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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

SERVICIO DE CONTROL INTEGRAL DE FAUNA PARA EL AISP.

  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

               Consistirá en la mitigación de Fauna Silvestre presente en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi mediante la aplicación de métodos combinados de captura, artificios visuales, chillido de peligro o artificios pirotécnicos, u otros.

               Se deberán realizar control, reducción de número y expulsión de aves y fauna en toda el área operativa (pista de aterrizaje, calles de rodaje, plataformas, edificio terminal de pasajeros, franja de seguridad, perimetral etc.), de modo a reducir la posibilidad de ingestión o colisión de estos por las aeronaves durante las fases de aproximación, aterrizaje y despegue.

               Las tareas antes mencionadas deberán detallarse en el programa de servicio que deberá acompañar a la oferta.

  1. EQUIPAMIENTO BASICO QUE DEBE POSEER EL ADJUDICATARIO
  1.   1 (un Camioneta 4x4 con sirena sonora para dispersión de fauna, logotipo de la empresa, con frecuencia de radio y balizas rotativa, como también portar banderolas a cuadros en un lugar visible, equipada con reflectores led.
  2.  2 (dos) personas profesionales por turno (con conocimiento de biología y/o veterinaria o carreras afines) que manipulen las rapaces, los mismos deberán portar uniforme adecuado, chalecos reflectivos para dicha actividad, según norma de seguridad.
  3.  Mínimo 4 (cuatro) halcones o aves rapaces entrenadas, cantidad requerida. Es importante mencionar que las aves utilizadas en las actividades de la empresa contratada dentro del Aeropuerto deben provenir de zoocriaderos autorizados por el MADES.
  4. Trampa y jaula para gatos,
  5. Drones con equipo de FPV para llegar donde no se pueda,
  6.  Trampa y jaula para canes y otra fauna,
  7. Red para palomas y aves nocturnas,
  8.     Arma de fuego (rifle/escopeta) con sus respectivas municiones, y certificado de portación de armas de fuego (Ley 4063/10).
  9. Polución sonora: bengala de estruendo, petardo 12x1, 19x1, sirena,
  10. Contar con bolsa patológica, color rojo, de 80 micrones para fauna muerta y elementos de seguridad como guantes, tapaboca y protección de oído,
  11. Binocular
  12. Linterna portátil de amplio alcance.
  13. CONDICIONES GENERALES

               La Empresa:

       a)    Deberá tener conocimiento de fraseología aeronáutica,

  1. Manejo de FOD durante dispersión de fauna en pista, calle de rodaje, plataforma a fin de evitar daños a motores de aeronaves.
  2. El personal de fauna silvestre deberá contar con las competencias necesarias para operar en el aeródromo. Según Norma, Procedimientos para los servicios de navegación aérea — Aeródromos (PANS-Aeródromos, Doc. 9981), Documento 9137, Manual de Servicio de Aeropuertos. Parte 3 — Gestión del peligro que representa la fauna silvestre.
  3. Deberá realizar curso básico de SMS y Seguridad en rampa.
  4. Deberá tener curso de manejo de arma de fuego.
  5.    Deberá ejecutar un relevamiento del AISP en cuanto a sus características geográficas, especies    de aves y fauna en general, cantidad, desplazamientos, costumbres de las mismas,
  6. Al inicio del servicio deberá presentar un plan de prevención de peligro aviario y fauna durante el año,
  7. Deberán llenar planillas de actividad y censo de aves, fauna por zonas, detallando capturas, y otros datos de interés, supervisadas por el Dpto. de Protección de Medio Ambiente, así mismo también la planilla diaria de avistamiento y dispersión.
  8. Deberá llenar la planilla de asistencia en OPS/ hora de llegada y salida firmado por el personal de turno.
  9. Deberá elevar con carácter obligatorio dentro de los 10 primeros días de cada mes un informe al Dpto. Protección de Medio Ambiente, detallando las acciones emprendidas, resultados logrados y análisis de la situación en lo relativo a la presencia de focos de atracción de aves y faunas, concentraciones de las misma y cualquier otro dato de interés que haga al cumplimiento del servicio prestado.
  10. Deberá cuidar el predio del Aeropuerto por posibles accesos de mamíferos u otros, en cuyo caso procederá a su captura dando aviso inmediato a las autoridades competentes del mismo
  11. Correrá por su cuenta el costo, provisión y uso de artificios pirotécnicos, impresión/copias de planillas.
  12. Deberá contar con personal suficiente, especializado e idóneo en el manejo e identificación de aves y con conocimiento de las reglas de operación del Aeropuerto, en especial en lo relativo al movimiento de aeronaves en pistas y aterrizajes, calles de rodaje y plataformas de estacionamiento.
  13. Será responsable por los accidentes que pueda sufrir su personal en el desarrollo de las tareas, este deberá ser apto física y mentalmente y estar debidamente capacitado y entrenado para las tareas a cumplir.
  14. Efectuará el relevo del personal o reemplazo del mismo si resultare necesario, como así también aquellos que se produzca a pedido del AISP por incumplimiento de las instrucciones impartidas o criterio discrecional del mismo.
  15. Proveerá a su personal uniforme de trabajo, acorde con las tareas que realizarán (el que deberá mantenerse en perfecto estado de aseo).
  16. Comunicará al organismo solicitante, al momento de ponerse en marcha el servicio, los datos completos del personal asignado y el horario de desempeño de cada uno de ellos, así mismo comunicará cualquier alta o baja con veinticuatro (24) hs. de anticipación.
  17. En caso de dañar algún equipo o artefacto dentro del área de movimiento por la empresa contratada deberá hacerse responsables de los daños ocasionados.

 

  1. SEGURO

Queda bajo la exclusiva responsabilidad de la Empresa todos los accidentes de trabajo que puedan sufrir su personal y/o terceros vinculados con la ejecución de los servicios prestados, y estar obligado al cumplimiento de Seguridad del Trabajo según Ley Nº 5.115/13.

  1. PERIODICIDAD

El servicio deberá prestarse en los siguientes horarios:

  1. De lunes a lunes de 07:00 a 19:00 hs.
  2.   Así mismo la fiscalización podrá solicitar el trabajo de los mismos en horario no establecido, según requerimiento.

 

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

SERVICIO DE CONTROL INTEGRAL DE FAUNA PARA EL AISP.

  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

               Consistirá en la mitigación de Fauna Silvestre presente en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi mediante la aplicación de métodos combinados de captura, artificios visuales, chillido de peligro o artificios pirotécnicos, u otros.

               Se deberán realizar control, reducción de número y expulsión de aves y fauna en toda el área operativa (pista de aterrizaje, calles de rodaje, plataformas, edificio terminal de pasajeros, franja de seguridad, perimetral etc.), de modo a reducir la posibilidad de ingestión o colisión de estos por las aeronaves durante las fases de aproximación, aterrizaje y despegue.

               Las tareas antes mencionadas deberán detallarse en el programa de servicio que deberá acompañar a la oferta.

2. EQUIPAMIENTO BASICO QUE DEBE POSEER EL ADJUDICATARIO

a. 1 (un Camioneta 4x4 con sirena sonora para dispersión de fauna, logotipo de la empresa, con frecuencia de radio y balizas rotativa, como también portar banderolas a cuadros en un lugar visible, equipada con reflectores led.

b. 2 (dos) personas profesionales por turno (con conocimiento de biología y/o veterinaria o carreras afines) que manipulen las rapaces, los mismos deberán portar uniforme adecuado, chalecos reflectivos para dicha actividad, según norma de seguridad.

c. Mínimo 4 (cuatro) halcones o aves rapaces entrenadas, cantidad requerida. Es importante mencionar que las aves utilizadas en las actividades de la empresa contratada dentro del Aeropuerto deben provenir de zoocriaderos autorizados por el MADES. (los zoocriaderos no será un requisito obligatorio)

d. Trampa y jaula para gatos,

e. Drones con equipo de FPV para llegar donde no se pueda,

f. Trampa y jaula para canes y otra fauna,

g. Red para palomas y aves nocturnas,

h. Arma de fuego (rifle: de calibre 22 y escopeta: calibre 12 apta para municiones de caza menor-palomera) con sus respectivas municiones, y certificado de portación de armas de fuego (Ley 4063/10).

i. Polución sonora: bengala de estruendo, petardo 12x1, 19x1, sirena,

j. Contar con bolsa patológica, color rojo, de 80 micrones para fauna muerta y elementos de seguridad como guantes, tapaboca y protección de oído,

k. Binocular

h. Linterna portátil de amplio alcance.

 

  1. CONDICIONES GENERALES

               La Empresa:

       a)    Deberá tener conocimiento de fraseología aeronáutica,

  1. Manejo de FOD durante dispersión de fauna en pista, calle de rodaje, plataforma a fin de evitar daños a motores de aeronaves.
  2. El personal de fauna silvestre deberá contar con las competencias necesarias para operar en el aeródromo. Según Norma, Procedimientos para los servicios de navegación aérea — Aeródromos (PANS-Aeródromos, Doc. 9981), Documento 9137, Manual de Servicio de Aeropuertos. Parte 3 — Gestión del peligro que representa la fauna silvestre.
  3. Deberá realizar curso básico de SMS y Seguridad en rampa.
  4. Deberá tener curso de manejo de arma de fuego.
  5.    Deberá ejecutar un relevamiento del AISP en cuanto a sus características geográficas, especies    de aves y fauna en general, cantidad, desplazamientos, costumbres de las mismas,
  6. Al inicio del servicio deberá presentar un plan de prevención de peligro aviario y fauna durante el año,
  7. Deberán llenar planillas de actividad y censo de aves, fauna por zonas, detallando capturas, y otros datos de interés, supervisadas por el Dpto. de Protección de Medio Ambiente, así mismo también la planilla diaria de avistamiento y dispersión.
  8. Deberá llenar la planilla de asistencia en OPS/ hora de llegada y salida firmado por el personal de turno.
  9. Deberá elevar con carácter obligatorio dentro de los 10 primeros días de cada mes un informe al Dpto. Protección de Medio Ambiente, detallando las acciones emprendidas, resultados logrados y análisis de la situación en lo relativo a la presencia de focos de atracción de aves y faunas, concentraciones de las misma y cualquier otro dato de interés que haga al cumplimiento del servicio prestado.
  10. Deberá cuidar el predio del Aeropuerto por posibles accesos de mamíferos u otros, en cuyo caso procederá a su captura dando aviso inmediato a las autoridades competentes del mismo
  11. Correrá por su cuenta el costo, provisión y uso de artificios pirotécnicos, impresión/copias de planillas.
  12. Deberá contar con personal suficiente, especializado e idóneo en el manejo e identificación de aves y con conocimiento de las reglas de operación del Aeropuerto, en especial en lo relativo al movimiento de aeronaves en pistas y aterrizajes, calles de rodaje y plataformas de estacionamiento.
  13. Será responsable por los accidentes que pueda sufrir su personal en el desarrollo de las tareas, este deberá ser apto física y mentalmente y estar debidamente capacitado y entrenado para las tareas a cumplir.
  14. Efectuará el relevo del personal o reemplazo del mismo si resultare necesario, como así también aquellos que se produzca a pedido del AISP por incumplimiento de las instrucciones impartidas o criterio discrecional del mismo.
  15. Proveerá a su personal uniforme de trabajo, acorde con las tareas que realizarán (el que deberá mantenerse en perfecto estado de aseo).
  16. Comunicará al organismo solicitante, al momento de ponerse en marcha el servicio, los datos completos del personal asignado y el horario de desempeño de cada uno de ellos, así mismo comunicará cualquier alta o baja con veinticuatro (24) hs. de anticipación.
  17. En caso de dañar algún equipo o artefacto dentro del área de movimiento por la empresa contratada deberá hacerse responsables de los daños ocasionados.

 

  1. SEGURO

Queda bajo la exclusiva responsabilidad de la Empresa todos los accidentes de trabajo que puedan sufrir su personal y/o terceros vinculados con la ejecución de los servicios prestados, y estar obligado al cumplimiento de Seguridad del Trabajo según Ley Nº 5.115/13.

  1. PERIODICIDAD

El servicio deberá prestarse en los siguientes horarios:

  1. De lunes a lunes de 07:00 a 19:00 hs.
  2.   Así mismo la fiscalización podrá solicitar el trabajo de los mismos en horario no establecido, según requerimiento.

 

 

 

 

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

SERVICIO DE CONTROL INTEGRAL DE FAUNA PARA EL AISP.

  1. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

Consistirá en la mitigación de Fauna Silvestre presente en el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi mediante la aplicación de métodos combinados de captura, artificios visuales, chillido de peligro o artificios pirotécnicos, u otros.

Se deberán realizar control, reducción de número y expulsión de aves y fauna en toda el área operativa (pista de aterrizaje, calles de rodaje, plataformas, edificio terminal de pasajeros, franja de seguridad, perimetral etc.), de modo a reducir la posibilidad de ingestión o colisión de estos por las aeronaves durante las fases de aproximación, aterrizaje y despegue.

Las tareas antes mencionadas deberán detallarse en el programa de servicio que deberá acompañar a la oferta.

  1. EQUIPAMIENTO BASICO QUE DEBE POSEER EL ADJUDICATARIO

2. EQUIPAMIENTO BASICO QUE DEBE POSEER EL ADJUDICATARIO

a. 1 (un Camioneta 4x4 con sirena sonora para dispersión de fauna, logotipo de la empresa, con frecuencia de radio y balizas rotativa, como también portar banderolas a cuadros en un lugar visible, equipada con reflectores led.

b. 2 (dos) personas profesionales por turno (con conocimiento de biología y/o veterinaria o carreras afines) que manipulen las rapaces, los mismos deberán portar uniforme adecuado, chalecos reflectivos para dicha actividad, según norma de seguridad.

c. Mínimo 4 (cuatro) halcones o aves rapaces entrenadas, cantidad requerida. Es importante mencionar que las aves utilizadas en las actividades de la empresa contratada dentro del Aeropuerto deben provenir de zoocriaderos autorizados por el MADES. (los zoocriaderos no será un requisito obligatorio)

d. Trampa y jaula para gatos,

e. Drones con equipo de FPV para llegar donde no se pueda,

f. Trampa y jaula para canes y otra fauna,

g. Red para palomas y aves nocturnas,

h. Arma de fuego (rifle: de calibre 22 y escopeta: calibre 12 apta para municiones de caza menor-palomera) con sus respectivas municiones, y certificado de portación de armas de fuego (Ley 4063/10).

i. Polución sonora: bengala de estruendo, petardo 12x1, 19x1, sirena,

j. Contar con bolsa patológica, color rojo, de 80 micrones para fauna muerta y elementos de seguridad como guantes, tapaboca y protección de oído,

k. Binocular

h. Linterna portátil de amplio alcance.

  1. 1 (un Camioneta 4x4 con sirena sonora para dispersión de fauna, logotipo de la empresa, con frecuencia de radio y balizas rotativa, como también portar banderolas a cuadros en un lugar visible, equipada con reflectores led.
  2. 2 (dos) personas profesionales por turno (con conocimiento de biología y/o veterinaria o carreras afines) que manipulen las rapaces, los mismos deberán portar uniforme adecuado, chalecos reflectivos para dicha actividad, según norma de seguridad.
  3. Mínimo 4 (cuatro) halcones o aves rapaces entrenadas, cantidad requerida. Es importante mencionar que las aves utilizadas en las actividades de la empresa contratada dentro del Aeropuerto deben provenir de zoocriaderos autorizados por el MADES.
  4. Trampa y jaula para gatos,
  5. Drones con equipo de FPV para llegar donde no se pueda,
  6. Trampa y jaula para canes y otra fauna,
  7. Red para palomas y aves nocturnas,
  8. Arma de fuego (rifle/escopeta) con sus respectivas municiones, y certificado de portación de armas de fuego (Ley 4063/10).
  9. Polución sonora: bengala de estruendo, petardo 12x1, 19x1, sirena,
  10. Contar con bolsa patológica, color rojo, de 80 micrones para fauna muerta y elementos de seguridad como guantes, tapaboca y protección de oído,
  11. Binocular
  12. Linterna portátil de amplio alcance.
  13. CONDICIONES GENERALES

La Empresa:

a) Deberá tener conocimiento de fraseología aeronáutica,

  1. Manejo de FOD durante dispersión de fauna en pista, calle de rodaje, plataforma a fin de evitar daños a motores de aeronaves.
  2. El personal de fauna silvestre deberá contar con las competencias necesarias para operar en el aeródromo. Según Norma, Procedimientos para los servicios de navegación aérea — Aeródromos (PANS-Aeródromos, Doc. 9981), Documento 9137, Manual de Servicio de Aeropuertos. Parte 3 — Gestión del peligro que representa la fauna silvestre.
  3. Deberá realizar curso básico de SMS y Seguridad en rampa.
  4. Deberá tener curso de manejo de arma de fuego.
  5. Deberá ejecutar un relevamiento del AISP en cuanto a sus características geográficas, especies de aves y fauna en general, cantidad, desplazamientos, costumbres de las mismas,
  6. Al inicio del servicio deberá presentar un plan de prevención de peligro aviario y fauna durante el año,
  7. Deberán llenar planillas de actividad y censo de aves, fauna por zonas, detallando capturas, y otros datos de interés, supervisadas por el Dpto. de Protección de Medio Ambiente, así mismo también la planilla diaria de avistamiento y dispersión.
  8. Deberá llenar la planilla de asistencia en OPS/ hora de llegada y salida firmado por el personal de turno.
  9. Deberá elevar con carácter obligatorio dentro de los 10 primeros días de cada mes un informe al Dpto. Protección de Medio Ambiente, detallando las acciones emprendidas, resultados logrados y análisis de la situación en lo relativo a la presencia de focos de atracción de aves y faunas, concentraciones de las misma y cualquier otro dato de interés que haga al cumplimiento del servicio prestado.
  10. Deberá cuidar el predio del Aeropuerto por posibles accesos de mamíferos u otros, en cuyo caso procederá a su captura dando aviso inmediato a las autoridades competentes del mismo
  11. Correrá por su cuenta el costo, provisión y uso de artificios pirotécnicos, impresión/copias de planillas.
  12. Deberá contar con personal suficiente, especializado e idóneo en el manejo e identificación de aves y con conocimiento de las reglas de operación del Aeropuerto, en especial en lo relativo al movimiento de aeronaves en pistas y aterrizajes, calles de rodaje y plataformas de estacionamiento.
  13. Será responsable por los accidentes que pueda sufrir su personal en el desarrollo de las tareas, este deberá ser apto física y mentalmente y estar debidamente capacitado y entrenado para las tareas a cumplir.
  14. Efectuará el relevo del personal o reemplazo del mismo si resultare necesario, como así también aquellos que se produzca a pedido del AISP por incumplimiento de las instrucciones impartidas o criterio discrecional del mismo.
  15. Proveerá a su personal uniforme de trabajo, acorde con las tareas que realizarán (el que deberá mantenerse en perfecto estado de aseo).
  16. Comunicará al organismo solicitante, al momento de ponerse en marcha el servicio, los datos completos del personal asignado y el horario de desempeño de cada uno de ellos, así mismo comunicará cualquier alta o baja con veinticuatro (24) hs. de anticipación.
  17. En caso de dañar algún equipo o artefacto dentro del área de movimiento por la empresa contratada deberá hacerse responsables de los daños ocasionados.

  1. SEGURO

Queda bajo la exclusiva responsabilidad de la Empresa todos los accidentes de trabajo que puedan sufrir su personal y/o terceros vinculados con la ejecución de los servicios prestados, y estar obligado al cumplimiento de Seguridad del Trabajo según Ley Nº 5.115/13.

  1. PERIODICIDAD

El servicio deberá prestarse en los siguientes horarios:

  1. De lunes a lunes de 07:00 a 19:00 hs.
  2. Así mismo la fiscalización podrá solicitar el trabajo de los mismos en horario no establecido, según requerimiento.

El propósito de la Especificaciones Técnicas (EETT), es el de definir las carácteristicas técnicas de los bienes que la convocante requiere. La convocante preparará las EETT detalladas teniendo en cuenta que:

-      Las EETT constituyen los puntos de referencia contra los cuales la convocante podrá verificar el cumplimiento técnico de las ofertas y posteriormente evaluarlas. Por lo tanto, unas EETT bien definidas facilitarán a los oferentes la preparación de ofertas que se ajusten a los documentos de licitación, y a la convocante el examen, evaluación y comparación de las ofertas.

-      En las EETT se deberá estipular que todos los bienes o materiales que se incorporen en los bienes deberán ser nuevos, sin uso y del modelo más reciente o actual, y que contendrán todos los perfeccionamientos recientes en materia de diseño y materiales, a menos que en el contrato se disponga otra cosa.

-      En las EETT se utilizarán las mejores prácticas. Ejemplos de especificaciones de adquisiciones similares satisfactorias en el mismo sector podrán proporcionar bases concretas para redactar las EETT.

-      Las EETT deberán ser lo suficientemente amplias para evitar restricciones relativas a manufactura, materiales, y equipo generalmente utilizados en la fabricación de bienes similares.

-      Las normas de calidad del equipo, materiales y manufactura especificadas en los Documentos de Licitación no deberán ser restrictivas. Siempre que sea posible deberán especificarse normas de calidad internacionales . Se deberán evitar referencias a marcas, números de catálogos u otros detalles que limiten los materiales o artículos a un fabricante en particular. Cuando sean inevitables dichas descripciones, siempre deberá estar seguida de expresiones tales como “o sustancialmente equivalente” u “o por lo menos equivalente”.  Cuando en las ET se haga referencia a otras normas o códigos de práctica particulares, éstos solo serán aceptables si a continuación de los mismos se agrega un enunciado indicando otras normas emitidas por autoridades reconocidas que aseguren que la calidad sea por lo menos sustancialmente igual.

-      Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándares internacionales comúnmente aceptados. 

-      Las EETT   deberán describir detalladamente los siguientes requisitos con respecto a por lo menos lo siguiente:

(a)      Normas de calidad de los materiales y manufactura para la producción y fabricación de los bienes.

(b)      Lista detallada de las pruebas requeridas (tipo y número).

(c)       Otro trabajo adicional y/o servicios requeridos para lograr la entrega o el cumplimiento total.

(d)      Actividades detalladas que deberá cumplir el proveedor, y consiguiente participación de la convocante.

(e)      Lista detallada de avales de funcionamiento cubiertas por la garantía, y las especificaciones de las multas aplicables en caso de que dichos avales no se cumplan.

-              Las EETT deberán especificar todas las características y requisitos técnicos esenciales y de funcionamiento, incluyendo los valores máximos o mínimos aceptables o garantizados, según corresponda.  Cuando sea necesario, la convocante deberá incluir un formulario específico adicional de oferta (como un Anexo al Formulario de Presentación de la Oferta), donde el oferente proporcionará la información detallada de dichas características técnicas o de funcionamiento con relación a los valores aceptables o garantizados.

Cuando la convocante requiera que el oferente proporcione en su oferta una parte de o todas las Especificaciones Técnicas, cronogramas técnicos, u otra información técnica, la convocante deberá especificar detalladamente la naturaleza y alcance de la información requerida y la forma en que deberá ser presentada por el oferente en su oferta.

Si se debe proporcionar un resumen de las EETT, la convocante deberá insertar la información en la tabla siguiente. El oferente preparará un cuadro similar para documentar el cumplimiento con los requerimientos.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

  1. Orden de servicio.
  2. Nota de recepción emitida por el Fiscal.
  1. Orden de Trabajo
  2. Certificación emitida por el Fiscal designado para el efecto

03 (tres) días calendario a partir de la Orden para el primer

Servicio; emitida por el fiscal designado para el efecto, los

demás servicios serán en forma mensual con el Certificado

de Conformidad del Fiscal, sin necesidad de emitir una

orden de servicio.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

1. Orden de servicio.

2. Nota de recepción

emitida por el Fiscal.

1. Orden de Trabajo

2. Certificación emitida por el Fiscal designado para el efecto

03 (tres) días calendario a partir de la Orden para el primer Servicio; emitida por el fiscal designado para el efecto, los demás servicios serán en forma mensual por 18 meses con el Certificado de Conformidad del Fiscal, sin necesidad de emitir una

orden de servicio.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

  1. Orden de servicio.
Nota de recepción emitida por el Fiscal.

1. Orden de servicio.

2. Nota de recepción

emitida por el Fiscal.

  1. Orden de Trabajo
Certificación emitida por el Fiscal designado para el efecto

1. Orden de Trabajo

2. Certificación emitida por el Fiscal designado para el efecto

03 (tres) días calendario a partir de la Orden para el primer

Servicio; emitida por el fiscal designado para el efecto, los

demás servicios serán en forma mensual por 18 meses con el Certificado

de Conformidad del Fiscal, sin necesidad de emitir una

orden de servicio.