En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 145, ítem 1 (LÁMINAS ESMERILADAS), donde dice: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas, libre de ralladuras, con separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante la aceptación de láminas esmeriladas sin separador de papel sulfito entre láminas, dado que la ausencia de este componente no afecta la funcionalidad ni el propósito de uso del producto en el laboratorio. Esta consideración permitiría ampliar la participación de oferentes con productos de calidad equivalente, fomentando una mayor competitividad en el proceso de adquisición. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas, libre de ralladuras, con o sin separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 145, ítem 1 (LÁMINAS ESMERILADAS), donde dice: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas, libre de ralladuras, con separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante la aceptación de láminas esmeriladas sin separador de papel sulfito entre láminas, dado que la ausencia de este componente no afecta la funcionalidad ni el propósito de uso del producto en el laboratorio. Esta consideración permitiría ampliar la participación de oferentes con productos de calidad equivalente, fomentando una mayor competitividad en el proceso de adquisición. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas, libre de ralladuras, con o sin separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 145, ítem 1 (LÁMINAS ESMERILADAS), donde dice: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas, libre de ralladuras, con separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita amablemente a la convocante considerar la admisión de láminas lisas, ya que ofrecen una observación clara y sin distorsiones, permitiendo visualizar detalles finos y con alta resolución al no alterar la trayectoria de la luz que atraviesa la muestra. Además, son compatibles con una amplia variedad de técnicas de microscopía, incluidas la microscopía de campo claro y de contraste de fases. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas o lisas, libre de ralladuras, con o sin separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 145, ítem 1 (LÁMINAS ESMERILADAS), donde dice: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas, libre de ralladuras, con separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita amablemente a la convocante considerar la admisión de láminas lisas, ya que ofrecen una observación clara y sin distorsiones, permitiendo visualizar detalles finos y con alta resolución al no alterar la trayectoria de la luz que atraviesa la muestra. Además, son compatibles con una amplia variedad de técnicas de microscopía, incluidas la microscopía de campo claro y de contraste de fases. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Esmerilada, 76 x 26 mm, banda mate. Traslúcidas o lisas, libre de ralladuras, con o sin separador de papel sulfito entre láminas. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 146, ítem 1 (LÁMINAS PORTAOBJETO), donde dice: “De vidrio, 76 x 26 mm. Traslúcidas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita amablemente a la convocante la admisión de un rango en las dimensiones de la lámina, ya que cada marca maneja dimensiones específicas con variaciones mínimas entre ellas. Esto ayudaría a
evitar que se favorezca a un solo oferente con una marca que coincida exactamente con las dimensiones descritas. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De vidrio, 76 x 26 mm ± 1 mm. Traslúcidas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 146, ítem 1 (LÁMINAS PORTAOBJETO), donde dice: “De vidrio, 76 x 26 mm. Traslúcidas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita amablemente a la convocante la admisión de un rango en las dimensiones de la lámina, ya que cada marca maneja dimensiones específicas con variaciones mínimas entre ellas. Esto ayudaría a
evitar que se favorezca a un solo oferente con una marca que coincida exactamente con las dimensiones descritas. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De vidrio, 76 x 26 mm ± 1 mm. Traslúcidas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 146, ítem 1 (LÁMINAS PORTAOBJETO), donde dice: “De vidrio, 76 x 26 mm. Traslúcidas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita amablemente a la convocante considerar la admisión de láminas lisas, ya que ofrecen una observación clara y sin distorsiones, permitiendo visualizar detalles finos y con alta resolución al no alterar la trayectoria de la luz que atraviesa la muestra. Además, son compatibles con una amplia variedad de técnicas de microscopía, incluidas la microscopía de campo claro y de contraste de fases. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De vidrio, 76 x 26 mm. Traslúcidas o lisas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 146, ítem 1 (LÁMINAS PORTAOBJETO), donde dice: “De vidrio, 76 x 26 mm. Traslúcidas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.” Se solicita amablemente a la convocante considerar la admisión de láminas lisas, ya que ofrecen una observación clara y sin distorsiones, permitiendo visualizar detalles finos y con alta resolución al no alterar la trayectoria de la luz que atraviesa la muestra. Además, son compatibles con una amplia variedad de técnicas de microscopía, incluidas la microscopía de campo claro y de contraste de fases. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De vidrio, 76 x 26 mm. Traslúcidas o lisas, libre de ralladuras y que no se peguen entre sí. La oferta es por unidad de lámina.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 153, ítem 8: (Pipeta automática con volumen variable), donde dice: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 20 a 50 microlitros).” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la aceptación de pipetas automáticas de volumen variable con un rango de 5 a 50 µL, en lugar de limitar exclusivamente el rango solicitado a 20 a 50 µL. La pipeta con rango de 5 a 50 µL incluye completamente el rango requerido (20 a 50 µL), por lo que cumple con la funcionalidad solicitada. Además, su mayor rango de medición permite realizar trabajos con volúmenes menores, lo cual amplía su utilidad en el laboratorio y mejora la versatilidad operativa del equipo sin afectar su precisión ni exactitud. Esta ampliación del rango no representa una desventaja funcional, sino que agrega valor técnico al producto y facilita una mayor participación de oferentes en el proceso licitatorio. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 5 a 50 microlitros).”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 153, ítem 8: (Pipeta automática con volumen variable), donde dice: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 20 a 50 microlitros).” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la aceptación de pipetas automáticas de volumen variable con un rango de 5 a 50 µL, en lugar de limitar exclusivamente el rango solicitado a 20 a 50 µL. La pipeta con rango de 5 a 50 µL incluye completamente el rango requerido (20 a 50 µL), por lo que cumple con la funcionalidad solicitada. Además, su mayor rango de medición permite realizar trabajos con volúmenes menores, lo cual amplía su utilidad en el laboratorio y mejora la versatilidad operativa del equipo sin afectar su precisión ni exactitud. Esta ampliación del rango no representa una desventaja funcional, sino que agrega valor técnico al producto y facilita una mayor participación de oferentes en el proceso licitatorio. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 5 a 50 microlitros).”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 153, ítem 9: (Pipeta automática con volumen variable), donde dice: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 50 a 200 microlitros).” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la aceptación de pipetas automáticas de volumen variable con un rango de 5 a 200 µL, en lugar de limitar exclusivamente el rango solicitado a 50 a 200 µL. La pipeta con rango de 5 a 200 µL incluye completamente el rango requerido (50 a 200 µL), por lo que cumple con la funcionalidad solicitada. Además, su mayor rango de medición permite realizar trabajos con volúmenes menores, lo cual amplía su utilidad en el laboratorio y mejora la versatilidad operativa del equipo sin afectar su precisión ni exactitud. Esta ampliación del rango no representa una desventaja funcional, sino que agrega valor técnico al producto y facilita una mayor participación de oferentes en el proceso licitatorio. Por lo
expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 5 a 200 microlitros).”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 153, ítem 9: (Pipeta automática con volumen variable), donde dice: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 50 a 200 microlitros).” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la aceptación de pipetas automáticas de volumen variable con un rango de 5 a 200 µL, en lugar de limitar exclusivamente el rango solicitado a 50 a 200 µL. La pipeta con rango de 5 a 200 µL incluye completamente el rango requerido (50 a 200 µL), por lo que cumple con la funcionalidad solicitada. Además, su mayor rango de medición permite realizar trabajos con volúmenes menores, lo cual amplía su utilidad en el laboratorio y mejora la versatilidad operativa del equipo sin afectar su precisión ni exactitud. Esta ampliación del rango no representa una desventaja funcional, sino que agrega valor técnico al producto y facilita una mayor participación de oferentes en el proceso licitatorio. Por lo
expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “GRADUABLE, que sea capaz de cumplir con el rango solicitado 5 a 200 microlitros).”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 153, ítem 13: (Puntas desechables para pipetas automáticas), donde dice: “Descartables, para volúmenes de 1000 a 5000 microlitros, BOLSA X 500 unidades como mínimo.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la aceptación de puntas desechables para pipetas automáticas en presentaciones de bolsas de 250 unidades como mínimo. La modificación solicitada no altera la funcionalidad, calidad ni el uso previsto del producto, ya que las puntas ofrecidas cumplen plenamente con los requisitos técnicos establecidos. Cabe destacar que muchos fabricantes y proveedores comercializan este tipo de puntas en presentaciones estándar de 250 unidades por bolsa, lo cual asegura condiciones óptimas de empaque, almacenamiento y conservación del producto. Además, aceptar presentaciones con una cantidad mínima menor facilita la participación de una mayor cantidad de oferentes, sin comprometer los principios de transparencia ni la calidad del suministro. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Descartables, para volúmenes de 1000 a 5000 microlitros, BOLSA X 250 unidades como mínimo.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 153, ítem 13: (Puntas desechables para pipetas automáticas), donde dice: “Descartables, para volúmenes de 1000 a 5000 microlitros, BOLSA X 500 unidades como mínimo.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la aceptación de puntas desechables para pipetas automáticas en presentaciones de bolsas de 250 unidades como mínimo. La modificación solicitada no altera la funcionalidad, calidad ni el uso previsto del producto, ya que las puntas ofrecidas cumplen plenamente con los requisitos técnicos establecidos. Cabe destacar que muchos fabricantes y proveedores comercializan este tipo de puntas en presentaciones estándar de 250 unidades por bolsa, lo cual asegura condiciones óptimas de empaque, almacenamiento y conservación del producto. Además, aceptar presentaciones con una cantidad mínima menor facilita la participación de una mayor cantidad de oferentes, sin comprometer los principios de transparencia ni la calidad del suministro. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Descartables, para volúmenes de 1000 a 5000 microlitros, BOLSA X 250 unidades como mínimo.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 186, ítem 1: (Tubo de centrífuga cónicos de plástico), donde dice: “De plástico, de 12 mililitros de capacidad. Aptos para centrifugación. Con indicador de graduación.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la posibilidad de aceptar tubos de centrífuga cónicos de plástico con una capacidad de 12 ml como mínimo, en lugar de exigir exclusivamente tubos de 12 ml exactos. La aceptación de tubos con capacidad igual o superior a 12 ml no afecta la funcionalidad del producto, ya que seguirían siendo aptos para los mismos usos, conservando su compatibilidad con equipos de centrifugación y cumpliendo con los requisitos esenciales, como el material plástico resistente, diseño cónico y presencia de indicador de graduación. Además, muchos fabricantes comercializan este tipo de tubos en presentaciones estándar de 13, 14 o 15 ml, lo que hace que limitar la capacidad a exactamente 12 ml pueda restringir innecesariamente la participación de potenciales oferentes, afectando la competitividad del proceso y el acceso a productos de calidad disponibles en el mercado. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De plástico, de 12 mililitros como mínimo de capacidad. Aptos para centrifugación. Con indicador de graduación.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 186, ítem 1: (Tubo de centrífuga cónicos de plástico), donde dice: “De plástico, de 12 mililitros de capacidad. Aptos para centrifugación. Con indicador de graduación.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la posibilidad de aceptar tubos de centrífuga cónicos de plástico con una capacidad de 12 ml como mínimo, en lugar de exigir exclusivamente tubos de 12 ml exactos. La aceptación de tubos con capacidad igual o superior a 12 ml no afecta la funcionalidad del producto, ya que seguirían siendo aptos para los mismos usos, conservando su compatibilidad con equipos de centrifugación y cumpliendo con los requisitos esenciales, como el material plástico resistente, diseño cónico y presencia de indicador de graduación. Además, muchos fabricantes comercializan este tipo de tubos en presentaciones estándar de 13, 14 o 15 ml, lo que hace que limitar la capacidad a exactamente 12 ml pueda restringir innecesariamente la participación de potenciales oferentes, afectando la competitividad del proceso y el acceso a productos de calidad disponibles en el mercado. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De plástico, de 12 mililitros como mínimo de capacidad. Aptos para centrifugación. Con indicador de graduación.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 192, ítem 1: (Tubos de ensayo de vidrio), donde dice: “De vidrio, resistente al calor, dimensiones: 14 x 100 mm.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la posibilidad de aceptar tubos de ensayo de vidrio con dimensiones de 14 × 100 mm como mínimo, en lugar de exigir exclusivamente estas medidas exactas. Permitir diámetros iguales o mayores no afecta la funcionalidad del producto, ya que los tubos seguirían siendo resistentes al calor y
fabricados en vidrio, cumpliendo con los usos previstos en laboratorios clínicos o de investigación. Esta flexibilidad facilitaría la participación de una mayor cantidad de oferentes y permitiría la oferta de productos disponibles en el mercado, que muchas veces presentan ligeras variaciones dimensionales estándar (por ejemplo, 15 × 100 mm o 14 × 110 mm), sin comprometer la compatibilidad con soportes, gradillas u otros accesorios de uso común. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De vidrio, resistente al calor, dimensiones: 14 x 100 mm como mínimo.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 192, ítem 1: (Tubos de ensayo de vidrio), donde dice: “De vidrio, resistente al calor, dimensiones: 14 x 100 mm.” Se solicita respetuosamente a la entidad convocante considerar la posibilidad de aceptar tubos de ensayo de vidrio con dimensiones de 14 × 100 mm como mínimo, en lugar de exigir exclusivamente estas medidas exactas. Permitir diámetros iguales o mayores no afecta la funcionalidad del producto, ya que los tubos seguirían siendo resistentes al calor y
fabricados en vidrio, cumpliendo con los usos previstos en laboratorios clínicos o de investigación. Esta flexibilidad facilitaría la participación de una mayor cantidad de oferentes y permitiría la oferta de productos disponibles en el mercado, que muchas veces presentan ligeras variaciones dimensionales estándar (por ejemplo, 15 × 100 mm o 14 × 110 mm), sin comprometer la compatibilidad con soportes, gradillas u otros accesorios de uso común. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “De vidrio, resistente al calor, dimensiones: 14 x 100 mm como mínimo.”
En el apartado de Periodo de validez de la Garantía de los bienes, en el punto C, donde menciona el vencimiento: “PARA REACTIVOS E INSUMOS EN GENERAL (que no requieren equipos en comodato): El vencimiento mínimo de los reactivos e insumos deberá ser de 12 (doce) meses al momento de la entrega en los lugares indicados para la entrega. También se aplica este vencimiento a los productos inertes que requieren esterilización (ejemplo: jeringa). Si por la naturaleza de los productos a ser entregados o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por el Administrador del Contrato; además, se deberá presentar Carta compromiso de canje, Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto a entregar con identificación del número de Lote/Ítem, la validez de dicha póliza deberá ser como mínimo 3 (tres) meses posteriores a la fecha del vencimiento originalmente establecido en el Pliego de Bases y Condiciones para el producto a entregar.” Se solicita atentamente a la entidad convocante esclarecer el criterio aplicable al período de validez de los productos incluidos en los lotes N.º 97, 98, 99, 100,103, 110, 111, 112, 117, 118, 119, 120, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 144, 145, 146, 153, 156, 157, 172, 173, 174, 175, 176, 178, 182, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199 y 200, considerando que dichos lotes contienen insumos de distinta naturaleza. En particular, se destaca que los productos de vidriería de laboratorio (como tubos de ensayo, vasos precipitados, probetas, erlenmeyer etc.) no poseen fecha de vencimiento, ya que son bienes durables y reutilizables bajo condiciones normales de uso y esterilización. En cambio, las pipetas automatizadas o equipos de medición sí pueden tener un período de validez o vida útil limitada, determinado por el fabricante, asociado al uso continuo, calibración y mantenimiento. Por lo tanto, se solicita aclarar si el requerimiento de vigencia mínima aplica a todos los productos de estos lotes por igual, o si se evaluará de acuerdo con la naturaleza técnica de cada insumo, a fin de evitar interpretaciones erróneas.
En el apartado de Periodo de validez de la Garantía de los bienes, en el punto C, donde menciona el vencimiento: “PARA REACTIVOS E INSUMOS EN GENERAL (que no requieren equipos en comodato): El vencimiento mínimo de los reactivos e insumos deberá ser de 12 (doce) meses al momento de la entrega en los lugares indicados para la entrega. También se aplica este vencimiento a los productos inertes que requieren esterilización (ejemplo: jeringa). Si por la naturaleza de los productos a ser entregados o por necesidad de la Institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del artículo deberá ser autorizada por el Administrador del Contrato; además, se deberá presentar Carta compromiso de canje, Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto a entregar con identificación del número de Lote/Ítem, la validez de dicha póliza deberá ser como mínimo 3 (tres) meses posteriores a la fecha del vencimiento originalmente establecido en el Pliego de Bases y Condiciones para el producto a entregar.” Se solicita atentamente a la entidad convocante esclarecer el criterio aplicable al período de validez de los productos incluidos en los lotes N.º 97, 98, 99, 100,103, 110, 111, 112, 117, 118, 119, 120, 124, 125, 126, 127, 128, 129, 144, 145, 146, 153, 156, 157, 172, 173, 174, 175, 176, 178, 182, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195, 196, 197, 198, 199 y 200, considerando que dichos lotes contienen insumos de distinta naturaleza. En particular, se destaca que los productos de vidriería de laboratorio (como tubos de ensayo, vasos precipitados, probetas, erlenmeyer etc.) no poseen fecha de vencimiento, ya que son bienes durables y reutilizables bajo condiciones normales de uso y esterilización. En cambio, las pipetas automatizadas o equipos de medición sí pueden tener un período de validez o vida útil limitada, determinado por el fabricante, asociado al uso continuo, calibración y mantenimiento. Por lo tanto, se solicita aclarar si el requerimiento de vigencia mínima aplica a todos los productos de estos lotes por igual, o si se evaluará de acuerdo con la naturaleza técnica de cada insumo, a fin de evitar interpretaciones erróneas.