Para el Ítem 3 Equipo de Rayos X en el punto 3.6 Con relación al requerimiento técnico que indica que la altura del foco con respecto al piso debe tener un mínimo ≤ 650 mm y un máximo ≥ 1890 mm, solicitamos amablemente que se acepte un rango de altura de mínimo ≤ 650 mm y máximo ≥ 1850 mm para el equipo de rayos X portátil. Fundamentamos esta solicitud en que una altura máxima de 1850 mm continúa permitiendo una adecuada cobertura anatómica para todos los estudios clínicos convencionales, incluyendo extremidades superiores, columna en bipedestación y tórax. Esta diferencia no afecta la funcionalidad diagnóstica del equipo ni su versatilidad en entornos hospitalarios o ambulatorios. Además, esta tolerancia permitiría considerar equipos de última generación que priorizan portabilidad, estabilidad y facilidad de posicionamiento, sin comprometer el rendimiento clínico.
Para el Ítem 3 Equipo de Rayos X en el punto 3.6 Con relación al requerimiento técnico que indica que la altura del foco con respecto al piso debe tener un mínimo ≤ 650 mm y un máximo ≥ 1890 mm, solicitamos amablemente que se acepte un rango de altura de mínimo ≤ 650 mm y máximo ≥ 1850 mm para el equipo de rayos X portátil. Fundamentamos esta solicitud en que una altura máxima de 1850 mm continúa permitiendo una adecuada cobertura anatómica para todos los estudios clínicos convencionales, incluyendo extremidades superiores, columna en bipedestación y tórax. Esta diferencia no afecta la funcionalidad diagnóstica del equipo ni su versatilidad en entornos hospitalarios o ambulatorios. Además, esta tolerancia permitiría considerar equipos de última generación que priorizan portabilidad, estabilidad y facilidad de posicionamiento, sin comprometer el rendimiento clínico.
En el punto 1.4.32.9: Donde dice ¨ Elastografia¨ a fin de no limitar la participación de los oferentes, considerando que no todos los equipos cuentan con esta funcionalidad como estándar y que su carácter opcional no afectará el normal funcionamiento ni las prestaciones requeridas del equipo. Modificar por ¨ Elastografia. OPCIONAL¨
En el punto 1.4.32.9: Donde dice ¨ Elastografia¨ a fin de no limitar la participación de los oferentes, considerando que no todos los equipos cuentan con esta funcionalidad como estándar y que su carácter opcional no afectará el normal funcionamiento ni las prestaciones requeridas del equipo. Modificar por ¨ Elastografia. OPCIONAL¨
En el punto 1.4.32.10: Donde dice ¨3D/4D¨ a fin de no limitar la participación de los oferentes, considerando que su carácter opcional no afectará a ningún participante ni las prestaciones. Favor modificar por ¨ 3D/4D. OPCIONAL¨
En el punto 1.4.32.10: Donde dice ¨3D/4D¨ a fin de no limitar la participación de los oferentes, considerando que su carácter opcional no afectará a ningún participante ni las prestaciones. Favor modificar por ¨ 3D/4D. OPCIONAL¨
Solicitamos amablemente a la convocante sea considerada como característica OPCIONAL, ya que no representa una función crítica del cardiodesfibrilador y su exigencia limita la participación de marcas que priorizan la robustez y confiabilidad clínica por sobre funciones accesorias. La interoperabilidad mediante otros medios ya garantiza una adecuada trazabilidad de datos.
Solicitamos amablemente a la convocante sea considerada como característica OPCIONAL, ya que no representa una función crítica del cardiodesfibrilador y su exigencia limita la participación de marcas que priorizan la robustez y confiabilidad clínica por sobre funciones accesorias. La interoperabilidad mediante otros medios ya garantiza una adecuada trazabilidad de datos.
Solicitamos amablemente a la convocante cambiarlo a Energía seleccionable por pasos, modo bifásico, Límite inferior: ≤ 2 Joules., Límite superior: ≥ 230 Joules o mejor. ya que este valor es clínicamente suficiente para la mayoría de los escenarios de desfibrilación avanzada y es el estándar ofrecido por múltiples fabricantes reconocidos internacionalmente. Mantener el valor en ≥ 270 Joules restringe innecesariamente la competencia sin aportar un beneficio clínico comprobado.
Solicitamos amablemente a la convocante cambiarlo a Energía seleccionable por pasos, modo bifásico, Límite inferior: ≤ 2 Joules., Límite superior: ≥ 230 Joules o mejor. ya que este valor es clínicamente suficiente para la mayoría de los escenarios de desfibrilación avanzada y es el estándar ofrecido por múltiples fabricantes reconocidos internacionalmente. Mantener el valor en ≥ 270 Joules restringe innecesariamente la competencia sin aportar un beneficio clínico comprobado.
Solicitamos amablemente a la convocante consideras los ítems 10.1, 10.2, 10.3, 13.6.2 como OPCIONALES, debido a que solo una marca en particular cumple esta especificiación, Esto permite a más oferentes poder participar con tecnologías que se ajustan a las necesidades del servicio
Solicitamos amablemente a la convocante consideras los ítems 10.1, 10.2, 10.3, 13.6.2 como OPCIONALES, debido a que solo una marca en particular cumple esta especificiación, Esto permite a más oferentes poder participar con tecnologías que se ajustan a las necesidades del servicio
Solicitamos amablemente a la convocante cambiar a Conectividad a la red de monitoreo. (conexión con cables o sin cables). De forma a no limitar la participación a una sola marca que cumple con la especificación solicitada.
Solicitamos amablemente a la convocante cambiar a Conectividad a la red de monitoreo. (conexión con cables o sin cables). De forma a no limitar la participación a una sola marca que cumple con la especificación solicitada.
Solicitamos amablemente a la convocante cambiar a una configuración estándar de Despliegue simultáneo de 3 curvas o mejor. Esta prestación cubre adecuadamente las necesidades clínicas habituales de monitoreo y evita restringir la participación únicamente a una marca con capacidad extendida de visualización.
Solicitamos amablemente a la convocante cambiar a una configuración estándar de Despliegue simultáneo de 3 curvas o mejor. Esta prestación cubre adecuadamente las necesidades clínicas habituales de monitoreo y evita restringir la participación únicamente a una marca con capacidad extendida de visualización.
Para el Ítem 3 Equipo de Rayos X Portátl en el punto 3.7 Con relación al requerimiento que establece que la longitud del brazo porta-tubo debe ser de mínimo 650 mm y máximo 1000 mm ±10, solicitamos amablemente a la convocante que se acepte una longitud de mínimo 650 mm y máximo 1250 mm ±10 para el equipo de rayos X portátil. Fundamentamos esta solicitud en que una mayor extensión del brazo porta-tubo aumenta la versatilidad y maniobrabilidad del equipo, permitiendo una mejor cobertura en pacientes en cama, sillas de ruedas o situaciones donde el acceso directo al paciente es limitado. Esta característica favorece especialmente el trabajo en áreas críticas, quirófanos o unidades de cuidados intensivos, donde el posicionamiento rápido y preciso es fundamental. La extensión propuesta no afecta la estabilidad ni la seguridad estructural del equipo, y por el contrario, amplía su funcionalidad sin comprometer la calidad diagnóstica.
Para el Ítem 3 Equipo de Rayos X Portátl en el punto 3.7 Con relación al requerimiento que establece que la longitud del brazo porta-tubo debe ser de mínimo 650 mm y máximo 1000 mm ±10, solicitamos amablemente a la convocante que se acepte una longitud de mínimo 650 mm y máximo 1250 mm ±10 para el equipo de rayos X portátil. Fundamentamos esta solicitud en que una mayor extensión del brazo porta-tubo aumenta la versatilidad y maniobrabilidad del equipo, permitiendo una mejor cobertura en pacientes en cama, sillas de ruedas o situaciones donde el acceso directo al paciente es limitado. Esta característica favorece especialmente el trabajo en áreas críticas, quirófanos o unidades de cuidados intensivos, donde el posicionamiento rápido y preciso es fundamental. La extensión propuesta no afecta la estabilidad ni la seguridad estructural del equipo, y por el contrario, amplía su funcionalidad sin comprometer la calidad diagnóstica.
En el punto 2.4.5: Donde dice ¨Memoria cine: ≥384MB¨ Considerando que, dependiendo del fabricante, esta especificación puede presentarse con distintas denominaciones o unidades de medida. La modificación propuesta permite que diferentes marcas puedan cumplir con el requerimiento sin afectar la funcionalidad ni la capacidad operativa del equipo, evitando limitar la participación de oferentes... Favor modificar este punto por ¨ Memoria cine: ≥384MB O memoria cine de ≥3000 imágenes¨
En el punto 2.4.5: Donde dice ¨Memoria cine: ≥384MB¨ Considerando que, dependiendo del fabricante, esta especificación puede presentarse con distintas denominaciones o unidades de medida. La modificación propuesta permite que diferentes marcas puedan cumplir con el requerimiento sin afectar la funcionalidad ni la capacidad operativa del equipo, evitando limitar la participación de oferentes... Favor modificar este punto por ¨ Memoria cine: ≥384MB O memoria cine de ≥3000 imágenes¨