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Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

Según lo establecido en la Ley 4838/12 "POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL"... En todos los procesos de licitación y adquisición de bienes por parte de los Organismos y Entidades del Estado, la incorporación de los bienes producidos y/o ensamblados bajo el amparo de la presente Ley, tendrán un margen de preferencia del  20% (veinte por ciento) en los precios ofertados, de acuerdo con la metodología de medición del valor agregado nacional, que será establecido y certificado por la Autoridad de Aplicación competente.

La acreditación de Origen Nacional del Producto y/o ensamblaje de los bienes, será a través del Certificado de Valor Agregado Nacional, expedido por Autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio, el certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tome de apertura de ofertas.

En caso de que el oferente que se encuentre dentro del rango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentare con su oferta el certificado o presentare la constancia de en trámite del mismo, el Comité de Evaluación solicitará por escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley Nro. 4838/12 "QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL". Si luego del requerimiento realizado por el Comité el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será descalificada, pero no podrá acogerse al beneficio.

Durante la evaluación de la oferta, si la oferta evaluada como la mas baja es una oferta de un bien importado que no haya presentado el Certificado de Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta mas baja del bien nacional que haya presentado el aludido certificado, agregándole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor Agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la Legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el Paraguay que haya acreditado mediante la presentación del certificado, resultare ser la más baja se la seleccionara para la adjudicación, caso contrario se seleccionará la oferta del bien proveniente del extranjero o que no haya presentado el citado documento. El margen de preferencia que será aplicado en la planilla de precios para Consorcios es del 60% para el líder y el 40% para los demás miembros del consorcio.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

ASegún lo establecido en la Ley 4838/12 "POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL"... En todos los efectosprocesos de licitación y adquisición de bienes por parte de los Organismos y Entidades del Estado, la incorporación de los bienes producidos y/o ensamblados bajo el amparo de la presente Ley, tendrán un margen de preferencia del 20% (veinte por ciento) en los precios ofertados, de acuerdo con la metodología de medición del valor agregado nacional, que será establecido y certificado por la Autoridad de Aplicación competente.

La acreditación de Origen Nacional del Producto y/o ensamblaje de los bienes, será a través del Certificado de Valor Agregado Nacional, expedido por Autoridad competente. A fin de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora topetome de presentaciónapertura de ofertas.

La faltaEn caso de que el oferente que se encuentre dentro del CPENrango del porcentaje para beneficiarse del margen, no presentare con su oferta el certificado o presentare la constancia de en trámite del mismo, el Comité de Evaluación solicitará por escrito el certificado a aquellas ofertas que hayan declarado ser nacionales en el marco de lo establecido en la Ley Nro. 4838/12 "QUE ESTABLECE LA POLITICA AUTOMOTRIZ NACIONAL". Si luego del requerimiento realizado por el Comité el oferente no presentare el documento, o la presentación sea deficiente o tardía, la oferta no será motivo de descalificación de la ofertadescalificada, sin embargo, el oferentepero no podrá acogerse al beneficio.

El comitéDurante la evaluación de evaluación verificarála oferta, si la oferta evaluada como la mas baja es una oferta de un bien importado que no haya presentado el Certificado de Valor Agregado Nacional, esta será comparada con la oferta mas baja del bien nacional que haya presentado el aludido certificado, agregándole al precio total del bien que no cuenta con el Certificado de Valor Agregado Nacional una suma equivalente al porcentaje establecido en la Legislación vigente. Si en dicha comparación adicional, la oferta del bien producido en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesariaParaguay que haya acreditado mediante la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema decertificado, resultare ser la más baja se la seleccionara para la adjudicación, caso contrario se seleccionará la oferta del bien proveniente del extranjero o que no haya presentado el citado documento. El margen de preferencia que será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) para Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre es del oferente que fabrique o produzca60% para el líder y el 40% para los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombredemás miembros del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.