En consideración de la incorporación de un monto determinado para indemnizaciones en cada lote , y en razón de la descripción y tipo de proceso, consideramos que el formulario 2.1 deberia incorporar un item especifico explicito en el mismos correspondiente "Indemnización por expropiaciones" como esta considerado en el formulario 2.5
En consideración de la incorporación de un monto determinado para indemnizaciones en cada lote , y en razón de la descripción y tipo de proceso, consideramos que el formulario 2.1 deberia incorporar un item especifico explicito en el mismos correspondiente "Indemnización por expropiaciones" como esta considerado en el formulario 2.5
"El Oferente deberá prever el monto total destinado a Indemnización por Expropiaciones de cada Lote en el primer tramo (Hito) terminado y utilizable; en concordancia con lo establecido en el numeral 4. Reconocimiento del monto e inclusion del mismo en el flujo de fondos, del Anexo Pago de Indemnizaciones, publicado en la Adenda 5.
De esta manera, como se indica en el PBC, Clausula 1.8 Precio y Formulario de Oferta, de la seccion 1. Datos de la Convocatoria, el primer Tramo terminado y utilizable es el Hito 1.5, para el Lote 1, y el Hito 2.7, para el Lote 2.
Se aclara que para cada Lote, deben ser iguales el Monto Total de la Oferta (IVA incluido) del formulario 2.5, el PRECIO TOTAL DE LA OFERTA USD del formulario 2.1 y el TOTAL USD del formulario 2.6."
242
Prorroga de Plazo / Estructura Financiamiento
En razon del cambio indicado en la addenda 5 donde no solo se modifica la moneda de cotizacion , sino tambien las condiciones de financiamiento, tal como tasa de referencia, tasa de calculo de VPN , plazo de gracia del contrato, consideramos son cambio que implica que la entidades financieras deben analizar con los departamentos de riesgo e implica un nuevo analisis de la propuesta , razon por la cual consideramos necesario considerar una ampliacion de plazo de las consultas por 10 dias de manera de poder presentar una propuesta correcta en consideracion de tratarse de una oferta a ajuste alzada con condiciones de financiamiento a 15 años ..
En razon del cambio indicado en la addenda 5 donde no solo se modifica la moneda de cotizacion , sino tambien las condiciones de financiamiento, tal como tasa de referencia, tasa de calculo de VPN , plazo de gracia del contrato, consideramos son cambio que implica que la entidades financieras deben analizar con los departamentos de riesgo e implica un nuevo analisis de la propuesta , razon por la cual consideramos necesario considerar una ampliacion de plazo de las consultas por 10 dias de manera de poder presentar una propuesta correcta en consideracion de tratarse de una oferta a ajuste alzada con condiciones de financiamiento a 15 años ..
De acuerdo a la Adenda Nro 5. los precios se han actualizado a dólares, y según el documento "Antecedentes complementarios Llamado N° 139-24.pdf" los mismos son:
a- Lote 1: 51.880.479 u$s
b- Lote 2: 59.544.353 u$s
Sin embargo, en el Informe de Precios de Referencia actualizado no se visualiza dónde está considerado el monto respectivo a las Indemnizaciones que se deben prever como monto fijo según la Adenda Nro 5. El mismo no figura como un Ítem especifico o por separado.
Favor aclarar donde está considerado el monto respectivo para las indemnizaciones de cada Lote según el formato del Informe de Precios de Referencia actualizado de acuerdo a la Adenda Nro 5.
De acuerdo a la Adenda Nro 5. los precios se han actualizado a dólares, y según el documento "Antecedentes complementarios Llamado N° 139-24.pdf" los mismos son:
a- Lote 1: 51.880.479 u$s
b- Lote 2: 59.544.353 u$s
Sin embargo, en el Informe de Precios de Referencia actualizado no se visualiza dónde está considerado el monto respectivo a las Indemnizaciones que se deben prever como monto fijo según la Adenda Nro 5. El mismo no figura como un Ítem especifico o por separado.
Favor aclarar donde está considerado el monto respectivo para las indemnizaciones de cada Lote según el formato del Informe de Precios de Referencia actualizado de acuerdo a la Adenda Nro 5.
Se aclara que en el documento "Antecedentes complementarios Llamado N139-24" los valores para Indemnizacion por Expropiaciones se encuentran sumados en el Hito 1.5, para el Lote 1, y en el Hito 2.7 para el Lote 2, en las tablas de la seccion b) Integracion de Elementos propios de la Modalidad
244
Formulario 2.1
Se solicita agregar el ítem de indemnización al formulario 2.1, con el monto correspondiente para cada lote.
"El Oferente deberá prever el monto total destinado a Indemnización por Expropiaciones de cada Lote en el primer tramo (Hito) terminado y utilizable; en concordancia con lo establecido en el numeral 4. Reconocimiento del monto e inclusion del mismo en el flujo de fondos, del Anexo Pago de Indemnizaciones, publicado en la Adenda 5.
De esta manera, como se indica en el PBC, Clausula 1.8 Precio y Formulario de Oferta, de la seccion 1. Datos de la Convocatoria, el primer Tramo terminado y utilizable es el Hito 1.5, para el Lote 1, y el Hito 2.7, para el Lote 2.
Se aclara que para cada Lote, deben ser iguales el Monto Total de la Oferta (IVA incluido) del formulario 2.5, el PRECIO TOTAL DE LA OFERTA USD del formulario 2.1 y el TOTAL USD del formulario 2.6."
245
Formularios.
Se solicita incluir el ítem "Indemnización" en el Formulario 2.1, monto fijo a prever según la Adenda Nro 5 (Lote 1: 5.200.000 u$s y Lote 2: 7.800.000 u$s), así como están considerados en el mismo formulario los montos fijos de "Fiscalización de Obras" y "Supervisión" y a como está considerado en el formulario 2.5 según el ítem "e) Indemnización por expropiaciones". Dichos costos son adicionales y no corresponden a los ítems de construcción de obra propiamente dichos. Favor incluir el ítem "Indemnización" con su monto fijo en el Formulario 2.1
Se solicita incluir el ítem "Indemnización" en el Formulario 2.1, monto fijo a prever según la Adenda Nro 5 (Lote 1: 5.200.000 u$s y Lote 2: 7.800.000 u$s), así como están considerados en el mismo formulario los montos fijos de "Fiscalización de Obras" y "Supervisión" y a como está considerado en el formulario 2.5 según el ítem "e) Indemnización por expropiaciones". Dichos costos son adicionales y no corresponden a los ítems de construcción de obra propiamente dichos. Favor incluir el ítem "Indemnización" con su monto fijo en el Formulario 2.1
"El Oferente deberá prever el monto total destinado a Indemnización por Expropiaciones de cada Lote en el primer tramo (Hito) terminado y utilizable; en concordancia con lo establecido en el numeral 4. Reconocimiento del monto e inclusion del mismo en el flujo de fondos, del Anexo Pago de Indemnizaciones, publicado en la Adenda 5.
De esta manera, como se indica en el PBC, Clausula 1.8 Precio y Formulario de Oferta, de la seccion 1. Datos de la Convocatoria, el primer Tramo terminado y utilizable es el Hito 1.5, para el Lote 1, y el Hito 2.7, para el Lote 2.
Se aclara que para cada Lote, deben ser iguales el Monto Total de la Oferta (IVA incluido) del formulario 2.5, el PRECIO TOTAL DE LA OFERTA USD del formulario 2.1 y el TOTAL USD del formulario 2.6."
246
Indemnizaciones
Consultamos que sucederá en el caso que el monto previsto para las expropiaciones no sea suficiente?
En caso de que los montos correspondientes a indemnizaciones por expropiaciones excedan de la previsión incluida en el marco del contrato, dicho excedente sería cubierto por la Administración.
247
Garantia de mantenimiento de Oferta
Por la presente solicitamos explícitamente expresar si las pólizas a de garantía de mantenimiento deben ser a Primer requerimiento o si es valido la presentación de Polizas que cumpla el requisito establecido en el pliego "Las Garantías tanto de Mantenimiento de Oferta, Cumplimiento de Contrato o de
Anticipo, sea cual fuere la forma de instrumentación adoptada, deberá ser
pagadera ante solicitud escrita de la convocante donde se haga constar el monto
reclamado, cuando se tenga acreditada una de las causales de ejecución de la
garantía. En estos casos será requisito que previamente el oferente sea notificado
del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto
asegurado. "
Por la presente solicitamos explícitamente expresar si las pólizas a de garantía de mantenimiento deben ser a Primer requerimiento o si es valido la presentación de Polizas que cumpla el requisito establecido en el pliego "Las Garantías tanto de Mantenimiento de Oferta, Cumplimiento de Contrato o de
Anticipo, sea cual fuere la forma de instrumentación adoptada, deberá ser
pagadera ante solicitud escrita de la convocante donde se haga constar el monto
reclamado, cuando se tenga acreditada una de las causales de ejecución de la
garantía. En estos casos será requisito que previamente el oferente sea notificado
del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto
asegurado. "
Para ser aceptada la póliza deberá reflejar expresamente los términos de ejecución contemplados en el pliego de bases y condiciones; incluyendo que "será pagadera ante solicitud escrita de la convocante donde se haga constar el monto reclamado, cuando se tenga acreditada una de las causales de ejecución de la garantía. En dicho caso, previamente el oferente sera notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado" dejando dicha disposición sin efecto cualquier cláusula en contrario contenida en la póliza.
248
Indemnizaciones
De acuerdo al Anexo Pago de Indemnizaciones está bien especificado el procedimiento para el caso en que no se hubiere desembolsado la totalidad del monto previsto para el pago de indemnizaciones. Sin embargo no se tiene previsto el caso de que sea necesario desembolsar un mayor monto de lo previsto. Se consulta que sucederá en el caso que el monto previsto para las indemnizaciones no sea suficiente?. Cual seria el procedimiento? Se podrá hacer una Adenda o Convenio modificatorio al monto del Contrato?. Favor aclarar al respecto.
De acuerdo al Anexo Pago de Indemnizaciones está bien especificado el procedimiento para el caso en que no se hubiere desembolsado la totalidad del monto previsto para el pago de indemnizaciones. Sin embargo no se tiene previsto el caso de que sea necesario desembolsar un mayor monto de lo previsto. Se consulta que sucederá en el caso que el monto previsto para las indemnizaciones no sea suficiente?. Cual seria el procedimiento? Se podrá hacer una Adenda o Convenio modificatorio al monto del Contrato?. Favor aclarar al respecto.
En caso de que los montos correspondientes a indemnizaciones por expropiaciones excedan de la previsión incluida en el marco del contrato, dicho excedente sería cubierto por la Administración.
249
Paquete estructural
Solicitamos la definición de la aplicación o no del método capa por capa para la verificación del pavimento. En caso de que vaya ser utilizado solicitamos que el Pliego lo mencione textualmente que será obligatoria la verificación capa por capa y ajustar el Proyecto Referencial y Precio de Referencia ya que esto conlleva a dos capas de 6 cm y no dos capas de 4 cm como menciona el proyecto referencial. Favor remitirnos al Pliego, ya que estamos realizando esta consulta porque el Pliego no nos queda claro
Solicitamos la definición de la aplicación o no del método capa por capa para la verificación del pavimento. En caso de que vaya ser utilizado solicitamos que el Pliego lo mencione textualmente que será obligatoria la verificación capa por capa y ajustar el Proyecto Referencial y Precio de Referencia ya que esto conlleva a dos capas de 6 cm y no dos capas de 4 cm como menciona el proyecto referencial. Favor remitirnos al Pliego, ya que estamos realizando esta consulta porque el Pliego no nos queda claro
Remitirse al Pliego de Bases y Condiciones y sus Adendas Modificatorias.
250
Indemnización por expropiaciones
¿Cuál sería la manera de proceder en el caso de que los montos de indemnización previstos en la Adenda 5 resultaran insuficientes para cubrir el costo total de las indemnizaciones necesarias para realizar la totalidad de las expropiaciones?
¿Cuál sería la manera de proceder en el caso de que los montos de indemnización previstos en la Adenda 5 resultaran insuficientes para cubrir el costo total de las indemnizaciones necesarias para realizar la totalidad de las expropiaciones?
En caso de que los montos correspondientes a indemnizaciones por expropiaciones excedan de la previsión incluida en el marco del contrato, dicho excedente sería cubierto por la Administración.