En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Experiencia Requerida se solicita:
“CONTRATOS EJECUTADOS Y/O FACTURAS DE VENTAS CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN (PROVISIÓN DE ESCÁNERES DE RAYOS X Y/O DETECTORES DE EXPLOSIVOS PORTÁTILES Y/O ARCO DETECTORES DE METALES) QUE PODRÁN CORRESPONDER TANTO A EMPRESAS PÚBLICAS COMO PRIVADAS, DICHOS CONTRATOS O FACTURAS DE VENTAS DEBERÁN SER DEL PERIODO CONTEMPLADO ENTRE LOS AÑOS 2021, 2022, 2023, 2024 Y LA SUMATORIA DE LOS MISMOS DEBERÁ SER AL MENOS EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL LLAMADO. SE ACLARA QUE NO ES NECESARIO CONTAR CON UN CONTRATO Y/O FACTURA DE VENTA POR AÑO.”
SOLICITAMOS a la convocante se amplíe el alcance del requisito para que además de los escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles, arcos detectores de metales se considere válida también la experiencia en la provisión de armas. Esta solicitud se funda teniendo en cuenta de que se trata de bienes de alta sensibilidad técnica, logística y normativa, que requieren procesos de adquisición controlados, cumplimiento de normativas específicas y capacidad operativa especializada. Al igual que los demás equipos mencionados en el PBC, su provisión implica gestión logística segura, trazabilidad, asistencia técnica, y manejo documental exigente, por lo que constituyen antecedentes plenamente relevantes para demostrar capacidad técnica.
Adicionalmente, solicitamos que los años para acreditar dicha experiencia se extienda, permitiendo que se consideren antecedentes contractuales ejecutados desde el año 2011 en adelante. Esta ampliación responde a la necesidad de reflejar de manera más fiel la trayectoria real de los potenciales oferentes. Asimismo, esta medida favorece la igualdad de condiciones y fomenta la participación amplia y competitiva, fortaleciendo la transparencia y eficiencia del proceso.
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Experiencia Requerida se solicita:
“CONTRATOS EJECUTADOS Y/O FACTURAS DE VENTAS CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN (PROVISIÓN DE ESCÁNERES DE RAYOS X Y/O DETECTORES DE EXPLOSIVOS PORTÁTILES Y/O ARCO DETECTORES DE METALES) QUE PODRÁN CORRESPONDER TANTO A EMPRESAS PÚBLICAS COMO PRIVADAS, DICHOS CONTRATOS O FACTURAS DE VENTAS DEBERÁN SER DEL PERIODO CONTEMPLADO ENTRE LOS AÑOS 2021, 2022, 2023, 2024 Y LA SUMATORIA DE LOS MISMOS DEBERÁ SER AL MENOS EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL LLAMADO. SE ACLARA QUE NO ES NECESARIO CONTAR CON UN CONTRATO Y/O FACTURA DE VENTA POR AÑO.”
SOLICITAMOS a la convocante se amplíe el alcance del requisito para que además de los escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles, arcos detectores de metales se considere válida también la experiencia en la provisión de armas. Esta solicitud se funda teniendo en cuenta de que se trata de bienes de alta sensibilidad técnica, logística y normativa, que requieren procesos de adquisición controlados, cumplimiento de normativas específicas y capacidad operativa especializada. Al igual que los demás equipos mencionados en el PBC, su provisión implica gestión logística segura, trazabilidad, asistencia técnica, y manejo documental exigente, por lo que constituyen antecedentes plenamente relevantes para demostrar capacidad técnica.
Adicionalmente, solicitamos que los años para acreditar dicha experiencia se extienda, permitiendo que se consideren antecedentes contractuales ejecutados desde el año 2011 en adelante. Esta ampliación responde a la necesidad de reflejar de manera más fiel la trayectoria real de los potenciales oferentes. Asimismo, esta medida favorece la igualdad de condiciones y fomenta la participación amplia y competitiva, fortaleciendo la transparencia y eficiencia del proceso.
En atención a la consulta presentada, se aclara que el requisito relativo a la presentación de contratos ejecutados y/o facturas de ventas correspondientes al objeto de la presente contratación fue establecido en el Pliego de Bases y Condiciones atendiendo a los principios de razonabilidad, proporcionalidad, eficiencia y libre concurrencia, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 7021/2022 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
La exigencia de acreditar experiencia específica en la provisión de escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles y arcos detectores de metales responde a la necesidad de garantizar que los oferentes cuenten con la capacidad técnica y operativa comprobable en el suministro de equipos de naturaleza y complejidad similar a los requeridos en el presente llamado. Dicho criterio es esencial para asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad, seguridad técnica y logística que demanda la adquisición de estos bienes estratégicos.
Por tanto, no resulta procedente ampliar el alcance de este requisito para incluir la provisión de otros bienes, como armas, dado que, aunque se trate de productos que también requieren gestión logística y cumplimiento de normativas específicas, su naturaleza, uso, y características técnicas difieren sustancialmente de los equipos objeto del presente proceso, y no resultan equivalentes para acreditar la experiencia requerida.
De igual manera, la extensión del período para acreditar la experiencia a contratos ejecutados desde el año 2011 no se considera viable, ya que el plazo actualmente previsto en el Pliego permite una evaluación adecuada y actualizada de la capacidad técnica de los oferentes, sin constituir una limitación al principio de igualdad y participación competitiva. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
12
- Experiencia
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Experiencia Requerida se lee:
“CONTRATOS EJECUTADOS Y/O FACTURAS DE VENTAS CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN (PROVISIÓN DE ESCÁNERES DE RAYOS X Y/O DETECTORES DE EXPLOSIVOS PORTÁTILES Y/O ARCO DETECTORES DE METALES) QUE PODRÁN CORRESPONDER TANTO A EMPRESAS PÚBLICAS COMO PRIVADAS, DICHOS CONTRATOS O FACTURAS DE VENTAS DEBERÁN SER DEL PERIODO CONTEMPLADO ENTRE LOS AÑOS 2021, 2022, 2023, 2024 Y LA SUMATORIA DE LOS MISMOS DEBERÁ SER AL MENOS EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL LLAMADO. SE ACLARA QUE NO ES NECESARIO CONTAR CON UN CONTRATO Y/O FACTURA DE VENTA POR AÑO.”
Sobre el particular, solicitamos a la entidad convocante ampliar el objeto como el período de la experiencia exigida, permitiendo que los oferentes puedan acreditar experiencia en la provisión de chalecos y/o equipos de seguridad al Estado paraguayo y/o a empresas privadas, con constancia de ejecución contractual emitida entre los años 2018 y 2025, acompañando los respectivos contratos, facturas y constancias de buen cumplimiento contractual. Esta modificación permitiría una mayor participación de oferentes técnicamente calificados, sin comprometer los estándares de calidad exigidos en el presente procedimiento, y fomentaría una mayor concurrencia, condición esencial para asegurar un proceso competitivo, transparente y eficiente.
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Experiencia Requerida se lee:
“CONTRATOS EJECUTADOS Y/O FACTURAS DE VENTAS CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN (PROVISIÓN DE ESCÁNERES DE RAYOS X Y/O DETECTORES DE EXPLOSIVOS PORTÁTILES Y/O ARCO DETECTORES DE METALES) QUE PODRÁN CORRESPONDER TANTO A EMPRESAS PÚBLICAS COMO PRIVADAS, DICHOS CONTRATOS O FACTURAS DE VENTAS DEBERÁN SER DEL PERIODO CONTEMPLADO ENTRE LOS AÑOS 2021, 2022, 2023, 2024 Y LA SUMATORIA DE LOS MISMOS DEBERÁ SER AL MENOS EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL LLAMADO. SE ACLARA QUE NO ES NECESARIO CONTAR CON UN CONTRATO Y/O FACTURA DE VENTA POR AÑO.”
Sobre el particular, solicitamos a la entidad convocante ampliar el objeto como el período de la experiencia exigida, permitiendo que los oferentes puedan acreditar experiencia en la provisión de chalecos y/o equipos de seguridad al Estado paraguayo y/o a empresas privadas, con constancia de ejecución contractual emitida entre los años 2018 y 2025, acompañando los respectivos contratos, facturas y constancias de buen cumplimiento contractual. Esta modificación permitiría una mayor participación de oferentes técnicamente calificados, sin comprometer los estándares de calidad exigidos en el presente procedimiento, y fomentaría una mayor concurrencia, condición esencial para asegurar un proceso competitivo, transparente y eficiente.
En relación con la consulta planteada, se aclara que el requisito relativo a la presentación de contratos ejecutados y/o facturas de ventas vinculadas específicamente a la provisión de escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles y arcos detectores de metales, fue definido considerando la naturaleza técnica y operativa de los equipos requeridos en el presente proceso licitatorio.
Este requisito tiene por finalidad asegurar que los oferentes cuenten con experiencia comprobable y directamente relacionada con la provisión de bienes de similares características y complejidad técnica, lo cual resulta esencial para garantizar la correcta ejecución del contrato y el cumplimiento de los estándares de calidad exigidos.
En este sentido, no corresponde ampliar el objeto de la experiencia a otros bienes como chalecos y/o equipos de seguridad, dado que, si bien se trata de productos relevantes para la seguridad, sus características técnicas, su nivel de especialización y los procesos logísticos asociados difieren significativamente de los equipos objeto del presente llamado, no siendo equivalentes como antecedentes específicos para este procedimiento.
Asimismo, en cuanto al período contemplado para la acreditación de la experiencia, se considera que el plazo definido en el Pliego resulta suficiente para evaluar la capacidad técnica y operativa actual de los oferentes, sin que ello constituya una restricción indebida a la participación. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
13
- Experiencia
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Experiencia Requerida se lee:
“CONTRATOS EJECUTADOS Y/O FACTURAS DE VENTAS CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN (PROVISIÓN DE ESCÁNERES DE RAYOS X Y/O DETECTORES DE EXPLOSIVOS PORTÁTILES Y/O ARCO DETECTORES DE METALES) QUE PODRÁN CORRESPONDER TANTO A EMPRESAS PÚBLICAS COMO PRIVADAS, DICHOS CONTRATOS O FACTURAS DE VENTAS DEBERÁN SER DEL PERIODO CONTEMPLADO ENTRE LOS AÑOS 2021, 2022, 2023, 2024 Y LA SUMATORIA DE LOS MISMOS DEBERÁ SER AL MENOS EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL LLAMADO. SE ACLARA QUE NO ES NECESARIO CONTAR CON UN CONTRATO Y/O FACTURA DE VENTA POR AÑO.”
Solicitamos a la convocante que se amplíe el alcance del requisito de experiencia, permitiendo que los oferentes puedan acreditar, además de la provisión de escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles y arcos detectores de metales, la provisión de otros equipos de seguridad de naturaleza afín, tales como sistemas de video vigilancia (CCTV). Asimismo, requerimos que el período considerado para acreditar dicha experiencia se extienda hasta el año 2025, permitiendo incluir contratos y/o facturas emitidas durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025. Esta ampliación facilitaría una participación más representativa de oferentes técnicamente calificados, reflejando de manera más completa su trayectoria en la provisión de soluciones integrales de seguridad y fortaleciendo los principios de concurrencia, igualdad y eficiencia que deben regir el proceso.
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Experiencia Requerida se lee:
“CONTRATOS EJECUTADOS Y/O FACTURAS DE VENTAS CORRESPONDIENTES AL OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN (PROVISIÓN DE ESCÁNERES DE RAYOS X Y/O DETECTORES DE EXPLOSIVOS PORTÁTILES Y/O ARCO DETECTORES DE METALES) QUE PODRÁN CORRESPONDER TANTO A EMPRESAS PÚBLICAS COMO PRIVADAS, DICHOS CONTRATOS O FACTURAS DE VENTAS DEBERÁN SER DEL PERIODO CONTEMPLADO ENTRE LOS AÑOS 2021, 2022, 2023, 2024 Y LA SUMATORIA DE LOS MISMOS DEBERÁ SER AL MENOS EL 30% DEL MONTO TOTAL DEL LLAMADO. SE ACLARA QUE NO ES NECESARIO CONTAR CON UN CONTRATO Y/O FACTURA DE VENTA POR AÑO.”
Solicitamos a la convocante que se amplíe el alcance del requisito de experiencia, permitiendo que los oferentes puedan acreditar, además de la provisión de escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles y arcos detectores de metales, la provisión de otros equipos de seguridad de naturaleza afín, tales como sistemas de video vigilancia (CCTV). Asimismo, requerimos que el período considerado para acreditar dicha experiencia se extienda hasta el año 2025, permitiendo incluir contratos y/o facturas emitidas durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025. Esta ampliación facilitaría una participación más representativa de oferentes técnicamente calificados, reflejando de manera más completa su trayectoria en la provisión de soluciones integrales de seguridad y fortaleciendo los principios de concurrencia, igualdad y eficiencia que deben regir el proceso.
En atención a la consulta planteada, se aclara que el requisito relativo a la presentación de contratos ejecutados y/o facturas de ventas específicamente vinculadas a la provisión de escáneres de rayos X, detectores de explosivos portátiles y arcos detectores de metales fue establecido con el objetivo de garantizar que los oferentes cuenten con experiencia comprobable en la provisión de bienes de naturaleza y complejidad técnica equivalente a los equipos solicitados en el presente llamado.
La inclusión de otros equipos de seguridad de distinta naturaleza, como sistemas de video vigilancia (CCTV), no resulta procedente, dado que, si bien forman parte de soluciones integrales de seguridad, sus características técnicas, procesos de instalación y niveles de especialización difieren significativamente de los bienes objeto de este proceso, no constituyendo antecedentes directamente comparables para acreditar la experiencia requerida.
En cuanto a la solicitud de extender el período para la acreditación de experiencia hasta el año 2025, se considera que el plazo actualmente previsto en el Pliego permite una evaluación suficiente y actualizada de la capacidad técnica y operativa de los potenciales oferentes, sin que ello limite la concurrencia ni la participación competitiva. Por tanto, no corresponde acceder a la modificación solicitada. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
14
- Documentos Apostillados
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Capacidad Técnica; Punto 2, se lee:
“2. AUTORIZACIÓN EXPEDIDA POR EL FABRICANTE Y/O REPRESENTANTES, Y/O DISTRIBUIDORES DE LOS PRODUCTOS OFRECIDOS, EN IDIOMA ESPAÑOL O DEBIDAMENTE TRADUCIDA POR TRADUCTOR PUBLICO MATRICULADO:
PARA REPRESENTANTES DEBE REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
DOCUMENTACIÓN EXPEDIDA POR EL FABRICANTE QUE LOS ACREDITE COMO REPRESENTANTE DE LA MARCA OFERTADA, DICHOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR DEBIDAMENTE LEGALIZADOS POR EL CONSULADO PARAGUAYO DEL PAÍS DE EMISIÓN DEL DOCUMENTO Y DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY. LOS MISMOS DEBEN SER ORIGINALES O COPIAS AUTENTICADAS POR ESCRIBANO PÚBLICO.
SERÁN CONSIDERADOS VÁLIDOS LOS DOCUMENTOS APOSTILLADOS COMO LOS DOCUMENTOS LEGALIZADOS POR EL CONSULADO Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN CONFORMIDAD A LA LEY N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.”
Se solicita a la convocante se sirva aceptar que dicha documentación, debidamente apostillada conforme a lo exigido por el Pliego, sea presentada al momento de la firma del contrato, con el fin de contar con el plazo suficiente para gestionar la apostilla en la forma solicitada en el Pliego de acuerdo a lo establecido en la citada Ley.
En el PBC REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN; Capacidad Técnica; Punto 2, se lee:
“2. AUTORIZACIÓN EXPEDIDA POR EL FABRICANTE Y/O REPRESENTANTES, Y/O DISTRIBUIDORES DE LOS PRODUCTOS OFRECIDOS, EN IDIOMA ESPAÑOL O DEBIDAMENTE TRADUCIDA POR TRADUCTOR PUBLICO MATRICULADO:
PARA REPRESENTANTES DEBE REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
DOCUMENTACIÓN EXPEDIDA POR EL FABRICANTE QUE LOS ACREDITE COMO REPRESENTANTE DE LA MARCA OFERTADA, DICHOS DOCUMENTOS DEBEN ESTAR DEBIDAMENTE LEGALIZADOS POR EL CONSULADO PARAGUAYO DEL PAÍS DE EMISIÓN DEL DOCUMENTO Y DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY. LOS MISMOS DEBEN SER ORIGINALES O COPIAS AUTENTICADAS POR ESCRIBANO PÚBLICO.
SERÁN CONSIDERADOS VÁLIDOS LOS DOCUMENTOS APOSTILLADOS COMO LOS DOCUMENTOS LEGALIZADOS POR EL CONSULADO Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN CONFORMIDAD A LA LEY N° 4987/13 QUE APRUEBA EL CONVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS.”
Se solicita a la convocante se sirva aceptar que dicha documentación, debidamente apostillada conforme a lo exigido por el Pliego, sea presentada al momento de la firma del contrato, con el fin de contar con el plazo suficiente para gestionar la apostilla en la forma solicitada en el Pliego de acuerdo a lo establecido en la citada Ley.
En relación con la consulta formulada, se aclara que el requisito relativo a la presentación de la autorización expedida por el fabricante y/o sus representantes y/o distribuidores, así como la exigencia de que dicha documentación se encuentre debidamente legalizada o apostillada, ha sido previsto en el Pliego de Bases y Condiciones con la finalidad de garantizar que las ofertas presentadas acrediten fehacientemente la representación legítima de las marcas ofertadas desde la etapa de evaluación.
Permitir la presentación de estos documentos recién al momento de la firma del contrato afectaría los principios de transparencia, igualdad y certeza jurídica, además de limitar la capacidad de la convocante para verificar en tiempo y forma la validez de las ofertas durante el proceso de evaluación.
Por tanto, no resulta procedente modificar el requisito establecido, considerando que el plazo dispuesto para la presentación de ofertas otorga un margen razonable para gestionar las legalizaciones o apostillas correspondientes conforme a la normativa vigente. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
15
- Plan de Entrega de Bienes
En el PBC SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS; Plan de Entrega de Bienes se lee:
“EL PLAZO PARA LA ENTREGA, MONTAJE E INSTALACIÓN DE LOS EQUIPOS Y LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA ES DE CIENTO NOVENTA (90) DÍAS HÁBILES CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DEL PAGO DEL ANTICIPO, TODOS LOS TRABAJOS DEBERÁN REALIZARSE POR TÉCNICOS CERTIFICADOS EN LAS MARCAS DE LOS EQUIPOS, DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y
ASUNTOS INTERNOS PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN - PLAZA DE LA JUSTICIA (M. R. ALONSO Y TESTANOVA).”
SOLICITAMOS a la Convocante aclarar por favor el plazo para la entrega montaje e instalación de los equipos ya que en el PBC aparece un plazo distinto en letras y otro distinto en número.
Entendemos que el plazo para la entrega de los equipos y la transferencia tecnológica es de 190 (ciento noventa días). Confirmar si nuestra apreciación es correcta.
En el PBC SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS; Plan de Entrega de Bienes se lee:
“EL PLAZO PARA LA ENTREGA, MONTAJE E INSTALACIÓN DE LOS EQUIPOS Y LA TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA ES DE CIENTO NOVENTA (90) DÍAS HÁBILES CALENDARIO CONTADOS A PARTIR DEL PAGO DEL ANTICIPO, TODOS LOS TRABAJOS DEBERÁN REALIZARSE POR TÉCNICOS CERTIFICADOS EN LAS MARCAS DE LOS EQUIPOS, DIRECCIÓN DE SEGURIDAD Y
ASUNTOS INTERNOS PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN - PLAZA DE LA JUSTICIA (M. R. ALONSO Y TESTANOVA).”
SOLICITAMOS a la Convocante aclarar por favor el plazo para la entrega montaje e instalación de los equipos ya que en el PBC aparece un plazo distinto en letras y otro distinto en número.
Entendemos que el plazo para la entrega de los equipos y la transferencia tecnológica es de 190 (ciento noventa días). Confirmar si nuestra apreciación es correcta.
En relación con la consulta planteada, se aclara que el Pliego de Bases y Condiciones será objeto de ajuste (ADENDA) a fin de precisar correctamente el plazo que debe ser de noventa (90) días hábiles calendario, para las condiciones establecidas para la entrega, montaje e instalación de los equipos, así como la transferencia de tecnología, garantizando que todas las actividades sean realizadas por técnicos certificados en las marcas de los equipos correspondientes.
16
Técnicos certificados por la marca
En relación al numeral “Capacidad Técnica”, específicamente el requerimiento de contar con 2 técnicos con certificación de la marca de los equipos ofertados, solicitamos se aclare:
a) ¿Qué tipo de certificación se considera válida? ¿Debe ser emitida directamente por el fabricante o puede ser extendida por un distribuidor oficial autorizado?
b) En caso de que el fabricante no emita certificaciones específicas por modelo sino por categoría (por ejemplo: escáneres en general), ¿esto será aceptado como válido?
c) ¿Se aceptará documentación técnica en inglés si el fabricante no emite certificaciones personalizadas en español?
En relación al numeral “Capacidad Técnica”, específicamente el requerimiento de contar con 2 técnicos con certificación de la marca de los equipos ofertados, solicitamos se aclare:
a) ¿Qué tipo de certificación se considera válida? ¿Debe ser emitida directamente por el fabricante o puede ser extendida por un distribuidor oficial autorizado?
b) En caso de que el fabricante no emita certificaciones específicas por modelo sino por categoría (por ejemplo: escáneres en general), ¿esto será aceptado como válido?
c) ¿Se aceptará documentación técnica en inglés si el fabricante no emite certificaciones personalizadas en español?
En atención a la consulta presentada, se informa cuanto sigue:
a)Conforme a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), el requerimiento de "contar con 2 (dos) técnicos con experiencia y certificación de la marca de los equipos ofertados" implica que la certificación debe ser expedida por el fabricante de los equipos o, en su defecto, por un distribuidor oficial autorizado de la marca, siempre que éste cuente con facultades expresas otorgadas por el fabricante para emitir dichas certificaciones.
b) Respecto al alcance de las certificaciones, se aceptarán aquellas emitidas por el fabricante o distribuidor oficial autorizado que acrediten la formación o competencia técnica del personal en la categoría o línea de equipos correspondiente (por ejemplo, escáneres de rayos X), aun cuando no se refieran a un modelo específico, siempre que éstas sean suficientes para demostrar la capacidad técnica requerida para la instalación, configuración, mantenimiento y reparación de los equipos ofertados.
Favor remitirse a Adenda
c) Solo se aceptarán documentos presentados en idioma español o en su defecto acompañada de su traducción oficial, realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay.
Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
17
Autorizaciones del Fabricante
En cuanto al requisito de presentar autorización del fabricante o cadena de autorizaciones legalizadas hasta el fabricante, solicitamos se aclare:
a) En caso de que la documentación provenga de un distribuidor autorizado regional (por ejemplo, para Latinoamérica), ¿es suficiente que esté apostillada, o se exige también legalización consular y por el MRE del Paraguay?
b) ¿Qué ocurre si el fabricante no expide cartas de autorización individual por país y canaliza todo mediante una casa matriz regional? ¿Será aceptado un documento corporativo que incluya a varios países, incluyendo Paraguay?
En cuanto al requisito de presentar autorización del fabricante o cadena de autorizaciones legalizadas hasta el fabricante, solicitamos se aclare:
a) En caso de que la documentación provenga de un distribuidor autorizado regional (por ejemplo, para Latinoamérica), ¿es suficiente que esté apostillada, o se exige también legalización consular y por el MRE del Paraguay?
b) ¿Qué ocurre si el fabricante no expide cartas de autorización individual por país y canaliza todo mediante una casa matriz regional? ¿Será aceptado un documento corporativo que incluya a varios países, incluyendo Paraguay?
En atención a la consulta presentada, se informa cuanto sigue:
a)En atención a la consulta presentada por el oferente, en la cual se plantea la posibilidad de admitir como suficiente la apostilla para la documentación expedida por un distribuidor autorizado regional (por ejemplo, para Latinoamérica), en el Pliego de Bases y Condiciones se manifiesta cuanto sigue:
"SERAN CONSIDERADOS VALIDOS LOS DOCUMENTOS APOSTILLADOS COMO LOS DOCUMENTOS LEGALIZADOS POR EL CONSULADO Y EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES EN CONFORMIDAD A LA LEY N° 4987/13 QUE APRUEBA EL COVENIO SUPRIMIENDO LA EXIGENCIA DE LA LEGALIZACION DE LOS DOCUMNTOS PUBLIOCOS EXTRANGEROS.".
b)En cuanto a la situación planteada respecto a fabricantes que canalizan las autorizaciones mediante casas matrices regionales, se aclara que el PBC admite como válido un documento corporativo que incluya la autorización para varios países, siempre que en dicho documento conste de manera expresa la autorización para comercializar los productos ofertados en el territorio de la República del Paraguay y que la misma cumpla con los requisitos de legalización consular y del Ministerio de Relaciones Exteriores exigidos. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
18
Compatibilidad con Equipamientos Existentes
En varias partes del pliego se hace referencia a características técnicas detalladas, pero no se menciona si los nuevos equipos deberán ser compatibles con sistemas ya instalados previamente en el Palacio de Justicia de Asunción.
¿Podrían aclarar si existe algún sistema actual de seguridad (monitoreo, escaneo, acceso) con el cual los nuevos equipos deben integrarse o comunicarse?
En caso afirmativo, ¿podrían proveer detalles técnicos de esos sistemas existentes para asegurar compatibilidad?
En varias partes del pliego se hace referencia a características técnicas detalladas, pero no se menciona si los nuevos equipos deberán ser compatibles con sistemas ya instalados previamente en el Palacio de Justicia de Asunción.
¿Podrían aclarar si existe algún sistema actual de seguridad (monitoreo, escaneo, acceso) con el cual los nuevos equipos deben integrarse o comunicarse?
En caso afirmativo, ¿podrían proveer detalles técnicos de esos sistemas existentes para asegurar compatibilidad?
Cabe señalar que los equipos a ser adquiridos están destinados a operar de manera autónoma y conforme a las especificaciones técnicas incluidas en el Pliego. Por tanto, no se exige compatibilidad o integración con sistemas de seguridad previamente instalados en el Palacio de Justicia de Asunción.
En virtud de lo expuesto, la información técnica contenida en el Pliego resulta suficiente para la preparación y presentación de las ofertas. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
19
Niveles de Homologación y Normativa Exigida
En el punto correspondiente a las especificaciones técnicas de los equipos de rayos X, se indica que deben cumplir normativa de seguridad internacional, pero no se especifican normas concretas (por ejemplo: ANSI, ISO, CE, etc.).
¿Podrían detallar qué normas específicas deben cumplirse en cuanto a:
- Seguridad radiológica,
- Protección al operador y terceros,
- Calidad de imagen?
¿Se aceptarán equipos que cumplan normativas equivalentes de otros países (por ejemplo: FDA de EE. UU. o normas chinas tipo GB)?
En el punto correspondiente a las especificaciones técnicas de los equipos de rayos X, se indica que deben cumplir normativa de seguridad internacional, pero no se especifican normas concretas (por ejemplo: ANSI, ISO, CE, etc.).
¿Podrían detallar qué normas específicas deben cumplirse en cuanto a:
- Seguridad radiológica,
- Protección al operador y terceros,
- Calidad de imagen?
¿Se aceptarán equipos que cumplan normativas equivalentes de otros países (por ejemplo: FDA de EE. UU. o normas chinas tipo GB)?
En el PBC, están plasmados los requerimientos técnicos mínimos por ítems que serán evaluados. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.
20
Disponibilidad de Repuestos y Garantía Local
Se establece que los equipos deben contar con repuestos y soporte en el país por un mínimo de 5 años. Solicitamos se aclare:
a) ¿Qué tipo de respaldo será considerado válido para acreditar esta disponibilidad?
b) ¿Basta con una declaración jurada o se exige un contrato o vínculo formal con el fabricante?
c) ¿La garantía exigida debe ser local o puede ser canalizada desde un centro internacional (por ejemplo: desde Brasil,EEUU, España o China)?
Se establece que los equipos deben contar con repuestos y soporte en el país por un mínimo de 5 años. Solicitamos se aclare:
a) ¿Qué tipo de respaldo será considerado válido para acreditar esta disponibilidad?
b) ¿Basta con una declaración jurada o se exige un contrato o vínculo formal con el fabricante?
c) ¿La garantía exigida debe ser local o puede ser canalizada desde un centro internacional (por ejemplo: desde Brasil,EEUU, España o China)?
a)será válido cualquier documento que permita a la convocante verificar razonablemente la capacidad del oferente para garantizar la disponibilidad de repuestos y soporte
b)se aclara que una declaración jurada presentada por el oferente será considerada suficiente, siempre que la misma contenga el compromiso de cumplir con el requisito durante el plazo establecido.
c)La garantía podrá ser local o gestionada desde el exterior, en la medida que no comprometa la prestación efectiva del servicio en Paraguay. Por lo expuesto, se remite al Pliego de Bases y Condiciones.