En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Autoposicionamientos ilimitados”, solicitamos a la convocante considerar este requisito como opcional. Esta funcionalidad no es indispensable para el funcionamiento clínico del equipo y su obligatoriedad podría restringir la participación de oferentes, sin aportar un beneficio relevante en la operatividad del sistema.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Autoposicionamientos ilimitados”, solicitamos a la convocante considerar este requisito como opcional. Esta funcionalidad no es indispensable para el funcionamiento clínico del equipo y su obligatoriedad podría restringir la participación de oferentes, sin aportar un beneficio relevante en la operatividad del sistema.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
612
Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Autoposicionamientos ilimitados”, solicitamos a la convocante considerar este requisito como opcional. Esta funcionalidad no es indispensable para el funcionamiento clínico del equipo y su obligatoriedad podría restringir la participación de oferentes, sin aportar un beneficio relevante en la operatividad del sistema.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Autoposicionamientos ilimitados”, solicitamos a la convocante considerar este requisito como opcional. Esta funcionalidad no es indispensable para el funcionamiento clínico del equipo y su obligatoriedad podría restringir la participación de oferentes, sin aportar un beneficio relevante en la operatividad del sistema.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
613
Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar el requisito “Punto Focal: 0.6 mm / 1.2 mm” por “Punto Focal: 0.6 mm / 1.0 mm o mayor”. Esta variación mantiene una calidad de imagen adecuada sin comprometer la resolución ni el desempeño del sistema. Establecer el valor en exactamente 1.2 mm restringe innecesariamente la participación de oferentes y limita la competitividad, sin justificación técnica relevante.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar el requisito “Punto Focal: 0.6 mm / 1.2 mm” por “Punto Focal: 0.6 mm / 1.0 mm o mayor”. Esta variación mantiene una calidad de imagen adecuada sin comprometer la resolución ni el desempeño del sistema. Establecer el valor en exactamente 1.2 mm restringe innecesariamente la participación de oferentes y limita la competitividad, sin justificación técnica relevante.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
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Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar las especificaciones de hardware a: disco duro de 1 TB o mayor, memoria RAM de 8 GB o mayor, monitor de 19” o mayor, y capacidad de almacenamiento para al menos 60.000 imágenes. La reducción en los valores de RAM y tamaño del monitor no afecta el rendimiento operativo ni la calidad de visualización, dado que los sistemas de fluoroscopía y radiología digital no requieren altos niveles de procesamiento. Esta adecuación evita sobreespecificaciones innecesarias, amplía la competencia y contribuye a una optimización de costos sin comprometer la funcionalidad del sistema.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar las especificaciones de hardware a: disco duro de 1 TB o mayor, memoria RAM de 8 GB o mayor, monitor de 19” o mayor, y capacidad de almacenamiento para al menos 60.000 imágenes. La reducción en los valores de RAM y tamaño del monitor no afecta el rendimiento operativo ni la calidad de visualización, dado que los sistemas de fluoroscopía y radiología digital no requieren altos niveles de procesamiento. Esta adecuación evita sobreespecificaciones innecesarias, amplía la competencia y contribuye a una optimización de costos sin comprometer la funcionalidad del sistema.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
615
Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Movimiento de angulación de la mesa de +90° hasta -90°”, solicitamos modificar este requisito por “Movimiento de angulación de +90° hasta -15° o más”. En la práctica clínica, no se requieren inclinaciones negativas tan amplias, ya que un rango de hasta -15° resulta suficiente para la mayoría de los procedimientos, sin afectar la funcionalidad del equipo.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Movimiento de angulación de la mesa de +90° hasta -90°”, solicitamos modificar este requisito por “Movimiento de angulación de +90° hasta -15° o más”. En la práctica clínica, no se requieren inclinaciones negativas tan amplias, ya que un rango de hasta -15° resulta suficiente para la mayoría de los procedimientos, sin afectar la funcionalidad del equipo.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
616
Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Fluoroscopia digital pulsada HASTA 35 FPS – RAD digital HASTA 14 FPS como mínimo”, solicitamos modificar el primer valor por “Fluoroscopia digital pulsada HASTA 30 FPS”, manteniendo el segundo parámetro sin cambios. Un límite de 30 FPS resulta suficiente para garantizar una calidad de imagen adecuada en la mayoría de los procedimientos fluoroscópicos, y se encuentra dentro del estándar ofrecido por la mayoría de los equipos disponibles en el mercado. Esta modificación permitiría ampliar la participación de oferentes y optimizar costos, sin afectar el desempeño clínico del sistema.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, donde se indica “Fluoroscopia digital pulsada HASTA 35 FPS – RAD digital HASTA 14 FPS como mínimo”, solicitamos modificar el primer valor por “Fluoroscopia digital pulsada HASTA 30 FPS”, manteniendo el segundo parámetro sin cambios. Un límite de 30 FPS resulta suficiente para garantizar una calidad de imagen adecuada en la mayoría de los procedimientos fluoroscópicos, y se encuentra dentro del estándar ofrecido por la mayoría de los equipos disponibles en el mercado. Esta modificación permitiría ampliar la participación de oferentes y optimizar costos, sin afectar el desempeño clínico del sistema.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
617
Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos que el monitor LCD táctil de 23” sea considerado como opcional o eliminado del requerimiento, ya que se trata de un componente exclusivo del modelo Discovery RF180 de GE, lo que restringe la participación de otros oferentes. Dado que dicho monitor no es esencial para el funcionamiento del equipo, su exclusión permitiría ampliar la competencia, reducir los costos asociados y mantener la calidad clínica sin comprometer la operatividad del sistema.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos que el monitor LCD táctil de 23” sea considerado como opcional o eliminado del requerimiento, ya que se trata de un componente exclusivo del modelo Discovery RF180 de GE, lo que restringe la participación de otros oferentes. Dado que dicho monitor no es esencial para el funcionamiento del equipo, su exclusión permitiría ampliar la competencia, reducir los costos asociados y mantener la calidad clínica sin comprometer la operatividad del sistema.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
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Item 2 TELECOMANDADA
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar el requisito de altura regulable de la mesa por una altura fija máxima de 89 cm. En la práctica clínica, la variabilidad en la altura no representa una necesidad funcional, por lo que eliminar este requerimiento evitaría incorporar una capacidad innecesaria que podría encarecer el equipo sin aportar beneficios concretos.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar el requisito de altura regulable de la mesa por una altura fija máxima de 89 cm. En la práctica clínica, la variabilidad en la altura no representa una necesidad funcional, por lo que eliminar este requerimiento evitaría incorporar una capacidad innecesaria que podría encarecer el equipo sin aportar beneficios concretos.
El oferente deberá ajustarse a la versión VERSION 6 del Pliego de Bases y Condiciones de Fecha de 05 de junio del 2025.
619
ITEM 1 RAYOS X FIJO
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar las dimensiones mínimas requeridas para la parte superior de la mesa, de 80 cm x 240 cm a al menos 80 cm x 210 cm. Esta medida resulta suficiente para la mayoría de los procedimientos clínicos, sin comprometer la funcionalidad del equipo ni la comodidad del paciente.
En el ítem 2 de las Especificaciones Técnicas, solicitamos modificar las dimensiones mínimas requeridas para la parte superior de la mesa, de 80 cm x 240 cm a al menos 80 cm x 210 cm. Esta medida resulta suficiente para la mayoría de los procedimientos clínicos, sin comprometer la funcionalidad del equipo ni la comodidad del paciente.