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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Formas y condiciones de pago

Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:

  1. Documentos específicos a la presente convocatoria:

  2. Copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
  3. Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo.
  4. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
  5. La declaración jurada del salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales.
  6. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.

Las solicitudes de pagos con todas la documentaciones necesarias dirigidas al Gobernador, serán recepcionada en la Secretaria de Administración y Finanzas - Gobierno Departamental de Amambay.- deberá cerciorarse de que se han cumplido con todas las exigencias establecidas en el Contrato y las Especificaciones Técnicas establecidas, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Si existiese una diferencia sobre el monto facturado o cualquier inconveniente con los servicios requeridos, deberá devolver la misma bajo constancia escrita o solicitar una nota de crédito o una factura complementaria. Así mismo, si los documentos presentados son insuficientes serán devueltos al proveedor bajo constancia escrita para la rectificación correspondiente. En este caso, el plazo para el pago queda interrumpido sin responsabilidad alguna para la Contratante hasta la fecha de presentación de los documentos que cumplan con lo requerido. Se retendrá en concepto de contribuciones, el equivalente a cero punto cinco por ciento (0,5 %) sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, Conforme a lo establecido en el Art. 277 de la Ley Nº 7228/23 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2024.

La solicitud de pago del Proveedor a la Contratante deberá ser por escrito, acompañada de la factura a crédito que describa, según corresponda, los bienes/servicios proveídos/prestados y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.

Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente. El pago se realizará de acuerdo a la disponibilidad del Plan de Caja otorgado en forma mensual por el Ministerio de Economía y Finanzas y se tendrá 60 días contados a partir de la obligación de la factura, después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar a los 15 (quince) días posteriores a su presentación. Asimismo, el pago se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

Conjuntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales, a través de los documentos solicitados en el Decreto Nº 6121/16.

Al momento de la suscripción del contrato el proveedor deberá presentar una Declaración Jurada indicando la cuenta corriente o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, a los efectos de habilitar en el Sistema de Tesorería (SITE) de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 7781/2006.

La validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22).


OBSERVACIÓN:

Se retendra 30% del IVA y el 4% de Renta Personal, tambien en cuenta a lo efecto de transferencia y/o deposito en cuenta.

MULTAS POR RETRASO POR HORA

En caso de retraso en el cumplimiento del servicio de provisión de alimentación escolar, el proveedor será sujeto a una multa equivalente a 0,05% del monto del valor total del lote por cada hora de retraso, calculada desde la hora programada de inicio del servicio hasta la hora real de inicio del mismo. Las multas impuestas serán deducidas automáticamente de los pagos futuros realizados.

MULTAS INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

En caso de incumplimiento total del servicio de alimentación por parte del proveedor en una institución educativa, el proveedor será sujeto a una multa equivalente al 0,5 del valor total del lote por día incumplido. Esta multa será deducida automáticamente de cualquier pago pendiente al proveedor.

3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:

  1. Documentos específicos a la presente convocatoria:

  2. Copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
  3. Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo.
  4. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
  5. La declaración jurada del salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales.
  6. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.

Las solicitudes de pagos con todas la documentaciones necesarias dirigidas al Gobernador, serán recepcionada en la Secretaria de Administración y Finanzas - Gobierno Departamental de Amambay.- deberá cerciorarse de que se han cumplido con todas las exigencias establecidas en el Contrato y las Especificaciones Técnicas establecidas, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Si existiese una diferencia sobre el monto facturado o cualquier inconveniente con los servicios requeridos, deberá devolver la misma bajo constancia escrita o solicitar una nota de crédito o una factura complementaria. Así mismo, si los documentos presentados son insuficientes serán devueltos al proveedor bajo constancia escrita para la rectificación correspondiente. En este caso, el plazo para el pago queda interrumpido sin responsabilidad alguna para la Contratante hasta la fecha de presentación de los documentos que cumplan con lo requerido. Se retendrá en concepto de contribuciones, el equivalente a cero punto cinco por ciento (0,5 %) sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, Conforme a lo establecido en el Art. 277 de la Ley Nº 7228/23 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2024.

La solicitud de pago del Proveedor a la Contratante deberá ser por escrito, acompañada de la factura a crédito que describa, según corresponda, los bienes/servicios proveídos/prestados y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.

Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente. El pago se realizará de acuerdo a la disponibilidad del Plan de Caja otorgado en forma mensual por el Ministerio de Economía y Finanzas y se tendrá 60 días contados a partir de la obligación de la factura, después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar a los 15 (quince) días posteriores a su presentación. Asimismo, el pago se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

Conjuntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales, a través de los documentos solicitados en el Decreto Nº 6121/16.

Al momento de la suscripción del contrato el proveedor deberá presentar una Declaración Jurada indicando la cuenta corriente o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, a los efectos de habilitar en el Sistema de Tesorería (SITE) de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 7781/2006.

La validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22).


OBSERVACIÓN:

Se retendra 30% del IVA, 4% de Renta Personal y el 0,4 % Direccion Nacional de Contrataciones Publicas.

MULTAS POR RETRASO POR HORA

En caso de retraso en el cumplimiento del servicio de provisión de alimentación escolar, el proveedor será sujeto a una multa equivalente a 0,05% del monto del valor total del lote por cada hora de retraso, calculada desde la hora programada de inicio del servicio hasta la hora real de inicio del mismo. Las multas impuestas serán deducidas automáticamente de los pagos futuros realizados.

MULTAS INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

En caso de incumplimiento total del servicio de alimentación por parte del proveedor en una institución educativa, el proveedor será sujeto a una multa equivalente al 0,5 del valor total del lote por día incumplido. Esta multa será deducida automáticamente de cualquier pago pendiente al proveedor.

3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

Las formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

2. Documentos Específicos a la presente convocatoria:

  1. Documentos específicos a la presente convocatoria:

  2. Copias legibles de las facturas expedidas por los productores, o autofacturas en su caso, que instrumenten la transacción entre el proveedor y el productor, salvo que en dicho periodo no se haya realizado transacción alguna con los productores. Sin embargo, para la finalización del contrato el proveedor deberá demostrar haber cumplido con el porcentaje comprometido.
  3. Actas de recepción de los platos servidos, debidamente firmadas por el Director o responsable designado por el mismo.
  4. El reporte de la carga de la nómina del personal en el FIP, asignado a los servicios contratados o la actualización en su caso.
  5. La declaración jurada del salario expedida por el Instituto de Previsión Social a fin de corroborar el cumplimiento efectivo de las cargas sociales.
  6. El extracto de las acreditaciones de pago de salarios al personal asignado, realizadas a través de Red Bancaria.

Las solicitudes de pagos con todas la documentaciones necesarias dirigidas al Gobernador, serán recepcionada en la Secretaria de Administración y Finanzas - Gobierno Departamental de Amambay.- deberá cerciorarse de que se han cumplido con todas las exigencias establecidas en el Contrato y las Especificaciones Técnicas establecidas, contra la presentación de las facturas por las provisiones efectuadas. Si existiese una diferencia sobre el monto facturado o cualquier inconveniente con los servicios requeridos, deberá devolver la misma bajo constancia escrita o solicitar una nota de crédito o una factura complementaria. Así mismo, si los documentos presentados son insuficientes serán devueltos al proveedor bajo constancia escrita para la rectificación correspondiente. En este caso, el plazo para el pago queda interrumpido sin responsabilidad alguna para la Contratante hasta la fecha de presentación de los documentos que cumplan con lo requerido. Se retendrá en concepto de contribuciones, el equivalente a cero punto cinco por ciento (0,5 %) sobre el importe de cada factura, deducido los impuestos correspondientes, Conforme a lo establecido en el Art. 277 de la Ley Nº 7228/23 Que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2024.

La solicitud de pago del Proveedor a la Contratante deberá ser por escrito, acompañada de la factura a crédito que describa, según corresponda, los bienes/servicios proveídos/prestados y los documentos requeridos en cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el Contrato.

Los pagos quedarán supeditados a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignados de Plan Financiero Institucional en el PGN del Ejercicio Fiscal correspondiente. El pago se realizará de acuerdo a la disponibilidad del Plan de Caja otorgado en forma mensual por el Ministerio de Economía y Finanzas y se tendrá 60 días contados a partir de la obligación de la factura, después de que la Contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar a los 15 (quince) días posteriores a su presentación. Asimismo, el pago se efectuará luego de la emisión del Código de Contratación por parte de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.

Conjuntamente con la factura, el Contratista deberá acreditar el pago de las imposiciones previsionales de las personas que prestaron los servicios en el mes facturado, el cumplimiento del pago de las cargas impositivas y demás obligaciones legales, a través de los documentos solicitados en el Decreto Nº 6121/16.

Al momento de la suscripción del contrato el proveedor deberá presentar una Declaración Jurada indicando la cuenta corriente o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, a los efectos de habilitar en el Sistema de Tesorería (SITE) de conformidad a lo establecido en el Decreto N° 7781/2006.

La validez o continuidad de la contratación quedará supeditada a la disponibilidad de créditos presupuestarios aprobados y asignación del Plan Financiero en los Ejercicios Fiscales siguientes (Artículo 44 de la Ley N° 7021/22).


OBSERVACIÓN:

Se retendra 30% del IVA y el, 4% de Renta Personal y el 0, tambien en cuenta a lo efecto4 % Direccion Nacional de transferencia y/o deposito en cuentaContrataciones Publicas.

MULTAS POR RETRASO POR HORA

En caso de retraso en el cumplimiento del servicio de provisión de alimentación escolar, el proveedor será sujeto a una multa equivalente a 0,05% del monto del valor total del lote por cada hora de retraso, calculada desde la hora programada de inicio del servicio hasta la hora real de inicio del mismo. Las multas impuestas serán deducidas automáticamente de los pagos futuros realizados.

MULTAS INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

En caso de incumplimiento total del servicio de alimentación por parte del proveedor en una institución educativa, el proveedor será sujeto a una multa equivalente al 0,5 del valor total del lote por día incumplido. Esta multa será deducida automáticamente de cualquier pago pendiente al proveedor.

3. La contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

4. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).