Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
31 PRECIO REFERENCIAL ITEM 4 Solicitamos a la convocante modificar el precio referencial del ítem 4 a 4.335 gs, esto atendiendo al historial de la última adjudicación del producto y en vista del precio comercializado en el mercado local actualmente. 02-09-2025
32 PRECIO REFERENCIAL ITEM 12 Solicitamos a la convocante modificar el precio referencial del ítem 12 a 11.000 gs, esto atendiendo al historial de la última adjudicación del producto y en vista del precio comercializado en el mercado local actualmente. 02-09-2025
33 PRECIO REFERENCIAL ITEM 15 Solicitamos a la convocante modificar el precio referencial del ítem 15 a 34.000 gs, esto atendiendo al historial de la última adjudicación del producto y en vista del precio comercializado en el mercado local actualmente. 02-09-2025
34 PRECIO REFERENCIAL ITEM 51 Solicitamos a la convocante modificar el precio referencial del ítem 51 a 5.522.000 gs, esto atendiendo al historial de la última adjudicación del producto y en vista del precio comercializado en el mercado local actualmente. 02-09-2025
35 CERTIFICADO DE BUENAS PRACTICAS Solicitamos a la convocante reformular el punto 4 de la siguiente manera Para productos importados: Cuando el país de origen del elaborador es clasificado conforme al Art. 1 de la LEY N° 7256/24 ´´ QUE MODIFICA EL ARTICULO 11° Y AMPLIA LA LEY N°3283/2007 ´´ DE PROTECCION DE LA INFORMACION NO DIVULGADA Y DATOS DE PRUEBA PARA LOS REGSTROS FARMACEUTICOS´´ y RES. DINAVISA N° 148/2024 ´´POR LA CUAL SE EMITE EL LISTADO ANUAL OFICIAL DE LOS PAISES EN CUMPLIMIENTO AL ART. 3 DE LA LEY N°7256/24´´, deberá presentar el Certificado de Buenas Practicas de Fabricación vigente o Licencia/Certificado de Fabricación del producto ofertado o formar parte del MERCOSUR. Cuando el país de origen del elaborador no es clasificado conforme al Art. 1 de la LEY N° 7256/24 ´´QUE MODIFICA EL ARTICULO 11° Y AMPLIA LA LEY N° 3283/2007 y RES. DINAVISA N°148/24 ´´POR LA CUAL SE EMITE EL LISTADO ANUAL OFICIAL DE LOS PAISES EN CUMPLIMIENTO AL ART.3 DE LA LEY N° 7256/24´´ o no forme parte del MERCOSUR, deberá presentar Certificado de Buenas Practicas de Fabricación vigente emitido por la Agencia Reguladora de medicamentos del país de origen o Licencia/Certificado de Fabricación vigente del producto ofertado. Además, deberá presentar el certificado de Buenas Practicas de fabricación del fabricante vigente o Licencia/Certificado de Fabricación vigente emitido por cualquiera de las agencias declaradas en la LEY N° 7256/24 y RES. DINAVISA N° 148/24 o el Registro Sanitario del producto ofertado emitido por cualquiera de las agencias declaradas en la Ley N°7256/24. Esto atendiendo a que fue promulgada la Ley 7256/24 “QUE MODIFICA EL ARTICULO 11º Y AMPLIA LA LEY Nº 3283/2007 “DE PROTECCION DE LA INFORMACION DE LA INFORMACION NO DIVULGADA Y DATOS DE PRUEBA PARA LOS REGISTROS FARMACEUTICOS”, que modificó el artículo 11º de la ley Nº 3283/2007, el cual ya no identifica taxativamente a los países de alta vigilancia o adecuada vigilancia, sino que trasladó a la DINAVISA (art. 3º de la ley 7256) la responsabilidad de identificar a los citados países en un listado anual oficial siguiendo los criterios y parámetros establecidos en el artículo 2º de la citada normativa. A más de eso la convocante solicito de esta forma en llamados anteriores y puede ser verificada en los sgtes llamados: LPN Nº 66-23, LPN N° 56-23, LPN Nº 31-24 entre otros. 02-09-2025
36 CAPACIDAD TECNICA Solicitamos a la convocante favor aclarar en el apartado CAPACIDAD TECNICA; figura en el punto 9. El oferente deberá presentar la Planilla de Precios en formato digital editable por medio magnético (PENDRIVE). Favor de aclarar si el dispositivo debe dentro de la oferta, o en el acto de apertura de ofertas, se puede entregar y luego volver a recuperar el dispositivo. 02-09-2025
37 PORCENTAJE DE MULTA Solicitamos a la Convocante analizar y unificar el porcentaje de multa a por lo menos 0.01%, igual al porcentaje de tasa de interés por mora por falta de pago de la contratante, a fin de honrar el principio de igualdad de condiciones entre la Convocante y los oferentes. 02-09-2025
38 COMPOSICION DE PRECIOS Solicitamos respetuosamente a la Convocante aclarar y detallar los Impuestos que se deben tener en cuenta para realizar la estructura de composición de precios, a fin de que todos los todos los posibles oferentes tengan las mismas informaciones y criterios sobre el mismo. 02-09-2025
39 CAPACIDAD FINANCIERA El PBC establece lo siguiente Capital Operativo (activo corriente pasivo corriente): El oferente, deberá poseer un capital positivo y no inferior al 15 % (quince por ciento) del monto total de la oferta (en caso de contrato abierto por monto mínimo y monto máximo, deberá ser por el monto máximo del llamado), lo cual será corroborado por medio del Balance General del último año (2024). Solicitamos a la Convocante aclarar que el criterio para contratos abiertos se toma el monto máximo del llamado del ítem o la totalidad del llamado? Se entiende que es el monto máximo del llamado, es decir la totalidad. Favor aclarar. 02-09-2025
40 CONFLICTO DE INTERESES El PBC solicita 4. Declaración jurada de conocimiento de la existencia de un conflicto de intereses respecto a los funcionarios públicos intervinientes en el procedimiento Solicitamos a la Convocante aclarar si dicha declaración jurada se debe presentar junto con el formulario de oferta o será solicitado en la etapa de evaluación de ofertas? 02-09-2025
Descargar datos como: Archivo CSV Archivo PDF
Se muestran del 31 al 40 de 41 resultados