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Publicada miércoles, 9 de septiembre de 2020 - 14:05

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La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas mediante la Resolución N° 3896/2020, reglamenta la “modalidad complementaria de almacén de productos, servicios estratégicos y commodities”.

Esta modalidad permitirá a las Empresa Públicas y Sociedades Anónimas con Participación Mayoritaria del Estado incluir en la Tienda Virtual de la DNCP; materias primas, productos, servicios y demás commodities, según las necesidades de la institución y relacionadas a sus actividades misionales, todo esto con el objetivo de agilizar los procedimientos de compra mediante la implementación de herramientas innovadoras,  teniendo en cuenta que los tiempos habituales de contratación pueden interferir con el principio competitivo del mercado en el cual ofertan dichas instituciones. 

La inclusión de productos y servicios específicos para estas empresas generará además de la agilidad en los procedimientos, otras ventajas como: la eficiencia en el gasto teniendo en cuenta que la utilización de la Tienda implica un importante índice de ahorro y permitirá a la DNCP contar con la trazabilidad, ya que todos los procedimientos se realizan exclusivamente desde el Sistema. 

La convocatoria para la inclusión de necesidades específicas en la Tienda Virtual, estará a cargo de cada Empresa Pública y Sociedades Anónimas con Participación Mayoritaria del Estado, conforme a las reglas del procedimiento de licitación pública, las Convocantes deberán enviar a la DNCP un Dictamen suscripto por el Encargado de la UOC en donde se especifique la vinculación entre sus actividades misionales y los bienes y servicios requeridos.

Una vez presentadas las documentaciones requeridas y culminado el proceso de selección de oferentes, así como el periodo de protestas, las Convocantes deberán suscribir los convenios con las empresas que hayan cumplido con todas las especificaciones.

Esta modalidad complementaria de almacén de productos, servicios estratégicos y commodities, también permitirá la realización de compras conjuntas, es decir, las Empresas Públicas y Sociedades Anónimas con Participación Mayoritaria del Estado, podrán suscribir acuerdos entre sí, para la realización de Compras Conjuntas, en los mencionados acuerdos serán establecidas las acciones conjuntas y los compromisos a ser asumidos. Así también la DNCP prevé la posibilidad de que otras entidades soliciten la utilización de la presente modalidad.  

Conocé más detalles sobre la reglamentación de esta modalidad complementaria accediendo a la Resolución en el apartado de “Marco Legal”, en el Portal de Contrataciones Públicas o descargando directamente aquí.