Donde dice ¨ Equipos con 7 Discos Duros de ≥ 300 GB¨ Solicitamos confirmar si los discos mencionados deben ser exclusivamente internos, o si también se contempla la posibilidad de utilizar discos externos que permitan cumplir con la capacidad solicitada. Asimismo, con el fin de no limitar la participación de otros oferentes, solicitamos considerar como alternativa válida la utilización de al menos UN (1) disco duro de 1 TB o más, siempre que se cumpla con el objetivo funcional de resguardo, almacenamiento y disponibilidad de los estudios no afectara el funcionamiento del equipo.
Donde dice ¨ Equipos con 7 Discos Duros de ≥ 300 GB¨ Solicitamos confirmar si los discos mencionados deben ser exclusivamente internos, o si también se contempla la posibilidad de utilizar discos externos que permitan cumplir con la capacidad solicitada. Asimismo, con el fin de no limitar la participación de otros oferentes, solicitamos considerar como alternativa válida la utilización de al menos UN (1) disco duro de 1 TB o más, siempre que se cumpla con el objetivo funcional de resguardo, almacenamiento y disponibilidad de los estudios no afectara el funcionamiento del equipo.
Se solicita modificar el requisito de “Cobertura máxima del detector por vuelta: ≥ 40 mm” a “≥ 22 mm”, ya que esto corresponde a las especificaciones técnicas (mínimo 32 filas de detectores) y es suficiente para las aplicaciones clínicas habituales, cumpliendo estándares internacionales. Las especificaciones técnicas solicitadas están direccionadas a la marca GE modelo Revolution Maxima
Se solicita modificar el requisito de “Cobertura máxima del detector por vuelta: ≥ 40 mm” a “≥ 22 mm”, ya que esto corresponde a las especificaciones técnicas (mínimo 32 filas de detectores) y es suficiente para las aplicaciones clínicas habituales, cumpliendo estándares internacionales. Las especificaciones técnicas solicitadas están direccionadas a la marca GE modelo Revolution Maxima
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
63
EETT ITEM 1
Se solicita cambiar el requisito de “≥ 64 cortes adquiridos” por “≥ 64 cortes reconstruidos”, ya que con 32 filas de detectores se obtienen normalmente 64 cortes reconstruidos. La redacción actual favorece al modelo GE Revolution Maxima y podría limitar la competencia al excluir equipos de 32 filas que cumplen con los estándares clínicos.
Se solicita cambiar el requisito de “≥ 64 cortes adquiridos” por “≥ 64 cortes reconstruidos”, ya que con 32 filas de detectores se obtienen normalmente 64 cortes reconstruidos. La redacción actual favorece al modelo GE Revolution Maxima y podría limitar la competencia al excluir equipos de 32 filas que cumplen con los estándares clínicos.
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
64
EETT ITEM 1
Se solicita cambiar el requisito de “Tiempo de rotación del gantry (360°): ≤ 0,5 segundos” a “0,8 segundos”, acorde al estándar de equipos con 32 filas de detectores, como los requeridos en este llamado. Un tiempo menor no es imprescindible para estudios habituales y limitaría la competencia sin un beneficio clínico significativo. La modificación ampliaría la competencia sin afectar la calidad diagnóstica
Se solicita cambiar el requisito de “Tiempo de rotación del gantry (360°): ≤ 0,5 segundos” a “0,8 segundos”, acorde al estándar de equipos con 32 filas de detectores, como los requeridos en este llamado. Un tiempo menor no es imprescindible para estudios habituales y limitaría la competencia sin un beneficio clínico significativo. La modificación ampliaría la competencia sin afectar la calidad diagnóstica
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
65
EETT ITEM 1
Se solicita modificar el requisito “Potencia: ≥ 55 kW” por “Potencia mínima del generador: ≥ 55 kW nominal o equivalente”, ya que hay equipos con menor potencia nominal que alcanzan picos equivalentes o superiores a 80 kW, cumpliendo los estándares clínicos. Esta modificación ampliaría la competencia, permitiría tecnologías más modernas y eficientes, reduciría el costo de los tubos y no afectaría la calidad diagnóstica
Se solicita modificar el requisito “Potencia: ≥ 55 kW” por “Potencia mínima del generador: ≥ 55 kW nominal o equivalente”, ya que hay equipos con menor potencia nominal que alcanzan picos equivalentes o superiores a 80 kW, cumpliendo los estándares clínicos. Esta modificación ampliaría la competencia, permitiría tecnologías más modernas y eficientes, reduciría el costo de los tubos y no afectaría la calidad diagnóstica
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
66
EETT ITEM 1
Se solicita modificar el requisito “Rango de Corriente: mínimo ≤ 10 mA / máximo ≥ 440 mA” a “mínimo ≤ 15 mA / máximo ≥ 400 mA”, ya que el rango original parece direccionado al modelo GE Revolution Maxima. La propuesta mantiene parámetros clínicos adecuados y evita restricciones que limiten la participación de otros oferentes.
Se solicita modificar el requisito “Rango de Corriente: mínimo ≤ 10 mA / máximo ≥ 440 mA” a “mínimo ≤ 15 mA / máximo ≥ 400 mA”, ya que el rango original parece direccionado al modelo GE Revolution Maxima. La propuesta mantiene parámetros clínicos adecuados y evita restricciones que limiten la participación de otros oferentes.
Se solicita cambiar el requisito “Resolución Espacial: ≥ 18,3 lp/cm” por “≥ 15 lp/cm”, ya que valores superiores exceden el estándar clínico habitual para el tipo de tomógrafo requerido. La modificación permitirá mayor participación de oferentes, evitando especificaciones que favorezcan a una sola marca y limiten la competencia.
Se solicita cambiar el requisito “Resolución Espacial: ≥ 18,3 lp/cm” por “≥ 15 lp/cm”, ya que valores superiores exceden el estándar clínico habitual para el tipo de tomógrafo requerido. La modificación permitirá mayor participación de oferentes, evitando especificaciones que favorezcan a una sola marca y limiten la competencia.
Se solicita modificar el requisito “Alcance de barrido: ≥ 1700 mm” a “≥ 1600 mm”, ya que 1700 mm no tiene un fundamento clínico justificado y podría limitar la competitividad. Un alcance de ≥ 1600 mm es suficiente para cubrir el cuerpo completo de un adulto sin reposicionamiento, cumpliendo los estándares clínicos para estudios de cuerpo entero.
Se solicita modificar el requisito “Alcance de barrido: ≥ 1700 mm” a “≥ 1600 mm”, ya que 1700 mm no tiene un fundamento clínico justificado y podría limitar la competitividad. Un alcance de ≥ 1600 mm es suficiente para cubrir el cuerpo completo de un adulto sin reposicionamiento, cumpliendo los estándares clínicos para estudios de cuerpo entero.
Se solicita que el requisito “Capacidad térmica del ánodo: ≥ 7 MHU” contemple la capacidad térmica equivalente, no solo el valor nominal. Esto permite incluir equipos con desempeño clínico adecuado, mayor eficiencia, menor costo y mayor productividad, evitando especificaciones dirigidas al modelo GE Revolution Maxima que limitan la competencia. La modificación fomenta mayor apertura sin afectar la calidad diagnóstica.
Se solicita que el requisito “Capacidad térmica del ánodo: ≥ 7 MHU” contemple la capacidad térmica equivalente, no solo el valor nominal. Esto permite incluir equipos con desempeño clínico adecuado, mayor eficiencia, menor costo y mayor productividad, evitando especificaciones dirigidas al modelo GE Revolution Maxima que limitan la competencia. La modificación fomenta mayor apertura sin afectar la calidad diagnóstica.
El oferente debe ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones.
70
EETT ITEM 1
En donde dice “Software o licencias habilitadas para Cardiovascular, Pulmón, Colon, Neurovascular”, Se solicita que el módulo de software cardiovascular sea opcional en lugar de obligatorio. Exigirlo restringe la participación a equipos especializados en cardiología, con costos más altos, y excluye opciones polivalentes igualmente válidas. Según relevamientos previos al llamado de licitación, el servicio de tomografía indicó que utilizarán el equipo principalmente para rutinas, ya que disponen de otro tomógrafo para estudios específicos como cardiología. Esta modificación permitirá reducir costos y ampliar la participación de potenciales oferentes, sin afectar la capacidad diagnóstica requerida y fomentando una competencia más equitativa.
En donde dice “Software o licencias habilitadas para Cardiovascular, Pulmón, Colon, Neurovascular”, Se solicita que el módulo de software cardiovascular sea opcional en lugar de obligatorio. Exigirlo restringe la participación a equipos especializados en cardiología, con costos más altos, y excluye opciones polivalentes igualmente válidas. Según relevamientos previos al llamado de licitación, el servicio de tomografía indicó que utilizarán el equipo principalmente para rutinas, ya que disponen de otro tomógrafo para estudios específicos como cardiología. Esta modificación permitirá reducir costos y ampliar la participación de potenciales oferentes, sin afectar la capacidad diagnóstica requerida y fomentando una competencia más equitativa.