La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), sancionó a 40 empresas proveedoras del Estado al comprobar, mediante un sumario administrativo, que las mismas incurrieron en contravenciones a la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
El sumario administrativo es uno de los procesos de mayor importancia en el rol de la DNCP, ya que mediante el mismo se imponen sanciones a las empresas proveedoras que no cumplen con sus obligaciones con el Estado. Dichas sanciones permiten que los proveedores en falta no queden impunes, evitando así la reincidencia de casos similares que, además de producir pérdidas patrimoniales para el Estado, en ocasiones perjudican la gestión de las instituciones en la tarea de brindar servicios públicos para la ciudadanía haciendo uso de los bienes o servicios que adquieren de estas empresas.
De las 40 sanciones impuestas por la DNCP se observan 30 empresas inhabilitadas para presentarse a licitaciones públicas y contratar con el Estado. Las 10 restantes corresponden a amonestaciones previstas para casos leves.
Entre las faltas más recurrentes que fueron detectadas figuran:
- Proveedores o contratistas que no cumplieron con sus obligaciones contractuales por causas imputables a ellos y que, como consecuencia, causaron daños o perjuicios al organismo, entidad o municipalidad convocante; y,
- Proveedores o contratistas que proporcionaron información falsa o que actuaron con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia.
Las sanciones fueron estimadas y aplicadas en cada caso considerando la gravedad del hecho, la intencionalidad, el daño ocasionado y la reincidencia o no de la empresa sumariada.
Las empresas “Maros Inversiones” de Martina Muñoz Rodas y “BCP Ingenieros Asociados” de Ramón Eduardo Benitez Molinas fueron inhabilitadas por un periodo de 8 meses. Otras empresas inhabilitadas fueron “Scarpe S.A”, “ROV Trading S.A. - Integrante del Consorcio Infinity”, “RB Montaje” de Rudi Anton Bukaczek Estepa y “MGA Constructora” de Michael H. Azuaga por 6 meses. (Ver listado completo adjunto).
Empresa Poti evita inhabilitación mediante medida cautelar:
En fecha 14 de junio de 2016 mediante la Resolución N° 1902, la DNCP inhabilitó por el plazo de 4 meses al Consorcio Poti integrado por Makri S.A. y Alberto Palumbo, por incumplimiento contractual por la demostrada negligencia en el tratamiento de residuos del IPS, constatada por intervenciones realizadas y denuncias recibidas.
Ante dicha sanción, Alberto Palumbo solicitó una medida cautelar al Tribunal de Cuentas Primera Sala, conformado por Amado Verón Duarte, Martin Avalos Valdez y Rolando Ojeda. Con voto en disidencia de éste último, el Tribunal otorgó la medida cautelar justificando que la sanción de la DNCP es injusta y desproporcional.
Mediante esta medida cautelar que ya ha sido apelada por la DNCP ante la Corte Suprema de Justicia, la empresa sancionada puede seguir contratando con el Estado, pese a la sanción impuesta por el órgano competente.
Empresas sancionadas.