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Publicada lunes, 18 de enero de 2021 - 15:45

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La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas emitió la Circular N° 01/2021 mediante la cual recuerda a las Entidades del Estado la entrada en vigencia de la Ley N° 6672/2020 que aprueba el Presupuesto General de la Nación, vigente para el ejercicio fiscal 2021, la cual establece en su artículo 267 que, durante el ejercicio fiscal del 2021, la tasa fijada en el Artículo 41 de la Ley N° 2051/03, pasará del 0.4 % al 0.5%.

La recaudación correspondiente a la diferencia del 0.1 % se destinará al financiamiento del presupuesto del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia para las obligaciones que se disponen en: 

La Ley N° 6486/2020 “De promoción y protección de derechos de niños, niñas y adolescentes a vivir en la familia, que regula las medidas de cuidados alternativos y la adopción”
La Ley N° 5777/2016 “De protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia”

En la mencionada circular la DNCP además menciona que los montos resultantes del 0.1 % que serán retenidos por las contratantes a nombre del Ministerio de la Defensa Pública y del Ministerio de Justicia,  deben ser depositados en la cuenta habilitada a tal efecto en el Banco Nacional de Fomento (BNF), dentro del plazo de 3 días hábiles, efectuada la retención, para los organismos y entidades de la Administración Central y descentralizadas y en el plazo de 30 días calendarios para municipios, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 1535 “De Administración financiera del Estado”. 

Mientras que el procedimiento de retención del 0.4 % correspondiente a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, queda como se viene realizando habitualmente sin variación alguna.

Todo lo mencionado en la disposición legal rige para todos los llamados comunicados a la DNCP desde el 9 de enero del 2021. Para acceder a la Circular N° 01/2021 ingresar a la sección de “Marco Legal” en el portal de Contrataciones Públicas o descargarla directamente aquí.​