Solicitamos a la convocante proporcionar un reporte con la cantidad de tickets estimados (volumetría) durante la vigencia del contrato. Esta información es esencial para dimensionar correctamente los recursos técnicos requeridos y garantizar el cumplimiento de los SLA establecidos
Solicitamos a la convocante proporcionar un reporte con la cantidad de tickets estimados (volumetría) durante la vigencia del contrato. Esta información es esencial para dimensionar correctamente los recursos técnicos requeridos y garantizar el cumplimiento de los SLA establecidos
El servicio solicitado deberá prever los recursos necesarios para dar cumplimiento de: Garantía del fabricante tipo 24X7 por un periodo de 36 meses, y Soporte del oferente tipo 24X7 por un periodo de 36 meses.
Por lo que la oferta deberá prever los recursos necesarios para dar cumplimiento a lo arriba mencionado.
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Dispersión geográfica de los sitios
Se solicita por favor confirmación de todas los sitios de la contratante (Ministerio de Economía y Finanzas) donde se deberán prestar servicios (implementación, soporte y capacitación) en sitio.
Se solicita por favor confirmación de todas los sitios de la contratante (Ministerio de Economía y Finanzas) donde se deberán prestar servicios (implementación, soporte y capacitación) en sitio.
La implementación y el soporte técnico se realizará en la Dirección General de Informática y Comunicaciones.
Respecto a la Capacitación el oferente deberá presentar un plan de capacitación conforme a lo requerido en el PBC.
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Regiones
Solicitamos amablemente a la convocante que pueda citar las regiones que estén fuera de Asunción de las que forma parte el MEF y donde se encuentran las estaciones de trabajo a migrar. Esto es esencial para realizar un buen dimensionamiento de esfuerzo y tiempo, que reflejará un mejor cronograma de trabajo.
Solicitamos amablemente a la convocante que pueda citar las regiones que estén fuera de Asunción de las que forma parte el MEF y donde se encuentran las estaciones de trabajo a migrar. Esto es esencial para realizar un buen dimensionamiento de esfuerzo y tiempo, que reflejará un mejor cronograma de trabajo.
En el ANEXO 1 SUBSCRIPCIÓN DE SERVICIO DE CORREO EN LA NUBE, Lote n° 1, item 3 Implementación de Servicios, solicitan: "Implementación y configuración de solución de correo en nube específicamente de Hibridación/integración de plataforma existente Zimbra con Exchange online"
Al respecto consultamos, en caso de que, por razones técnicas, no sea viable establecer una integración híbrida directa entre Zimbra y Exchange Online, ¿la convocante aceptaría como alternativa otros mecanismos que permitan la coexistencia operativa entre ambas plataformas? Por ejemplo, soluciones que aseguren interoperabilidad en el flujo de correo, sincronización de calendarios, contactos y autenticación, sin requerir una hibridación completa.
En el ANEXO 1 SUBSCRIPCIÓN DE SERVICIO DE CORREO EN LA NUBE, Lote n° 1, item 3 Implementación de Servicios, solicitan: "Implementación y configuración de solución de correo en nube específicamente de Hibridación/integración de plataforma existente Zimbra con Exchange online"
Al respecto consultamos, en caso de que, por razones técnicas, no sea viable establecer una integración híbrida directa entre Zimbra y Exchange Online, ¿la convocante aceptaría como alternativa otros mecanismos que permitan la coexistencia operativa entre ambas plataformas? Por ejemplo, soluciones que aseguren interoperabilidad en el flujo de correo, sincronización de calendarios, contactos y autenticación, sin requerir una hibridación completa.
Otros datos: 1. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PROVISION DE BIENES
Referente al requisito de Otros datos: 1. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PROVISION DE BIENES, establecen: “El plazo máximo de entrega del CERTIFICADO DE SUBSCRIPCIÓN para el ÍTEM N° 1 y CERTIFICADO DE LICENCIAS para el ÍTEM N° 2”
Considerando que el proveedor no emite un certificado físico de suscripción para el ÍTEM N° 1 e ITEM N° 2, ¿la entidad convocante aceptaría como documento válido una nota de entrega acompañada de la confirmación de licencias activas en el portal de licencias del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) que es un sitio donde el fabricante registra las licencias de la organización?
08-10-2025
08-10-2025
Otros datos: 1. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PROVISION DE BIENES
Referente al requisito de Otros datos: 1. PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE LA PROVISION DE BIENES, establecen: “El plazo máximo de entrega del CERTIFICADO DE SUBSCRIPCIÓN para el ÍTEM N° 1 y CERTIFICADO DE LICENCIAS para el ÍTEM N° 2”
Considerando que el proveedor no emite un certificado físico de suscripción para el ÍTEM N° 1 e ITEM N° 2, ¿la entidad convocante aceptaría como documento válido una nota de entrega acompañada de la confirmación de licencias activas en el portal de licencias del Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) que es un sitio donde el fabricante registra las licencias de la organización?
Los entregables se encuentran descritos en el punto 12.1. INFORME DE IMPLENTACIÓN DE CORREO EN LA NUBE PRIVADA DE MICROSOFT y 12.2. SERVICIOS DE IMPLEMENTACION CONFIGURACIÓN Y SERVICIOS DE IMPLEMENTACION CONFIGURACIÓN Y SOPORTE. Se solicita al oferente remitirse al pliego.
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Reconsideración Ratios Financieros
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Donde dice: a.1 Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). a.2. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). Estos criterios podrían no reflejar completamente la realidad de las empresas que requieren de grandes inversiones iniciales para la ejecución de obras.
Consulta: Hemos analizado con detenimiento los criterios financieros establecidos en el pliego de esta licitación. Comprendemos la importancia de los indicadores de liquidez y endeudamiento para asegurar la solidez de los oferentes. Sin embargo, queremos proponer una consideración basada en la naturaleza de nuestro sector.
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Según las disposiciones de la Ley 7021/2022, la acreditación de la solvencia se basa en un conjunto de pruebas, no solo en los ratios, que podrían ser: Balance general y estado de resultados auditados, un patrimonio neto sólido (activos superiores a los pasivos totales) que es un indicador de solvencia a largo plazo, incluso con una liquidez ajustada; estado de flujo de efectivo, demostración de un alto volumen de negocio, evidencia de relaciones bancarias y acceso a capital (certificaciones bancarias de solvencia, cartas de compromiso de financiamiento), respaldo del grupo corporativo, justificación de la gestión del capital de trabajo, modelo de negocio que justifican los ratios, ciclos de conversión de efectivo eficientes, inversión en crecimiento, historial y experiencia (listado de clientes y contratos cumplidos).
Además, las garantías adicionales: Pólizas de seguro de mantenimiento de oferta y de fiel cumplimiento de contrato.
Nuestra solicitud se fundamenta en los principios establecidos en la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas", que busca la máxima participación de oferentes calificados para obtener las mejores condiciones para el Estado.
Para garantizar una licitación transparente e imparcial, la entidad convocante debe diseñar los criterios de habilitación financiera de manera que se alineen con los Principios Rectores de la ley de contratación pública, en lugar de actuar como barreras de entrada innecesarias.
La clave está en asegurar que los ratios financieros sean razonables y no excluyan automáticamente a oferentes solventes que, de otra forma, podrían presentar ofertas técnicas y económicas superiores. Al permitir la participación de un abanico más amplio de empresas calificadas, se demuestra que no existe parcialidad en el proceso.
Esta apertura está directamente respaldada por los siguientes Principios Rectores (Art. 4°):
Integridad y Buena Fe: El correcto diseño y aplicación de los criterios de habilitación debe estar anclado en los valores de la Integridad y la Buena Fe. Estos principios éticos son la base para demostrar que la licitación no incurre en parcialidad. Exigir ratios financieros no excluyentes y dar prioridad a la evaluación técnica es un acto de buena fe por parte de la entidad convocante, pues: Garantiza la Objetividad y Fomenta la Confianza.
Libre Competencia: Este principio exige fomentar la participación de la mayor cantidad posible de oferentes calificados. La exclusión de empresas solventes debido a criterios financieros excesivamente rígidos limita artificialmente la competencia.
Eficiencia y Valor por Dinero: Estos principios buscan el logro de los objetivos con el uso óptimo de los recursos públicos y exigen la mejor relación costo-beneficio. La exclusión prematura de potenciales competidores por requisitos de habilitación demasiado estrictos podría llevar a la convocante de ofertas menos ventajosas (valores más altos, menor calidad).
Artículo 19° - Capacidad para contratar: Aunque establece requisitos para acreditar la capacidad, busca que estos sean proporcionales o podría considerarse una barrera.
Pliego de Bases y Condiciones (Art. 45): Obliga a la convocante a elaborar el PBC con la mayor amplitud e imparcialidad, con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes, evitando favorecer a algún participante.
Al centrar el proceso de evaluación en los criterios técnicos, se asegura que la adjudicación se base en la capacidad real del proponente para ejecutar el contrato, y no en umbrales financieros inflexibles. De esta forma, se maximiza la competencia, se respeta el principio de igualdad de oportunidades y se asegura el Valor por Dinero para el Estado.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), como guía de la normativa, fomenta una competencia flexible y razonable a los requisitos para alentar una mayor participación en los procesos. Este enfoque permite a las entidades licitantes recibir un abanico más amplio de ofertas, lo que naturalmente impulsa la competencia, logrando mejores precios y una calidad superior en los servicios, alentando a la ética y la transparencia del ente. La posibilidad de ajustar los pliegos, como la modificación de los ratios financieros, antes del cierre de ofertas, es una herramienta clave para ampliar la concurrencia sin sacrificar la calidad, asegurando un proceso equitativo y transparente.
Contribuyentes de IRE GENERAL: Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Donde dice: a.1 Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). a.2. Endeudamiento: pasivo total / activo total No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2022, 2023 y 2024). Estos criterios podrían no reflejar completamente la realidad de las empresas que requieren de grandes inversiones iniciales para la ejecución de obras.
Consulta: Hemos analizado con detenimiento los criterios financieros establecidos en el pliego de esta licitación. Comprendemos la importancia de los indicadores de liquidez y endeudamiento para asegurar la solidez de los oferentes. Sin embargo, queremos proponer una consideración basada en la naturaleza de nuestro sector.
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 0,90, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,92, en promedio, en los tres últimos años (2022, 2023 y 2024)
Según las disposiciones de la Ley 7021/2022, la acreditación de la solvencia se basa en un conjunto de pruebas, no solo en los ratios, que podrían ser: Balance general y estado de resultados auditados, un patrimonio neto sólido (activos superiores a los pasivos totales) que es un indicador de solvencia a largo plazo, incluso con una liquidez ajustada; estado de flujo de efectivo, demostración de un alto volumen de negocio, evidencia de relaciones bancarias y acceso a capital (certificaciones bancarias de solvencia, cartas de compromiso de financiamiento), respaldo del grupo corporativo, justificación de la gestión del capital de trabajo, modelo de negocio que justifican los ratios, ciclos de conversión de efectivo eficientes, inversión en crecimiento, historial y experiencia (listado de clientes y contratos cumplidos).
Además, las garantías adicionales: Pólizas de seguro de mantenimiento de oferta y de fiel cumplimiento de contrato.
Nuestra solicitud se fundamenta en los principios establecidos en la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas", que busca la máxima participación de oferentes calificados para obtener las mejores condiciones para el Estado.
Para garantizar una licitación transparente e imparcial, la entidad convocante debe diseñar los criterios de habilitación financiera de manera que se alineen con los Principios Rectores de la ley de contratación pública, en lugar de actuar como barreras de entrada innecesarias.
La clave está en asegurar que los ratios financieros sean razonables y no excluyan automáticamente a oferentes solventes que, de otra forma, podrían presentar ofertas técnicas y económicas superiores. Al permitir la participación de un abanico más amplio de empresas calificadas, se demuestra que no existe parcialidad en el proceso.
Esta apertura está directamente respaldada por los siguientes Principios Rectores (Art. 4°):
Integridad y Buena Fe: El correcto diseño y aplicación de los criterios de habilitación debe estar anclado en los valores de la Integridad y la Buena Fe. Estos principios éticos son la base para demostrar que la licitación no incurre en parcialidad. Exigir ratios financieros no excluyentes y dar prioridad a la evaluación técnica es un acto de buena fe por parte de la entidad convocante, pues: Garantiza la Objetividad y Fomenta la Confianza.
Libre Competencia: Este principio exige fomentar la participación de la mayor cantidad posible de oferentes calificados. La exclusión de empresas solventes debido a criterios financieros excesivamente rígidos limita artificialmente la competencia.
Eficiencia y Valor por Dinero: Estos principios buscan el logro de los objetivos con el uso óptimo de los recursos públicos y exigen la mejor relación costo-beneficio. La exclusión prematura de potenciales competidores por requisitos de habilitación demasiado estrictos podría llevar a la convocante de ofertas menos ventajosas (valores más altos, menor calidad).
Artículo 19° - Capacidad para contratar: Aunque establece requisitos para acreditar la capacidad, busca que estos sean proporcionales o podría considerarse una barrera.
Pliego de Bases y Condiciones (Art. 45): Obliga a la convocante a elaborar el PBC con la mayor amplitud e imparcialidad, con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes, evitando favorecer a algún participante.
Al centrar el proceso de evaluación en los criterios técnicos, se asegura que la adjudicación se base en la capacidad real del proponente para ejecutar el contrato, y no en umbrales financieros inflexibles. De esta forma, se maximiza la competencia, se respeta el principio de igualdad de oportunidades y se asegura el Valor por Dinero para el Estado.
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), como guía de la normativa, fomenta una competencia flexible y razonable a los requisitos para alentar una mayor participación en los procesos. Este enfoque permite a las entidades licitantes recibir un abanico más amplio de ofertas, lo que naturalmente impulsa la competencia, logrando mejores precios y una calidad superior en los servicios, alentando a la ética y la transparencia del ente. La posibilidad de ajustar los pliegos, como la modificación de los ratios financieros, antes del cierre de ofertas, es una herramienta clave para ampliar la concurrencia sin sacrificar la calidad, asegurando un proceso equitativo y transparente.
Los ratios de liquidez (≥1) y endeudamiento (≤0,80) definidos en el pliego responden a criterios mínimos de solvencia financiera necesarios para garantizar la capacidad operativa y el cumplimiento contractual en un servicio de carácter estratégico y plurianual. Estos umbrales permiten mitigar riesgos de incumplimiento, asegurar la continuidad del servicio y proteger el interés público. Reducir dichos parámetros comprometería la capacidad de la entidad convocante de seleccionar oferentes con estabilidad financiera comprobada, afectando la eficiencia del gasto y el valor por dinero. La flexibilidad solicitada, aunque atendible en otros sectores, no se justifica en el contexto de servicios recurrentes y críticos como el correo en la nube. Se solicita al oferente remitirse al pliego.