sin modificar los demás datos e información de las bases de la contratación, será difundida automáticamente a través del SICP y no se instrumentará a traves de adenda.