Se solicita una prórroga de 30 (treinta) días, atendiendo a que no se cuentan con todas las aclaraciones correspondientes a las consultas realizadas, especialmente en relación con los profesionales clave requeridos. Consideramos que estas aclaraciones son de suma importancia por la complejidad de la oferta y requieren del tiempo suficiente para la correcta elaboración de la misma.
Se solicita una prórroga de 30 (treinta) días, atendiendo a que no se cuentan con todas las aclaraciones correspondientes a las consultas realizadas, especialmente en relación con los profesionales clave requeridos. Consideramos que estas aclaraciones son de suma importancia por la complejidad de la oferta y requieren del tiempo suficiente para la correcta elaboración de la misma.
¿Los promedios de volumen anual de negocios obtenidos por cada integrante serán sumados de manera directa de modo a alcanzar el requisito mínimo exigido?
¿Los promedios de volumen anual de negocios obtenidos por cada integrante serán sumados de manera directa de modo a alcanzar el requisito mínimo exigido?
Se sumarán conforme a lo establecido en el criterio.
201
Consultas varias
Tanto en el PBC como en la Adenda N.º 1 se menciona lo siguiente con respecto a la Experiencia General de la empresa ofertante "Acreditar, la experiencia en servicios de consultoría de diseño y servicios de fiscalización de obra de Agua y/o Saneamiento Urbano en al menos 2 (dos) obras, por un monto igual o superior al 50% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación. Estos servicios pueden haber sido ejecutados en una
misma obra o en obras distintas."
Favor confirmar si cada obra debe tener un monto superior al indicado, o estas podrían sumarse para alcanzar el requisito exigido.
Así también, favor aclarar si podrían presentarse mas experiencias de las mínimas solicitadas para alcanzar el requisito, en caso de los montos de estas puedan ser sumadas.
Tanto en el PBC como en la Adenda N.º 1 se menciona lo siguiente con respecto a la Experiencia General de la empresa ofertante "Acreditar, la experiencia en servicios de consultoría de diseño y servicios de fiscalización de obra de Agua y/o Saneamiento Urbano en al menos 2 (dos) obras, por un monto igual o superior al 50% del monto total del presupuesto estimado en la presente licitación. Estos servicios pueden haber sido ejecutados en una
misma obra o en obras distintas."
Favor confirmar si cada obra debe tener un monto superior al indicado, o estas podrían sumarse para alcanzar el requisito exigido.
Así también, favor aclarar si podrían presentarse mas experiencias de las mínimas solicitadas para alcanzar el requisito, en caso de los montos de estas puedan ser sumadas.
Efectivamente las experiencias pudieran haber sido ejecutadas en una misma obra o en obras distintas, se pueden sumar los montos para llegar al mínimo requerido, los contratos sumados deben llegar al monto mínimo requerido, puede presentarse mas experiencias de las requeridas y sus montos sumarse
202
Consultas varias
En cuanto a los requisitos documentales para demostrar la experiencia de los profesionales se menciona lo siguiente "y la experiencia especifica deben estar debidamente demostrados con contratos."
Favor aclarar si solamente los contratos serán validos como respaldo de la experiencia o si seria posible que acepten como validos los certificados de trabajo emitidos por la contratante.
En cuanto a los requisitos documentales para demostrar la experiencia de los profesionales se menciona lo siguiente "y la experiencia especifica deben estar debidamente demostrados con contratos."
Favor aclarar si solamente los contratos serán validos como respaldo de la experiencia o si seria posible que acepten como validos los certificados de trabajo emitidos por la contratante.
Debe ser Contrato o facturas y sus certificados. Nos remitimos a la Adenda N° 3
203
Formulario Articulo 21 de la Ley 7021/22.
Favor proveer el modelo de declaracion jurada correspondiente al articulo 21 de la ley 7021/22, ya que el mismo no se encuentra entre los documentos del llamado.
Favor proveer el modelo de declaracion jurada correspondiente al articulo 21 de la ley 7021/22, ya que el mismo no se encuentra entre los documentos del llamado.
La determinación del precio referencial tiene múltiples deficiencias que provocan que el valor del mismo sea muy inferior al que debería considerarse para este servicio. Podemos identificar errores aritméticos, como es fácilmente verificable en la planilla de remuneraciones del documento DICTAMEN ESTUDIO DE MERCADO, donde en vez de los 17.199.578.413 Gs, se verifica que la suma debería ser 21.030.131.720 Gs. Favor corregir esta y otras inconsistencias detectadas en la determinación del valor de referencia, e informar un nuevo valor más realista para un llamado internacional de esta envergadura, que considere los restrictivos perfiles de personal considerados en el PBC.
La determinación del precio referencial tiene múltiples deficiencias que provocan que el valor del mismo sea muy inferior al que debería considerarse para este servicio. Podemos identificar errores aritméticos, como es fácilmente verificable en la planilla de remuneraciones del documento DICTAMEN ESTUDIO DE MERCADO, donde en vez de los 17.199.578.413 Gs, se verifica que la suma debería ser 21.030.131.720 Gs. Favor corregir esta y otras inconsistencias detectadas en la determinación del valor de referencia, e informar un nuevo valor más realista para un llamado internacional de esta envergadura, que considere los restrictivos perfiles de personal considerados en el PBC.
Precio Referencial – Remuneraciones. Valor: Tabulador de salarios BID 2024
En la determinación del valor de referencia, en lo que respecta a remuneraciones, se agrega unas columnas correspondientes a “Tabulador de salarios BID 2024”. Proceder de este modo es un error, atendiendo a que deberían considerarse las TARIFAS correspondientes a esos cargos, no así los SALARIOS como indicado. Este error provoca dejar de considerar valores correspondientes a cargas sociales, gastos generales, utilidades y otros, para definición de las tarifas propiamente dichas. Se insiste en la necesidad de corregir el valor de referencia, e informar un valor más realista para un llamado internacional de esta envergadura.
27-08-2024
17-09-2024
Precio Referencial – Remuneraciones. Valor: Tabulador de salarios BID 2024
En la determinación del valor de referencia, en lo que respecta a remuneraciones, se agrega unas columnas correspondientes a “Tabulador de salarios BID 2024”. Proceder de este modo es un error, atendiendo a que deberían considerarse las TARIFAS correspondientes a esos cargos, no así los SALARIOS como indicado. Este error provoca dejar de considerar valores correspondientes a cargas sociales, gastos generales, utilidades y otros, para definición de las tarifas propiamente dichas. Se insiste en la necesidad de corregir el valor de referencia, e informar un valor más realista para un llamado internacional de esta envergadura.
Precio Referencial – Remuneraciones. Valor: Precio Histórico del Portal ID N° 325814
La utilización como referencia del precio histórico correspondiente al ID 325814 para la determinación del precio referencial, provoca que se infravaloren las remuneraciones al considerar sin actualizar valores de una oferta presentada en fecha 19 de marzo de 2018, hace más de 6 años. Para ejemplificar la diferencia entre el Sueldo Mínimo al momento de la oferta considerada: 2.112.562 Gs; y el valor actual: 2.798.309 Gs., vemos que ha aumentado 32% desde ese momento hasta la actualidad. Favor considerar los valores actualizados o con la consideración de algún factor que considere la variación del valor de dinero entre momentos distantes en 6 años, para poder elaborar un referencial realista.
27-08-2024
17-09-2024
Precio Referencial – Remuneraciones. Valor: Precio Histórico del Portal ID N° 325814
La utilización como referencia del precio histórico correspondiente al ID 325814 para la determinación del precio referencial, provoca que se infravaloren las remuneraciones al considerar sin actualizar valores de una oferta presentada en fecha 19 de marzo de 2018, hace más de 6 años. Para ejemplificar la diferencia entre el Sueldo Mínimo al momento de la oferta considerada: 2.112.562 Gs; y el valor actual: 2.798.309 Gs., vemos que ha aumentado 32% desde ese momento hasta la actualidad. Favor considerar los valores actualizados o con la consideración de algún factor que considere la variación del valor de dinero entre momentos distantes en 6 años, para poder elaborar un referencial realista.