El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en la Versión 2 del Pliego publicada en fecha 03/07/2025.
52
Sección Muestras
En relación con lo establecido en la Sección “Muestras”del Pliego de Bases y Condiciones, donde se indica que: “[…] serán verificados la Presentación, Registro Sanitario, Composición, Marca, Origen, Procedencia y Fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario […]”
En este sentido, se solicita amablemente la revisión de dicho requerimiento, dado que el mismo contraviene lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto N.º 2479/2024, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), que establece lo siguiente:
“En caso de que el envase primario sea de dimensiones reducidas, deberá llevar impresas como mínimo el nombre comercial, el nombre genérico, concentración, lote, vencimiento y fabricante o logo de la empresa. […]”
Conforme a lo anterior, el citado decreto reconoce expresamente limitaciones técnicas asociadas al tamaño del envase primario, y establece los elementos mínimos exigibles. Por tanto, el requerimiento del pliego —al exigir la inclusión de datos adicionales como marca, país de origen, procedencia, etc.— resultaría excesivo o de cumplimiento inviable en algunos casos, pudiendo incluso generar objeciones injustificadas durante la evaluación de muestras.
Por este motivo, solicitamos respetuosamente que dicho requisito sea ajustado para alinearse con lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente, a fin de garantizar la legalidad, razonabilidad y la no discriminación entre oferentes.
En relación con lo establecido en la Sección “Muestras”del Pliego de Bases y Condiciones, donde se indica que: “[…] serán verificados la Presentación, Registro Sanitario, Composición, Marca, Origen, Procedencia y Fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario […]”
En este sentido, se solicita amablemente la revisión de dicho requerimiento, dado que el mismo contraviene lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto N.º 2479/2024, emitido por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), que establece lo siguiente:
“En caso de que el envase primario sea de dimensiones reducidas, deberá llevar impresas como mínimo el nombre comercial, el nombre genérico, concentración, lote, vencimiento y fabricante o logo de la empresa. […]”
Conforme a lo anterior, el citado decreto reconoce expresamente limitaciones técnicas asociadas al tamaño del envase primario, y establece los elementos mínimos exigibles. Por tanto, el requerimiento del pliego —al exigir la inclusión de datos adicionales como marca, país de origen, procedencia, etc.— resultaría excesivo o de cumplimiento inviable en algunos casos, pudiendo incluso generar objeciones injustificadas durante la evaluación de muestras.
Por este motivo, solicitamos respetuosamente que dicho requisito sea ajustado para alinearse con lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente, a fin de garantizar la legalidad, razonabilidad y la no discriminación entre oferentes.
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
53
Experiencia
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ANALIZAR LA POSIBILIDAD DE AMPLIAR LA PRESENTACION DEL ITEM 27 "TAMSULOSINA" DE CAPSULA DE
ACCION PROLONGADA / CONTROLADA A CAPSULA/ COMPRIMIDOS DE
ACCION PROLONGADA . A FIN DE AMPLIAR LA MAYOR CANTIDAD DE POTENCILES OFERENTES
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE ANALIZAR LA POSIBILIDAD DE AMPLIAR LA PRESENTACION DEL ITEM 27 "TAMSULOSINA" DE CAPSULA DE
ACCION PROLONGADA / CONTROLADA A CAPSULA/ COMPRIMIDOS DE
ACCION PROLONGADA . A FIN DE AMPLIAR LA MAYOR CANTIDAD DE POTENCILES OFERENTES
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en la Versión 2 del Pliego publicada en fecha 03/07/2025.
55
Muestras
El PBC establece: "serán verificados la Presentación, Registro Sanitario, Composición, Marca, Origen, Procedencia y Fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario, que deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes en (DINAVISA) y en el Formulario de la Planilla de Precios"
Solicitamos a la Convocante incluir lo establecido en el Art. 3 de la Resolución DINAVISA 477/2023 que establece: "Disponer que la implementación del código QR en los medicamentos registrados por la DINAVISA contendrá, ademas de la información establecida en el Articulo 6° de la Resolución DINAVISA N° 52/22, información completa del prospecto autorizado". Por lo tanto solicitamos agregar al PBC presentar muestras que contengan código QR pues lo permite la reglamentación vigente y se cumpliría con los requerimientos del PBC con esa modificación.
El PBC establece: "serán verificados la Presentación, Registro Sanitario, Composición, Marca, Origen, Procedencia y Fabricante, los cuales deberán estar impresos en el embalaje primario, que deberá estar de acuerdo a los documentos obrantes en (DINAVISA) y en el Formulario de la Planilla de Precios"
Solicitamos a la Convocante incluir lo establecido en el Art. 3 de la Resolución DINAVISA 477/2023 que establece: "Disponer que la implementación del código QR en los medicamentos registrados por la DINAVISA contendrá, ademas de la información establecida en el Articulo 6° de la Resolución DINAVISA N° 52/22, información completa del prospecto autorizado". Por lo tanto solicitamos agregar al PBC presentar muestras que contengan código QR pues lo permite la reglamentación vigente y se cumpliría con los requerimientos del PBC con esa modificación.
El Oferente deberá remitirse al Pliego Última Versión.
56
Vencimiento productos
Se solicita amablemente a la convocante, reducir el vencimiento del producto de 18 meses a 14 meses, considerando que son productos de alta rotación y la presentación de pólizas por el 100% de los productos elevaría el costo de los mismos que se vería reflejado en el precio de la oferta final, esto de modo a que institución obtenga la mejor oferta posible,
Se solicita amablemente a la convocante, reducir el vencimiento del producto de 18 meses a 14 meses, considerando que son productos de alta rotación y la presentación de pólizas por el 100% de los productos elevaría el costo de los mismos que se vería reflejado en el precio de la oferta final, esto de modo a que institución obtenga la mejor oferta posible,
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en la Versión 2 del Pliego publicada en fecha 03/07/2025.
57
Plan de entrega
El PBC establece:"1era Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 12 (doce) días corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES" Solicitamos aumentar el plazo de entrega a 20 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra debido a la cantidad del bien solicitado en el presente llamado.
El PBC establece:"1era Entrega de la cantidad mínima adjudicada: Hasta el 30% de la cantidad mínima adjudicada. El oferente tendrá un plazo de hasta 12 (doce) días corridos para la entrega a partir de la recepción de la Orden de Compra emitida por la DGGIES" Solicitamos aumentar el plazo de entrega a 20 días corridos a partir de la recepción de la orden de compra debido a la cantidad del bien solicitado en el presente llamado.
El Oferente deberá ajustarse a lo establecido en la Versión 2 del Pliego publicada en fecha 03/07/2025.
58
Forma y condiciones de pago
El PBC menciona lo siguiente "La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación". Solicitamos a la Convocante aclarar si la comunicación en caso de rechazo se hará por notificación vía correo electrónico?.
El PBC menciona lo siguiente "La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación". Solicitamos a la Convocante aclarar si la comunicación en caso de rechazo se hará por notificación vía correo electrónico?.
Se aclara que conforme al trabajo de verificación de las documentaciones adjuntas a los expedientes de pago y más específicamente a la factura; si es que se encontrare algún defecto de forma en la misma, se procede a la comunicación respectiva al proveedor para su regularización y se realiza ya sea en forma telefónica o a través de correo electrónico, tal proceso se realiza previo a la imputación contable y presupuestaria.
59
Garantia de mantenimiento de oferta
Solicitamos a la Convocante aclarar si será aceptado y valido la presentación de una póliza de mantenimiento de oferta ELECTRONICA, ya que a las aseguradoras la Superintendencia del BCP les autoriza a emitir pólizas electrónicas, favor emitir la aclaración solicitada.
Solicitamos a la Convocante aclarar si será aceptado y valido la presentación de una póliza de mantenimiento de oferta ELECTRONICA, ya que a las aseguradoras la Superintendencia del BCP les autoriza a emitir pólizas electrónicas, favor emitir la aclaración solicitada.
Se aclara que, se trae a colación la Resolución DNCP N° 230/25, de fecha 27 de enero de 2025, en su ARTICULO 7.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Como además lo estipulado en la Resolución SS. SG. N° 136/18 "POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA EMISIÓN DE POLIZAS DE SEGUROS EN FORMATO IMPRESO SUSCRITAS CON FIRMA FACSIMILAR Y LA EMISIÓN DE POLIZAS EN FORMATO ELECTRONICO SUSCRITAS CON FIRMA DIGITAL", aplicable a todas las compañías de seguros.
Por ende; el Instituto de Previsión Social como convocante se rige por la Resolución DNCP N° 230/25, de fecha 27 de enero de 2025, que establece en su ARTICULO 7.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA, que la Garantía de Mantenimiento de Oferta podrá ser instrumentada por medio de la Póliza de Seguros, Garantía Bancaria o Declaración Jurada, de acuerdo a lo establecido en las bases de la convocatoria y las guías respectivas.
Sumando a esto, cabe advertir que se necesita la autorización de la máxima autoridad de la convocante para la recepción de póliza electrónica y teniendo en cuenta la condición establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, en el cual no estipula como requisito la recepción de pólizas electrónicas y a la vez se recuerda que el procedimiento de Contratación Pública es CONVENCIONAL, no es un procedimiento bajo la modalidad de ofertas Electrónicas conforme Resolución DNCP N° 232/25, de fecha 27 de enero de 2025.
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ITEM 8 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
A fin de no limitar la participación de los oferentes que bien podrían ofrecer el producto de buena calidad a un mejor precio se solicita respetuosamente a la convocante modificar la PRESENTACION DE ENTREGA DASM a "FRASCO AMPOLLA MD - 20 ml como mínimo" o simplemente a "FRASCO AMPOLLA MD"
A fin de no limitar la participación de los oferentes que bien podrían ofrecer el producto de buena calidad a un mejor precio se solicita respetuosamente a la convocante modificar la PRESENTACION DE ENTREGA DASM a "FRASCO AMPOLLA MD - 20 ml como mínimo" o simplemente a "FRASCO AMPOLLA MD"