En el punto 4.10 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Frecuencia de SIMV fsimv de 2 l/min o menor a 55 l/min o mayor.
Solicitamos a la convocante considerar este punto como opcional al tratar de frecuencia respiratoria con unidades de medida que no están acorde ya que se miden en rpm o bpm y no en litros por minuto.
En el punto 4.10 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Frecuencia de SIMV fsimv de 2 l/min o menor a 55 l/min o mayor.
Solicitamos a la convocante considerar este punto como opcional al tratar de frecuencia respiratoria con unidades de medida que no están acorde ya que se miden en rpm o bpm y no en litros por minuto.
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
42
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.12 del Item 1 del Lote 2, donde dice: Tiempo de aumento de presión de 0 segundos a 1,5 segundos o mayor.
Se solicita considerar que el parámetro “tiempo de aumento de presión” puede expresarse de manera variable según el fabricante, ya sea en segundos (ej. de 0 a 1,5 s o más) o en porcentaje de pendiente (ej. de 5 % a 100 %), donde valores más bajos indican un ascenso más lento y valores altos una entrega más rápida de presión. Esta variabilidad responde a diferencias en interfaz, lógica de control y nomenclatura entre marcas.
Por lo tanto, se recomienda aceptar ambas formas (en segundos o en porcentaje) para ampliar la participación de oferentes sin comprometer la funcionalidad clínica. Esta flexibilidad permite evaluar correctamente el ajuste de presión inspiratoria según el perfil del paciente y el modo ventilatorio utilizado.
Recomendamos: "Tiempo de aumento de presión o pendiente de 0 segundos o 5% o menor a 1,5 segundos o 100% o mayor".
En el punto 4.12 del Item 1 del Lote 2, donde dice: Tiempo de aumento de presión de 0 segundos a 1,5 segundos o mayor.
Se solicita considerar que el parámetro “tiempo de aumento de presión” puede expresarse de manera variable según el fabricante, ya sea en segundos (ej. de 0 a 1,5 s o más) o en porcentaje de pendiente (ej. de 5 % a 100 %), donde valores más bajos indican un ascenso más lento y valores altos una entrega más rápida de presión. Esta variabilidad responde a diferencias en interfaz, lógica de control y nomenclatura entre marcas.
Por lo tanto, se recomienda aceptar ambas formas (en segundos o en porcentaje) para ampliar la participación de oferentes sin comprometer la funcionalidad clínica. Esta flexibilidad permite evaluar correctamente el ajuste de presión inspiratoria según el perfil del paciente y el modo ventilatorio utilizado.
Recomendamos: "Tiempo de aumento de presión o pendiente de 0 segundos o 5% o menor a 1,5 segundos o 100% o mayor".
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
43
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.15 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito la modificación de la especificación técnica que establece “Tiempo de pausa inspiratoria de 6% o menor a 55% o mayor y desactivado”, proponiendo que se exprese correctamente como Pausa inspiratoria (Pausa): 0,1 o menor a 2 segundos o mayor. La medición en porcentaje no representa un estándar clínico ni técnico, ya que la pausa inspiratoria se configura en segundos en la mayoría de los ventiladores mecánicos. Este parámetro tiene implicancia directa en la distribución del gas y el tiempo de intercambio alveolar, por lo que debe especificarse en unidades fisiológicas reales y compatibles con los equipos disponibles en el mercado.
En el punto 4.15 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito la modificación de la especificación técnica que establece “Tiempo de pausa inspiratoria de 6% o menor a 55% o mayor y desactivado”, proponiendo que se exprese correctamente como Pausa inspiratoria (Pausa): 0,1 o menor a 2 segundos o mayor. La medición en porcentaje no representa un estándar clínico ni técnico, ya que la pausa inspiratoria se configura en segundos en la mayoría de los ventiladores mecánicos. Este parámetro tiene implicancia directa en la distribución del gas y el tiempo de intercambio alveolar, por lo que debe especificarse en unidades fisiológicas reales y compatibles con los equipos disponibles en el mercado.
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
44
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.22 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicitamos a la convocante la modificación de la especificación técnica que establece “Nivel de presión de soporte de 0 a 90 cm H₂O o mayor”, proponiendo ajustarla a Soporte de presión (PS): 0 a 80 cm H₂O. Este nuevo rango se encuentra dentro de los límites clínicos seguros y técnicamente disponibles en la mayoría de los ventiladores mecánicos. Valores superiores a 80 cm H₂O no tienen justificación fisiológica y pueden representar un riesgo de barotrauma, además de excluir equipos que cumplen con estándares internacionales de calidad y seguridad.
En el punto 4.22 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicitamos a la convocante la modificación de la especificación técnica que establece “Nivel de presión de soporte de 0 a 90 cm H₂O o mayor”, proponiendo ajustarla a Soporte de presión (PS): 0 a 80 cm H₂O. Este nuevo rango se encuentra dentro de los límites clínicos seguros y técnicamente disponibles en la mayoría de los ventiladores mecánicos. Valores superiores a 80 cm H₂O no tienen justificación fisiológica y pueden representar un riesgo de barotrauma, además de excluir equipos que cumplen con estándares internacionales de calidad y seguridad.
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
45
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.24 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito la modificación de la especificación técnica que establece “Mecanismo de disparo o Trigger por flujo desactivado y de 0,3 l/min o menor a 18 l/min o mayor”, solicitamos eliminar la opción de "desactivado", ya que el disparo por flujo es un parámetro esencial para la sincronía entre el paciente y el ventilador. Desactivar esta función compromete la capacidad del equipo para responder adecuadamente al esfuerzo inspiratorio espontáneo del paciente, afectando la eficacia del soporte ventilatorio. Además, todos los ventiladores modernos permiten ajustar el trigger por flujo dentro de rangos seguros y clínicamente validados, por lo que mantener esta función activa es indispensable para garantizar una ventilación asistida segura y eficiente
En el punto 4.24 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito la modificación de la especificación técnica que establece “Mecanismo de disparo o Trigger por flujo desactivado y de 0,3 l/min o menor a 18 l/min o mayor”, solicitamos eliminar la opción de "desactivado", ya que el disparo por flujo es un parámetro esencial para la sincronía entre el paciente y el ventilador. Desactivar esta función compromete la capacidad del equipo para responder adecuadamente al esfuerzo inspiratorio espontáneo del paciente, afectando la eficacia del soporte ventilatorio. Además, todos los ventiladores modernos permiten ajustar el trigger por flujo dentro de rangos seguros y clínicamente validados, por lo que mantener esta función activa es indispensable para garantizar una ventilación asistida segura y eficiente
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
46
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.25 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Se solicita la modificación de la especificación técnica que establece “Patrón de flujo: Cuadrado, 100% desaceleración y 50% desaceleración”, proponiendo que se exprese como Patrón de flujo o Tipo de flujo: Cuadrado, Descendente 50%. La opción “100% desaceleración” no tiene sustento clínico ni técnico reconocido, y probablemente responde a una nomenclatura propia de una marca específica, lo cual puede generar sesgo en la evaluación de los equipos. En cambio, el patrón descendente al 50% es una configuración común, funcional y respaldada por fabricantes de ventiladores mecánicos, permitiendo una comparación objetiva entre dispositivos sin favorecer tecnologías propietarias
En el punto 4.25 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Se solicita la modificación de la especificación técnica que establece “Patrón de flujo: Cuadrado, 100% desaceleración y 50% desaceleración”, proponiendo que se exprese como Patrón de flujo o Tipo de flujo: Cuadrado, Descendente 50%. La opción “100% desaceleración” no tiene sustento clínico ni técnico reconocido, y probablemente responde a una nomenclatura propia de una marca específica, lo cual puede generar sesgo en la evaluación de los equipos. En cambio, el patrón descendente al 50% es una configuración común, funcional y respaldada por fabricantes de ventiladores mecánicos, permitiendo una comparación objetiva entre dispositivos sin favorecer tecnologías propietarias
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
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EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.28 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicitamos modificar la especificación “Capacidad de almacenar registros de tendencias gráficas y tabulares por al menos 90 horas”, proponiendo ampliar el rango a 168 horas o mayor, ya que actualmente los equipos permiten revisar los gráficos de tendencias de los parámetros de ventilación del paciente hasta por más horas. Esta ampliación mejora la capacidad de análisis clínico, facilita el seguimiento longitudinal del paciente y permite evaluar todos los tipos de terapia, modos y tipos de respiración de forma más completa y segura.
En el punto 4.28 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicitamos modificar la especificación “Capacidad de almacenar registros de tendencias gráficas y tabulares por al menos 90 horas”, proponiendo ampliar el rango a 168 horas o mayor, ya que actualmente los equipos permiten revisar los gráficos de tendencias de los parámetros de ventilación del paciente hasta por más horas. Esta ampliación mejora la capacidad de análisis clínico, facilita el seguimiento longitudinal del paciente y permite evaluar todos los tipos de terapia, modos y tipos de respiración de forma más completa y segura.
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
48
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.26 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Favor considerar la modificación de la especificación “Oxigenoterapia: Flujo continuo de 3 l/min o menor a 75 l/min o mayor”, proponiendo establecer un rango clínicamente adecuado de 1 a 60 l/min, manteniendo la concentración de FiO₂ entre 21 y 100 %vol. Este ajuste responde a la necesidad de incluir flujos bajos, esenciales para pacientes pediátricos y neonatales, así como flujos altos compatibles con sistemas de alto flujo (HFNC), ampliamente respaldados por evidencia científica. Superar los 60 l/min no aporta beneficios clínicos adicionales, puede generar incomodidad y no es compatible con la mayoría de los dispositivos disponibles en el mercado, por lo que este nuevo rango garantiza seguridad, eficacia y equidad técnica en la evaluación de los equipos.
En el punto 4.26 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Favor considerar la modificación de la especificación “Oxigenoterapia: Flujo continuo de 3 l/min o menor a 75 l/min o mayor”, proponiendo establecer un rango clínicamente adecuado de 1 a 60 l/min, manteniendo la concentración de FiO₂ entre 21 y 100 %vol. Este ajuste responde a la necesidad de incluir flujos bajos, esenciales para pacientes pediátricos y neonatales, así como flujos altos compatibles con sistemas de alto flujo (HFNC), ampliamente respaldados por evidencia científica. Superar los 60 l/min no aporta beneficios clínicos adicionales, puede generar incomodidad y no es compatible con la mayoría de los dispositivos disponibles en el mercado, por lo que este nuevo rango garantiza seguridad, eficacia y equidad técnica en la evaluación de los equipos.
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
49
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.29 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito modificar la especificación “Capacidad de registro de hasta 4500 o más eventos de alarmas y funciones del ventilador”, proponiendo que se actualice a: Capacidad de registro de hasta 10 000 eventos. Este nuevo límite refleja la capacidad real de almacenamiento de los equipos actuales, permitiendo una trazabilidad más completa de alarmas, funciones y cambios relevantes durante la ventilación, lo cual es clave para el análisis clínico, auditorías y seguridad del paciente.
En el punto 4.29 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito modificar la especificación “Capacidad de registro de hasta 4500 o más eventos de alarmas y funciones del ventilador”, proponiendo que se actualice a: Capacidad de registro de hasta 10 000 eventos. Este nuevo límite refleja la capacidad real de almacenamiento de los equipos actuales, permitiendo una trazabilidad más completa de alarmas, funciones y cambios relevantes durante la ventilación, lo cual es clave para el análisis clínico, auditorías y seguridad del paciente.
El oferente deberá ajustarse a la Versión 1 del Pliego de Bases y Condiciones publicada en fecha 23 de setiembre del 2025.
50
EETT - LOTE N° 2
En el punto 4.27 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito la modificación de la especificación técnica “Compensación automática de la resistencia del tubo, con selección del tipo de tubo y diámetro de tubo. Compensación del 1% al 100%”, proponiendo que se exprese como: Compensación del tubo: Tipo de tubo: ETT o Traqueostomía; Diámetro interno (ID): 2 a 10 mm; % de compensación: 0 a 100%. Esta reformulación permite una configuración más precisa y clínica, ya que la selección del tipo de tubo (ETT o Traq) es fundamental para ajustar correctamente la compensación de resistencia, dado que cada tipo presenta características distintas de flujo y presión. Además, incluir el valor de 0% es esencial para permitir la desactivación total de la función cuando no se requiere, lo cual aporta flexibilidad terapéutica y evita interferencias en ciertos modos ventilatorios.
En el punto 4.27 del Item 1 del Lote 2, donde dice:
Solicito la modificación de la especificación técnica “Compensación automática de la resistencia del tubo, con selección del tipo de tubo y diámetro de tubo. Compensación del 1% al 100%”, proponiendo que se exprese como: Compensación del tubo: Tipo de tubo: ETT o Traqueostomía; Diámetro interno (ID): 2 a 10 mm; % de compensación: 0 a 100%. Esta reformulación permite una configuración más precisa y clínica, ya que la selección del tipo de tubo (ETT o Traq) es fundamental para ajustar correctamente la compensación de resistencia, dado que cada tipo presenta características distintas de flujo y presión. Además, incluir el valor de 0% es esencial para permitir la desactivación total de la función cuando no se requiere, lo cual aporta flexibilidad terapéutica y evita interferencias en ciertos modos ventilatorios.